Resolución Nº 272-2018-ANA ─ Reglamento de seguridad de presas públicas de embalse de agua
صدر في 2018-09-10 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Water
- الكلمات المفتاحية
- water conservation zone, water resources management, basin/catchment/watershed, waterworks, risk assessment/management, hazards, inland waters
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4 NORMAS LEGALES Martes 2 de octubre de 2018 / El Peruano PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan Director de la Estación Experimental Agraria Amazonas INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0139-2018-INIA Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: La Resolución Jefatural Nº 0178-2017-INIA de fecha 5 de septiembre de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Jefatural Nº 0178-2017-INIA de fecha 5 de septiembre de 2017, se designó al Ing. Gabriel Ernesto Sánchez Horna, como Director de la Estación Experimental Agraria Amazonas del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), cargo considerado de confi anza; Que, la Jefatura Institucional ha decidido dar por concluida dicha designación; y, a su vez, designar al profesional que desempeñará las funciones inherentes al cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Amazonas del INIA; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones y facultades consideradas en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI y, con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina de Administración, del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerenta General del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación efectuada al Ing. Gabriel Ernesto Sánchez Horna, como Director de la Estación Experimental Agraria Amazonas del Instituto Nacional de Innovación Agraria, considerándose como su último día de labores el 1 de octubre de 2018; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir del 2 de octubre de 2018, al Ing. Manuel Antonio Pacherrez Ayudante, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Amazonas, cargo considerado de confi anza y bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento. Artículo 3º.- RESERVAR, la Plaza Nº 425, Nivel Remunerativo P3, cargo Especialista en Transferencia del Cuadro de Asignación de Personal del Instituto Nacional de Innovación Agraria, perteneciente al Ing. Manuel Antonio Pacherrez Ayudante. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL A. BARANDIARÁN GAMARRA Jefe 1697711-1 Aprueban el “Reglamento de seguridad de presas públicas de embalse de agua” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 272-2018-ANA Lima, 10 de setiembre de 2018 VISTOS: Los Informes Técnicos N° 001-2018-ANA-DPDRH UEPH/MGM y 017-2018-ANA-DPDRH-UEPH/LAGY de la Dirección de Planifi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 997 concordado con el numeral 3 del artículo 15 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua es responsable de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos en la Primera Disposición Complementaria Final establece la declaración de preferente interés nacional, la seguridad de los bienes del dominio público integrados por las fuentes naturales de agua, los bienes asociados a éstas y la infraestructura hidráulica mayor pública; Que, el artículo 106 de la acotada prescribe que la Autoridad Nacional del Agua en cuanto a la seguridad de la infraestructura hidráulica mayor, tiene como función: elaborar, controlar y supervisar la aplicación de las normas de seguridad de las grandes presas públicas y privadas, así como elaborar y controlar la aplicación de las normas de seguridad para los demás componentes del sistema hidráulico público; Que, la Dirección de Planifi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos con Informes Técnicos del visto propone la aprobación del “Reglamento de seguridad de presas públicas de embalse de agua”, el mismo que tiene por objeto establecer lineamientos de gestión para que los operadores de infraestructura hidráulica mayor mantengan en condiciones adecuadas la seguridad de las presas con el fi n de minimizar los riesgos potenciales que podrían generarse durante su vida útil, evitando afectar a las personas, propiedades y al medio ambiente; Que, siendo las presas, obras de infraestructura hidráulica necesarias para optimizar el aprovechamiento del recurso hídrico se requiere contar con el dispositivo legal que oriente el desarrollo de proyectos hidráulicos que involucren la construcción de nuevas presas, asimismo DEBE DECIR: ANEXO 9 REDUCCION DE MARCO PRESUPUESTAL [...] CODIGO PLIEGO PLIEGO UNIDAD EJECUTORA MONTO [...] [...] [...] [...] 165 SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE 002. PROGRAMA DE DESARROLLO FORESTAL SOSTENIBLE, INCLUSIVO Y COMPETITIVO EN LA AMAZONIA PERUANA 8,668,936 1697732-1 Utente Barra Utente Barra Utente Barra 5NORMAS LEGALESMartes 2 de octubre de 2018 El Peruano / optimizar la operación y mantenimiento, rehabilitación e implementación de instrumentos de auscultación de las presas existentes, orientado de manera especial a su seguridad; Que, con Informe Legal N° 783-2018-ANA-OAJ la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la propuesta de reglamento; Que, estando a lo previsto en el artículo 106 de la Ley de Recursos Hídricos, corresponde se apruebe el reglamento de seguridad de presas públicas de embalse de agua; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Planifi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y la Ofi cina de Asesoría, así como de conformidad con lo previsto en el numeral h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de esta Autoridad aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento de seguridad de presas públicas de embalse de agua”, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publíquese la presente resolución y el Reglamento aprobado mediante el articulo precedente en el portal institucional: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1697404-1 CULTURA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 088-2018/IRTP Lima, 27 de setiembre de 2018 VISTO: El Ofi cio Nº 00347-2018-CG/VCSC de fecha 17 de setiembre de la Contraloría General de la República y el Memorando Nº 015-2018-OPP/IRTP de fecha 27 de setiembre de 2018 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fi scal 2018, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 125-2017-IRTP de fecha 27 diciembre del 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú IRTP; Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la Ofi cina de Administración y del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el todos los casos el informe previo favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del IRTP. La resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, es atribución de la Contraloría General de la República, la designación y contratación de la sociedad de auditoría, que examinara los estados fi nancieros y presupuestarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP correspondiente a los periodos 2018 y 2019; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría Nº 432-2018CG de fecha 23 de agosto de 2018 aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el memorando Nº 015-2018-OPP/IRTP la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, existe recursos disponible en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta 00000029, especifi ca de gasto 2.4.1.3 1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 60 063.67, recurso que permitirá realizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General; Que, en atención las consideraciones expuestas y a lo informado por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visto de la Gerencia General, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Ofi cina de Asesoría Jurídica del IRTP; y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, la Directiva Nº 012-2015-CG/ PROCAL - Gestión de Sociedades de Auditoría y a lo indicado en nuestras normas de creación, decreto legislativo Nº 829 ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar a la transferencia fi nanciera del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, hasta por la suma de S/.60,063.67, a favor del Pliego 019: Contraloría General en el marco de lo establecido artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta 00000029, especifi ca de gasto 2.4.1.3 1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 60 063.67 Artículo 3º.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.