تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بيرو

Resolución Nº 263-2017-SERFOR ─ Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables y Formato de Balance

صدر في 2017-10-18 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

research.laws.repealedOn

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
registration, forest management/forest conservation, concession, data collection/reporting, inspection, timber extraction/logging, non-wood forest products, sustainable use

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. 16 NORMAS LEGALES Viernes 20 de octubre de 2017 / El Peruano Aprueban el “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”; asimismo, el Formato denominado Balance, las instrucciones para el uso del Libro y las instrucciones para el registro de información RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 263-2017-SERFOR/DE Lima, 18 de octubre de 2017 VISTO: El Informe Técnico Nº 058-2017-SERFOR-DGPCFFS DPR de fecha 14 de junio de 2017, y el Informe Técnico Nº 078-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 5 de octubre de 2017, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal Nº 188-2017-SERFOR-OGAJ, de fecha 17 de octubre de 2017 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; asimismo, el artículo 14 establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, por otro lado, el artículo 121 de la Ley establece que el SERFOR, en su calidad de Autoridad Administrativa CITES, y las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre están facultados para inspeccionar las plantas de transformación, lugares de acopio o depósitos de madera y otros productos forestales y de fauna silvestre a fin de verificar las existencias, las que son consignadas diariamente en un registro de ingresos y salidas de productos cuyas características las establece el reglamento. Asimismo, los titulares o responsables de plantas de transformación de productos forestales y de fauna silvestre están en la obligación de verificar el origen legal de los productos que transforman; Que, el literal b) del artículo 171 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el literal b) del artículo 106 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, disponen, entre otros, que el Libro de Operaciones de centros y otros es el documento mediante el cual los titulares de los centros de transformación, lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos, subproductos y especímenes forestales registran y actualizan obligatoriamente la información de ingresos y salidas, conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley; asimismo, dispone que el SERFOR aprueba los lineamientos de uso del libro de operaciones; Que, en ese sentido, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 156-2015-SERFOR-DE, de fecha 20 de noviembre de 2015, se aprobó el “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”; Que, mediante Informe Técnico Nº 058-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR, la Dirección de 17NORMAS LEGALESViernes 20 de octubre de 2017 El Peruano / Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre propone la actualización del citado formato como resultado de las diversas reuniones, talleres, pruebas, entrevistas y requerimientos de los diferentes actores donde se incluye mejoras para su implementación, recomendado disponer su prepublicación; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 162-2017-SERFOR/DE, de fecha 10 de julio de 2017, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la propuesta de “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”, a fi n de recabar comentarios y aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía en general por un plazo de quince (15) días hábiles; Que, mediante Informe Técnico Nº 078-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre da cuenta de la recepción de comentarios y/o aportes y su evaluación e incorporación en la propuesta de “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”, recomendando continuar con el trámite para su aprobación; Que, a efectos de dar cumplimiento a lo señalado en los considerandos anteriores, es necesario aprobar el formato de Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables; así como, las instrucciones para su uso y registro; Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI y el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”, compuesto por la Caratula, Sección Ingresos y Sección Transformación - Despacho, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución y cuyo uso es obligatorio a nivel nacional. Artículo 2.- Aprobar el Formato denominado Balance, las instrucciones para el uso del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables y las instrucciones para el registro de información en el referido libro de operaciones, que como Anexos 2 y 3 forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 156-2015-SERFOR-DE, de fecha 20 de noviembre de 2015, que aprobó el “Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables”. Artículo 4.- Disponer un periodo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano, para que los titulares de los centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables, que cuenten con un libro de operaciones registrado ante la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre competente, se adecuen a las disposiciones de la presente resolución, mientras tanto podrán continuar usando los formatos anteriores. Artículo 5.- Encárguese a la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, llevar a cabo las acciones y coordinaciones necesarias con las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre, para brindar orientación a los administrados sobre lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en los artículos 1 y 2 en el Portal Institucional del SERFOR (http://www.serfor.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1578045-3

Resolución Nº 263-2017-SERFOR ─ Formato del Libro de Operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables y Formato de Balance · Nelum