Resolución Nº 304/08/MEM - Regula el proceso de participación ciudadana en el subsector minero
صدر في 2008-06-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Environment, Mineral resources
- الكلمات المفتاحية
- mining, capacity building, legal proceedings/administrative proceedings, exploration
- الفئات
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Articulo 1.- Aprobar las Normas que Regulan el Proceso de Participaci6n Ciudadana en el Subseclor Minero, la que constan de siete (07) Titulos, nueve (09) Capilulos y lreinta y seis (36) Articulos.
Articulo 2.- La presente Resoluci6n Ministerial entrere en vigen cia conjuntamente con el Decreta Supremo N° 028-200B-EM, que aprob6 el Reglamenlo de Participaci6n Giudadana en el Subsector Minero, esla es, el 26 de junio de 2008. Registrese, comuniquese y publlquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energia y Minas ANEXO DE: R.M. N° 304-2008-MEMIDM RESOLUCION MINISTERIAL QUE REGULA EL PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN El SUB SECTOR MINERO iNDICE TiTULO I : DELOBJETODELAPRESENTERESOLUCION MINISTERIAL Y DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA TiTULO II : DE lA PARTICIPACION CIUDADANA CON POSTERIORIDAD AL OTORGAMIENTO DE LA CONCESION MINERA TiTULO III : DE LA PARTICIPACI6N CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLORACION Capitulo 1 : Requerimientos generales y obligatorios para la participacion ciudadana en todos los proyectos de exploracion minera. Capitulo 2 : Participacion ciudadana en los proyectos de exploracion minera Categoria I. Capitulo 3 : Partlctpacton ciudadana en los proyectos de exploracion minera Categoria II. TiTULO IV : DE lA PARTICIPACION CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLOTACION YIO BENEFICIO Capitulo 1 : Participacion ciudadana antes y durante la etapa de elaboracion del EIA y EIAsd. Capitulo 2 : Partlctpaclon Ciudadana en el Proceso de Evaluacion del EIA y EIAsd Capitulo 3 : De la difusion adecuada y oportuna del EIA y EIAsd y la presentacion de observaciones, sugerencias y aportes Capitulo 4 : De la Audiencia Publica. Capitulo 5 : De la actuacion de la autoridad. Capitulo 6 : De la participaci6n ciudadana en el proceso de Papme 113 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica evaluaci6n y aprobaci6n de las Declaraciones de Impaclo Ambiental (DIA) para Pequefios Mineros y Mineros Artesanales. TiTULO V : DE lA PARTICIPACION CIUDADANA DURANTE lA EJECUCION DEL PRDYECTO MINERD TiTULO VI : DE lA PARTICIPACION CIUDADANA EN lA ETAPA DEL CIERRE DE MINAS TiTULO VII : DE LA TUTELA DEL DERECHO A LA PARTICIPACION CIUDADANA RESOlUCION MINISTERIAL QUE REGULA El PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL SUB SECTOR MINERQ TiTULO I DEL OBJETO DE LA PRESENTE RESOLUCION MINISTERIAL Y DE lOS MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
Articulo 1.- Objeto de la Resoluci6n Ministerial La presenle Resoluci6n Ministerial tiene par objeto desarrollar los mecanismos de participaci6n ciudadana a que S8 refiere el Reglamento de Participaci6n Ciudadana en el Subsector Minero, aprobado par el Decreta Supremo N° 028-2008-EM (en adelante el "Reqlamento"}, asi como las actividades, plezos y criterios especlficos. para el desarrollo de los procesos de participaci6n en cada una de las etapas de la actividad minera.
Articulo 2.- Mecanismos de participaci6n ciudadana Son mecanismos de participaci6n ciudadana los siguientes: 2.1. Acceso de la poblaci6n a los Resumenes Ejecutivos y al contenido de los Estudios Ambientales: Consiste en la entrega del Resumen Ejecutivo del estudio ambiental, por escrito y en medio digital, yen cualquier otro medio que la autoridad competente considere id6neo, previa revision y conformidad de su contenido por parte de la autoridad competente, a las autoridades pubhcas, comunales 0 vecinales y a personas 0 entidades interesadas 0 que puedan facilitar su difusi6n, con la finalidad de promover el facil entendimiento del proyecto minero y del estudio ambiental correspondiente, asi como la revisi6n del texto completo de dicho estudio arnbiental, en las sedes indicadas par la autoridad. 2.2. Publicidad de avisos de participaci6n ciudadana en medios escritos, radiales: Consiste en la difusi6n de avisos en diarios de mayor circulaci6n y mediante anuncios radiales, dando cuenta de la presentaci6n de un estudio ambiental ante la autoridad competente, del plaza y lugar para la revision del texto completo del estudio ambiental y para la presentaci6n de observaciones y sugerencias. En este aviso tambien se incluyen los demas mecanismos de participaci6n ciudadana que fueran a ser empleados, de ser el caso. 2.3. Encuestas, Entrevistas 0 Grupos Focales: Destinadas a recabar informaci6n sabre actividades, intereses, percepciones y otro tipo de informacion que deba considerarse en el diseno de las actividades de exploraci6n y explotaci6n del proyecto minero y en la toma de decisiones que Ie compete a la autoridad. Papme 114 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 2.4. Distribuci6n de materiales informativos: Son los medias escritos. de audio 0 audiovisuales, que lienen par fin ilustrar y dar a conocer, de manera sencilla y didactica las actividades propuestas 0 en ejecuclon, las medidas de manejo ambiental que curnplira a viene cumpliendo, y otra informacion que pueda ser relevante. Deben ser elaborados en un lenguaje sencitlo, coloquial y usanda la lengua mayoritariamente usada y comprendida par la poblaci6n involucrada. 2.5. Visitas guiadas al area 0 a las instalaciones del proyecto: Visitas guiadas par personal especializado dispuesto par e! titular rntnero. con 0 sin participaci6n de la autoridad, a fin de mostrar las caracteristicas del lugar en el que se desarrollara e! proyecto materia del estudio arnbiental: las medidas de prevenci6n, control y mitigaci6n empleadas en caso el titular haya desarrollado proyectos previos y cualquier otro aspecto relevante para el proceso de participaci6n ctudadena. 2.6. Interacci6n con la poblaci6n involucrada a traves de equipo de facilitadores: Dispuesto par el titular minero en coordinaci6n con la autoridad, el cual visita casa por casa, 0 comunidad por comunidad, en el area de influencia del proyecto minero, con la finalidad de informar y recoger percepciones sabre el estudio ambiental a elaborar, que se viene elaborando, 0 que esta siendo revisado por la autoridad, sobre el proyecto rntnero. sus posibles impactos y las medidas de prevenci6n, control y mitigaci6n a adoptarse 2.7. Talleres participativos: Orientados a brindar informaci6n, establecer un cialoqo y conocer percepciones. preocupaciones e intereses de la poblaci6n respecto del proyecto minero. antes de la elaboraci6n del estudio ambiental, durante su elaboraci6n, 0 durante la evaluaci6n a cargo de la autoridad 2.8. Audiencia Publica: Acto publico dirigido par la autoridad competente, en el cual se presenta el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) a Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAsd) de proyectos de explotaci6n y beneficia minero, reqistrandose los aportes. comentarios u observaciones de los participantes. 