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قوانين بيرو

Resolución Nº 213/10/PRODUCE - Modifica la Resolución Nº 200/10/PRODUCE, que aprueba el Convenio de fiel y cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Programa de vigilancia y control de la pesca y desembarque en el ámbito marítimo

صدر في 2010-08-26 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
institution, legal proceedings/administrative proceedings, marine fisheries, fishing vessel, landing, non-governmental entity, inspection, contracts, data collection/reporting, marine pollution, fishery management and conservation, governance

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  1. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Establecen plazo para la suscripci6n de convenios y contratos a que se refiere la R.M. N° 200-2010-PRODUCE RESOLUCION MINISTERIAL N" 213·2010·PRODUCE Lima, 26 de aqosto de 2010 VISTOS: EI Informe Tecnico W 024-2010-PRODUCEIDIGSECOVI, de la Direcci6n General de Seguimienta, Control y Vigilancia: v, el Informe N° 032-2010-PRODUCE/OGAJ eromerot de la Oficina General de Asesoria Juridica; v, CONSIDERANDO: Que, e! articulo 67 de la Constltuctcn Politica del Peru, establece que el Estado determina la polltica nacional del ambiente y promueve el usc sostenible de sus recursos naturales. Asi, el Tribunal Constitucional ha establecido, a traves en reiterada jurisprudencia, que Pagina 22 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica la protecci6n del media ambiente involucra aspectos relacionados con el manejo. usa, aprovechamiento y conservaci6n de los recursos naturales, el equilibria de los ecosistemas. la protecci6n de la diversidad bioloqica, la conservaci6n de las areas de especial importancia ecolcqica, etc; Que, de acuerdo a 10 dtepuesto en e! articulo 3 del Decreta leqielativo N° 1047, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producclon y en e! incise d) del articulo Bdel Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado par Decreta Supremo N° 010-2006-PRODUCE, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y tiene como funci6n establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades extractives del subsector pesquerla. en coordinaci6n can los organismos competentes en esta materia; Que, e! articulo 1 de ta Ley General de Pesca. Decreta Ley N° 25977, tiene por objeto normar la actividad pesquera can el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion. empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiol6gicos, optimizando los beneficios econ6micos, en armonia con la preservaci6n del media ambiente y la conservaci6n de la biodiversidad; Que, los recursos hidrobiol6gicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Peru, son patrimonio de la Naci6n, correspondiendo al Estado regular su manejo integral y explotaci6n racional. considerando que la actividad pesquera es de Interes nacional, conforme al articulo 2 de la menctonada Ley; Que, el articulo 29 de la mencionada Ley, establece que la actividad de procesamiento sera ejercida cumpliendo las normae de sanidad, higiene y seguridad industrial, caudad y preservaci6n del media ambiente. con sujeci6n a las normas legales y reglamentarias pertinentes: Que, la promoclon del usa soetentble de los recursos naturales que aseguren e! abasteclmfento aumentarto. reequardando e! equilibria entre los seres humanos y ta naturaleza, se enmarca en los Principios de la Polltica de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015. contemplados en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015, aprobada por Decreto Supremo N° 066-2004-PCM, teniendo par finalidad asegurar el acceso material y econ6mico a alimentos suflcientes, inocuos y nutritivos para toda la poblaci6n: Que. el tercer parrafo del articulo 1 del Decreta Supremo N° 002-2010-PRODUCE. modificado par Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, senate que e! Ministerio de la Producci6n publicara. mediante Resoluci6n Ministerial, el Iistado de establecimientos industriales pesqueros comprendidos dentro de la ampliaci6n de los alcances del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima", aprobado mediante Decreto Supremo W 027-2003-PRODUCE: Que, mediante Resoluci6n Ministerial N° 169-2010-PRODUCE, se public6 el Iistado de establecimientos industriales pesqueros y plantas comprendidos dentro de la ampliaci6n de los alcances del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima", a que se refiere el articulo 1 del Decreta Supremo W 002-2010-PRODUCE, modificado par Decreto Supremo W 00B-2010-PRODUCE; Que, la Segunda Disposici6n Comptementarta del Decreto Supremo N° 002-2010 PRODUCE, modificado por Decreta Supremo N° 00B-2010-PRODUCE, sefiala que el Ministerio de la Produccion. aprobara los modelos de convenio y de contrato que deberan suscribir los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos dentro de los alcances del citado Decreta Supremo: Que, a traves del articulo 1 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, se resolvi6 aprobar el modelo de Convento Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposicionee contentdas en el Proqrarna de Viqilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Marttimo. entre la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia de este Ministerio y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos en el Decreto Supremo N° Pagina 23 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 002-2010-PRODUCE, modificado par el Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, que estan Iistados en la Resoluci6n N° 169-2010-PRODUCE: Que. el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-201 O-PRODUCE. estableci6 que los titulares 0 representantes legales de los establecimientos industriales pesqueros y los titulares 0 representantes de las plantas comprendidos en el listado publicado mediante la Resoluci6n Ministerial N° 169-2010-PRODUCE, deberan suscrtbir los correepondlentes convenios y contratos a que se refieren los articulos precedentes. en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicaci6n de la citada Resoluci6n Ministerial; Que, par otra parte. el segundo parrafo del articulo 1 del Decreta Supremo W 002-2010 PRODUCE. modificado par el Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE. sefiala que para el desarrollo de sus activtdades, los estabtectmfentos industriales pesqueros eetaran sujetos a las mismas obligaciones contempladas en el Decreta Supremo W 027-2003-PRODUCE, modificado par el Decreta Supremo W 029-2005-PRODUCE, asl como en las disposiciones contenidas en los decretos supremos mencionados en Iineas arriba del presente parrafo. Asimismo indic6 que el control y la vigilancia en estos establecimientos industriales pesqueros son continuos y permanentes: Que, la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producci6n, mediante Informe Tecnico de vistas, senalo que el plaza de diez (10) dias calendario eetabtecldo par ta Resotuclon Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, ha resuttado insuficiente tanto para su adecuada difusi6n como para la suscripci6n de los convenios y contratos par parte de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos en el listado publicado par la Reeoluclon Ministerial N° 169-2010-PRODUCE; Que, asimismo dicha Direcci6n General setialo que el Decreta Supremo W 002-2010 PRODUCE, modificado par Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, contienen disposiciones relativas al control de ta calidad de los recursos hfdrobtoloqfcos. y constituyendo las condiciones de almacenamfento a bordo de las embarcactones pesqueras artesanafes un factor importante en la preservaci6n de la calidad de la materia prima, se hace necesario. compatibilizar y equiparar el plaza establecido par la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, relativo a la suscripci6n del canvenia y contrato del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima" can el plaza otorgado par la Resoluci6n Ministerial W 168 2010-PRODUCE, teniendo en consideraci6n que ambos actos administrativos se complementan y e integran bajo el mismo prop6sito; De conformidad a las disposiciones contenidas en Ley General de Pesca - Decreta Ley N° 25977 Y su Reglamento aprobado mediante Decreta Supremo W 012-2001-PE Y el Decreta Legislativo N° 1047, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Produccion: y, Can el vi sado del Despacho vlcemtntstena! de Pesquena, de ta Dtrecclon General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Oficina General de la Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo untcc.. Establezcase un plaza de treinta (30) dias calendario. contados a partir del dia siguiente de la publicaci6n de la presente Resoluci6n Ministerial. para que se de cumplimiento a ta obliqacion contentda en el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010 PRODUCE. Registrese, comuniquese y publiquese. JOSE NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producci6n Pagina 24

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