Resolución Nº 110/07/PCM - Transferencia de desembarcaderos pesqueros artesanales y módulos de comercialización a gobiernos regionales y locales
صدر في 2007-04-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- legal proceedings/administrative proceedings, artisanal fisheries, landing, harbour, aquaculture, internal trade, fishery management and conservation
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~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica Aprueban normas para la transferencia de desembarcaderos pesqueros artesanales, centros de acuicultura y modules de comercializacion de especies hidrobioloqicas a Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCION MINISTERIAL N° 110-2007-PCM Lima, 13 de abril de 2007 VISTOS: Los Oficios N°s. 068-2007-PCM/SD Y 118-2007-PCM/SD del Secreta rio de Descentralizacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2006-PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ana 2006", el mismo que dispone las transferencias de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Funciones Sectoriales para el ana 2006; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 058-CND-P-2006 se aprobo la Directiva N° 004 CND-P-2006: "Normas para la ejecucion de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversion de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia", la cual establece disposiciones generales, procedimientos y plazos que deberan cumplir las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, para ejecutar las transferencias, sequn corresponda; as! como, los Anexos con las normas especfficas para las transferencias dispuestas por el Decreto Supremo N° 021-2006-PCM mencionado en el considerando anterior; Que, mediante Decreto Supremo N° 076-2006-PCM se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ana 2006", la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Pagina 5 ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica Gobiernos Regionales, y de 7 modules de cornercializacion de especies hidrobioloqicas, a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Produccion; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralizacion, a traves de su Secretarfa de Descentralizacion, en rnerito al Decreto Supremo N° 007-2007-PCM; Que, en tal sentido, resulta pertinente que la Presidencia del Consejo de Ministros dicte la normatividad especffica que establezca los procedimientos, los plazos y los mecanismos de verificacion, que deberan cumplir el Ministerio de la Produccion y los Gobiernos Regionales y Locales receptores; de manera tal, que se ejecuten las transferencias antes sefialadas; De conformidad con la Ley N° 27783, la Ley N° 27867, la Ley N° 28273 Y los Decretos Supremos N°s 021-2006-PCM, 076-2006-PCM Y 007-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las "Normas Especfficas para la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Gobiernos Regionales, y de 7 modules de cornercializacion de especies hidrobioloqicas, a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Produccion, dispuesta por el Decreto Supremo N° 076-2006 PCM", las mismas que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolucion y que se incorporan como Anexo 6 de la Directiva N° 004-CND-P-2006: "Normas para la ejecucion de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversion de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia", aprobada por Resolucion Presidencial N° 058-CND-P-2006. Regfstrese, comunfquese y publfquese. JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANEXO 6 "NORMAS ESPECiFICAS PARA LA TRANSFERENCIA DE 26 DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES Y 21 CENTROS DE ACUICULTURA, A LOS GOBIERNOS REGIONALES, Y DE 7 MODULOS DE COMERCIALIZACION DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS, A LOS GOBIERNOS LOCALES, PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE LA PRODUCCION, DISPUESTA POR EL DECRETO SUPREMO N° 076-2006-PCM" 1. BASE LEGAL 1.1 Decreto Supremo N° 021-2006-PCM, que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ana 2006. 1.2 Decreto Supremo N° 076-2006-PCM, que amplfa el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ana 2006. 