Resolución Nº 263/10/PRODUCE - Veda reproductiva para el recurso pejerrey argentino en el departamento de Apurímac
صدر في 2011-09-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- inland fisheries, freshwater fishes, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals
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CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluclon Ministerial N° 04g·2011 MIMDES se design6 al senor Claudio Chuquihuanga Granadmo en et cargo de confianza de Jete Zonal Piura de le Unidad Gerencial de Articulaci6n Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES: Que, por convene at service. resulta necesario dar per conduida la designaci6n a que se contrae el considerando anterior, as! como designar a la persona que se oeeerrcenera en er cargo respectwo. De conformidad con 10 dispueslo en la ley N" 27594 ley que regula la pamcrpacicn del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designati6n de funcionarios oubticos. ta ley N" 29597 - ley de Orqanizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, Y su Reglamento de o rqannacicn y Funciones, aprobado mediante cecreto Supremo N2011-2004-MIMDES: SE RESUElVE: Articulo 1°. Dar por conduid a la designaci6n der senor CLAUDIO CHUQUIHUANGA GRANADINO al cargo de conuanze de Jefe Zonal Piura de la Unidad Gerencial de Arucnacrcn Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutritional del Programa Nacional deAsistencia Alimentaria - PRONAA del Minlsterio de ta Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. canooseie las ~racias por los services prestados. Articulo 2 ,- Designar a la senora SOCORRO DEL PILAR ALCAS MICHllOT en el cargo de ccnfianza de Jefa Zonal Piura de la Unidad Gerencial de Articutaccn Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regisl rese, comuniquese y publiquese . AIDA GARCIA NARANJO MORALES Minislra de ta Mujer y Desarrollo Social 694007-1 PRODUCE Suspenden actividad extractiva del recurso pejerrey argentino en la laguna de Pacucha. ubicada en el distrito de Pacucha. provincia de Andahuaylas. departamento de Apurimac RESOLUCIQN MINISTERIAL N° 263-2011-PRODUCE lima, 21 de seliembre de 2011 VISTOS: eI Oticio N" 0196-2011-GRAJDIREPRQ.API DISUREPRQ.AND . del 31 de agoslo de 2011 de la Direcci6n Subregional de la Producci6n de Aridahuaylas del GobierTlQ Regional de Apurimac; el Infonne N" 71J.-2011 ·PRODUCEI DGEPP-Odl del 9 de setiembre de 2011 de la Direcci6n GeneraldeExtracci6ny ProcesamientoPesquero;y,ellnfoone N' 038-2011-PRODUCEIOGAJ-efva del 16 de setlembre de 21)11 de la Oficina General de Ase50ria Juridica: y. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la ley General de Pesca - Decreto ley N" 25977 , sellala que 105 recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del PerU son patrimonio de !a Nad 6n, por 10 que Ie corresponde al Estado regular el manejo integral propiciando su exploladon racional: Que, el aniculo go de la l ey General de Pesca antes selialada, establece que el Minislerio de la Producci6n.sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de lactores socioecon6micos, detenninara segun el tipo de pesquerias . las cuolas de caplura pennisibles, laslemporadas y zonas de pesca, la regulaciOndel esfuerzo pesquero, 105 melodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas nonnas que requieran la preservaci6n y explotaci6n racional de 105 recursos hidrobiol6gicos; 7 Que, por aeeoccon Minislerial N' 217-2001-PE, modificada por Reso(uciOn Minislerial N" 108-2002-PE, se establece el periodo comprendido entre 105 meses de enero y setiembre de cada ano, como la lemporada anual de pesca de! pejerrey argentino Ooontesees eooaoenstsen 105 cuerpos de agua pconcos del departamento de Apurimac, quedando