2.9. Presentaci6n de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad competente: Consiste en facilitar el ejercicio del derecho a la participaci6n mediante la presentaci6n de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad competente en el plazo establecido en el marco normativo aplicable. 2.10. Oficina de Informaci6n Permanente: Consiste en el establecimiento a disposici6n, por parte del titular minero, de un ambiente fisico en un lugar apropiado para el acceso de la poblaci6n involucrada, en el cual se brinde informaci6n sobre el proyecto minero y se absuelva las interrogantes que respecto de este, el estudio ambiental a su cumplimiento pueda tener dicha poblaci6n. 2.11. Monitoreo y Vigilancia Ambiental Participativo: Consiste en promover de manera organizada, la participaci6n de la poblaci6n involucrada para el acceso y generaci6n de informaci6n relacionada a los aspectos ambientales de las actividades de explotaci6n minera, luego de aprobado los EIA a EIAsd, a traves del seguimiento y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones del titular minero. 2.12. Uso de medios tradfclcnales: Consiste en aquellas formas de participaci6n identificadas de acuerdo a las caracteristicas sociales y cullurales de la poblaci6n involucrada, las cuales deberan ser identificadas y planteadas par el titular minero en la propuesta de Plan de Participaci6n Ciudadana para la consideraci6n de la autoridad competente, sin perjuicio de que esta las disponga de oflcio. Papme 115 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 2.13. Mesas de Diidogo: Espada permanente 0 temporal de interacci6n entre los representantes acredilados de la poblaci6n involucrada, de la sociedad civil organizada, de los titulares mineros y las autoridades locales, regionales 0 nacionales con competencias, en el que S8 aborda determinados asuntos ambientales 0 soclo ambientales relacionados al proyecto minero, a fin de construir consensos y establecer acuerdos. Es la Autoridad Competente quien promueve la conformaci6n de la Mesa de Dialoqo en coordinaci6n con las autoridades regionales 0 locales con competencias en mineria 0 media ambiente. TiTULO II DE LA PARTICIPACION CIUDADANA CON POSTERIORI DAD AL OTORGAMIENTO DE LA CONCESION MINERA
Articulo 3.- Del cumplimiento de la obligaci6n de informar EI Ministerio de Energia y Minas, a efectos del cumplimiento de 10 dispuesto en el articulo 12 del Reglamento, debera promover la realizaci6n de diversos eventos informativos, tales como foros, conferencias, talleres, etc., de manera peri6dica a nlvel regional 0 provincial, en coordinaci6n con las autoridades regionales 0 locales respectivas y los titulares de concesi6n minera. EI Ministerio de Energia y Minas 0 la instancia regional correspondiente podra requerir al titular de concesi6n minera para que informe de manera sustentada sobre las actividades realizadas en cumplimiento de 10 estipulado en el Articulo 12 del Reglamenlo. TiTULO III DE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLORACION Capitulo 1 Requerimientos generales y obligatorios para la partlclpaclcn ciudadana retacloneda con los proyectos de exploraci6n minera
Articulo 4.- Mecanismos de participaci6n ciudadana previos a la presentaci6n de estudio ambiental para exploraci6n minera AI momento de presentar para su evaluaci6n los estudios ambientales que corresponden a los proyeetos de exploraci6n minera, los titulares mineros debe ran acreditar la ejecuci6n previa del mecanismo de participacion ciudadana sertalado en el numeral 2.7., en el que se haya involucrado por 10 menos a la poblaci6n ubicada en el area de influencia directa del proyeeto, 0 a la mas cercana a dicha area. EI titular minero debera incluir como parte de su estudio ambiental, la siguiente informaci6n: 4.1. Un resumen de las acciones realizadas para recabar las opiniones, percepciones y otras manifestaciones de Interes en lorna a la actividad a realizar. 4.2. Una relaci6n de las autoridades locales (de gobierno 0 comunales) asi como de los titulares dellerreno superficial implicados directamente con la actividad de exploraci6n, indicando fuente de la informaci6n. 4.3. Copia de la documentaci6n (Iista de participantes, aetas, fotos, audios, etc) que acredite la realizaci6n de por 10 menos un taller participativo a cargo de la empresa, con la intervenci6n de la auloridad competente 0 un representante de esta, en el que se exponga los aspectos amblentales. sociales y legales vinculados al proyeclo de exploraci6n, realizada por 10 menos en el centro poblado ubicada en el area de influencia directa del proyeeto, 0 a la mas cercana a dicha area. Papme 116 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 4.4. EI Protocolo de Relacionamiento a! que S8 ref jere e! Articulo 8 del Reglamento. La autoridad regional competente coordlnara directamente su participaci6n en el taller con el titular minero. Dicha participaci6n S8 entiende como un servicia, conforme a 10 dispuesto en el articulo 11 del Reglamento.
Articulo 5.- Acceso de la ciudadania al estudio ambiental para exploraci6n minera presentadc a la autoridad. Con anterioridad a la presentaci6n del estudio ambiental para exploraci6n minera ante la Autoridad Competente, los titulares mineros deberan ponerlos a disposici6n de la poblaci6n involucrada, entregando un ejemplar impreso y uno en media digital del estudio ambienlal en las siguientes instancias: 5.1. Direcci6n Regional de Energia y Minas 0 instancia competente del Gobierno Regional que corresponda al area donde se realizaran las actividades de exploracicn. En el caso de los proyectos sujetos a la competencia del Ministerio de Energia y Minas. 5.2. Las Municipalidades Distritales y Provinciales en cuyo ambito se localicen las actividades de exploraci6n propuestae. 5.3. La 0 las comunidades campesinas 0 nativas en cuyo ambito se localicen las actividades de exploraci6n propuestas. La presentaci6n de la copia de los cargos de recepci6n por las instancias senaladas consntuira requisito para la presentaci6n del estudio ambiental. En el caso que una autoridad regional 0 municipal, 0 las comunidades, se negaran a recibir el estudio ambiental, bastara el cargo de remisi6n notarial 0 por juez de paz, de dicho estudio a la entidad correspondiente. Si por razones de fuerza mayor no fuera posible la remision notarial 0 por juez de paz, el titular minero debera acreditar tal situaci6n documentadamente.
Articulo 6.- Difusi6n en la paqlne web de la autoridad competente La autoridad pubticare en su paqina web, la relaci6n de los estudios ambientales en trarnite y los aprobados. debiendo aclualizar esta informacion, dentro de los cinco (05) primeros dias hablles de recibida la solicitud de aprobaci6n, Incicandose expresamenle la fecha de ingreso del expedienle, la fecha de publicaci6n en la web, y el plazo para la presentaci6n de aportes, comentarios u observaciones, en caso corresponda, asi como la provincia y distrito donde se desarrollarian las actividades de exploraci6n. Toda persona que desee revisar las solicitudes de aprobaci6n de los estudios ambienlales puede hacerlo aperscnandose anle la DGAAM, 0 a la auloridad regional compelenle, asi como a los municipios en los que se encuentra a disposici6n de la poblaci6n involucrada, solicitando una copia impresa 0 digital de la misma, previo pago de los derechos de reproducci6n de la informacion que corresponda. Capitulo 2 Participaci6n ciudadana en los proyectos de exploraci6n minera Categoria I
Articulo 7.- Remisi6n de aportes, comentarios u observaciones a la autoridad competente. En los procedimienlos de aprobaci6n Y MODIFICACION de los estudios ambientales de exploraci6n minera Calegoria I, sujelos a evaluaci6n previa, la poblaci6n involucrada pcdra remilir sus aportes, comentario u observaciones, respeclo del esludio ambienlal presenlado para la aprobaci6n de la autoridad, en el plazo de diez (10) dias calendarios de publica do el respectivo estudio en la paqina web de la instancia compelente. Papme 117 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica Los aporles, comenlarios U observaciones remitidas dentro del plazo sertalado seran consideradas par la autoridad en la evaluaci6n del estudio ambiental 0 para las acciones de fiscalizaci6n posterior, sequn corresponda. Capitulo 3 Participaci6n ctudadana en los proyectos de exploraci6n minera Categoria II
Articulo 8.- Difusi6n para la participaci6n ciudadana. En los procedimientos de evaluaci6n de los proyectos de exploraci6n minera Calegoria II, S8 deberan seguir las siguientes actividades de difusi6n para la participaci6n ciudadana: 8.1. Publicaci6n de avisos en diaries Dentro de los cinco (05) dias habiles de presentado el estudio ambiental, el titular minero debera apersonarse ante la autoridad para recabar el formato de aviso con el cual se difundira la puesta a disposicion del estudio ambiental para conocimiento y opinion de la poblaclon interesada. EI aviso serialara c1aramente: el nombre del proyecto minero y del titular minero, el distrito donde se ejecutaria el proyecto. los lugares donde la poblacicn involucrada puede acceder a revisar el estudio ambiental, la paqina web en la que se puede acceder a la version en digital del estudio: el plazo limite para formular aportes. comentarios u observaciones: los lugares a los que deberan remitir los aportes, comentarios u observaciones. Dicho aviso debera ser publicado en el Diario Oficial EI Peruano y en el diario en e! que se publican los avisos judiciales de la region donde se desarrollara el proyecto, dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la fecha de la entrega del formato de publicacion. 8.2. Anuncios radiales EI titular minero debe contratar la emisi6n de avisos radiales en una emisora de cobertura por 10 menos en la provincia y el distrito donde se desarrollaria su proyecto de exploracion, considerando la emisi6n de por 10 menos tres (03) anuncios dlanos. durante cinco (05) dias consecutivos contados a partir del quinto dia de la fecha de publicacion del aviso en el Diario Oficial EI Peruano. Los anuncios radiales deberan informar sobre la presentacton del estudio ambiental a la autoridad competente para su evaluaclon, serialando claramente el nombre del proyeclo minero y del titular minero, el distrito donde se ejecutaria el proyecto, los lugares donde la poblacion puede acceder a revisar el estudio ambiental: la paqina web en la que se puede acceder a la version en digital del estudio; el plazo limite para formular aportes. comentarios u observaciones: los lugares a los que deberan emitir los aportes, comentarios u observaciones: entre otra informacion de interes.
Articulo 9.- Entrega de documentos que acreditan la difusi6n para la participaci6n ciudadana. EI titular minero debera entregar a la autoridad, las paqinas originales completas de los diarios donde se ha publicitado el aviso y copia del contrato con la emisora radial, dentro de los cinco (05) dias habiles posteriores a la ultima publicacion del aviso en diarios. Si no se entregan dichos documentos dentro del plazo de cinco (05) dias habiles adicionales, se tendra como no efectuada la publicacion. pudiendo la autoridad disponer una nueva publicaci6n.
Articulo 10.- Del plazo para formular aportes, comentarios u observaciones Los interesados podran presentar ante la autoridad sus aportes. comentarios u observaciones, dentro de los veinticinco (25) dias calendario despues de realizada la publicacion del aviso correspondiente en el Diario Oficial EI Peruano. Papme 118 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica La autoridad rnerttuara y tresladara al titular minero sequn resulten pertinentes, los aportes, comentarios u observaciones recibidos para que presenlen su absoluci6n. No seran considerados los aportes, comentarios U observaciones recibidos luego de vencido el plazo indicado. Sin perjuicio de 10 senalado. la Autoridad Competente podra notificar su informe de observaciones al titular minero con anlerioridad al vencimiento del plazo senalado para la participaci6n ciudadana.
Articulo 11.- De la modificaci6n del EIAsd par ampliaci6n 0 modificaci6n de las actividades de exploraci6n Categoria II. La modificaci6n del EIAsd par ampliaciones 0 modificaciones al proyecto de exploraci6n Categoria II, que implique nuevas actividades que no incidan sabre dlstrttos. comunidades, centros poblados, areas, cuencas no considerados en el EIAsd previamente aprobado, estaran sujetas a los mecanismos de participaci6n ciudadana descritos en los articulos 4, numeral 4,3, 5, 6, de la presente Resoluci6n Ministerial. La modificaci6n del EIAsd par ampliaciones a modificaciones a los proyectos de exploraci6n Categoria II, que impliquen nuevas actividades que incidan sobre distritos, comunidades, centros poblados, areas, cuencas no considerados en el EIAsd previamente aprobado, estaran sujetas a los mecanismos de participacion ciudadana descritos en los articulos 4,5,6 Y 8 de la presente Resoluci6n Ministerial. TiTULO IV DE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LOS PROYECTOS DE EXPLOTACION Y BENEFICIO Capitulo 1 Partlclpaclcn ciudadana antes y durante la etapa de elaboraclcn del EIA y EIAsd requerido para los proyectos de explotaclcn y beneficia
Articulo 12.- Antes de la elabcraclcn del EIA a EIAsd Antes de iniciar la elaboraci6n del EIA a EIAsd, el titular minero debera coordinar con la autoridad competente de la regi6n donde se desarrotlara el proyecto minero, la realizaci6n de par 10 menos un taller participative y cualquier otro de los mecanismos de participaci6n ciudadana previstos en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial, con la finalidad de informar a la poblaci6n involucrada respecto de las actividades que desarrollara durante la elaboraci6n del EIA 0 EIAsd, los alcances que tend ria el proyecto minero y del marco normative que regula la protecci6n ambiental de su actividad, registrando de manera temprana los intereses de dicha poblaci6n y recabando los aportes, comentarios y observaciones. La participaci6n de la autoridad regional en los sertalados talleres resulta obligatoria a efectos de garantizar el derecho a la participaci6n de la poblaci6n involucrada. Sin perjuicio de 10 sertalaoo. la DGAAM podra participar y presidir los senalados talleres participativos cuando se trate de proyectos de la gran y mediana mineria, sustituyendo e informando previamente de ello a la instancia regional. EI titular minero esta facultado para realizar por si mismo, talleres participativos adicionales, con la finalidad descrita en el primer parrato del presente articulo.
Articulo 13.- Durante la elaboraclon del EIA 0 EIAsd Durante la elaboraci6n del EIA 0 EIAsd, el titular minero debera coordinar can la autoridad competente de la region donde se desarrollara el proyecto minero, la realizaci6n de por 10 menos un taller participativo y cualquier otro de los mecanismos de participaci6n ciudadana previstos en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial, can la finalidad de informar respecto de los Papme 119 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica avances y resultados en la elaboraci6n del EIA 0 EIAsd y del marco normativo que requlara la evaluaci6n de estudio ambiental par parle de la autoridad competente. EI titular minero debera registrar los intereses de la poblaci6n involucrada, los aportes. comentarios y observaciones a efectos de tomarlos en cuenta en la formulaci6n del proyecto minero y para la toma de decisiones de la autoridad competente. La participaci6n de la autoridad regional en los sertalados talleres resulta obligatoria a efectos de garantizar el derecho a la participaci6n de la poblaci6n involucrada. Sin perjuicio de 10 sertelado. la DGAAM pcora participar y presidir los senalados talleres participativos cuando S8 trate de proyectos de la gran y mediana minerta, sustftuyendo e informando previamente de ello a la instancia regional. EI titular rninero este facultado para realizar por si mismo. talleres participativos adicionales, con la finalidad descrtta en el primer parrafo del presente articulo, Capitulo 2 Pertlclpectcn Ciudadana en el Proceso de Evaluaci6n del EIA y EIAsd
Articulo 14.- De la presentaci6n del estudio ambiental a la autoridad competente. La solicitud de aprobaci6n del EIA 0 EIAsd, presentado ante la autoridad competente, debera contener dos (2) copias digitalizadas e impresas del EIA 0 EIAsd, que mclulra el Resumen Ejecutivo y del Plan de Participaci6n Giudadana, ademes de los requisites que establezca e! TUPA de la entidad correspondiente.
Articulo 15.- Del Plan de Partlclpactcn Ciudadana EI Plan de Participacion Giudadana es e! documento mediante el cual el titular rntnero propone a la autoridad competente, los mecanismos de participaci6n que se usaran durante la evaluaci6n del EIA 0 EIAsd y durante la ejecuci6n del proyecto minero. Para su elaboraci6n, el titular minero debera tomar en cuenta los principios contenidos en el Protocolo de Relacionamiento a que se refiere e! articulo 8 del Reglamento, asl como los aportes, comentarios u observaciones de la poblaci6n involucrada con la actividad. que debe ran ser recogidas en la realizaci6n de los talleres a que hacen referencia los articulos 12 y 13 de la presente Resoluci6n Ministerial. EI Plan de Participaci6n Giudadana debera presentarse conforme a la siguiente estructura: 15.1. Antecedentes: Describir y documentar en anexos las actividades de participaci6n ciudadana desarrolladas de acuerdo a 10 estipulado en los artlculos 12 y 13 de la presente Resoluci6n Ministerial. 15.2. Propuesta de Mecanismos de Participaci6n a desarrollar durante el procedimiento de evaluaci6n del estudio ambiental: Se debera indicar los mecanismos de participaci6n ciudadana que se proponen y justificar dicha propuesta en atenci6n de los criterios serialados en el articulo 7 del Reglamento y el Protocolo de Relacionamiento del titular minero. Se debera dar cuenta de las autoridades locales (de gobierno y/o comunales), grupos de interes y titulares del terreno superficial implicados directamente por la actividad, asi como de los lugares en los que se Ilevaran a cabo los mecanismos de participaci6n (de ser el caso, indicando el aforo, la accesibilidad y las medidas de seguridad necesarias, asi como la disponibilidad del mismo) y las medidas de financiamiento de la participaci6n que se propongan de conformidad a 10 sertalado en el articulo 9 del Reglamento. 15,3, Propuesta de Mecanismos de Participaci6n a desarrollar durante la ejecuci6n del proyecto minero: Se debera indicar los mecanismos de participaci6n ciudadana que se proponen y Papme 120 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica justificar dicha propuesta en atenci6n de los crtterios senalados en e! articulo 7 del Reglamento y el Prolocolo de Relacionamiento dellitular minero. 15.4. Propuesta de Cronograma de Ejecuci6n de los mecanismos de participaci6n ciudadana propuestos para desarrollar durante el procedimiento de evaluaci6n del estudio arnbiental. Si par alguna raz6n justificada no S8 pudiera realizar alguno de los mecanismos dispuestos en el Plan de Participaci6n Ciudadana que corresponden desarrollar durante el procedimiento de evaluaci6n del estudio arnbiental, la autoridad pcora disponer de oficio 0 a solicitud de parte, la modificaci6n de las fechas para su realizaci6n 0 la sustituci6n y ejecuci6n par alqun mecanisme complementario, continuando con el procedimiento. En los casos en los que previa mente a la evaluaci6n del EIA 0 EIAsd se requiera la evaluaci6n y aprobaci6n de los Terminos de Referencia, el Plan de Participaci6n Ciudadana constituira un requisito 0 componente de la propuesta de Terrninos de Referencia que haga el titular minero a la autoridad competente.
Articulo 16.- Del Resumen Ejecutivo EI Resumen Ejecutivo es una sintesis de los aspectos relevantes del EIA 0 EIAsd, que debera ser redactado en un lenguaje sencillo, con la finalidad de brindar una idea clara del proyecto minero, de sus potenciales impactos positivos y negativos y las medidas de prevenci6n, control, mitigaci6n y otras que pudieran corresponder. EI Resumen Ejecutivo debera contener referencias especificas a los siguientes aspectos: 16.1. EI marco legal que sustenta el EIA 0 EIAsd. 16.2. Breve descripci6n del proyecto, indicando su ubicaci6n, tipo de recurso a explotar 0 a manejar y cantidad del mismo y tiempo de ejecuci6n del proyecto. 16.3. Delimitaci6n del area de influencia directa e indirecta, ambiental y social. 16.4. Caracteristicas geograficas del area donde se desarrollara el proyecto. 16.5. Los componentes del proyecto, incluyendo infraestructura, accesos, requerimiento de mane de obra en la etapa de construcci6n y operaci6n. 16.6. Posibles impactos ambientales y sociales, tanto directos como indirectos; positivos, como negativos. 16.7. Medidas de prevenci6n, control y mitigaci6n y otras que pudieran corresponder para los impactos identificados. 16.8. Resumen de Linea Base Social. 16.9. Resumen del Plan de Relaciones Comunitarias. 16.10. Breve descripci6n del Plan de Cierre. EI Resumen Ejecutivo indicara las sedes en las que se podra revisar el texto completo del EIA 0 EIAsd yen las que se pod ran presentar las observaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.
Articulo 17.- Evaluaci6n inicial Papme 121 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica Los mecanismos propuestos en el Plan de Participaci6n Giudadana correspondientes al procedimiento de evaluaci6n del esludio ambiental y el Resumen Ejecutivo del esludio ambienlal seran revisados par la autoridad competente en un plazo maximo de siete (07) dias habtles, contados desde la presentaci6n del EIA 0 EIAsd. Cualquier observaci6n a los mecanismos propueslos en el Plan de Participaci6n Ciudadana y el Resumen Ejecutivo sera subsanada par el titular minero coordinando con la autoridad competente, en el plazo maximo de diez (10) dias hablles. en case no hayan side subsanadas en dicho plaza, la autoridad competente oecrarara como no presentado el estudio ambiental.
