تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بيرو

Resolución Nº 130-2013-MIDIS — Modifica el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

صدر في 2013-02-08 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

research.laws.repealedOn

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
institution, food security, nutrition, legal proceedings/administrative proceedings, internal trade, inspection, school feeding, food safety and quality, governance

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. Normas Legales del 11.02.2013 2 su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, disponiendo en su artículo 2º que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), disponiendo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 (tres) años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174 2012-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, señalando como funciones de la Unidad de Administración en materia de Recursos Humanos, coordinar, ejecutar y supervisar la aplicación de la normatividad, procesos técnicos y procedimientos del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, así como proponer y coordinar acciones de bienestar social, contando para tal efecto con un Coordinador de Recursos Humanos; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al servidor responsable encargado de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación de la Unidad de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 229-2012 MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Julia Silvana Velásquez Pérez, Coordinadora de Recursos Humanos, como la funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo para la contratación de personal CAS del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma al Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal web institucional (www.qaliwarma. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 900202-2 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 130-2013-MIDIS/PNAEQW Lima, 8 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012 MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los Programas, a fi n de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos; Que, asimismo, la Ley Nº 29951 estableció que los comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013 MIDIS se establecieron disposiciones generales para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiendo que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, mediante resolución, los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles desde la entrada en vigencia de dicho Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016 2013-MIDIS se aprobó la Directiva Nº 001-2013-MIDIS que establece los procedimientos generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, cuyo numeral 5.2, respecto a la Fase de Compra del modelo de cogestión, señala que es un proceso realizado por el Comité de Compra y Qali Warma para la adquisición de productos y raciones, de acuerdo con lo dispuesto en dicha Directiva y en los procedimientos específicos establecidos en el Manual de Compras que apruebe Qali Warma; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 105-2013-MIDIS/PNAEQW, se aprobó el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como un instrumento normativo que contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos de observancia obligatoria aplicables a la Fase de Compra del modelo de cogestión anteriormente señalado; Que, con la fi nalidad de garantizar la adecuada atención del servicio alimentario a los usuarios del REAL TIME EIRL su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, disponiendo en su artículo 2º que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), disponiendo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, el cual incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 (tres) años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174 2012-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, señalando como funciones de la Unidad de Administración en materia de Recursos Humanos, coordinar, ejecutar y supervisar la aplicación de la normatividad, procesos técnicos y procedimientos del Sistema de Gestión de Recursos Humanos, así como proponer y coordinar acciones de bienestar social, contando para tal efecto con un Coordinador de Recursos Humanos; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al servidor responsable encargado de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación de la Unidad de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 229-2012 MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Julia Silvana Velásquez Pérez, Coordinadora de Recursos Humanos, como la funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo para la contratación de personal CAS del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma al Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal web institucional (www.qaliwarma. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 900202-2 Normas Legales del 11.02.2013 3 Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para el año escolar 2013, los 111 Comités de Compra reconocidos por el Programa han iniciado sus procesos de compra, a nivel nacional, a partir del 28 de enero de 2013, habiéndose publicado en el portal institucional de Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe) las bases correspondientes a los procesos de compra de productos y raciones, listado de instituciones educativas bajo el ámbito de cada Comité de Compra, ítems y montos referenciales, fi chas técnicas de alimentos y fi chas técnicas de producción; Que, los numerales 58), 59) y 60) del Manual de Compras regulan los casos en los que el Comité de Compra establece supuestos especiales de aplicación durante la evaluación de los procesos de compra; siendo que resulta necesaria la modifi cación de dichos numerales a efectos de lograr un mayor nivel de cobertura a nivel nacional que garantice la atención del servicio alimentario; Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 229-2012 MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los numerales 58, 59 y 60 del Manual de Compras, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 105-2012-MIDIS/PNAEQW, conforme a lo siguiente: 58) Concluida la etapa de evaluación de las propuestas presentadas y, dentro del plazo establecido para la selección de proveedores, el Comité de Compra procede a identifi car los ítems en los que no se presentaron propuestas o, en los que habiéndose presentado propuestas, ninguna quede válida. El acta de dicha sesión incluirá la selección de los ganadores por ítems cubiertos, y la identifi cación de los ítems no cubiertos. La relación de ítems cubiertos será publicada en la página web de Qali Warma. 59) En relación a los ítems no cubiertos, el Comité de Compra podrá optar por: 1. Invitar a los postores cuyas propuestas hayan sido incluidas en el cuadro de orden de mérito en otros ítems del mismo proceso de compra siempre que hayan sido declaradas válidas, a fi n de seleccionar a quien oferte el precio más bajo, y/o 2. Invitar a los postores cuyas propuestas hayan sido incluidas en el cuadro de orden de mérito de los procesos de compra realizados por el mismo Comité de Compra o por otros Comités de Compra siempre que hayan sido declaradas válidas, a fi n de seleccionar a quien oferte el precio más bajo. El Comité de Compra, luego de efectuada la invitación respectiva, evalúa las respuestas recibidas y adjudica los ítems, eligiendo al postor que presente el precio más bajo. En caso de empate la adjudicación será efectuada a favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico en el proceso de compra y de persistir el empate ésta será efectuada mediante sorteo. Concluido este acto, el Comité de Compra debe fi rmar un acta de selección de proveedores y remitirla a Qali Warma para su publicación en el portal institucional, conforme al cronograma del proceso de compras publicado en las bases respectivas, dándose por enterado el ganador a través de la publicación en la web. 60) En caso no sea factible adjudicar conforme a las acciones señaladas en el numeral precedente, Qali Warma realizará las siguientes acciones, en el siguiente orden: 1. Autorizar al Comité de Compra a efectuar la compra directa de una Canasta Básica, cuyas especifi caciones serán aprobadas por Qali Warma. 2. Autorizar la compra directa a través de: 2.1. Los comités de alimentación escolar, de acuerdo con el numeral 6.1.5 de la Directiva 001-2013-MIDIS, aprobada por Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, o 2.2. Una organización de la sociedad civil. 3. Efectuar la adquisición de alimentos conforme con la normativa aplicable. Regístrese y comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 900202-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 029-2013-INDECOPI/COD Lima, 05 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo fue designado como miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 092 2008-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 09 de octubre de 2008; Que, mediante carta de fecha 20 de diciembre de 2012, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, la cual ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la Institución, delegando en la Presidencia del Consejo Directivo la determinación de la fecha de efectividad de la misma; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 899265-1 REAL TIME EIRL ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 029-2013-INDECOPI/COD Lima, 05 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo fue designado como miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 092 2008-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 09 de octubre de 2008; Que, mediante carta de fecha 20 de diciembre de 2012, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, la cual ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la Institución, delegando en la Presidencia del Consejo Directivo la determinación de la fecha de efectividad de la misma; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 899265-1

Resolución Nº 130-2013-MIDIS — Modifica el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma · Nelum