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قوانين بيرو

Resolución Nº 210/01/PE - Incremento de flota mediante sustitución de igual capacidad de bodega de embarcaciones con permisos de pesca para la extracción de recursos anchoveta y sardina

صدر في 2001-06-26 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, marine fishes, total allowable catch, fishing vessel, authorization/permit, fishery management and conservation, aquatic animals

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النص

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  1. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2001-PE Dictan normas sobre autorización de incremento de flota mediante sustitución de igual capacidad de bodega de embarcaciones con permisos de pesca para la extracción de recursos anchoveta y sardina Lima, 26 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2 de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales son patrimonio de la Nación, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9 de la precitada Ley dispone que el Ministerio de Pesquería determinará, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, métodos de pesca, talla mínima de captura y demás normas que requiera la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que mediante Resolución Ministerial Nº 586-98-PE del 11 de diciembre de 1998, se dispuso que para los efectos de la autorización de incremento de flota mediante la sustitución de igual capacidad de bodega de embarcaciones que cuenten con permisos de pesca para la extracción de los recursos anchoveta y/o sardina, el Ministerio de Pesquería otorgará necesariamente la misma capacidad de bodega autorizada para las embarcaciones y no considerará el concepto de carga neta en los incrementos de flota y permisos de pesca; Que la Primera de las Disposiciones Finales del Reglamento de la Ley General de Pesca, dispone que el Ministerio de Pesquería procederá a revisar la normatividad del sector a fin de iniciar su simplificación, por lo que es necesario contar con una norma legal que actualice las medidas de ordenamiento pesquero vigentes y facilite el proceso de administración de las pesquerías nacionales; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Para los efectos de la autorización de incremento de flota mediante la sustitución de igual capacidad de bodega de embarcaciones que cuenten con permisos de pesca para la extracción de los recursos anchoveta y/o sardina, el Ministerio de Pesquería otorgará necesariamente la misma capacidad de bodega autorizada para las embarcaciones pesqueras y no considerará el concepto de carga neta en los incrementos de flota y permisos de pesca. Tampoco se aplicará el concepto de carga neta a las embarcaciones pesqueras que cuenten con permiso de pesca para la extracción de anchoveta y/o sardina, cuyos armadores implementen sistemas o medios de preservación a bordo de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería

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