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قوانين بيرو

Resolución Nº 105-2008-MINCETUR ─ Declara el café y el espárrago como productos bandera

صدر في 2008-06-27 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant protection, coffee/cocoa/tea, standards, vegetables/legumes, international trade
الفئات
*, agriculture, softs

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  1. El Peruano 375268 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2008 Ordenanza Nº 033-2008-CR-GRH.- Aprueban Texto GOBIERNOS REGIONALES Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO 375285 Ordenanza Nº 032-2008-CR-GRH.- Modificación de la Ordenanza N° 032-2005-E-CR-GRH que aprueba Ordenanza Nº 034-2008-CR-GRH.- Aprueban Plan el Reglamento de Administración de Transportes en el Regional de Desarrollo Ganadero 2008 - 2017 en el ámbito del Gobierno Regional Huánuco 375283 ámbito del Gobierno Regional Huánuco 375286 Descargado desde www.elperuano.com.pe del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe, dentro de los dos PODER EJECUTIVO días siguientes de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. COMERCIO EXTERIOR Regístrese, comuníquese y publíquese MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Y TURISMO Ministra de Comercio Exterior y Turismo Aprueban relación de procedimientos 219658-1 a cargo de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo Declaran como Productos Bandera al Café y al Espárrago RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2008-MINCETUR/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2008-MINCETUR/DM Lima, 27 de junio de 2008 Lima, 27 de junio de 2008 Visto los Informes Nos 034 y 119-2008-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, CONSIDERANDO: Presupuesto y Desarrollo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004- CONSIDERANDO: MINCETUR, de fecha 28 de julio de 2004, se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de Que, de conformidad con la Segunda Disposición elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Complementaria Transitoria de los Lineamientos Promoción y Protección de la Identidad de los Productos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país; Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2005- por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, a partir de la MINCETUR del 7 de setiembre de 2005, se aprobó la entrada en vigencia de la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Estrategia Nacional de Identificación de los Productos Administrativo, los Ministerios deben publicar la relación Bandera elaborada por la COPROBA y se reconocieron de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de manera inicial, siete productos bandera; Sectoriales, incluyendo su denominación, plazo máximo Que, la COPROBA, en Sesión Ordinaria de fecha de atención y requisitos máximos a solicitar respecto de 22 de enero de 2008, ha aprobado la denominación de los procedimientos; productos bandera para el café y el espárrago peruanos, Que, asimismo, el citado dispositivo, establece que por tratarse de productos de reconocida calidad y a partir de dicha publicación los Gobiernos Regionales preferidos por el mercado externo, y de notable desarrollo deberán adecuar las disposiciones contenidas en su en su producción y gestión en el Perú; respectivo TUPA, pudiendo en cualquier caso fijar un De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º plazo menor de atención o menores requisitos en los del Decreto Supremo Nº 025-2005-MINCETUR, la Ley procedimientos; de Organización y Funciones del MINCETUR - Ley Nº Que, mediante Oficio Múltiple Nº 005-2008-PCM/ 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia Nº 005-2002-MINCETUR; de Consejo de Ministros, recomienda que la relación de De acuerdo con el Informe Nº 46-2008-MINCETUR/ procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales VMCE/DNC de la Dirección Nacional de Desarrollo Sectoriales, se apruebe mediante Resolución Ministerial; de Comercio Exterior y el Memorandum Nº 209-2008- De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio SE RESUELVE: Exterior y Turismo, y el Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración Artículo 1º.- Declarar al Café y al Espárrago como y aprobación del TUPA; Productos Bandera De acuerdo con los Informes del Visto; Declarar como Productos Bandera al Café y al Con la visación del Director General de Planificación, Espárrago. Presupuesto y Desarrollo y de la Directora General de Artículo 2º.- De la divulgación, protección y Asesoría Jurídica; conservación de dichos Productos Bandera La COPROBA, se encargará de divulgar, proteger SE RESUELVE: y conservar los Productos Bandera declarados en el Artículo 1º.- Aprobar la relación de procedimientos artículo precedente; conforme a lo dispuesto en el a cargo de las Direcciones Regionales de Comercio Decreto Supremo Nº 025-2005-MINCETUR. Exterior y Turismo, o del órgano que haga sus veces, de los Gobiernos Regionales, la cual aparece en el Anexo, Regístrese, comuníquese y publíquese en nueve (9) folios, que forma parte de la presente Resolución. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Artículo 2º.- La Oficina General de Informática y Ministra de Comercio Exterior y Turismo Estadística queda encargada de publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Electrónico 219658-2

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