Articulo 18.- De la conformidad al Plan de Parttctpaclcn Ciudadana y al Resumen Ejecutivo. Dentro del plazo establecido en el articulo anterior, la autoridad competente comunicara al titular rntnero. su conformidad respecto de los mecanismos propuestos en el Plan de Participaci6n Ciudadana correspondientes al procedimiento de evaluaci6n del estudio ambiental. precisando el cronagrama de ejecuci6n de los rnecanismos. asf como otro aspecto que considere necesario a efectos de garantizar la eficacia del proceso de participaci6n ciudadana. Capitulo 3 De la difusi6n del plan de partlclpectcn ctudedana, entrega de reeumenee ejecutlvos, acceso al texto completo del EIA 0 EIAsd y la presentaci6n de observaciones, sugerencias y aportes
Articulo 19.- Entrega del EIA 0 EIAsd y del Resumen Ejecutivo a las instancias regionales y locales. Otorgada la conformidad de la autoridad respecto del Plan de Participaci6n Ciudadana y el Resumen Ejecutivo del EIA 0 EIAsd, e! titular minero entreqara una copia digitalizada e impresa del EIA 0 EIAsd, y un minima de veinte (20) ejemplares impresos del Resumen Ejecutivo, a cada una de las siguientes instancias: 19.1. Direcci6n Regional de Energia y Minas 0 instancia competente del Gobierno Regional que corresponda al area donde se realizaran las actividades mineras (en el caso de los proyectos sujetos ala competencia del Ministerio de Energia y Minas). 19.2. Las Municipalidades Distritales y Provinciales en cuyo ambito se realicen las actividades mineras. 19.3. Las comunidades campesinas a nativas en cuyo ambito se realicen las actividades mineras. Las capias impresas del Resumen Ejecutivo deberan ser difundidas y entregadas gratuitamente, par las autaridades a las que se les ha hecho entrega de estes, a las autaridades publicae a vecinales y a personas a entidades que puedan facilitar su difusi6n, can la finalidad de promover el facil entendimiento del proyecto minero y del estudio ambiental correspondiente, asi como la revisi6n del texto completo del estudio ambiental y la presentaci6n de aportes, comentarios u observaciones en los plazas indicados en el presente Reglamento. EI texto completo del EIA a EIAsd debera estar disponible para ser revisado par los interesados a partir de la fecha de publicaci6n del formato de aviso con la informaci6n correspondiente del Plan de Participaci6n Ciudadana en el Diario Oficial EI Peruano, de acuerdo a to establecido par el articulo 20 del presente Reglamenta. EI pedido de capias del EIA a EIAsd, podra ser solicitado a las autoridades a las que se Ie ha hecho entrega del mismo, pedido que debere ser atendido en e! plaza maximo de siete (7) dias calendario, previa pago de la tasa correspondiente al casto de su reproducci6n. Papme 122 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica En el casa que una autoridad regional 0 municipal, 0 las comunidades, S8 negaran a recibir los documentos, bastara el cargo de remisi6n notarial a par juez de paz, de estes a la entidad correspondiente. Si par razones de fuerza mayor no fuera posible la rernision notarial a par juez de paz, el titular rntnero debera acreditar tal sttuacicn. Adicionalmente, la autoridad competente publtcara en su paqlna web, el Resumen Ejecutivo, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a la conformidad del Resumen y del Plan de Participaci6n Ciudadana, indicandose expresamente la fecha de ingreso del expedients, la fecha de publicaci6n en la web, y el plazo para la presentaci6n de eportes, comentarios u observaciones.
Articulo 20.- De la difuslcn del plan de partictpaclcn ciudadana Determinada la conformidad al Plan de Participaci6n Ciudadana, a que hace referencia el articulo 18, la autoridad competente proporcionara al titular minero el formato de aviso para su difusi6n a traves de los siguientes medios: 20.1. Publicacion de aviso en diarios: La autoridad competente proporcionara un formato de aviso en el cual se senalaran los mecanismos de participaci6n a uttltzarse, el plaza, lugar, dfas y dernas termtnos necesarios para la realizaci6n de las actuaciones previstas, para la revisi6n de informaci6n y la correspondiente formulaci6n de observaciones y sugerencias. EI titular minero debera publicar el formato en el Diario Oficial EI Peruano y en un diario en el que se publican los avisos judlciales de la regi6n donde se desarrolla el proyecto, luego de la entrega del EIA y EIAsd a las autoridades a que hace referencia e! articulo 19, numerales 19.1 y 19.2. La publicaci6n de formato debera realizarse dentro de los siete (7) dias calendario siguientes a la fecha de haber sido entregados por la autoridad competente. 20.2. Anuncios radiales: EI titular minero debera contratar no menos de cinco (5) anuncios diarios en una estaci6n que tenga cobertura en la localidad 0 localidades ubicadas en el area de influencia del proyecto, los cuales deben difundirse durante diez (10) dtas calendario contados a partir del quinto dfa calendario de la fecha de publlcaclon del aviso en el Diario Oficial EI Peruano. Los anuncios radiales publicitaran los mecanismos de participaci6n ciudadana en concordancia a la ejecuci6n del Plan de Participaci6n y conforme se vayan realizando dichos mecanisrnos, debiendose precisar los lugares en los que el EIA 0 EIAsd y el Resumen Ejecutivo correspondiente se encuentran a disposici6n de la poblaci6n involucrada. 20.3. Carteles: EI titular minero debera disponer la colocaci6n de avisos en tamarto A2, dentro de los cinco dfas calendario siguientes a la publicaci6n del aviso en el Diario Oficial EI Peruano, en los siguientes lugares. 20.3.1. En la sede principal de las oficinas del Gobierno Regional y en la Direcci6n Regional de Energfa y Minas correspondiente a la zona donde esta ubicado el proyecto. 20.3.2. En e! local de las municipalidades provinciales y distritales que corresponden a los lugares comprendidos en el area de influencia del proyecto establecida en el estudio ambiental. Papme 123 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 20.3.3. Locales de mayor afluencia publica, ubicados en el area de influencia del proyecto establecida en el estudio ambiental. 20.3.4. Locales comunales u otros centros simi lares ubicados en los lugares comprendidos en el area de influencia del proyecto, establecida en el estudio ambienlal.
Articulo 21.- De la entrega de cargos de entrega y publicaciones a la autoridad competente. EI titular minero debera entregar a la autoridad competente, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes de efectuada la publicaci6n del formata de aviso en el Diario Oficial EI Peruano, los siguientes documentos: 21.1. Copia de los cargos de entrega del EIA 0 EIAsd y del Resumen Ejecutivo a las instancias indicadas en el articulo 19 del presente Reqlemento. 21.2. Un ejemplar de la paqlna entera de los diarios en los que se publico el formato de aviso, en las que pueda apreciarse claramente la fecha y diario utilizado. 21.3. Copia de los documentos que acrediten la contratacion de los avisos radiales descritos en el articulo 20 numeral 20.2. de la presente Resotuclon Ministerial.
