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قوانين بيرو

Resolución Nº 232/07/AG - Modifica el Texto único de procedimientos administrativos del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS)

صدر في 2007-03-13 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Livestock
الكلمات المفتاحية
institution, camelids, legal proceedings/administrative proceedings, governance

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  1. ~I Pcruano Sistema Peruano de Informacion Juridica Modifican derechos de tramite contemplados en el TUPA del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos RESOLUCION MINISTERIAL N° 232-2007-AG Lima, 13 de marzo de 2007 Pagina 13 ~I Pcruano Sistema Peruano de Informacion Juridica CONSIDERANDO: Que mediante Decreta Supremo N° 025-2005-AG, se aprob6 el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Consejo Nacional de Carnelidos Sudamericanos CONACS; Que, en el procedimiento N° 19, se establece el derecho de trarnite (UIT), para el otorgamiento de la Licencia de la Marca VICUNA PERU par el perfodo de un ana y en el procedimiento N° 20, se establece el derecho de trarnite (UIT), para el otorgamiento de la Licencia de la Marca VICUNA PERU - ARTESANIA par el perfodo de un ana; Que, en cada procedimiento se estableci6 el pago par derecho de trarnite par cada kilogramo de fibra sucia adquirido y par cada kilogramo adquirido de fibra en proceso de transformaci6n primaria; Que, el Presidente del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ha solicitado la modificaci6n de los procedimientos N°s. 19 y 20 antes descritos, otorgando una rebaja sustancial de los derechos de trarnite, obviando el cobra par cada kilogramo de fibra sucia adquirido y par cada kilogramo adquirido de fibra en proceso de transformaci6n primaria; Que, el numeral 38.5 del articulo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificaci6n que no implique la creaci6n de nuevas procedimientos, incremento de derechos de tramitaci6n a requisitos, se debe realizar par Resoluci6n Ministerial del Sector. En caso contrario, su aprobaci6n se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casas se publicara la modificaci6n sequn 10 dispuesto par el numeral 38.3.; Que, en consecuencia, es procedente aprobar la modificaci6n de los procedimientos administrativos N°s. 19 y 20, consignados en el TUPA del CONACS aprobado par Decreta Supremo N° 025-2005-AG, los cuales no implican la creaci6n de nuevas procedimientos, incremento de derechos de tramitaci6n a requisitos; De conformidad can 10 dispuesto en el Decreta Legislativo N° 560, Decreta Ley N° 25902, la Ley N° 27444, el Decreta Supremo N° 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar los derechos de trarnite de los procedimientos administrativos N°s. 19 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Consejo Nacional de Carnelidos Sudamericanos - CONACS, aprobado par Decreta Supremo N° 025-2005-AG, los cuales quedaran establecidos en 0.70 % de la UIT para el procedimiento N° 19 Y 0.50 % de la UIT para el procedimiento N° 20. Articulo 2.- Los derechos de trarnite establecidos en el artfculo 1 de la presente Resoluci6n, seran cobrados par concepto unico, obviando el cobra par cada kilogramo de fibra sucia adquirido y/o par cada kilogramo adquirido de fibra en proceso de transformaci6n primaria. Regfstrese, comunfquese y publfquese. JUAN JOSE SALAZAR GARCIA Ministro de Agricultura Pagina 14

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