Resolución Nº 145-2018-PCM ─ Estrategia de Implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021
صدر في 2018-06-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- public health, public participation, capacity building, local government, poverty, hazards, risk assessment/management, early warning system, investment
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6 NORMAS LEGALES Sábado 9 de junio de 2018 / El Peruano dentro de los planes indicados, con estricto respeto y observancia del enfoque de derechos establecido en la presente ley. 7.3. Los gobiernos regionales y locales propician en sus respectivos ámbitos de competencia, la participación de las personas afectadas y damnifi cadas en lo relativo a su reasentamiento y reintegración, y a la dotación de los servicios públicos a los que se refi ere la presente norma. 7.4. La Defensoría del Pueblo supervisa el nivel de avance y cumplimiento de los procesos con enfoque de derechos a favor de damnifi cados y afectados por los desastres. 7.5. El titular de la Presidencia del Consejo de Ministros informa al Pleno del Congreso de la República, cada seis meses, el nivel de avance y cumplimiento, bajo responsabilidad, de los planes de rehabilitación y reconstrucción que se implementen por el Poder Ejecutivo como consecuencia de desastres de gran magnitud, sin perjuicio del control político y fi scalización que compete al Parlamento Nacional en todo proceso derivado de las emergencias o desastres. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Incorporación del enfoque de derechos en la normatividad y priorización de recursos para los procesos de la gestión del riesgo de desastres Las entidades del Estado deben considerar un enfoque de derechos al aplicar las leyes o normas de inferior jerarquía, para la estimación del riesgo, prevención, reducción del riesgo, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, además deben priorizar la asignación de los recursos económicos necesarios para su efectiva implementación. SEGUNDA. Información pública sobre los procesos de respuesta, rehabilitación y reconstrucción a través de las herramientas informáticas del SINAGERD De acuerdo a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la Presidencia del Consejo de Ministros implementa el sistema de información del SINAGERD, que debe contener información completa y actualizada sobre los procesos de la gestión del riesgo de desastres a nivel nacional, con especial énfasis en los procesos de reconstrucción posteriores a los desastres. Asimismo, en observancia del principio de transparencia y acceso a la información pública, la Presidencia del Consejo de Ministros habilita en su respectiva página web un enlace a dicho sistema, a fi n de garantizar que tanto las instituciones públicas como privadas y la población en general, tengan acceso a la información sobre la gestión del riesgo de desastres, para fi nes de conocimiento, consulta, seguimiento, vigilancia u otro, según corresponda. TERCERA. Aplicación del enfoque de derechos en los procesos de la gestión del riesgo de desastres, en proceso de ejecución Las autoridades e instituciones que vienen ejecutando procesos de reducción del riesgo, respuesta, rehabilitación y reconstrucción como consecuencia de las declaratorias de estados de emergencia o desastres de gran magnitud, incorporan en dichos procesos, dentro de los 90 días de entrada en vigencia de la presente ley, y según corresponda, el enfoque de derechos materia de este dispositivo. CUARTA. Normas complementarias El Poder Ejecutivo aprueba las normas necesarias para la aplicación de la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de junio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1658139-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban la Estrategia de Implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014 - 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2018-PCM Lima, 8 de junio de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 134-2018-PCM/DVGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Informe Nº 039-2018-PCM/ DVGT/BLAS; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), fue creado mediante la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2014 PCM se aprobó el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (PLANAGERD) 2014-2021, que tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos y las acciones de carácter plurianual necesarios, para concretar lo establecido en la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y la Política Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres; considerando los programas presupuestales vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo de dicho Plan Nacional, en el marco del presupuesto por resultados; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 034-2014 PCM establece que mediante resolución ministerial de 7NORMAS LEGALESSábado 9 de junio de 2018 El Peruano / la Presidencia del Consejo de Ministros se aprobará una Estrategia de Implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014 2021; Que, el ítem 6 del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -PLANAGERD 2014-2021 establece los Lineamientos para su implementación, que consideran aspectos estratégicos que permiten dicha implementación, como son la organización y gestión institucional, la identifi cación y formulación de proyectos de inversiones en Gestión del Riesgo de Desastres, fi nanciamiento del plan que prioriza los presupuestos institucionales y herramientas fi nancieras, así como herramientas de monitoreo, seguimiento y evaluación; Que, asimismo, el item 6.4 del PLANAGERD 2014 2021 establece que para contribuir a la implementación de dicho Plan Nacional, que permita asegurar el cumplimiento efi ciente y efi caz de los objetivos previstos, es necesario implementar un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de la ejecución de los programas y proyectos de inversión realizados, cuyos indicadores permiten medir los efectos e impactos esperados para el corto, mediano y largo plazo; así como una Línea de Base. Para tal efecto, se ha elaborado la Línea Base con información al 2013 de los indicadores del PLANAGERD 2014-2021 para que en el marco del Plan de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación respectivo, permita establecer las metas anuales en Gestión del riesgo de Desastres, por parte de los actores involucrados; Que, la elaboración de la Estrategia de Implementación del PLANAGERD 2014-2021, ha contado con la participación de los representantes del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) y del Ministerio de Economía y Finanzas, en el ámbito de sus competencias; y se ha tenido en consideración los aportes de representantes de diferentes entidades del nivel nacional y local; Que, en consecuencia, resulta pertinente aprobar la Estrategia de Implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014 2021, en el marco de la Ley Nº 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, así como en el marco del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014-2021, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; el Decreto Supremo Nº 034-2011-PCM que aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014 2021; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Estrategia de Implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014-2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- El Viceministerio de Gobernanza Territorial como órgano a través del cual la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce su rol de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), desarrolla y coordina la ejecución de la Estrategia de Implementación aprobada en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, y queda facultado en dicho proceso de ejecución, a reformular y/o complementar las acciones incluidas en cada Línea de Acción Estratégica de dicha Estrategia de Implementación, en concordancia con las facilidades, difi cultades o necesidades encontradas en su ejecución, sustentándolas con el informe técnico respectivo. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”; asimismo, la presente resolución ministerial y la Estrategia de Implementación del PLANAGERD 2014-2021 aprobada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, se publican en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1658019-1 Aceptan renuncia y encargan funciones de Subsecretario de Gestión de Conflictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2018-PCM Lima, 8 de junio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 015-2018 PCM, se designa al señor José Miguel Florez Flores, en el cargo de Subsecretario de Gestión de Confl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el señor José Miguel Florez Flores ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar, y efectuar la encargatura en tanto se designe al titular de la Subsecretaría de Gestión de Confl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Miguel Florez Flores, al cargo de Subsecretario de Gestión de Confl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor Américo Javier Aroca Medina, Subsecretario de Diálogo y Sostenibilidad de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, el cargo de Subsecretario de Gestión de Confl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1658019-2 AGRICULTURA Y RIEGO Dan por concluida encargatura y encargan funciones de Coordinador General de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2018-MINAGRI Lima, 8 de junio de 2018