Resolución Nº 146-2017-SERFOR ─ Lineamientos para el otorgamiento de permisos para manejo de fauna silvestre en predios privados
صدر في 2017-06-09 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- wild fauna, hunting/capture, authorization/permit, ranching/captive breeding, animal welfare, sustainable use
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3NORMAS LEGALESMartes 13 de junio de 2017 El Peruano / PODER EJECUTIVO Aprueban los “Lineamientos para el otorgamiento de permisos para manejo de fauna silvestre en predios privados” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 146-2017-SERFOR/DE Lima, 9 de junio de 2017 VISTO: El Informe Técnico Nº 095-2016-SERFOR/DGPCFFS DPR de fecha 24 de junio de 2016; el Informe Técnico Nº 121-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 11 de agosto de 2016, el Informe Técnico Nº 172-2016-SERFOR-/ DGPCFFS-DPR de fecha 19 de octubre de 2016 y el Informe Técnico Nº 018-2017-SERFOR-/DGPCFFS-DPR de fecha 10 de febrero de 2017; emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y el Informe Legal Nº 105-2017-SERFOR-OGAJ de fecha 5 de junio de 2017 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, asimismo el artículo 85 de la precitada Ley, refi ere entre otros, que el SERFOR establece los lineamientos para la gestión de fauna silvestre a nivel nacional, sin perjuicio de las demás normas aplicables; Que, en concordancia con lo señalado en el considerando anterior, el artículo 50 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015 MINAGRI, dispone que se otorgan permisos de manejo de fauna en predios privados tomando en considerando lo previsto en los artículo 32 y 38 del citado Reglamento; Que, en ese sentido el citado Reglamento, ha regulado el procedimiento para el otorgamiento del permiso para manejo de fauna silvestre en predios privado, estableciendo para tal efecto los requisitos para su otorgamiento, así como las obligaciones materia de cumplimiento por parte del titular del título habilitante; Que, por otro lado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 198-2016-SERFOR/DE de fecha 7 de septiembre del 2016, se dispuso la prepublicación de los “Lineamientos para el otorgamiento de permisos para manejo de fauna silvestre en predios privados” con el propósito de recibir comentarios y/o aportes por un plazo de quince (15) día hábiles, a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo; a efectos que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcances; Que, estando a ello y mediante documentos del Visto, la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada “Lineamientos para el otorgamiento del permiso para el manejo de fauna silvestre en predios privados”, recomendando por lo tanto su aprobación y recogiendo de esta manera los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana y de la evaluación correspondiente, dispuesto mediante Resolución Dirección Ejecutiva Nº 198-2016-SERFOR/DE; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado 4 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2017 / El Peruano mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para el otorgamiento de permisos para manejo de fauna silvestre en predios privados”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. La referida resolución y los “Lineamientos para el otorgamiento de permisos para manejo de fauna silvestre en predios privados”, serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1531819-1