prohibkla la extracci6n de dicl1a especie a partir dell de octubre hasta el31 de diciembre de ceoa ano. Que, ta Direcci6n Subregional de la Proooccon de Andahuaylas del Gobiemo Regional de Apurimac, mediante el once de Vistos, remite el Informe N° 057-2011·G.R.A.I DIREPRO-APIOISUREPRO-ANDISUBDIR PESCA de la Subdirecci6n de Pesquerra y euntorrne N° 061-2011 -G.RAI DIREPRO-APIDISUREPRO-ANDIJCPP de ta Jefalura del Centro Piscicola de Pacucha. en 105 cuaes se informa que la evaluaci6n eiectroacusncay moeseeos realjzados. asr como ra informaci6n de los desemcarques evoerctan que er stock de adultos maduros de! pejerrey argentino Odontesthes bonariensisen la laguna de Pacucna seria escasc y queelBO % de Ia pobtaccn estarla consfituida por alevines y juveniles, 10 coer se ve renejeoc en las ceoiuras Asjmismo, et anarsts evoicuvc de 105 desembarques mueslra una ienoerca a la ctsmnocon en tos ecce uemos alios. Por otra parte, se indica que la temporada de mayor eesove esta comprendida entre 105 meses de senembre y enero: Que, por las rezones indicadas en el considerando anterior, ta Direcci6n Subregional de la Producci6n de Andahuaylas del Gobiemo Regional de Apurimac recomienda estaoiecer er certodo de veda del pejerrey argentino Odontesthes bonanensis en fa laguna de Pacucha hasta el31 de marzo de 2012, de manera que, edemas de prote~er la epoca de oesove. se permita el desarrollo de !os juveniles basta afcanzar ta madurez sexual, incrementando la poblaci6n del recurso: Que, la rnreccien General de Extraccicn y Procesamiento Pesquero, mediante el Infonne de vtstos. en funci6n de 10 recomeooaoo por ta Direccion Subregional de fa Prcducccn de Andahuaylas del Gobiemo Regional de Apurimac y por consklerar necesanc propiciar que 105 ejemplares de pejerrey sembrados en la laguna de Pacucna atcancen ta lalla mInima de exnacccn y fa rnadurez sexual, qarantzando as! la reprooucccn. la recuperaoon del reccrsc. ta disponibilidad pennanente de reproductores para asegurar la producd6n de alevines del Centro Piscicola de Pacucl1a con fines de repoblamiento y la sostenibilidad de la pesquerla del recurso. propone como medida excepcional , suspender en la laguna de Pacucha la actividad extractiva, asi como el procesamiento, el transpone y fa comercializaci6n del recurso pejerrey argentino Odontesthes bonariensis proveniente de dicl1a cuerpo de agua. hasta ef 31 de marzo de 2012; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N" 25977, l ey Genera! de Pesca, su ReglamenlO, aprobado por Decreto Supremo N" 012 2001-PE Yel Reglamento de OrganizaciOny Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado por Decreto Supremo W 010-2000-PRODUCE; Con el visado de la Viceminisl ra de Pesquerla y de 105 Directores Generales de Extraceion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Jurid ica, y: SE RESUElVE: Arti cul o 1°, Suspender en fonna excepcional la actividad extractiva del recurso pejerrey argentino Odonles thes bonariensis en!a laguna de Pacucha, ubicada en el distrito de Pacucl1a, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac: asi como el procesamienlo, el transporte y la comercializacion del referido recurso proveniente de dicl1a laguna, a partir del dIa si~uiente de la publicaci6n de la presente Resoluci6n Ministenal hasta el 31 de marzo de 2012. Art icu lo 2".- Vencido el plaza de suspensi6n establecido en el articulo l ' de la presente Resoluci6n Minislerial , las temporadas de pesca del recurso pejerrey argentino Odonlesthes bonarienSiS se efectuaran conforme a 10 establecido en la Resolucion Ministerial W 217·2001-PE, modificada per Resoluci6n Ministerial N' 108·2002-PE. Arti cul o 3".