Articulo 22.- Presentaci6n de aportes, comentarios u observaciones ante la autoridad Toda persona pcdra presentar ante la autoridad competente, sus aportes, comentarios u observaciones, asi como cualquier documento, foto, escrito u otros que considere apropiados, desde el dia siguiente a la publicacion del aviso indicado en el articulo 20 de la presente Resoluci6n Ministerial, hasta la fecha de terrntno del plazo senalado en el rnismo. a efectos de que sean considerados durante la evaluaci6n del EIA 0 el EIAsd. EI plazo que se seriate para recibir los aportes, comentarios u observaciones sera como maximo de treinta (30) dias calendario contados a partir de realizada la audiencia publica. La autoridad competente no esta obligada a pronunciarse respecto de los documentos que reciba con posterioridad al plaza indicado. La autoridad competente rnerituara los aportes, comentarios u observaciones remitidos por la ciudadania en el plaza sefialado en el parrafo anterior, considerandolos en los informes de evaluaci6n correspondiente. De considerarlo pertinente. la autoridad correra traslado al titular mlnero. de las observaciones recibidas para que las absuelva en el plazo que seriate la autoridad. Sin perjuicio de 10 senatedo, la Autoridad Competente podra notificar su informe de observaciones al titular rntnero con anterioridad al vencimiento del plazo senalado para la participacion ciudadana.
Articulo 23.- Acceso publico a la absoluci6n de las cbservactcnes al estudio ambiental formuladas por la autoridad competente EI titular minero presentara copia digitalizada e impresa de la absoluci6n de las observaciones formuladas y trasladadas par la autoridad cornpetente, durante el proceso de evaluaclon del EIA 0 EIAsd, para que este a disposfcion de la ciudadania, de acuerdo al siguiente detalle: 23.1. Mediana y gran mineria: 23.1.1. Dos (2) copias a la DGAAM. 23.1.2. Una (1) copra a Direcci6n Regional de Energia y Minas. Papme 124 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 23.1.3. Una (1) copia a Municipalidad (es) Distrital (es) y Provincial (es) a la (s) que corresponde el area donde S8 desarrollara el proyecto minero. 23.1.4. Una (1) copia a cada una de las comunidades localizadas en e! area donde S8 desarrollara el proyeclo minero. 23.2. Pequena mine ria y mineria artesanal: 23.2.1. Dos (2) capias a Direcci6n Regional de Energia y Minas. 23.2.2. Una (1) copia a Municipalidad (es) Distrital (es) y Provincial (es) a la (s) que corresponde el area donde S8 desarrollara el proyecto minero. 23.2.3. Una (1) copia a cada una de las comunidades localizadas en e! area donde S8 desarrollara el proyeclo minero. Capitulo 4 De la Audiencia Publica
Articulo 24.- Dellugar y la reaflzaclcn de la Audiencia Publica Para los procedimientos de evaluaci6n de los Estudios de Impacto Ambiental de nuevos proyectos se considerara la realizaci6n de una 0 mas audiencias publicae, sequn 10 determine la autoridad, denlro de un plazo no menor de cuarenta (40) dtas calendario de publicado el aviso en el Diario Oficial EI Peruano. La Audiencia Publica debera realizarse en el plazo y en la 0 las localidades que disponga la auloridad, de acuerdo al siguiente orden de prioridad: 24.1. En el centro poblado ubicado en el area de influencia direcla del proyecto minero 0 el mas cercano a esta. 24.2. En la zona urbana 0 de expansion urbana mas cercana al area de influencia directa ambiental del proyecto minero. 24.3. En la capital de la provincia en la que se desarrollaran las principales actividades del proyecto minero. EI lugar donde se realtzara la audiencia publica debera contar con las instalaciones apropiadas para albergar a los asistentes, con las facilidades para la instalaci6n de los equipos y con acceso a un area adecuada para servicios hiqienicos. Para garantizar la seguridad de las personas en el desarrollo de la Audiencia, la autoridad cornpetente. efectuara las previsiones que esttme conveniente, pudiendo solicitar la presencia de efectivos de la Policia Nacional del Peru.
Articulo 25.- Desarrollo de la Audiencia Publica La audiencia 0 audiencias publicae se realizaran de la siguiente manera: 25.1. Direcci6n de la Audiencia Publica La Audiencia Publica estara a cargo de una Mesa Directiva conformada por un representante de la DGAAM, quien la presfdira, un representante de la Direcci6n Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional, quien actuara como secretario tecnico. La ausencia del representante del Gobierno Regional en la Audiencia Publica no tmpedira el desarrollo de esta, Papme 125 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica pudiendo el Presidente de la Mesa Directiva asumir dicha actuaci6n par sf mismo 0 designar a otra auloridad 0 persona asislente. EI Presidenle de la Mesa Directiva podra invitar a incorporarse a esta, al presidente del Gobierno Regional, e! alcalde de la provincia y a los alcaldes de los distritos incluidos en el area de influencia directa del proyecto, ast como a otras autoridades publicae que se encuentren presentes. En case de suspension de la Audiencia, la no presencia de las autoridades invitadas en la nueva fecha programada, no invalidara la realizaci6n de la misma ni irnpedtra su desarrollo. En casa de la pequene mineria y mine ria artesanal, e! Gobierno Regional presidira la Mesa Directiva para la realizaci6n de la Audiencia Publica correspondiente a los EIAsd. 25.2. Desarrollo de la Audiencia Publica La Audiencia Publica se reetizara en un solo dla, salvo que existan causas de suspensi6n a cancelaci6n que amerilen la reprogramaci6n de la audiencia. Sera conducida en idioma espanol, pudiendo contarse can la partlcipaci6n de facilitadores del dlaloqo e Interpretes, en caso que el idioma predominante en ellugar en el que se realiza, sea distinto del espariol. 25.2.1. EI presidente de la Mesa Directiva dara inicio a la Audiencia Publica, explicando el objetivo de la misma y acreditando a los representantes del titular minero, de la entldad 0 profeslonal responsable de la elaboraci6n del estudlo ambiental y de los lnterpretes que fueran a participar. 25.2.2. Acto seguido, invitara a los representantes de la empresa y de la entidad que elabor6 el EIA 0 EIAsd a que sustenten dicho estudio. 25.2.3. Concluida la sustentaci6n, el presidente de la Mesa Directiva invttara a los participantes a formular sus preguntas par escrito, hasta en dos rand as, pudiendo desarrollar una tercera ronda de preguntas orales can la duraci6n que determine el presidente de la Mesa Directiva, para cuyo efecto, abrira previamente un listado de aradores. 25.2.4. Las preguntas seran respondidas par los expositores, los representantes de la autorfdad 0 los representantes del titular minero, sequn corresponda, pudiendo hacerlo en forma conjunta, agrupando las preguntas en funci6n de los temas sobre los que versen. 25.2.5. Luego de respondidas las preguntas, el presidente de la Mesa Direcliva invitara a los particlpantes a entregar a la Mesa Directiva, los documentos, memoriales, Informes a cualqufer otro testimonial que deseen presentar para su incorparaci6n al expediente y revisi6n par la autoridad. 25.2.6. AI terrnino de la audiencia se suscribira un acta en la cual se consigne el nurnero de participantes, el desarrollo de la audiencia publica, incluyendo el resumen de los expuesto y discutido, asi como los aportes recibidos, senatanoo la documentaci6n que haya sido presentada ante la Mesa Directiva, por los participantes. EI acta sera suscrita por los miembros de la Mesa Directiva, el represenlante del titular minero, el representanle de la entidad que elabor6 el EIA 0 EIAsd Y los participanles que deseen hacerlo. 25.2.7. Todo 10 expuesto y discutido en la Audiencia Publica debera ser registrado con la ayuda de equipos de audio y, si fuera posible, a traves de una grabaci6n audiovisual. La trascripci6n de las preguntas y respueslas formuladas en la Audiencia Publica, asi como los documentos reclbidos por la Mesa Directiva, se adjuntaran al expediente del EIA 0 EIAsd y seran merituados en la evaluaci6n correspondiente.
