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قوانين بيرو

Resolución Nº 182-2011-ANA ─ Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial

صدر في 2011-04-06 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Water
الكلمات المفتاحية
monitoring, water quality standards, surface water, legal proceedings/administrative proceedings, environmental impact assessment (EIA), standards

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  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica Aprueban Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial RESOLUCION JEFATURAL N° 182-2011-ANA Lima, 6 de abril de 2011 VISTO Paqma 5 Sistema Peruano de Informacion Juridica Ellnforme Tecnico W 0240-2011-ANA-DGCRH de la Direcci6n de Gesti6n de Calidad de los Recursos Hldricos: y, CONSIDERANDO Que, el articulo 15 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hldricos. establece como funcion de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la qesfion integral y sostenible de los recursos hldrtcos, ast como ejercer jurisdiccion administrativa exclusiva en materia de aquas. desarrollando acciones de administracion. fiscalizecion. control y viqilancia. para asegurar la preservaci6n y conservacion de las fuentes naturales de aqua. de los bienes naturales asociadas a estas y de la infraestructura hfdraulica. ejerciendo para tal efecto. la facultad sancionadora y coactiva: Que, seqrm el articulo 76 de la precitada ley, la Autoridad Nacional del Agua, controla. supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los Estandares de Calidad Ambiental del Agua (ECA-Agua) y las disposiciones y programas para su implementaci6n establecidos por autoridad del ambiente. Tambien establece medidas para prevenir, controlar y remediar la contaminaci6n del agua y los bienes asociados a esta. Asimismo, implementa actividades de vigilancia y monitoreo. sobre todo en las cuencas donde existan actividades que pongan en riesgo la calidad 0 cantidad del recurso: Que, el articulo 126 del Reglamento de la Ley de Recursos Htdrtcos. aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, establece que el monitoreo de la calidad de las aquas, en el marco del Plan Nacional de Vigilancia de la Calidad del Agua, se efectua de acuerdo con el protocolo aprobado por la Autoridad Nacional del Agua: Que, en ese contexte, mediante el documento del visto. la Direcci6n de Gesti6n de Calidad de los Recursos Hidricos propone el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial, que servira de instrumento de gesti6n para estandarizar la metodologia en el desarrollo del monitoreo de la calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial y articulata la gesti6n de la Calidad de los Recursos Hidricos; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial, de acuerdo a 10 expuesto en los considerandos precedentes; y, Con los vistos de la Oficina de Asesorfa Jurtdica. de la Direcci6n de Gesti6n de Calidad de los Recursos Hidricos y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el articulo 11 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo W 006-201 O-AG: SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial, que forma parte integrante de la presente resoluci6n. Articulo 2.- Publicar el Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial en el portal institucional, www.ana.gob.pe, para conocimiento y fines. Reqlstrese, comunfquese y publfquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua Paqma 6

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