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قوانين بيرو

Resolución Nº 114-2017-MINEDU ─ Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales

صدر في 2017-05-02 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
institution, education, governance

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  1. 23NORMAS LEGALESMiércoles 3 de mayo de 2017 El Peruano / Aprueban los “Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 114-2017-MINEDU Lima, 2 de mayo de 2017 VISTOS, el Expediente 0206766-2015, los Informes Nº 076-2015-MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, N° 021-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE, N° 096-2016 MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, N° 113-2016-MINEDU/ VMGI/DIGC-DIGE y N° 047-2017- MINEDU/VMGI/ DIGC/ DIGE de la Dirección de Gestión Escolar, el Informe N° 251-2016-MINEDU/SG-OGAJ y N° 360-2017-MINEDU/ SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de conformidad con el artículo 70 de la referida Ley, las redes educativas son instancias de cooperación, 24 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de mayo de 2017 / El Peruano intercambio y ayuda recíproca, que tienen por fi nalidad elevar la calidad profesional de los docentes y propiciar la formación de comunidades académicas; optimizar los recursos humanos y compartir equipos, infraestructura y material educativo; y coordinar intersectorialmente para mejorar la calidad de los servicios educativos en el ámbito local; Que, la Décima Disposición Complementaria y Transitoria de la citada Ley establece, que la conformación y funcionamiento de las redes educativas en escuelas unidocentes y multigrados ubicadas en áreas rurales y zonas de frontera será materia de una normatividad específi ca que garantice la efi ciencia de su funcionamiento; Que, el Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED, señala en las Políticas N° 8.1, 8.2 y 14, que para conseguir estudiantes e instituciones que logran aprendizajes pertinentes y de calidad, así como, una gestión descentralizada, democrática, que logra resultados, se debe fomentar y apoyar la constitución de redes escolares territoriales responsables del desarrollo educativo local; establecer programas de apoyo y acompañamiento pedagógico con funciones permanentes de servicio a las redes escolares; y fortalecer las capacidades de las instituciones y redes educativas para asumir responsabilidades de gestión de mayor grado y orientadas a conseguir más y mejores resultados; Que, el artículo 140 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011 2012-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los lineamientos nacionales para la organización y funcionamiento de las redes educativas; Que, mediante los Informes Nº 076-2015-MINEDU/ VMGI/DIGC-DIGE, N° 021-2016-MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, N° 096-2016-MINEDU/VMGI/DIGC DIGE, N° 113-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE y N° 047-2017-MINEDU/VMGI/DIGC/DIGE, la Dirección de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar sustenta la necesidad de aprobar los lineamientos para la organización y funcionamiento de Redes Educativas Rurales, con el objetivo de contribuir a la mejora de la calidad del servicio educativo que brindan las instituciones educativas públicas de Educación Básica ubicadas en los ámbitos rurales, mediante su integración en redes educativas rurales; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 011 2012-ED; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales”, los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1515437-1

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