Resolución Nº 302-2019-MINEM ─ Crea el Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero-Energéticas
صدر في 2019-10-07 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Energy, Mineral resources
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, institution, data collection/reporting, sustainable development, capacity building, good practices, public private partnership (PPP), governance, mining
- الفئات
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 2.- La Programación de Compromisos Anual Que, el Centro de Convergencia y Buenas Prácticas (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los Minero -Energéticas, tiene como fin constituirse en un Pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales espacio de coordinación y articulación entre el Estado, el y formalidades impuestas por las normas legales, en la sector privado, la sociedad civil y la academia, en donde utilización financiera de los recursos públicos asignados; así se comparta y promueva el ejercicio de buenas prácticas como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento en los sub sectores energía y minas, así como una legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben plataforma de diálogo y discusión técnica de alto nivel para modificaciones presupuestarias en el nivel funcional arribar a consensos en pro de un mejor aprovechamiento programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral de los recursos minero energéticos en favor del desarrollo 11.3 del artículo 11 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, del país; “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01. N° 020-2018-EM publicado en el diario oficial “El Peruano”
Artículo 3.- Los pliegos del Gobierno Nacional, con fecha 02 de agosto de 2018, se declaró de interés nacional Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para realizar y necesidad pública el diseño, desarrollo e implementación el compromiso correspondiente a los gastos que se del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero - financian con cargo a fuentes de financiamiento distintas Energéticas, con los objetivos de promover la adopción de a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión buenas prácticas en las operaciones minero-energéticas en en la recaudación, captación y obtención de recursos por temas medio ambientales, sociales, relaciones comunitarias las fuentes de financiamiento antes mencionadas que y en el uso de los recursos generados por el sector; esperan obtener en el Año Fiscal 2019, en concordancia impulsar iniciativas alrededor de la estrategia del sector con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo minero energético al 2030, que contribuyan al desarrollo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de del país; y, asegurar acuerdos de alto nivel de largo plazo Presupuesto Público. que contribuyan a generar estabilidad y gobernabilidad en el sector minero energético; Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, dispuso encargar al Ministerio de Energía y Minas la realización NADIA YESQUÉN PUERTAS de las acciones necesarias para la implementación del Directora General (e) Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero Dirección General de Presupuesto Público -Energéticas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; ANEXO Que, mediante el artículo único de la Resolución PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) Ministerial N° 301-2018-MEM/DM, publicada en el diario CORRESPONDIENTE A LA REVISION DEL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL oficial “El Peruano” con fecha 09 de agosto de 2018; se 2019 resolvió encargar al Viceministro de Minas del Ministerio POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO de Energía y Minas el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 020-2018-EM; (En soles) Que, con fecha 04 de setiembre de 2018, en el marco NIVEL DE GOBIERNO PCA del Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Minero GOBIERNO NACIONAL 106,778,726,369 - Energéticas, se llevó a cabo la primera reunión del Grupo Visión Minería 2030 (GVM 2030) a fin de iniciar GOBIERNOS REGIONALES 36,950,731,238 el Proceso de Diálogo Multiactor arribando a la siguiente propuesta de visión compartida: “Al 2030 la minería en GOBIERNOS LOCALES 32,495,343,321 el Perú es inclusiva, está integrada social, ambiental y territorialmente, en un marco de buena gobernanza TOTAL GENERAL 176,224,800,928 y desarrollo sostenible. Se ha consolidado como una actividad competitiva e innovadora y goza de la valoración de toda la sociedad”; 1815155-1 Que, de conformidad con la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, este Ministerio ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y ENERGIA Y MINAS minería; asimismo, tiene entre sus funciones promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Constituyen el Centro de Convergencia y Que, conforme a lo señalado en el artículo 105-C del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Buenas Prácticas Minero-Energéticas de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, la Dirección General RESOLUCIÓN MINISTERIAL de Promoción y Sostenibilidad Minera es el órgano de línea Nº 302-2019-MINEM/DM dependiente del Viceministerio de Minas, encargado de proponer, evaluar y supervisar la política y normatividad Lima, 7 de octubre de 2019 minera, así como realizar acciones de coordinación, articulación, difusión y fomento, que promuevan el VISTOS: desarrollo sostenible de las actividades mineras; Que, estando a lo expuesto, a efectos de promover El Informe Nº 0190-2019-MINEM-DGPSM/DPM de la las buenas prácticas en los sub sectores energía y Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera; minas, y consolidar un espacio donde convergen Estado, el Informe Nº 009-2019/MINEM-OGPP de la Oficina empresas, sociedad civil y academia, es necesario General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe constituir el Centro de Convergencia y Buenas Prácticas Nº 939-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Minero –Energéticas; Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley CONSIDERANDO: de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones, Que, con fecha 1 de agosto de 2018, en Palacio de aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus Gobierno, contando con la presencia del Presidente de modificatorias; El Peruano / Jueves 10 de octubre de 2019 NORMAS LEGALES 13 SE RESUELVE: el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo y cumplimiento del objeto y finalidades de