- l as personas naturales y jurldicas que a la fecl1a de publicaCi6nde la presenle Resolucion Ministerial, cuenten con stock de pejerrey argentino Odonlesthes bonariensis proveniente de la laguna de Pacucl1a, tendran un plazo de siete (7) dias calendario contados a panir del dia siguiente de su publicaciOn, para su comercia lizacion, siempre que presenten una declaracion jurada sobre dicl10stock a la Direcd6n Subregional de la Producci6n de Andahuay!as del Gobierno Regional de Apurimac . REAL TIME EIRL Articu lo 4°. El reco rsc peje rrey arge ntino Odonlesthes bonanensis provemente de arre e ntes hldncos de hbre extreccen podra ser com erci alizado y cmeeoc en el departamento de Apurlmac. siempre que se ae eorte su prooedencia a naves de ooccrrentos . debienclo OJmpl lr estrictamenle coo las nonnas seneenes vigenles, Articulo 5°. La Direa:i60 Regional de Ia Produeci6n de Apurimac y ta Direcci6n Subregional de la Producei6n de Andahuaylas. quedan es cecnracas de Ia suspensiOn esteeecea par el arnccc , . de Ia creseote Reso luciOo Ministerial , cuando sus acciones sean realiZadas con fines de evaluaci6n 0 aa.JiOJnura Articu lo 6".- Las personas nahnles y jlri:liCas QU'!: COfllraYeOgan las disposiciones ccoreooes en Ia presente ResoIuc:iOn MriSleria l. ser.in sandonadas de a<:lJefdo a 10 dispueslo parel Deaeto LeyN" 259n -Ley General de Pesce . su Reglamenlo. aprobado par Decato Supremo 11I"012·2001 PE. el Reglamenlo de lnspeo:iones Y serccoes Peeqceras y AaJkXJIas (RISPAC) aprobado par oeceic Supremo III" 016 2007-PRODUCE y eenas disposiciones legales vigenles. Articu lo ro.- Las Direcciones Generales de 5eguiffi.enlo . Control y VlQilancia y de ExtracciOn y Prooe sementc Pesquero del Mlnisterio de ta Producci6n, la Oirecd6n Regional de la Producci6n de Apurimac y ra Direcci6n Subregional de ta Prod ucci6n de Andahuayla s del Gobiemo Regional de Apurtrnac. er Minisle rio del Interior y lEIS Municipalidades, en el ambito de susrespect ivas competenoas. reanzaran las acciones de c1 lfuSl6n que cor respondan y veteran por er estncto eumphmiento de 10 establecido en ta presente Resclucicn Mmistenat. Reglsl rese, com cnlq uese y oobttqueee . KURT BUR NED FARFAN Min istro de la Producci6n 69 3634 ·1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la "Mesa de concertecien para la lucha contra la pobreza" RESOLUCI6 N MINISTERIAL NO 264·2011-PROOUCE Lima , 21 de seterrore de 2011 VlSTOS: EI Memor alldo NO 06503-2011-PROOUCEISG de leena 19 de seliembre de 2011 de la seeetena General asi como el Infoone NO 01 3 -2011·PROOUCElOGAJ wgomez de fed1a 21 de setemore de 2011 de Is oscoe General de Asesoria Jundica ; v. CO NSIDER ANDO' Que, mediante el Deceio Supremo N" 001-2001· PROMUDEH se constituy6 la ''Mesa de conoortaci6n para la Iudla contra la pobreza", como la inslancia enca~ada de emprender las acciones inmedialas de alcance naoonal para el mayor aprovechamiento de los recursos del Estado, de la cooperaci6n temica y del sector pnvado dlrigidos a las diversas aa::iones que comprende la lucha contra Ia pobreza: Que, a Iraves del Decre lo Supremo N" 014-2001 PRQM UOEH, se modific6 la composiei6n de la 'Mesa de concertaOOn para la ludla contra la pobreza· . incorportlndose entre sus miembros al Minislro de Pesquerla 0 a Sl.l representante, actuamente MinisleriO de la Produc06n; Que.por ResoluciOn Ministerial1'l' 182-201O-PROOUC E. se design() al senor RaUl Arm aodo Flores Romani como representante del MinisteriO de Ia Producci6n ante Ia "Mesa de concertaciOn para la Iud\a contra la pobreza"; Que. en tal sentido, corresponde emlbr el ado de adm iniStraOOnque adualice la representatiOn del MlnisleriO de Ia Producei6n ante la '"Mesa de concerta06n para Ia lucha contra la pobreza"; Con eI visado de la Sectlltaria General y Ia OIiona General de Asesoria Julidica; De conlorrrMdad con 10 dispuesto eo la ley NO 27594 . ley que regula la partiCipaci6n del Poder Etecutivo en eI nombramienlo y deSlgnaci60 de los funoonarios pUbllCOs: Is ley NO 29158 , Ley Organica del Poder,Ejecu tivo: el De:aelo Legislallvo NO 1047, ley de Org anlzaooo y Funoones del Ministelio de la Producci6n : y el Reglamento , de Organizati6n y Funoones del Mlntsleno de la Produca6n, 8 ap robad o par el Decre to Supremo N" 010-2006-PRODUCE Ysu mooacarone. SE RESUElVE: Articulo Prl me ro .- Oar por conduida Is designaci6n del seno r RaUlArmaodo Flores Rom ani comorepeseraeore del Minislerio de la Producei6n ante ta "Mesa de concertaCi6n para la luc:ha contra Is pobreza" a que se reliere Is ResoIuciOn MlniStenal N" 182· 20 1o-PRODUCE Articulo Seg undo.· Designar a los seOOres Juan Am:No Lagooa YJUio lau-CholeOn Pezo como representantestitlJar y iVtemo. respedJvamenle,del MiriSteno de IaProducciOn anle Is 'Mesa de concertaCi6n para la lucha contra Is pobreza". Articulo Ter ce ro ." Remitii' copia de la presente resoluci6n a Ia PreSietencia del Consejo de Minislros para los fines correspoodientes Registrese, comuniquese y pcbnqoeee. KURT BURNED FARFAN Ministro de la Producci6n 694005·1 TRANSPORTES Y COl\lUNICACIONES Renu evan autortzacicn otorgada a Panamerlcana Television S.A. para prestar servicio de radiodlfuston por televi s ion en Lima RESOLUCI6N VlCEMINISTERIAL NO798-2011-MTCI03 Lima . 27 de julIOde 2011 VISTA , la solicJtud de regiStro NO 2011-031576 del 8 de jU'iOde 2011. presentada par la empresa PANAMERICANA TELEVISION SA , sobre reoovaCi6n de aulonzaciOn de la esta06n del seMcio de radiod ifus i6n par televiSiOn comercial eo VHF. ubicada en la Iocahdad de Uma: CO NSIDERANOO: Que , par ResoluCi6n VlOeministeliai NO 458-2006 MTCI03 del 28 de al°sto de 2006 , pu blicada en el Diano oecer EI Peruano e 8 de setiembre de 2006 , se renov6 el plazo de vige ncia de ta aut orizacloo olorgada a la empresa PANAMERICA NA TELEVISION SA, basta e! 22 de juli o de 2015, para que ccotooe prestand o el service de radi oclifuSl6n comeraal por television en VHF, en la localidad de lima , departamento de lima: Que, el arti culo 19° de ra ley de Rad io y Televisi6n , l ey N" 2827 8, establece entre otros, que el plazo m;himo para resolver las sol icitudes de autorizacl6n 0 renova cion es de clento ve inle (120) di as : Que, los artiClJIos 67" y 68" del Reglamento de la Ley de RadIOy Televisi6n, aprobado par Deaeto Supremo NO Q05. 2005-M TC. concon:Iados con el artiClJIo 15° de la Ley de RadiO Y TelevisiOn, Ley NO 28278 , establecen que la renovaCi6n es automtl tica par perIodos iguales. previa wmplimiento de los requisitos establecidos en Is Ley, aSirTismo. establecen que Is soIicitud puede~ hasta el dia de venc:irnento del pIazo de vigenCia de Ia respectiva autorizaCi6n, teniendose adem3s par presenlada Is soIiotudsi a la Ia fecha dellermino de su vigenda. los trtUares de Is autoriZaei6n se encuentren operanoo y ademas que esten aI dia en sus pagelS 0 euenten con soIicilud 0 con lracdonarrwerto vigen1e; Que, con fonne al articulo 15° de la Ley de Rad IO l TelevisiOn - Ley N" 282 78 , concordado con los art iculos 21 y 67" de su Reglamenlo , aprobado par Deaeto Supremo NO 005-2005-MTC, el p1azo ma XImo de VlQel'lCia de una autorizaci6n es de diez (10) aOOs. renovable par perlodos iguales. previa cumplimienlO de los requiSitos Iegalmente eslableeidos; Que , los artiClJtos69"y 71° del Reglamento de ta l eyde RadiOy TeleviSi6n dlSponen que para obtener la renovao6n de la autorizao6n para cont ll'lua r prestando el servico de rad iodifusi6n, es necesario cumplir con las coocticiones y requisitos que en eli as se deta llan : REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL