Resolución Nº 081-2017-SERFOR ─ Lineamientos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales
صدر في 2017-03-30 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Forestry, Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- forest management/forest conservation, concession, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, timber extraction/logging, sustainable use, contracts, management/conservation, forest service, registration
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
9NORMAS LEGALESViernes 31 de marzo de 2017 El Peruano / Aprueban los “Lineamientos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 081-2017-SERFOR/DE Lima, 30 de marzo de 2017 VISTOS: El Informe Técnico N° 153-2016-SERFOR DGPCFFS-DPR de fecha 06 de octubre de 2016, el Informe Técnico N° 194-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 21 de octubre de 2016, y el Informe Técnico N° 032-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 28 de marzo de 2017, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 047-2017-SERFOR-OGAJ, de fecha 29 de marzo de 2017 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 63 de la citada Ley, refiere que procede el otorgamiento de cesión en uso en el caso de sistemas agroforestales en las zonas de producción agroforestal, silvopecuaria o recuperación. En estos casos, la autoridad regional forestal y de fauna silvestre suscribe contratos de cesión en uso en tierras de dominio público, en superficies no mayores a cien hectáreas, con las condiciones y salvaguardas establecidas por el SERFOR y en el marco de la presente Ley y su reglamento, respetando los derechos adquiridos; Que, el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI, establece las condiciones, requisitos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales, disponiendo en su artículo 58 que el contrato se otorga de acuerdo a los lineamientos aprobados por el SERFOR, donde se incluye el formato de contrato de cesión en uso, los compromisos por parte de los titulares, entre otros; Que, por otro lado, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 008-2017-SERFOR/DE de fecha 16 de enero de 2017, se dispuso la prepublicación de los “Lineamientos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales” con el propósito de recibir comentarios y/o aportes a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo por un plazo de quince (15) días hábiles; y que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcance; Que, en ese sentido y mediante los documentos de Vistos, la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada “Lineamientos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales”, que recoge los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 205-2016-SERFOR/DE, recomendando su aprobación; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; y las normas expedidas por dicha autoridad son aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modificatorias, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para el otorgamiento de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. 10 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2017 / El Peruano Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida Resolución y los lineamientos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1503806-1