Resolución Nº 296/11/PRODUCE - Autoriza la extracción de la especie aracanto o palo en zona del litoral
صدر في 2011-10-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, aquatic plants, authorization/permit, fishing area, fishery management and conservation
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que ta soucnuo revaoa a cabo por la oncoe General de Recursos Humanos mediante er Informe N° 025-2011 MIMDESlOGRH no requiere la aprobaci6n de un nuevo coeorc para Asignaci6n de Personal del MIMDES; Que . asimismo. et citaoo informe ha determinado que !a modificaci6n propues ta. no mcctre en un incremento del Presupuesto Anali lico de Personal- PAP; Que . por 10 expuestc. correspcnde aprobar la modificaci6n de la clas ificaci6n del cargo de Director Superior - Plaza N° 199 - Drrectorra de ta mrecccn de Derechos 'I Ciudadania de las Mujeres ccntendo en er Cuadro para Asignaci6n de Personal - CAP del Ministerio de taMujer y Desarrollo Social , aprobado por la Resclucion Suprema N° 004-2005-MIMDES, cons'oeranooo centre del quinta parte de personal que puede ser designado 0 removido libremen le por el titular de taeoucec: De conformidad con erDecreto Supremo N° 043-2004 PCM ; 'I, el Decre lo Supremo N° 012~2004-MIMDES 'I sus monncetcnes: SE RESU ELVE: A rt ic ulo 10 , Disponer ra moomcacrcn de lacrasmcaccn del cargo de Director Superior - Plaza NO 199 • Director/a de la Direcci6n de Derecnos 'I Ciudadania de las Mujeres contenido en el Cuad ro para Asignaci6n de Personal CAP del Ministerio de la Mujer 'I Desarrollo Social , aprobado por Rescluccn Suprema NO 004-2005-MIMDES 'I sus modificatorias ; conforme al Anexo que forma parte de la presente Resoluci6n. A rt ic ulo 2",- Publiquese la presente Resclucon Ministerial en el Diario onctar EI Peruano. EIAnexo debera ser pubticado en el Portal Inst itucional del Ministerio de fa Mujer 'I Desa rrollo Social (WNW mirndes gQb De), en ta misma lecha que sea publicada Ia presente resoruc ron. Registrese, comuniquese 'I publiquese. AiDA GARCiA NARA NJO MORALES Ministra de ta Mujer 'I Oesarrouo Social 708512-1 Aceptan rcnuncta y dc s tgnan J efa de Logtstt ca de la Unidad Administrativa del Programa Nacio nal Contra la Vio lencia Fa m iliar y Sexual - PNCVFS del Mini sterio RESOLUC I6N MINISTER IAL N° 388-2011-MIMOES Lima . 25 de octubre de 2011 CONSIDERANDO' Que , mediante Resolecion Ministerial N° 379-2010 MIMDES se design6 al senor Sergio Jean Fran ko Romero toyota en el ca rgo de confianza de Jete de Log istica de ta unoao Aomrnetrauva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar 'I Sexual - PNCVFS del M inisterio de la Muje ry Desarrollo Social- MfMDES; Que . er senor Sergio Jean Franko Romero Loyola ha presentado su renuncia ai citado carqc, ia que es pertinente acepta r, correspondiendc designar a la persona que IQ reen-plazara : De con formidad con 10dispuesto por la Ley N° 27594 Ley que regula ia participaci6n del Poder Ejecutivo en et nombrarr nento 'I design aci6n de tuncronaros pubjcos: ta Ley NO 29597 - Ley de Organizaci6n 'I Funciones del Mini sterio de fa Mujer 'I Desarrollo Social- MIMDES; 'I, su Reglamento de Organizaci6n 'I svncror es. aproba oo por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 10 , Aceptar la renuncia formulada por el selior SERGIO JEAN FRAN KO ROMERO LOYOLA al cargo de confianza de Jefe de Logistica de la Unidad Administ rativa del Prog rama Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual- PNCV FS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dandosele las gracias por los servicios pre stados. 20 Articulo 2",- Qesignar a ta senora BRIGYTIE BEATR IZ BURGA lINAN en ercargo de connanza de Jera de Logislica de la Unidad Administrat iva del Programa Nacional Contra ta vloencra Fami liar 'I Sexual- PNCVFS del Ministerio de ta Mujer y Desarrollo Social- MIMDES. Reg istrese, comuniquese 'I publlquese. AIDA GARCIA NARAN JO MORALES Minislra de la Mujer 'I Desarrollo Social 708513-1 PRODUCE Autortzan act tvtdad ex tracttva del recurso Lessonta t rabe culata (aracanto o palo) en area m arit ima con ttgua al ll toral com prendid 0 en t re las local i dades de Colorado y T'rcs Hermanas . ubt cadas en el d ts tr tto de Marcona , provincia de Nazca, departamen to de Ica RESOLUCI6N MINISTERIA L N° 296-2011-PRDD UCE Lima, 24 de octubre de 20 11 VISTDS: los onccs N° DE-100-221-2011 PRODUCE/IMP Y N° DE-100-276- 2011-PRODUCE/IMP del18 de agosto y 7 de octubre de 2011 respectivamente. de! lnsututo del Ma r del Peru - IMA RPE, los oaccs N° 1089-201 1-GORE-ICAlDRPRD 'I N° 1249-2011-GORE ICAlDRPRO-DP del 9 de agosto y 6 de setiembre de 2011, respectwerneote. de ta Direcci6n Reg ional de ra Producci6n del Gobierno Regional de tea: los Informes N° 716-2011-PRODUCEIDGEPP-Dch Y N° 768-2011 PRODUCEIDGEPP-Dch del 13 de seterro re 'I 11 de octubre de 2011, respectivamente. de ta Direcci6n de Consumo Humano de fa Direcci6n Gen eral de Extracci6n 'I Prccesamientc Pesquero: 'I, los Informes N° 042-2011 PRODUCE/OGAJ- cfva y N° 047-2011 -PRODUCEIOGAJ cfva del 29 de setiembre y 14 de octubre de 2011 de la Oficina General de Asescrra Jurfdrca: 'I, CO NSIDERANDO: Que . et art icu lo 2" del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesce, seli ala que los recursos hidrobiol6g icos contenidos en las aquas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Naci6n, correspondiendo at Estado regular el manejo integ ral y la explotaci6n racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de o teres nacionaf: Que , el articulo 9" de fa citada Ley establece que sobre la base de evidencias cenntcas dispon ibles y de factores socoecoromicos. et Ministerio de !a Producci6n determina . sequn el tipo de pesquenas, los sistemas de ordenam iento pesquero, las cuotas de captura perrnebies, las temporada s y zonas de oesce. la requiacion del esfuerzo pesquero. los metcoos de pesca . las tallas minimas de captura y cernes normas que requieran la preservad6n 'I explolaci6n radona! de los recursos hidrobiol6gicos: asmemo. establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamienlo que mediante dtspos~ivo legal de caracter general dicta er Ministerio; Que , el numeral 6.1 del articulo 6° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Macroalgas Marinas. aprobado per nee-etc Supremo N° 019-2009-PRODUCE, senara que el M inisterio de la Producci6n, sobre la base de los estudios y recomendaciones del Inst ituto del Mar de! Peru - IMA RPE, as! como de factores socio econ6micos. establece en e! ambito nacion al. med iante Resoluci6n Ministerial , los re!;1 imenes de acceso, volumen total de extracci6n perm iSlble . magnitud del esfuer zo de pesca (numero de embarcaciones y usua rios),cuo tas ind iv iduales 'I otras medidas de conservaci6n de las diversa s especies de macroalgas marinas: Que , la Segun da Disposici6n Comp lementaria Final del dtado Reglamento, faculta al Ministerio de la REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL Prooucccn para que mediante Resoluci6n Ministerial dicte normas y medidas complementanas rece sanas para el cumplimiento del referido Reglamento. asi como para que, previa recomendaci6n derlnsnuto del Mar del Peru, disponga las medidas de cooservaccn de las retendas especies , prevista s en et articulo 