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Resolución Nº 212-2015-ANA ─ Análisis Hidro-Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú

صدر في 2015-08-13 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Water
الكلمات المفتاحية
water supply, waterworks, sustainable use, irrigation, water shortage/drought, monitoring, recycling/reuse, good practices, investment

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  1. Normas Legales del 21.08.2015 13 Que, conforme al artículo 4 de la mencionada Resolución Suprema, dicha Comisión Multisectorial está integrada entre otros, por un representante titular y alterno del Viceministerio de Políticas Agrarias y de la Dirección General de Negocios Agrarios, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI; Que, mediante los documentos de Vistos, el Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, así como la Dirección General de Negocios Agrarios, proponen a sus representantes ante la Comisión Multisectorial creada mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 193-2015-PCM; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Viceministro de Políticas Agrarias y al señor Guillermo Alfonso Martín Rebosio Arana, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Viceministerio de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial creada mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 193 2015-PCM. Artículo 2.- Designar a los señores Marino Ulises Álvarez Navarro y Jaime Justiniano Mansilla Rivera, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial creada mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 193 2015-PCM. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, así como a los representantes designados, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1276302-1 Aprueban Procedimiento para la evaluación y supervisión de ensayos de eficacia de plaguicidas de uso agrícola (versión 3) RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0074-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA 30 de julio de 2015 VISTO: El Memorándum-0225-2015-MINAGRI-SENASA DIAIA-SIA del 24 de julio de 2015, por el cual la Subdirección de Insumos Agrícolas remite un nuevo Procedimiento para la evaluación y supervisión de ensayos de efi cacia de plaguicidas de uso agrícola; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor signifi cación socioeconómica en la actividad agraria, siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINAGRI se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola,en adelante el Reglamento, el mismo que tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola con la fi nalidad de prevenir y proteger la salud humana y el ambiente, garantizar la efi cacia biológica de los productos, así como orientar su uso y manejo adecuado mediante la adopción de buenas prácticas agrícolas en todas las actividades del ciclo de vida de los plaguicidas. Que, el artículo 8.1 del Reglamento indica que los ensayos de efi cacia serán efectuados bajo protocolos patrón aprobados por el órgano de línea competente del SENASA, y conducidos por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas en el padrón de experimentadores de ensayo que para tal fi n habilite el SENASA. De no existir protocolos patrón aprobados, el usuario deberá contar con la evaluación y aprobación previa del SENASA de su protocolo propuesto, de acuerdo a los lineamientos aprobados por el órgano de línea competente del SENASA; Que, el primer párrafo del artículo 8.5 del Reglamento señala que el SENASA está facultado a supervisar los ensayos en cualquier fase de su ejecución; Que, mediante Resolución Directoral Nº 053-2013-AG SENASA-DIAIA se aprobó el Manual de Procedimientos para la evaluación y supervisión de ensayos de efi cacia de plaguicidas de uso agrícola (versión 2); Que, mediante Memorándum N° 0225-2015-MINAGRI SENASA-DIAIA-SIA del 24 de julio de 2015, la Subdirección de Insumos Agrícolas ha presentado una nueva propuesta de Procedimiento para la evaluación y supervisión de ensayos de efi cacia de plaguicidas de uso agrícola; Que, a efectos de ofrecer un servicio acorde con las normas legales vigentes de manera transparente, efi caz y oportuna es necesario establecer un procedimiento actualizado para la evaluación de los protocolos de ensayos de efi cacia de los plaguicidas de uso agrícola, así como para la supervisión de los mismos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINAGRI, el Decreto Supremo Nº 008-2005 AG, y con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Procedimiento para la evaluación y supervisión de ensayos de efi cacia de plaguicidas de uso agrícola (versión 3) que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual será publicado en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Artículo 2º.