Articulo 26.- cancelaclcn 0 suspension de la audiencia publica Papme 126 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica La autoridad competente pcora declarar la cancelaci6n 0 suspension de la audiencia publica, antes de su realizaci6n 0 durante la misma. par caso fortuito 0 fuerza mayor 0 cualquiera otra causa que pudiera poner en riesgo la salud 0 integridad de los participantes a los miembros de la Mesa Directiva. 26.1. Si S8 determinase la situaci6n descrita anteriormenle, antes de la realizaci6n de la Audiencia PUblica, la autoridad debera adoptar las siguientes acciones: 26,1,1, Convocara a una nueva Audiencia Publica dentro de los veinte (20) dias calendario siguientes a la fecha originalmente convocada mediante los medias y en los plazas sertalados en el articulo 20. 26,1.2, En e! caso de que S8 cancele nuevamente la Audiencia Publica por los motives previstos. la autoridad podre prescindir de su realizaci6n, reemplazandole por otros mecanismos de participaci6n y medidas de amplia difusi6n de las caracteristicas del proyecto a traves de medios de comunicaci6n locales. 26.2. Si se determinase la situaci6n descrita, durante la realizaci6n de la Audiencia PUblica, la autoridad cetera adoptar las siguientes acciones. 26.2.1. Suspendera el desarrollo de la Audiencia Publica para su continuaci6n dentro de las setenta y dos horas (72) siguientes, publlcttando a nivel local (carteles y/o radio) la fecha de realizaci6n. De existir razones excepcionales que dificulten la continuaci6n de la Audiencia Publica en el mismo lugar, podra efectuarse en lugar distinto dentro de la localidad, anunciandose ello en la misma audiencia y reqistrandose en el Acta, de ser posible, 0 en todo caso disponer la colocaci6n de carteles anunciando los detalles para la continuaci6n de la Audiencia en el periodo indicado. 26.2.2. Si no es posible continuar con la realizaci6n de la Audiencia Publica conforme 10 sefialado en el numeral 26.2.1., la autoridad la cancelara y convocara una nueva Audiencia Publica dentro de los veinte (20) dfas calendario siguientes a la fecha original mente convocada mediante los medios y en los plazos senalados en el articulo 20. 26.2.3. En el caso de que se cancele nuevamente la Audiencia Publica por los motivos prevlstos. la autaridad podra prescindir de su realizaci6n, reemplazandola por otros mecanismos de participaci6n y medidas de amplia difusi6n de acuerdo a las caracteristicas del proyecto a traves de medios de comunicaci6n locales, por cuenta del titular minero. 26.3. En caso la Audiencia Publica se prolongue mas de 10 previsto y la Mesa Directiva decida levantarla, se continuara al dia siguiente, recabandose las preguntas que hayan quedado sin absolver. De existir razones excepcionales que dificullen la continuaci6n de la Audiencia Publica en el mismo lugar, podra efectuarse en lugar distinto dentro de la localidad, anunclandose ello en la misma audiencia y reqtstrandose en el Acta. De existir preguntas que par su complejidad 0 naturaleza requieran de una precisi6n adicional, se procedera a recabarlas para su consideraci6n en el procedimiento de evaluaci6n y/o traslado al titular minero para su absoluci6n conjuntamente con el levantamiento de observaciones. 26.4. Sin perjuicio de 10 seriatado, la autaridad podra disponer la realizaci6n de uno 0 mas talleres, dentro del plazo maximo de veinte (20) dlas calendario de realizada la Audiencia Publica, para tratar preocupaciones u observaciones puntuales al proyecto minero. Este taller se llevara a cabo con presencia de la autoridad competente 0 el representante de la DREM correspondiente, sequn se coordine y con presencia del 0 los especialistas a cargo del estudio ambiental que resulten necesarios sequn el tema a tratar. Papme 127 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 26.5, En todos los casas en los que S8 cancele 0 suspenda la realizaci6n de una Audiencia Publica, el profesional responsable de su conducci6n debera elaborar un informe escrito de 10 acontecldo. el cual forrnara parte del expediente en tramtte.
Articulo 27.- De la modificaci6n de los estudios ambientales EI estudio ambiental correspondiente a la modificaci6n 0 ampliaci6n de los proyectos de explotaci6n 0 beneficia mlnero. debera incluir Resumen Ejecutivo y una propuesta de Plan de Participaci6n Ciudadana que senale alguno de los mecanismos de participaci6n ciudadana indicados en la presente Resoluci6n Ministerial, Si la modificaci6n propuesta al proyecto minero comprende comunidades, centros poblados, distritos a provincias nuevas respecto del proyecto original, debera considerarse en la propuesta de Plan de Participaci6n Ciudadana la realizaci6n de par 10 menos un taller informative con la poblaci6n involucrada y la realizaci6n de una Audiencia Publica, Capitulo 5 De la actuacion de la autoridad
Articulo 28.- Informacion proporcionada por la autoridad En todo mecanismo de participaci6n en el que participe la autoridad competente y las autoridades regionales, locales y comunales a poblaci6n en general, la primera debera informar ace rca del procedirniento administrativo en curso, del estudio ambiental y sus arcances, ast como de los derechos y deberes establecidos en la legislaci6n viqente.