6° del Reg lamento antes mencrcoeoc. de conformidad con 10 dispuesto en er articulo godel Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pes ce : Que, laResoluci6nMinisterialN°068-2005-PRODUCE, dispone en su articulo 3° que ta extraccicn del recurso Lessonia spp de su ambienle natural debera ser realizada bejo las siguientescondiciones: renra r 1a ptanta complete, incluyendc el reoce: que er dtametro del disco 0 rizoide de las plantas al momento de su extraccicn debe ser mayor a veinte centimetres (20 cm.) y que ta entresaca de algas debe reanzarse dejando entre las plantas espacJos meno res a cuatrc metros (4 rn.): Que, ta Resojucicn Ministerial N° 761-2008 PRODUCE prchibe ta extraccion de las algas marinas "aracanto". "negra" 0 'ceoeza' Lessonia nigrescens y "aracanto' 0 ' palo" Lessonia trabeculata en el ambito de los departamentos de lca y Moquegua , asi como el transporte, comercJalizaci6n y procesamiento de estos recursos. a partir de las 48.00 noras siquientes a ra fecha de su publicacJ6n; Que, por Resoluci6n Ministerial N° 839-2008 PRODUCE, se eetemece la veda de las algas marinas pardas Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador 0 bolas) y Macrocystis pyritera (sargazo) quedando prohibida la extraccon. el transporte , la ccrnercieueecon y et procesamienlo de las citadas algas en el lilora l peruano: asimismo , se amplia el ambito geografico de aplicacJ6nde la veda dispuesta para las algas marinas peroas Lessonia nigrescens (aracanto. negra 0 cabeza) y Lessonia trabeculata (aracanto 0 palo) , por las Resoluciones Ministeriales N° 460-2006-PRODUCE Y N° 761-2008 PRODUCE, a todo er litoral peruano : Que, el Instituto del Mar del Peru - IMARPE a naves del onere W DE-100-221-2011-P RODUCEl IMP remite et Informe "Evaluacion poblacional de Lessonia trabeculata Villouta & Santeuces. 1986, en San Juan de Marcona" julio 2011, que contiene los resultados de ra eveiuaccn realizada entre et 30 de junic y 8 de julio de 2011, entre las localidades de Basuraf (15,37551° LS; 75,17974° LW) y vanyann a (15,46886" LS y 75,03897" LW), en profundid ades de 5 a 30 metros; Que, en su Informe, el Institulo del Mar de! Peru IMARPE indica haber estimado para 2011 un rendimiento o biomasa explotabIe de Lessonia trabeculata (aracanto 0 palo) de 6 88710ne ladas y concluye que, en una evenlual autorizaci6 n de extrac:ci6n, esta deberia considerar dicha citra como cuota permisible a eJecutarse entre agoslo y diciembre de 2011, en el sector comprend ido entre Colorado (15,4244° LS; 75,1046° LW) y Yanyarina (15,4583" LS Y 75, 0239" LW) y, asimismo , que las actividades extractivas deberian ejecutarse bajo un estricto conlrol, para garantizar la sostenibilidad de las praderas de esla especie; Que, ellnslituto de! Mar del Peru - IMARPE, mediante el Oficio N° DE-100-276-2011-PRODUCEJIMP, indica que la cuota permisible eSlimada para el sector comprendido entre Colorado y Yanyarina, disminuiria en un 36,12 % si no se considera el Sector 3 que incluye la zona de Yanyarina ; Que, el sector 3 considerado por el Instituto del Mar del PerU - IMARPE para sus evaluaciones . se encuentra entre las localidades de Tres Hermanas y Yanyarina; y la cuota sugerida por dicho Instituto sin considerar la zona indicada es de 4 399 t. , cifra resultanle de deducir e136.12 % de la cuola de 6 887 t. que inicialmente eSlim6 el IMARPE para la zona comprendida entre Colorado y Yanyarina; Que la Direcci6n Regional de la Producci6n del Gobierno Regional de lea, mediante los Oficios de Vislo s, solicita considerar unaposibIeexlrac:ci6nde algasLessonia trabeculata (aracanlo 0 pafo) con uso de