- Derogar la Resolución Directoral Nº 053-2013-AG-SENASA-DIAIA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUE CARRASCO VALIENTE Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1276222-1 Aprueban el estudio “Análisis Hidro Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 212-2015-ANA Lima, 13 de agosto de 2015 VISTA: La carta WRG-005/15 de fecha 22 de junio de 2015 del Jefe para América Latina de 2030 Water Resources Group / IFC, y el Informe Técnico N° 017-2015-ANA DCPRH-GRH/OCA/CPM, de fecha 22 de julio de 2015, del Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos; Normas Legales del 21.08.2015 14 Que, de acuerdo al numeral 193.1, del artículo 193, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, la planifi cación de los recursos hídricos tiene por objeto promover su uso sostenible, equilibrar la oferta con la demanda del agua, la conservación y la protección de la calidad de las fuentes naturales, en armonía con el desarrollo nacional, regional y local, así como, la protección e incremento de la cantidad de la disponibilidad de agua; Que, bajo este contexto, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAGRI y 013-2015-MINAGRI se aprobaron la “Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos” y el “Plan Nacional de Recursos Hídricos”, respectivamente, como instrumentos de planifi cación en Recursos Hídricos; Que, en ese mismo sentido, mediante las Resoluciones Jefaturales Nos. 112, 113, 117, 118, 119 y 131-2014-ANA, se aprobaron los planes de gestión de recursos hídricos de las cuencas Quilca Chili, Chira Piura, Tumbes, Chancay Lambayeque, Chancay Huaral y Caplina Locumba, respectivamente; Que, en el marco del Memorando de Entendimiento suscrito con el Gobierno del Perú a través del Ministerio de Agricultura y Riego, la Autoridad Nacional del Agua, 2030 Water Resources Group/IFC, este último, ha presentado el estudio del visto en el cual se aplicó una herramienta hidro económica para el análisis costo/benefi cio e identifi cación de las inversiones de prioridad respecto a las intervenciones propuestas en los instrumentos de planifi cación señalados en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Técnico del visto, el Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, otorga conformidad al citado estudio señalando que incorpora en su análisis factores económicos, sociales y ambientales; y además desarrolla el instrumento hidro económico que resulta de gran utilidad en procesos de identifi cación, evolución y priorización de acciones de gestión de recursos hídricos en cuencas; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el estudio “Análisis Hidro Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú” como instrumento que promueve y orienta las inversiones públicas y privadas requeridas para la implementación de los instrumentos de planifi cación de gestión de recursos hídricos; Con la Conformidad de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, los vistos de la ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del estudio “Análisis Hidro Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú” Aprobar el estudio “Análisis Hidro Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú” elaborado por 2030 Water Resources Group / IFC en el marco del memorando de entendimiento suscrito con el Gobierno del Perú a través del Ministerio de Agricultura y Riego y la Autoridad Nacional del Agua, reconociéndolo como una herramienta orientadora respecto de la identifi cación de las inversiones prioritarias en los instrumentos de planifi cación de recursos hídricos. Artículo 2°.- Difusión Encargar a las Direcciones de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, y de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional las acciones de articulación con 2030 Water Resources Group / IFC para la adecuada difusión del estudio aprobado en el artículo precedente. Artículo 3°.- Publicación Disponer la Publicación del estudio “Análisis Hidro Económico y Priorización de Iniciativas para Recursos Hídricos en el Perú” en la página web de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1277288-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2015-MINCETUR Lima, 20 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y está encargado de la regulación del comercio exterior; Que, en dicho contexto, el MINCETUR anunció el inicio de las negociaciones para lograr un acuerdo comercial entre la República del Perú y la República de la India, en cuya razón, ambas partes han decidido sostener una Reunión del Grupo de Estudio Conjunto de Factibilidad para un Tratado de Libre Comercio Perú – India, que se llevará a cabo en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 26 al 28 de agosto de 2015; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de un equipo de profesionales que prestan servicios al Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 22 al 29 de agosto de 2015, de los señores José Luis Castillo Mezarina, Boris Martín Gómez del Corzo, y las señoritas Ana María del Carmen Vera Ganoza y Carmen Cecilia Matta Jara, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la Reunión del Grupo de Estudio Conjunto de Factibilidad para un Tratado de Libre Comercio Perú – India, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 3 373,59 x 04 personas) : US$ 13 494,36 Viáticos (US$ 500,00 x 05 días x 04 personas) : US$ 10 000,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

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