Articulo 29.- De las observaciones 0 reccmendaclcnes La autoridad competente debera rnerttuar las observaciones a recomendaciones que se presenten dentro de los plazas maxirnos establecidos, a partir de los mecenismos de participaci6n ciudadana dispuestos en la presente norma, dando cuenta de ellos en los informes 0 el informe final que sustente su decisi6n sobre el estudio ambiental. Asimismo, la formulaci6n del correspondiente informe constituye la oportunidad para dar cuenta de las razones par las cuales no se hubiera tomado en cuenta alguna de las observaciones a recomendaciones. de conformidad a 10 sefialado en elliteral h) del articulo 51 de la Ley General del Ambiente. La documentaci6n presentada ante la autoridad tiene caracter de declaraci6n jurada y como tal, estan sujetos a responsabilidad en caso se presente informaci6n falsa 0 fraudulenta, de manera dolosa. que pueda conducir a error a la autoridad. La autoridad debera remitir una copia de la resoluci6n final que concluya el procedimiento de evaluaci6n del estudio ambiental, a cada uno de las autoridades de las localidades senaladas en el articulo 19 de la presente Resoluci6n Ministerial, sequn corresponda. Capitulo 6 De la participaci6n ciudadana en el proceso de evaluaci6n y eprcbaclcn de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) para Pequena Mineria y Mineria Artesanal
Articulo 30.- De la partlctpaclcn ciudadana en el proceso de evatuaclcn yaprobaci6n de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) para PPM y PMA. La autoridad competente regional, dispondra la publicacion de la relaci6n de estudios ambientales para pequenos productos mineros (PPM) y productores mineros artesanales (PMA) correspondientes a la Categoria 1- Declaraciones de Impacto Ambiental -DIA, en su paqlna web, dentro de los cinco (OS) primeros dfas habiles de recibida la solicitud de aprobaclon, indicandose expresamente la fecha de ingreso del expedients. la fecha de publicaci6n en la web, as! como la provincia y distrito donde se desarrollarian las actividades mineras. Papme 128 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica Toda persona que desee revisar las solicitudes de aprobaci6n de los estudios ambientales para PPM y PMA correspondientes a la Categoria I, puede hacerlo apersonandose a la autoridad competente regional, solicitando una copia impresa a digital de la misma, previa parga de los derechos de reproducci6n de la informacion que corresponda. TiTULO V DE LA PARTICIPACION DURANTE LA EJECUCION DEL PROYECTO MINERO
Articulo 31.- De los mecanismos de participaci6n durante la ejecuci6n del proyecto minero. EI titular mtnero debere proponer como parte de su Plan de Participaci6n Ciudadana cualquiera de los mecanismos dispuestos en el articulo 2 de la presente Resoluci6n Ministerial, optando preferentemente par la Oficina de Informacion Permanente 0 el Monitoreo Ambiental Participativo, sefialados en los numerales 2.10 Y 2.11. Asimismo, la autoridad competente podra disponer la aplicaci6n de los mecanismos citados con la aprobaci6n del estudio ambiental correspondiente.
Articulo 32.- Oficina de Informacion Permanente EI titular minero brlndara informaci6n sobre el desarrollo del proyecto mlnero. el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por la empresa y que estuvieran recogidos en el EIA 0 EIAsd y otros documentos publicos y atendera las observaciones, denuncias o aportes de la poblaci6n respecto a su desernpeno ambiental y social a naves de una Oficina de Informaci6n Permanente conforme a 10 sefialado en el articulo 2.10. del presente Reglamento. Para dicho efecto se dispondre de una oficina en horario fijo y permanents, en la localidad que asegure el mayor acceso a la poblaci6n del area de influencia del proyecto. Esta oficina debera contar con los recursos materiales y humanos necesarios. Los titulares de la actividad minera deberan comunicar ala DGAAM y al OSINERGMIN, los casos en los que por razones de caso fortuito 0 fuerza mayor, se encuentre impedido de cumplir con la obligaci6n sefialada en el parrafo precedente. En caso que el titular minero hubiere implementado 0 apoyado en la implementaci6n de una oficina 0 un comite para los mismos fines previstos en el articulo 2, numeral 2.10, de la presente Resoluci6n Ministerial, podra adecuar la misma a 10 sefialado en este articulo.
Articulo 33.- Monitoreo y Vigilancia Ambiental Pertlclpatlvc A fin de promover la participaci6n organizada de la comunidad en el mecanisme de monitoreo ambiental participative, se podra constituir un Comite con representantes interesados de las comunidades y autoridades locales del area de influencia del proyecto minero y el titular de este con conocimiento de la autoridad competente. Tambien podra estar integrado por organizaciones de la sociedad civil a solicitud de la comunidad. EI Comtte elaborara y aprobara un reglamento que debera ser aplicado en el desarrollo de sus actividades, contemplando, entre otras acetones, la estructura del comite, presupuesto, la capacitaci6n continua de sus miembros, la realizaci6n de visitas al proyecto, realizaci6n de monitoreos. compromisos u obligaciones a monitorear, periodicidad de las acciones, divulgaci6n de los resultados del monitoreo y vigilancia, de sensibilizaci6n, etc. Para la elaboraci6n del reglamento la comunidad podra contar con el asesoramiento tecntco de una organizaci6n especializada en la materia. Dicha organizaci6n ademes podra brindar asesoria a las labores propias del Corrute. Papme 129 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica Las acciones de monitoreo participativo no sustituyen ni comprometen las funciones de fiscalizaci6n a cargo de la auloridad competente para la fiscalizaci6n de las obligaciones contenidas en los estudios ambientales. Sin perjuicio de ello, el Comlte constituido para tal fin podra remitir a dicha entidad fiscalizadora, de manera peri6dica los resultados del monitoreo y vigilancia para que procedan en el marco de sus competencias. TiTULO VI DE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LA ETAPA DEL CIERRE DE MINAS
Articulo 34.- Mecanismos de participaci6n ciudadana Sin perjuicio de los mecanismos de participaci6n dispuestos en la reglamentaci6n ambiental especial de las actividades de cierre de minas S8 pod ran tamar en cuenta los siguientes mecanismos: 34.1. Publicidad de avisos. 34.2. Acceso de la poblaci6n a los Resumenes Ejecutivos y al contenido del Plan de Cierre de Minas. 34.3. Difusi6n de informaci6n a traves de equipo de facilitadores. 34.4. Presentaci6n de eportes, comentarios u observaciones ante la autoridad. 34.5. Otros que se estime convenientes.
Articulo 35.- Participaci6n ciudadana en la etapa de cierre final La autoridad competente podra requerir la adopci6n de mecanismos de participaci6n ciudadana adicionales a los establecidos para la aprobaci6n y modificaci6n del Plan de Cierre de Minas, conforme se aproxime el cese de operaciones del titular minero y en particular, para el periodo de los dos aries de actividad final del titular minero y el post cierre. Estos mecanismos podran inciuir Visitas Guiadas y Talleres Participativos. TiTULO VII DE LA TUTELA DEL DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA
Articulo 36.- Normas para la tutela del derecho de participaci6n ciudadana La autoridad debe vigilar que durante el desarrollo de los mecanismos de participacion, ninguna persona participante: 36.1. Concurra en eslado de ebriedad 0 bajo la influencia de sustancias alucin6genas 36.2. Porte armas de fuego, punzocortantes u olras que pudieran generar riesgo para la seguridad e inlegridad de los asislenles. 36.3. Agreda verbal 0 fisicamente a los participantes. 36.4. Presenle teslimonios falsos que afecten la buena marcha del proceso de participaci6n ciudadana. 36.5. Obslaculice los camlnos de acceso 0 ingresos a las inslalaciones donde se conduce el proceso de participaci6n ciudadana. Papme 130 <tlperuono Sistema Peruano de Informacion Juridica 36,6, Lance objetos 0 cualquier material que ponga en riesgo la salud de cualquier participante 0 deleriore las inslalaciones donde S8 conduce el proceso de participaci6n ciudadana. 36.7. Introduzca animales a mercaderia para comercializar en los locales dispuestos para los Talleres y las Audiencias Publicae U objetos que puedan limitar e! libre desarrollo de los mecanismos sertalados. 36.8. Impida U obstaculice el inicio, desarrollo a termlno de un evento a actividad que forme parte del proceso de participaci6n ctudadana. 36.9. Incumpla las disposiciones de orden que emila la autoridad que conduce el proceso de participaci6n ciudadana 0 el facilitador del mismo. EI funcionario que dirige, preside 0 conduce el proceso de participaci6n ciudadana, esta facultado para disponer restricciones al ingreso 0 el retire de las personas que transgredan las normas indicadas en el presente articulo. Papme 131