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قوانين بيرو

Resolución Nº 204/02/PE - Funciones de la Comisión encargada de evaluar el Sistema de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras

صدر في 2002-06-12 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
institution, enforcement/compliance, governance

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  1. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-2002-PE Dejan sin efecto resolución y precisan alcances de funciones de la Comisión encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras Lima, 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 109 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, administrado por el Ministerio de Pesquería, tiene por objeto contribuir en la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, así como complementar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades extractivas, estando orientado, de este modo, a brindar un valor agregado de índole científico al sector pesquero público y privado; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 340-2000-PE del 27 de diciembre del 2000 se constituyó una Comisión para que evalúe la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT, de acuerdo a los términos contenidos en los Convenios Marcos correspondientes y continuar con las labores de seguimiento y monitoreo del sistema; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE del 18 de julio de 2001, modificada por la Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE del 26 de octubre del 2001, se constituyó la Comisión encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras, y formular recomendaciones destinadas a fortalecer y optimizar dicho sistema; Que el sistema de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, tiene como uno de sus pilares el SISESAT de la flota pesquera de mayor escala y de las embarcaciones de bandera extranjera, cuya implementación y funcionamiento debe sujetarse a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca y al Convenio Marco suscrito el 28 de julio de 1998; Que, en tal sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 340 2000-PE, y, asimismo, precisar que el encargo conferido a la Comisión constituida por la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, comprende la evaluación integral de la implementación del SISESAT, del cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado, así como efectuar recomendaciones a la Alta Dirección para el desarrollo de este importante sistema; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 340-2000-PE. Artículo 2.- Precisar que el encargo conferido a la comisión constituida mediante la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, modificada por Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE, comprende la evaluación integral de la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT y el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado, así como efectuar recomendaciones al respecto. Artículo 3.- La Comisión deberá presentar al Despacho Ministerial su informe final en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de publicada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería

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