1.3 Resolucion Presidencial N° 058-CND-P-2006, que aprueba la Directiva N° 004-CND-P 2006: "Normas para la ejecucion de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversion de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia". Pagina 6 ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica 1.4 Decreto Supremo N° 010-2007-PCM, que responsabiliza a los Ministerios de la ejecuci6n de las transferencias comprendidas en el DS N° 068-2006-PCM, a traves de un viceministro como Presidente de la Comisi6n Sectorial de Transferencia. 2. DEFINICIONES Para efectos del presente Anexo, cuando se haga menci6n a los terrninos que se sefialan a continuaci6n, se entenderan referidos a: 2.1 comtsten de Transferencia de Entrega: a los funcionarios y servidores publicos y/o personal en general, nombrados 0 contratados, cualquiera sea su regimen de contrataci6n, que laboran en el Ministerio de la Producci6n, designados, mediante Resoluci6n Ministerial, para entregar los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Gobiernos Regionales, y los 7 m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas, a los Gobiernos Locales. 2.2 Com is ion de Transferencia de Recepcion: a los funcionarios y servidores publicos y/o personal, en general, nombrados 0 contratados, cualquiera sea su regimen de contrataci6n, que laboran en los Gobiernos Regionales, designados, mediante Resoluci6n Ejecutiva Regional 0 Decreto de Alcaldfa, sequn corresponda, para recibir los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas, pertenecientes al Ministerio de la Producci6n. 2.3 Informe Preparatorio: al documento elaborado por la Comisi6n de Transferencia de Entrega, que contendra los resultados del ordenamiento administrativo, tecnico y legal de los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas, del Ministerio de la Producci6n. 2.4 Infraestructura Pesquera Artesanal y Acuicola: a los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas, a ser transferidos a los Gobiernos Regionales y Locales. 2.5 Convenio de cooperaclon: al acuerdo que debera suscribir el Titular del Pliego Ministerial 0 su representante, con los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales y Locales 0 sus representantes, sequn corresponda, para ejecutar las acciones de capacitaci6n y asistencia tecnica, que permitan el fortalecimiento institucional de los Gobiernos Regionales y Locales, para una adecuada gesti6n tecnico-adrninistrativa de la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acufcola transferida. 2.6 Convenio de cesten para la Adrninistracion de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales: al convenio suscrito entre el Gobierno Regional y la organizaci6n de pescadores de la localidad, en el ambito del Gobierno Regional respectivo, que tendra a su cargo la administraci6n y usufructo de los desembarcaderos pesqueros artesanales, de conformidad con las normas y polfticas nacionales. 3. GOBIERNOS REGIONALES Se detalla a continuaci6n la relaci6n de Gobiernos Regionales considerados para la transferencia de los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, del Ministerio de la Producci6n, de conformidad con el Decreto Supremo N° 076-2006-PCM: DESEMBARCADEROSPESQUEROS ARTESANALES A SER TRANSFERIDOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES Pagina 7 Sistema Peruano de Informacion Juridica GOBIERNO N° NOMBRE REGIONAL RECEPTOR 1 Desembarcadero Pesquero Artesanal Ancash "Chimbote" 2 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Los Ancash Chirnus" 3 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Puerto Ancash Casma" 4 Desembarcadero Pesquero Artesanal Ancash "Culebras" 5 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Chala" Arequipa 6 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Atico" Arequipa 7 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Lomas" Arequipa 8 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Callao" Callao 9 Desembarcadero Pesquero Artesanal "San Juan Ica de Marcona" 10 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Chicama" La Libertad ("Malabrigo") 11 Terminal Pesquero "San Jose" Lambayeque 12 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Supe" Lima 13 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Chancay" Lima 14 Terminal Pesquero de Pucusana Lima 15 Desembarcadero Pesquero Artesanal "La Loreto Punchana" 16 Desembarcadero Pesquero Artesanal "110" Moquegua 17 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Los Piura Organos" 18 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Lobitos" Piura 19 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Paita" Piura 20 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Yacila" Piura 21 Desembarcadero Pesquero Artesanal "La Islilla" Piura 22 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Las Piura Delicias" 23 Desembarcadero Pesquero Artesanal Piura "Parachique" 24 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Puerto Tumbes Pizarro" 25 Desembarcadero Pesquero Artesanal Tumbes l"Acapulco" 26 Desembarcadero Pesquero Artesanal "Cancas" Tumbes CENTROS DE ACUICULTURA A SER TRANSFERIDOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO N° NOMBRE REGIONAL RECEPTOR 1 Centro Piscfcola "La Lunta" Amazonas 2 Estaci6n Pesquera de Huaraz Ancash 3 Estaci6n Pesquera Ayacucho Ayacucho 4 Centro Piscfcola "Tunsulla" Ayacucho 5 Centro Piscfcola "Namora" Cajamarca Pagina 8 ~l Pcruono ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica 6 Centro Piscfcola "Langui" Cusco 7 Centro Piscfcola "Echarate" Cusco 8 Estacion Pesquera de Lircay Huancavelica 9 Estacion Pesquera de Pultoc Huancavelica 10 Unidad Productora "Molino" Huanuco 11 Centro Piscfcola "El lngenio" Junin 12 Centro Piscfcola "Motil" La Libertad 13 Estacion Pesquera de Huancabamba Piura 14 Centro Piscfcola "L1aquepa" Puno 15 Muelle Barco "Chuchito" Puno 16 Estacion Pesquera "Ahuashiyacu" San Martin 17 Piscigranja Piloto Rural de Marona San Martin 18 Centro Piscfcola "Sauce" San Martin 19 Piscigranja Demostrativa de Oasis San Martin 20 Centro Piscfcola "Mashuyacu" San Martin 21 Piscigranja Comunal de Jepelacio San Martin 4. GOBIERNOS LOCALES Se detalla a continuacion la relacion de Gobiernos Locales considerados para la transferencia de los 7 modules de cornercializacion de especies hidrobioloqicas, del Ministerio de la Produccion, de conformidad con el Decreto Supremo N° 076-2006-PCM: MODULOS DE COMERCIALIZACION DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS A SER TRANSFERIDOS A LOS GOBIERNOS LOCALES N° NOMBRE GOBIERNO LOCAL RECEPTOR Municipalidad 1 Modulo de Cornercializacion de Huancabamba Provincial de Huancabamba Modulo de Cornercializacion de Chulucanas Municipalidad 2 Morropon Provincial de Chulucanas Municipalidad 3 Modulo de Cornercializacion de Moyobamba Provincial de Moyobamba 4 Modulo de Cornercializacion de Canta Municipalidad Provincial de Canta Municipalidad 5 Modulo de Cornercializacion de Quillabamba Provincial de La convenclon 6 Modulo de Cornercializacion de Sicuani Municipalidad Provincial de Sicuani Municipalidad 7 Frigorifico Pesquero Puerto Maldonado Provincial de Tambopata 5. PROCEDIMIENTOS La transferencia de la lnfraestructura Pesquera Artesanal y Acuicola, del Ministerio de la Produccion, a los Gobiernos Regionales y Locales, sin perjuicio de las disposiciones generales Pagina 9 ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica establecidas en la Directiva N° 004-CND-P-2006, aprobada por la Resoluci6n Presidencial N° 058 CND-P-2006, se sujetara al siguiente procedimiento: 5.1 EI Ministerio de la Producci6n, mediante Resoluci6n Ministerial, conforrnara una Comisi6n de Transferencia de Entrega, la cual estara presidida por el Viceministro 0 su representante, e integrada, adernas, por un maximo de cinco (5) funcionarios, servidores publicos y/o personal, en general, nombrados 0 contratados, cualquiera sea su regimen de contrataci6n, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. EI Presidente de la Comisi6n podra conformar Subcomisiones de trabajo. 5.2 Los Gobiernos Regionales y Locales, mediante Resoluci6n Ejecutiva Regional 0 Decreto de Alcaldfa, sequn corresponda, contorrnaran una Comisi6n de Transferencia de Recepci6n, que estara presidida por el Titular del Pliego 0 su representante, e integrada, adernas, por un maximo de cinco (5) funcionarios, servidores publicos y/o personal, en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su regimen de contrataci6n, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. 5.3 La Comisi6n de Transferencia de Entrega, realizara el ordenamiento administrativo, tecnico y legal de los activos, objeto de la transferencia. EI Presidente de la Comisi6n 0 su representante, suscribira y entreqara el Informe Preparatorio a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepci6n, a mas tardar el 30 de abril de 2007. 5.4 Los Titulares del Pliego Ministerial 0 su representante y los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales y Locales 0 sus representantes, suscribiran Convenios de Cooperaci6n, a mas tardar el 30 de abril de 2007. 5.5 Las Comisiones de Transferencia de Recepci6n elaboraran la documentaci6n que les permita respaldar el cumplimiento de los Mecanismos de Verificaci6n que se detallan en el numeral 6 del presente Anexo, la misma que sera enviada por los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepci6n al Presidente de la Comisi6n de Transferencia de Entrega y a la Secretarfa de Descentralizaci6n de la PCM, para su validaci6n, a mas tardar el 30 de abril de 2007. 5.6 La Secretarfa de Descentralizaci6n de la PCM revisa y aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificaci6n, y tramita la Resoluci6n Ministerial respectiva que declara apto al Gobierno Regional para acceder a la transferencia correspondiente, a mas tardar el 15 de mayo de 2007. 5.7 La Secretarfa de Descentralizaci6n notifica a las Comisiones de Transferencia de Entrega y Recepci6n, de la emisi6n y alcances de la Resoluci6n Ministerial antes mencionada, a efecto de que procedan a la suscripci6n de las Actas de Entrega y Recepci6n, a mas tardar el 30 de mayo de 2007. 5.7 Las Comisiones de Transferencia de Recepci6n y de Entrega elaboran un expediente conformado por el Informe Preparatorio, la documentaci6n que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificaci6n, la Resoluci6n Ministerial que aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificaci6n, el Informe Final y el Acta de Entrega y Recepci6n de la transferencia de la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acufcola, a los Gobiernos Regionales y Locales, sequn sea el caso. 5.8 EI Informe Final sera suscrito por el Presidente de la Comisi6n de Transferencia de Entrega, en su calidad de responsable de transferir la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acufcola. 5.9 EI Expediente se elabora en dos (2) originales, de igual tenor y valor, que quedaran, uno, en poder del Presidente de la Comisi6n de Transferencia de Entrega y, el otro, en poder del Presidente de la Comisi6n Transferencia de Recepci6n. Una copia fedateada del expediente sera Pagina 10 ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica remitida por el Presidente de la Cornision de Transferencia de Entrega a la Secreta ria de Descentralizacion de la PCM, a mas tardar el15 de junio de 2007. 5.10 EI Acta de Entrega y Recepcion sera suscrita en dos (2) originales, por el Titular del Pliego Ministerial y por el Titular del Pliego del Gobierno Regional 0 Local, sequn corresponda. La suscripcion puede ser delegada por Resolucion Ministerial 0 Decreto de Alcaldia, sequn sea el caso. 5.11 EI proceso de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo, por parte del Ministerio de la Produccion, con el cual se formaliza la transferencia del dominio y titularidad de los activos, a mas tardar el28 de julio de 2007. 6. MECANISMOS DE VERIFICACION Para acceder a la transferencia de los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 modules de cornercializacion de especies hidrobioloqicas, los Gobiernos Regionales y Locales deben cumplir con presentar a la Secreta ria de Descentralizacion de la PCM, los siguientes Mecanismos de Verificacion: MECANISMOS DE VERIFICACION PARA LA TRANSFERENCIA DE DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES Y CENTROS DE ACUICULTURA, A LOS GOBIERNOS REGIONALES Mecanismos de Indicadores Docurnentacion que Verificacion deben presentar los Gobiernos Regionales Profesional calificado Profesional formalmente Resolucion de desiqnacion, para administrar los designado para asumir documento de encargatura 0 desembarcaderos pesqueros la adrninistracion de los contrato vigente, al momenta artesanales y centros de desembarcaderos pesqueros de la transferencia. acuicultura, en armonia artesanales y centros de con las politicas y normas acuicultura. nacionales. Ingeniero Pesquero, Bioloqo Titulo profesional 0 Grado Pesquero 0 Bioloqo 0, en de Bachiller. su defecto, Administrador 0 Economista. Experiencia minima de tres Curriculum Vitae y (3) alios en qestion tecnico- certificados, constancias 0 administrativa de infraestructura documentos que acrediten pesquera (mantenimiento, los alios de experiencia supervision, control hiqienico- requeridos. sanitario y procesos productivos pesqueros). Unidad orqanica en Unidad orqaruca, responsable Reglamento de el Gobierno Regional, de la adrninistracion de los orqantzacton y Funciones responsable de la desembarcaderos pesqueros (ROF) aprobado, incluyendo adrninistracion de los artesanales y centros de la Unidad orqanlca desembarcaderos pesqueros acuicultura, incorporada en requerida y las funciones artesanales y centros de la Estructura orqanlca y en el correspondientes. acuicultura. Reglamento de orqantzacton y Funciones (ROF) del Pagina 11 Sistema Peruano de Informacion Juridica ~l Pcruono Gobierno Regional. Convenio de Cooperacion, Convenio de Cooperacion, Convenio de Cooperacion, entre el Gobierno Nacional entre el Gobierno Nacional suscrito por el Titular y el Gobierno Regional, y el Gobierno Regional, que del Pliego Ministerial 0 para realizar las acciones establezca compromisos para su representante, con de capacitacion y asistencia un adecuado funcionamiento el Titular de Pliego del tecnica que permitan un de los desembarcaderos Gobierno Regional 0 su adecuado funcionamiento pesqueros artesanales y representante, para realizar de los desembarcaderos centros de acuicultura. las acciones de capacitacion pesqueros artesanales y y asistencia tecnica, que centros de acuicultura. sean necesarias. Convenio de Cesion para Convenio de Cesion para Convenio de Cesion para la Adrninistracion de los la Adrninistracion de los la Adrninistracion de los desembarcaderos pesqueros desembarcaderos pesqueros desembarcaderos pesqueros artesanales, suscrito entre artesanales, suscrito entre artesanales, suscrito entre el el Gobierno Regional y la el Gobierno Regional y la Titular de Pliego del Gobierno orqanlzaclon de Pescadores orqanlzaclon de Pescadores Regional 0 su representante Artesanales, de conformidad Artesanales de la localidad, y la orqanlzaclon de con las politicas y normas del en el ambito del Gobierno Pescadores Artesanales. Sector (*). Regional respectivo, de conformidad con las normas y politicas nacionales. (*) Aplicable solo para el caso de los desembarcaderos pesqueros artesanales. MECANISMOS DE VERIFICACION PARA LA TRANSFERENCIA DE MODULOS DE COMERCIALIZACION DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS, A LOS GOBIERNOS LOCALES Mecanismos de Indicadores Docurnentacion que Verificacion deben presentar los Gobiernos Locales Profesional calificado para Profesional formalmente Resolucion de desiqnacion, administrar los modules de designado para asumir la documento de encargatura 0 cornercializacion de especies adrninistracion de los modules contrato vigente, al momenta hidrobioloqicas. de cornercializacion de de la transferencia. especies hidrobioloqicas. Ingeniero Pesquero, Bioloqo Titulo profesional 0 Grado Pesquero 0 Bioloqo 0, en de Bachiller. su defecto, Administrador 0 Economista. Experiencia minima de un Curriculum Vitae y (1) ana en qestion tecnico- certificados, constancias 0 administrativa de infraestructura documentos que acrediten pesquera (mantenimiento, los afios de experiencia supervision y control hiqienico- requeridos. sanitario) y cornercializacion de especies hidrobioloqicas. Unidad orqanica en el Unidad orqaruca, responsable Reglamento de Pagina 12 ~l Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica Gobierno Local, responsable de la administraci6n de los Organizaci6n y Funciones de la administraci6n los m6dulos de comercializaci6n (ROF) aprobado, incluyendo m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas, la Unidad Orqanica de especies hidrobiol6gicas. incorporada en la Estructura requerida y las funciones orqanlca y en el Reglamento correspondientes. de Organizaci6n y Funciones (ROF) del Gobierno Local. Convenio de Cooperaci6n, Convenio de Cooperaci6n, Convenio de Cooperaci6n, entre el Gobierno Nacional entre el Gobierno Nacional suscrito por el Titular del y el Gobierno Local, para y el Gobierno Local, que Pliego Ministerial 0 su realizar las acciones de establezca compromisos para representante, con el Titular capacitaci6n y asistencia un adecuado funcionamiento de Pliego del Gobierno tecnica que permitan un de los m6dulos de Local 0 su representante, adecuado funcionamiento comercializaci6n de especies para realizar las acciones de los m6dulos de hidrobiol6gicas. de capacitaci6n y asistencia comercializaci6n de especies tecnica, que sean hidrobiol6gicas. necesarias. 7. PLAZaS EI Ministerio de la Producci6n es responsable de ejecutar la transferencia de los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 m6dulos de comercializaci6n de especies hidrobiol6gicas detallados en el presente Anexo, a los Gobiernos Regionales y Locales, a mas tardar el 28 de julio de 2007, mediante la aprobaci6n y publicaci6n del Decreto Supremo correspondiente. Pagina 13