Resolución Nº 242/09/PRODUCE - Modifica la Resolución Nº 621/08/PRODUCE, sobre disposiciones para la mitigación de las emisiones de plantas de harina y aceite de pescado
صدر في 2009-06-09 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Air and atmosphere, Environment, Waste and hazardous substances
- الكلمات المفتاحية
- pollution control, effluent waste water/discharge, waste disposal, waste non-domestic sources, environmental standards, standards, protection of environment, waste management, air quality/air pollution, organic waste, monitoring
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\1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica PRODUCE Modifican la R.M. N° 624-2008-PRODUCE, mediante la cual se dispuso que los titulares de eetablecimientoe industriales pesqueros de harina y acelte de peecedc y recursoa hidrobiol6gicos estan obligados a realizar lnnovaclcn tecnol6gica para mitigar sus emisiones al media ambiente RESOLUCION MINISTERIAL N° 242·2009-PRODUCE Lima, 9 de junto de 2009 VISTO: EI Informe N° 039-2009-PRODUCE/DIGAAP-Daep y el Oficio N° 674-2009 PRODUCEIDIGAAP: v. CONSIDERANDO: Paqina 75 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Que, e! articulo 76 de la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, eetablece que con ta finalidad de impulsar la mejora continua de sus niveles de desempeFio ambiental, el Estado promueve que los titulares de las operaciones adopten sistemas de gesti6n ambiental acordes con la naturaleza y magnitud de sus operaciones: Que, conforme al articulo 6 del Decreta Ley N° 25977 - ley General de Pesca. el Estado. dentro del marco regulador de la actividad pesquera. vela par la protecci6n y preservaci6n del media ambiente, exiqiendo que $8 adopten las medldas necesartas para prevenit, reduclr y controlar los impactos ambientales de contaminaci6n y deterioro en el entorno maritima, terrestre y atmosferico: Que, mediante Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE, publicada en el Diario Oficial EI Peruano el 24 de junio de 2008, se dispuso que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros de harina y aceite de pescado y de harina residual de recursos hidrobiol6gicos estan obligados a realizar la innovaci6n tecnol6gica para mitigar sus emisiones al medio ambiente de acuerdo el cronograma establecido en dicha norma: Que, en el literal a) del articulo 2 de la cilada Resoluci6n Ministerial, se estableci6 que los titulares de los establecimientcs industriales pesqueros de hanna y aceite de pescado y de harina residual de recursos hidrobiol6gicos, deberan sustituir el sistema de operaci6n de secado directo por el de secado indirecto, eliminando y/o mitigando las emisiones al medio ambtente. sobre el cual algunas empresas procesadoras de hanna y acelte de pescado. que operan con secadores directos. han expresado la conveniencia de continuar operando con dichos secadores. amparados en el mercado para harina FAQ y que para la mitigaci6n de sus emisiones implementaran sistemas eficientes de tratamiento de gases, material particulado (finos de harina), asi como para la mitigaci6n de las emisiones fugitivas de los equipos basicos del proceso: Que, por Decreto Supremo N° 011-2009-MINAM, publicado en el Diario Oficial EI Peruano e! 16 de mayo de 2009, se aprobaron los Limites Maxirnos Permisibles (LMP) para las Ernisiones de la fuente puntual del proceso de secado de la Industria de Harina y Aceite de Pescado y Harina de Residuos Hidrobiol6gicos, de acuerdo a los valores indicados en el anexo de dicha norma; Que, en este contexto, procede permitir que dicha sustituci6n se realice a discreci6n de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros de harina y aceite de pescado y de harina residual de recursos hidrobiol6gicos, siempre que se demuestre que la tecnologia a aplicar permita alcanzar vafores iquales 0 menores a los Umites Maxlmos Perrnisibles (LMP); Que el numeral 5) de la Unlca Disposici6n Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2009 MINAM, establece que el periodo de actualizaci6n del Plan de Manejo Ambiental para las emtelones. es tndependlente de los pfazos establecidos para la tnnovaclon tecnol6gica aprobados por Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE; Que, en consecuencta. es necesano modificar ta Resoluci6n Ministerial N° 621-2008 PRODUCE, a fin de permitir a los titulares de establecimientos industriales pesqueros comprendidos en la indicada Resoluci6n Ministerial, incorporar otros sistemas de secado que incluyan sistemas eficientes de tratamiento de gases y material particulado (finos de harina) y que no excedan los Umites Maxtmos Permisibles (LMP) establecidos mediante Decreto Supremo N° 011-2009-MINAM; asimismo. resulta necesaria la modificaci6n del cronograma a que se refiere el articulo 1 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE Y en funci6n a ello ampliar excepcionalmente el plazo para la presentaci6n del cronograma de inversiones de innovaci6n tecnol6gica establecido en el articulo 3 de dicha norma; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales de Pesquerta y de ta Oflctna General de Asesorta Juridica; Paqina 76 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica De conforrnidad con el Decreta Ley N° 25977 - Ley General de Pesce, su Reglamento aprobado par Decreta Supremo W 012-2001-PE, Y el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado par Decreta Supremo N° 010-2006-PRODUCE: SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el literal a) del articulo 2 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008 PRODUCE, en los siguientes termlnos: "(... ) a) Los titulares de estableclmtentos industriales pesqueros de hanna y acette de pescado y de harina residual de recursos hidrobiol6gicos debe ran innovar el sistema de secado. par sistemas de secado a vapor indirecto. secado con recirculaci6n de gases calientes, sistemas de secado que incluyan tratamientos eficientes de gases, recuperaci6n de material particulado (fines de harina) u otros. siempre que sus emisiones esten en los rangos aprobados por el Decreto Supremo N° 011 2009-MINAM, para su implementaci6n de acuerdo al cronograma establecido en el articulo 1 de la presente Resolucion. (... )" Articulo 2.- Modificar el plazo establecido en el articulo 1 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE. en 10 que respecta a los titulares de los establecimientos industriales pesqueros de hanna y acelte de pescado y de hanna residual de recursos hidrobioloqicoe ublcados en los puertos de Chimbote. Callao, Chancay y Pisco, el mismo que vencera el31 de julio de 2010, Articulo 3.- Ampliar excepcionalmente el plazo para la presentaci6n del cronograma de inversiones de innovaci6n tecnol6gica establecido en el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE. ampliado por Resoluci6n Ministerial N° 774-2008-PRODUCE, en sesenta (60) dias calendario adicionales. para los titulares de los establecimientos industriales pesqueros ublcados en los puertos comprendidos en el primer grupo (Chlmbote, Callao, Chancey y Pisco) del cronograma establecido en el articulo 1 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE. Los demas titulares de establecimientos industriales pesqueros ubicados en los puertos comprendidos en el sefialadc cronoqrama. debe ran presenter el cronoqrama de tnverstones de tnnovaclon tecnol6gica con un (01) afio de anticipaci6n a la fecha de vencimiento establecida en la norma citada. Articulo 4.- Los titulares de los eetableclmlentos industriales pesqueros de hanna y acelte de pescado y de harina residual de recursos hidrobiol6gicos que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resoluci6n, cumplieron con presentar el cronograma de inversiones de innovaci6n tecnol6gica a que se refiere el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 621-2008-PRODUCE, deberan verificar si las medtdas propuestas en los mtemos resultan suficientea y adecuadas sequn la modificaci6n dispuesta en la presente Resoluci6n Ministerial, en caso contrario debe ran realizer las modificaciones que resulten necesarias atendiendo a los plazos establecidos en la presente Resotuctcn. Registrese. comuniquese y publiquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producci6n Paqina 77