embarcaci6n, leniendo presente la situaci6n que alraviesa la comunidad pesquera artesanal de Marcona debido a la epoca de vienlos y oleajes irregulares y. posleriormenle propone una relaci6n de embarcaciones pesqueras artesanales que participarlan en la extracci6n del recurso; Que,la Direc:ci6n deConsumo Humano de la Direcci6n Gene ral de EXIracci6n y Procesamienlo Pesquero a traves de los informes de Vislos, en funci6n de las conclusiones 21 del IMARPE Y de 10 sclictado por la Drrecccn Regional de la Produccion del Gobierno Regional de rca, propene autoriza r la actividad extractiva de la especie Lessonia trabeculata (aracanto 0 palo) en la zona mari tima contigua at ntorar comprendido entre las localidades de Colorado y Tres Hermanas. ubicadas en el disl rito de Marcone. provincia de Nazca, departamento de lca, hasla el 31 de dtcembre de 2011, fijando una cuota total maxima de exIracci6n de cualro mil Irescientos ncventa y nueve tcoeraoas (4 399 I.); De conformidad con las deposiciones contenidas en el Decretc Ley N" 25977 - Ley General de Pesca, su Reqlamen tc , eprobado por Decreto Supremo N° 012 2001-PE y et Reglamento de Organizaci6n y Punciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; Con et visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesamento Pesquero . y de la Oficina General de Asescrta Jundica. y; SE RESUELVE: Art ic ulo 1",- Autorizar la actividad exnacnva del recursc Lessonia trabeculata (aracanto 0 palo) en el area marit ima contigua at liloral comprendido entre las localidades de Colorado (15,4244" LS; 75,1046" LW) Y Tres Hermanas (15,4438" LS; 75, 0712"LW), uoicaoas en et d islrito de Marcona, provincia de Nazca, departamen to de tea, desde el dia Si~uienle de la publicaci6n de Ia presente Rescluccn Ministerial hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 2",. Fijar en cualro mil trescientos noventa y nueve toneraoas (4 399 I.) la cuota total maxima de extraccicn del recurso Lessonia trabeculata (aracanto o palo) duranle la actividad extractive autonaada per er articulo 1" de la presente Resoluci6n Ministerial. En case de que la cuota total maxima de extraccion del recurso Lessonis trabeculata (aracanto 0 palo) sea cubierta antes del 31 de cncemcre de 2011, er Ministerio de la Producci6n dara por nnauzaoa la autcraacicn de Ia actividad extract iva antes del termmc del periodo previsto por el articulo 10 de la presente Resclucion Ministerial. Art ic ulo 3°." AI terminc de la autorizacion dlspuesta por la presente Rescluco n Minislerial, se aplicara 10 dispuesto por ta Resclucon Minislerial N" 761-2008 PRODUCE, respecto a la veda de Ia espece Lessonia trabeculata (aracanto 0 palo) en el area cilada en er articulo 1" de la presente Resoluci6n Ministerial. Art ic ulo 4".- La actividad exlract iva de las algas Lessonia nigrescens (aracanto, negra 0 cabeza), Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador 0 bolas) y Macrocystis pyrifera (sargazo), por siega ylo remocion de especimenes en las prade ras y bosques , continua prohibida en todo et litoral peruano , incluyendo et area a la que se refiere el articu lo 1" de la presente ResolucJon Ministerial, Articulo 5".- La Direcci6n Regional de la Producci6n del Gobierno Regional de lca, medianle Resoluci6n Directoral publican3 la relaci6n de embarcaciones artesanales con permiso de pesca vigente , que participaran en la actividad extractiva autorizada por ia presente Resoluci6n MinisleriaL Asimismo, la referida Direcci6n Regional, remit ira a la Direcci6n General de ExIracci6n y Procesamienlo Pesquero del Ministerio de la ProduccJ6n y al Institulo del Mar del Peru - IMARPE, de manera diaria , los volumenes de extracci6n del recurso macroalgas , de acuerdo con los mecanismos de vigilancia y control que establezca, Articulo 6",- EI ejercicio de la actividad extractiva aulorizada por el articulo 1" de la presente Resoluci6n Ministerial, se realizara bajo las siguientes condiciones; a, Las embarcaciones pesqueras artesanales participantes deberan conla r con permiso de pesca vigenle b, Las embarcaciones pesqueras artesanales realizaran s610 una faena de exIracci6n por dia. c. La extracci6n poct ra realizarse cinco dias a la semana: de lunes a viernes d, La cuola individual maxima de exIracci6n por embarcacJ6n, por dia, es de cualro toneladas (4 t.). e , EI desembarque del recurso extraido sera efectuado unicamenle en el Desembarcadero Artesanal Diomedes Vente l6pez. 22 f. EIorarretrodel disco basal 0 nzoidede lcsejemp tares at memento de su extraccion debe ser mayor a vemte centimetros (20 em). g.La extracci6n se reanzara dejando entre las plantas una distance maxima de cuatrc metros (4 m) y renrando ta planta completa . mduyendo el rizoide. n. Se oebera recmter la informacion score el recurso extrado cuanoo sea eequerkra por representantes autorizados de ta Direcci6n Regional de la Producci6n del cccemc Regional de tea y deIIMARPE. L Cumplir con las disoosicicnes establecidas en €II Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Macroalgas Marinas, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-PRODUCE. Articulo 7"., La Dlrecccn Genera l de Sequirmento , Contro l y Vigilanda cccrcoera con ta Direcccn Regional de la Producci6n del Gobiemo Regional de lea lasacciones necesarias para el sequimientc de los vcrcrreoes de deserroarque de Lessonia trabecuJata (aracanto 0 palo) extraidos por cada embareaci6n al amparo del art iculo 1° de la presen ts Resoluci6n Ministerial , a fin de garantizar er cumplim iento de la cuota total y de las cuotas individuates autorizadas por el art iculo 2° y el literal d. del articulo 6° de la presents Resclccon Ministerial , entre elias, la presencia permanente en el desembarcadero de un inspector designado por la DIREPRO lea, asi como de la emision de los cerunceoce de Desembarque . Articul o 8".' La Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia coorceara con la Direcci6n Regional de la Producci6n del oceemc Regional de lca €II crsenc y aplicaci6n de mecanismos de vigilancia y control, entre ellos et otorgamiento de un Certificado de Precedence . para necer constat er orqen del produdo de un area autonzeoa: asi como la participaci6n de las organizaciones sodales de pescadores artesanales representativas de Ia zona en las actiones de vigilancia y control, a treves del ccmne regional de vigilanda de pesca artesanal-COREVIPAS, Articulo 9°. Las personas natura les y juridieas que contravengan las oecceccnes ccotenoes en la presents Resoluci6n Ministerial, seran sancrcnaoas conforme a 10 dispuesto por €I I Decreto Ley N° 25977 - ley General de Pesce. su Reqlamentc. aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Jnspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC) , aprobado por Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE Y cemas disposiciones legales vigentes . Arti culo 10°. las Direcciones Genera les de Segu imiento, Control y Vigilancia y de Extracci6n y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producci6n, te Direcci6n Regional de la Producci6n del Gobierno Regional de tea. los Ministerios de Defense y del Interior, en el ambito de sus respectivas competencias, reaftaaran las acccnes de difusi6n que correspondan v veteran por €II estrtctc