Artículo 1.- Constitución del Centro de RIMAY. Sus funciones se desarrollan en los lineamientos Convergencia y Buenas Prácticas Minero-Energéticas a que se refiere el artículo 8 de la presente Resolución Constitúyase el Centro de Convergencia y Buenas Ministerial. Prácticas Minero-Energéticas, en adelante RIMAY, como un espacio de coordinación y articulación entre el Artículo 7.- Colaboración de otras entidades Estado, el sector privado, la sociedad civil y la academia, públicas o privadas dependiente del Ministerio de Energía y Minas. RIMAY puede solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión o aporte técnico de personas expertas y
Artículo 2.- Objeto especializadas en la materia, así como requerir RIMAY tiene como objeto proponer, compartir y información a otras entidades del sector público, para promover el ejercicio de buenas prácticas en el Sector coadyuvar a la consecución de su objeto y finalidades. Energía y Minas, así como constituir una plataforma de diálogo y discusión técnica de alto nivel para arribar a Artículo 8.- Lineamientos de gestión de RIMAY consensos en procura de un mejor aprovechamiento de los recursos minero energéticos en favor del desarrollo 8.1. Dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes sostenible del país, con la participación del Estado, el a la publicación de la presente Resolución Ministerial, la sector privado, la sociedad civil y la academia. Secretaría Técnica propondrá los lineamientos de gestión, al Ministro de Energía y Minas, quien lo aprueba por
Artículo 3.- Finalidades Resolución Ministerial. Son finalidades de RIMAY las siguientes: 8.2 Los lineamientos establecen como mínimo los criterios para la conformación de RIMAY, su instalación, la 3.1 Proponer al Ministerio de Energía y Minas y a las forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, demás instituciones participantes, proyectos, normas, e las reglas de aprobación de acuerdos, la convocatoria a iniciativas, para el desarrollo minero energético del país. los invitados, y demás disposiciones para su correcto 3.2 Generar espacios de diálogo plurales, neutrales e funcionamiento, desarrollo y organización. independientes, para la discusión de asuntos estratégicos del sector con enfoque de largo plazo. Artículo 9.- Financiamiento 3.3 Promover la implementación de los acuerdos La implementación de lo establecido en la presente o propuestas que surjan en los espacios de diálogo resolución se financia con cargo al presupuesto impulsados por RIMAY. institucional del Ministerio de Energía y Minas, sin 3.4 Formular iniciativas y articular acciones conjuntas demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y entre el sector público, el sector privado, la sociedad civil conforme a las disposiciones legales vigentes. y la academia en materia minero -energética. 3.5 Promover la identificación, selección y difusión Artículo 10.- Publicación a nivel nacional, de buenas prácticas nacionales e Publíquese la presente Resolución Ministerial en internacionales asociadas a las industrias minero- el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas energéticas, y fomentar su adopción. (www.minem.gob.pe), el mismo día de su publicación en 3.6 Promover la difusión, validación e implementación el diario oficial El Peruano. de la “Visión de la Minería en el Perú al 2030”. 3.7 Impulsar el desarrollo de RIMAY con miras a Regístrese, comuníquese y publíquese. constituirse a futuro, como una institución público-privada que contribuya a su sostenibilidad. JUAN CARLOS LIU YONSEN 3.8 Promover las actividades complementarias que Ministro de Energía y Minas fueran necesarias para lograr su objeto. 1815154-1
Artículo 4.- Conformación RIMAY está conformado por representantes de entidades del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Designan Secretaria General del Ministerio Locales, gremios empresariales, empresas del Sector Energía y Minas, Organizaciones de la Sociedad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Civil e instituciones académicas, cuya convocatoria, Nº 304-2019-MINEM/DM acreditación y participación se establecerá en los lineamientos a que se refiere el artículo 8 de la presente Lima, 9 de octubre de 2019 Resolución Ministerial. RIMAY puede contar además con la participación CONSIDERANDO: de representantes de organismos internacionales, organismos multilaterales de desarrollo, así como Que, mediante Resolución Ministerial N° 353-2018- especialistas de la materia, en calidad de invitados que MEM/DM, se designó a la señora Kitty Elisa Trinidad contribuyan con el asesoramiento y aporte técnico para el Guerrero en el cargo de Secretaria General del Ministerio cumplimiento de su objeto y finalidades. de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Los miembros de RIMAY ejercen sus funciones ad Que, la señora Kitty Elisa Trinidad Guerrero ha honorem. formulado renuncia al citado cargo, por lo que corresponde aceptarla y designar a la persona que ocupará el cargo de
Artículo 5.- Designación de representantes Secretaria General; Los representantes de los miembros serán designados De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica mediante resolución del titular de las Entidades del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la integrantes u oficio de las instituciones respectivas, participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y mediante comunicación escrita de su titular dirigida a la designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Secretaria Técnica de RIMAY, en un plazo máximo de Ley de Organización y Funciones del Ministerio de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, de recibida la invitación de participación, de conformidad que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones con los lineamientos a que hace referencia el artículo 8 de del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; la presente Resolución Ministerial. SE RESUELVE:
Artículo 6.- La Secretaría Técnica La Secretaría Técnica estará a cargo del órgano Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la responsable de la función de promoción y sostenibilidad señora Kitty Elisa Trinidad Guerrero al cargo de Secretaria minero-energética, o de quien haga sus veces en el General del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las Ministerio de Energía y Minas. Se encargará de brindar gracias por los servicios prestados.