Resolución Nº 072-2015-MINAM ─ Iniciativa “Ambiente en Acción
صدر في 2015-03-31 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Air and atmosphere, Environment
- الكلمات المفتاحية
- institution, air quality/air pollution, climate change, pollution control, waste management, local government, governance
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El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015 549895 Aprueban Iniciativa “Ambiente en Acción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 072-2015-MINAM Lima, 31 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 67° y 68° de la Constitución Política del Perú, el Estado determina la política nacional del ambiente, promueve el uso sostenible de sus recursos naturales, y se encuentra obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la Política Nacional del Ambiente; asimismo, cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas; en observancia de lo establecido en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, asimismo, el literal a) del artículo 7 del acotado Decreto Legislativo Nº 1013, establece como función específi ca especifi ca del Ministerio del Ambiente, formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental; Que, según el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las funciones ambientales a cargo de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se ejercen en forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, con sujeción a la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental y a las normas, instrumentos y mandatos de carácter transectorial, que son de observancia obligatoria en los distintos ámbitos y niveles de gobierno; Que, de acuerdo al numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, la gestión ambiental es un proceso permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las actividades económicas y la conservación del patrimonio ambiental y natural del país. Que, sobre la base de lo señalado en los considerandos precedentes, el Sector Ambiental ha aprobado instrumentos y políticas que permiten ordenar la gestión ambiental, establecer estándares, procesos de fi scalización, entre otros, todo ello con el fi n de asegurar la salud y El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015549896 sostenibilidad ambiental; tal cual puede observarse con la aprobación de la Política Nacional del Ambiente (Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM), el Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA Perú 2011-2021 (Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM); la participación activa en el diseño de los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental en virtud de lo establecido en la Resolución Suprema N° 189-2012 PCM; y la aprobación de la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgendAmbiente 2015-2016 (Resolución Ministerial N° 405-2014-MINAM). Que, en este contexto, y con el objeto de identifi car acciones y metas concretas que contribuyan a generar un consenso social sobre los principales temas ambientales, contribuir al conocimiento ciudadano, y mostrar de manera ordenada y sistemática las acciones concretas realizadas por el Sector Ambiental, sus resultados y su capacidad de gestión; se ha propuesto la aprobación de la Iniciativa denominada “Ambiente en Acción”, integrada por seis componentes: a) Perú Vigilante; b) Perú Limpio; c) Perú Natural; d) Perú Compromiso Climático; e) Perú Crecimiento Sostenible; y, f) Perú País de Bosques Que, asimismo, la citada Iniciativa tiene por objetivo acercar la gestión ambiental al ciudadano, mostrando efi cacia en los resultados y fortaleciendo la capacidad del Estado, de responder al propósito de generar mejor calidad de vida para garantizar el derecho de todos a un ambiente sano; Que, en ese sentido, corresponde aprobar la Iniciativa “Ambiente en Acción”, a través del acto resolutivo respectivo; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la Iniciativa “Ambiente en Acción” Aprobar la Iniciativa “Ambiente en Acción” que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la misma que es liderada por el Ministerio del Ambiente, como un instrumento orientador que coadyuva a la organización y activación de acciones centrales y estratégicas en el Sector Ambiental para su ejecución. Artículo 2º.- Objeto de la Iniciativa La citada Iniciativa tiene por objeto acercar la gestión ambiental al ciudadano, asegurando su participación activa e informada; mostrando eficacia en los resultados y fortaleciendo la capacidad del Estado, de responder al propósito de generar mejor calidad de vida para garantizar el derecho de todos a un ambiente sano. Artículo 3º.- Componentes de la Iniciativa La Iniciativa denominada “Ambiente en Acción”, estará integrada por seis componentes: a) Perú Vigilante; b) Perú Limpio; c) Perú Natural; d) Perú Compromiso Climático; e) Perú Crecimiento Sostenible; y, f) Perú País de Bosques Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el Artículo 1 precedente será publicado en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1219459-1