cumplimien to de 10 estabiecoc en la presente Resoluci6n Ministerial. Regis trese , comuniquese y publiquese , KURT BURNEO FARFAN Ministro de la Producci6n Que , se ha coosceraoc convenente eejar sin erectc dicho encargo y dictar €II acto de administracicn per €II cual se designa a fa persona que desempenara €II cargo de Director General de ra mreccon Genera l de Asuntos Amblentales de Pesquena del Ministerio de ra Producci6n; De conformidad con 10 dispuesto por ta Ley N° 29158 ley Orqanica del Poder Ejecutivo y ta ley N° 27594 • ley que regu la la participaci6n del Poder Ejecutivo en et ncmbrarraento y oeecoeccn de nmoonanos ccbncce . €II Decreto Leqislativo N° 1047 - Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n y €II Decreto Supremo N° 01o-2006-PRODUCE, que aprueba €If Reglamento de Organizaci6n y Puncones del Ministerio de la Producci6n , y su modifieatoria ; SE RESUElVE' Articulo 1°. Designar at Sr. BioI. CARLOS RAUL CASTilLO ROJAS en €II cargo de Director General de ra Direcci6n General de Asuntos Ambien tales de Pesquena del Ministerio de ta Producci6n . artrcurc 2°. Dejar sin erecto la Rescluctcn Ministerial NO 278-2011-PRODUCE. Registrese, comuniquese y publfquese . KURT BURNEO FARFAN Ministro de la Producci6n 708678·1 REIACIONES EXTERIORES Dan tc rrnt no al nombramiento d e Rep re scntante Permanen te ante la Organlzacton d e Estados Amertcanos con sede en Washi ngton D.C., EE.UU. RESOlUCI6N SUPREMA N° J88·2011·RE Lima, 25 de octubre de 2011 VISTA: La Resoluci6n Min isterial N° 089S·20 11·RE, de fecha 28 de setiembre de 2011, en ta que se otorga at Embajador en €II Servlcic Diplomatico de la Republica Hugo Claudio De lela MartInez, licencia sin goce de heber, para prestar servicios transitoncs como Jete del Gabinete y Asesor Polit ico del Secretario General de la Organizaci6n de los EstadosAmericanos, consede en ta ciudad de Washington DC., Estados Unidos de Amer ica, por eltiempo que dure su permanencia en €II referido cargo , a partir del 1 de noviembre de 2011; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO' lima , 25 de octubre de 2011 RESOlUCI6N MINISTERIAL N° 299·2011·PRODUCE Que. mediante Resoluci6n Ministerial N° 278·2011· PRODUCE de fecna 30 de setiembre de 2011, se encarg6 a la Srta . lng , Jessica Araceli Pino Shiba ta, Directora General de la Direcci6n General de Pesca Artesanal, las funciones de Directora General de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Producci6n . en adici6n a sus funciones; l a ResoluCKln Suprema N° 002·201 O-RE, que nombr6 al Embajador en €II Serv icio Diplomatico de la Republica Hugo Claud io De lela Martinez como Representante Permanente ante la Organizaci6n de EstadosAmericanos con sede en Washing ton DC., Estados Unidos de America; La Resolud6n Mmisterial N° 0057-201O-RE,que fij6 €It 1 de marzo de 2010 , como la fect1aen que €II Embajador en €II Servicio Diplomatico de la Republica Hugo Claudio De l ela Martinez, asumi6 funciones como Representante Permanente ante la Organizaci6n de EstadosAmericanos con sede en Washing ton D,C., Estados Unidos de America; De conformidad con ley N° 28091 , l ey del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la ley N° 29318 : y su Reglamen to aprobado mediante €II Decreto Supremo NO 130-2003-RE Y su modificatoria €II Decreto Supremo N° 065--2009-RE; SE RESUElVE : Art Iculo 1°.· Dar termino al nombramiento del Embajador en €II Servicio Diplomll tico de la Republica Ge neral d e la de Asun tos Pe squeri a d el Director Ge neral d e Designan Direccl6n Ambientales Ministe rio 708701-1 REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL