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Resolución Nº 057-2013-INIA ─ Norma para la producción, certificación y comercio de semilla de maíz amiláceo

صدر في 2013-03-13 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant production, seeds/planting material, cereals/grains/rice, certification, registration, plant variety, internal trade, packaging/labelling, crops, agricultural commodities
الفئات
agriculture

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  1. Normas Legales del 15.03.2013 6 Arturo Acuña Zegarra como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 006-2013-AG-AGRO RURAL-DE, se encargaron al CPC Ismael Ángel Espinoza Donayre, las funciones de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, se ha visto pertinente dar por concluida la designación y encargo efectuados; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120 2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Economista ARTURO ACUÑA ZEGARRA como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado al CPC ISMAEL ANGEL ESPINOZA DONAYRE en las funciones de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- DESIGNAR al Ingeniero JORGE ENRIQUE TELLO COELLO como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, con efectividad al 14 de marzo de 2013, cargo considerado de confi anza. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 912024-4 Designan Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 036-2013-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 14 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 003 2012-AG-AGRO RURAL-DE, se encargó al CPC Ismael Ángel Espinoza Donayre las funciones de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Que, se ha visto pertinente dar por concluidas las funciones que por encargo le fueron encomendadas; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado al CPC ISMAEL ANGEL ESPINOZA DONAYRE en las funciones de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR al Ingeniero WILLIAM JESUS CUBA ARANA, como Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, con efectividad al 14 de marzo de 2013, cargo considerado de confi anza. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 912024-5 Aprueban norma para la producción, certificación y comercio de semilla de maíz amiláceo INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00057-2013-INIA Lima, 13 de marzo de 2013 VISTO: El Informe Técnico Nº 0001-2013-INIA-DEA-PEAS, de fecha 18 de enero 2013; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27262, Ley General de Semillas, declara de interés nacional las actividades de obtención, producción, abastecimiento y utilización de semillas de buena calidad, así como establece las normas para la promoción, supervisión y regulación de las actividades relativas a la investigación, producción, certifi cación y comercialización de semillas de calidad; Que, por mandato del artículo 5° del Reglamento de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-AG, el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, es el organismo adscrito al Ministerio de Agricultura, que ejercerá las funciones de la Autoridad en Semillas y como tal es la autoridad competente para normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la producción, certifi cación, y comercialización de semillas de buena calidad y ejecutar las funciones técnicas y administrativas contenidas en la Ley, en su Reglamento y Reglamentos Específi cos; Que la producción de semilla certifi cada de maíz amiláceo tiene una tasa de uso menor a 1%, siendo este un cultivo de importancia para la zona altoandina y que principalmente es producido por la agricultura familiar campesina. Que la Norma para la Producción, Certifi cación y Comercio de Semilla de Maíz no fomenta la producción de semilla de maíz amiláceo. Que el Proyecto Semillas Andinas “Programa de apoyo a la agricultura familiar campesina en Perú, Bolivia y Ecuador para mejorar la disponibilidad, el acceso y el uso de semilla de calidad en las zonas Alto Andinas” (GCP/RLA/183/SPA), ejecutado en nuestro país desde el año 2011, tiene entre sus fi nalidades fortalecer la disponibilidad y acceso de semillas de calidad de quinua, papa y maíz amiláceo en la regiones de Huánuco, Ayacucho y Puno. Por lo que se ha identifi cado que en el caso del cultivo de maíz amiláceo no se dispone de una norma que establezca los requisitos que regulen las actividades de producción, certifi cación y comercialización de semillas de esta especie, necesaria para asegurar la calidad de los lotes de semillas que se pondrán a disposición de los agricultores y que será la base para las acciones de mejora de la productividad del cultivo de maíz amiláceo en las zonas de trabajo; Que en el artículo 6° del Reglamento General de la Ley General de Semillas aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-AG se dispone que una de las funciones de la Autoridad en Semillas es normar la producción, certifi cación y comercialización de semillas de calidad. Para lo cual el Programa Especial de la Autoridad en Semillas considera necesario contar con un dispositivo legal que permita implementar una regulación específi ca para semilla de maíz amiláceo y que pueda ser validada para luego ser refrendada como Reglamento Específi co, ya que el artículo REAL TIME EIRL Arturo Acuña Zegarra como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 006-2013-AG-AGRO RURAL-DE, se encargaron al CPC Ismael Ángel Espinoza Donayre, las funciones de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, se ha visto pertinente dar por concluida la designación y encargo efectuados; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120 2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Economista ARTURO ACUÑA ZEGARRA como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado al CPC ISMAEL ANGEL ESPINOZA DONAYRE en las funciones de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- DESIGNAR al Ingeniero JORGE ENRIQUE TELLO COELLO como Jefe de la Ofi cina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, con efectividad al 14 de marzo de 2013, cargo considerado de confi anza. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 912024-4 Designan Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 036-2013-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 14 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 003 2012-AG-AGRO RURAL-DE, se encargó al CPC Ismael Ángel Espinoza Donayre las funciones de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Que, se ha visto pertinente dar por concluidas las funciones que por encargo le fueron encomendadas; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado al CPC ISMAEL ANGEL ESPINOZA DONAYRE en las funciones de Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR al Ingeniero WILLIAM JESUS CUBA ARANA, como Jefe de la Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO REAL TIME EIRL RURAL del Ministerio de Agricultura, con efectividad al 14 de marzo de 2013, cargo considerado de confi anza. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 912024-5 Normas Legales del 15.03.2013 7 12° del Reglamento General indica que los requisitos de calidad se establecerán en los reglamentos específi cos; De conformidad con la Ley N° 27262, Ley N° 29289, Decreto Supremo 006-2012-AG, Resolución Jefatural N° 0007-2009-INIA, y las facultades conferidas por el Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG y con las visaciones de los Directores Generales de la Dirección de Extensión Agraria, Ofi cina General de Planifi cación y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- En tanto se apruebe el Reglamento Específi co de Maíz, de conformidad a la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 006-2012 AG, apruébese la norma para la producción, certifi cación y comercio de semilla de maíz amiláceo (Anexo I). Regístrese, comuníquese, y publíquese, J. ARTURO FLOREZ MARTÍNEZ Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria 911909-1 AMBIENTE Disponen publicación de la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021 en el portal web institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2013-MINAM Lima, 13 de marzo de 2013 Visto, el Informe N° 018-2013-DGIIA/VMGA/MINAM de 27 de febrero de 2013, de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental; el Memorándum N° 084-2013-MINAM-VMGA de 27 de febrero de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobada por Decreto Legislativo N° 1013, establece que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente, así como cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas; Que, el literal n) del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1013 señala como una de las funciones específi cas del Ministerio del Ambiente, promover la investigación científi ca, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios; Que, los literales a) y b) del artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, establece como funciones de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, proponer las prioridades para la investigación, innovación y desarrollo tecnológico en materia ambiental, e integrar y fortalecer las acciones en esta materia de las entidades competentes del sector público y privado, con el objeto de proporcionar apoyo científi co y técnico a los diferentes organismos y a la sociedad civil; así como fomentar la investigación, recuperación y transferencia de los conocimientos y las tecnologías tradicionales como expresión de la cultura nacional y manejo de los recursos naturales; Que, en el ejercicio de las citadas funciones la citada Dirección General ha elaborado la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021, la cual establece las líneas estratégicas a seguir para promover e impulsar la investigación ambiental en el país, constituyéndose en el instrumento que guie las acciones para la implementación de un sistema que promueva, de manera activa y permanente, procesos de investigación ambiental; asimismo, defi ne las áreas temáticas y líneas de investigación a priorizar de acuerdo a las necesidades de información y conocimiento, sobre los cuales deberán desarrollarse las futuras investigaciones que en materia ambiental se lleven a cabo, articulando la oferta científi ca con las necesidades del sector ambiental; Que, la Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021 ha sido objeto de un proceso participativo de coordinación y consulta con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en su calidad de organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – SINACYT, las universidades nacionales, los centros de investigación y los organismos adscritos del Ministerio del Ambiente, con el fi n de contar con un instrumento que permita articular la investigación y la innovación ambiental nacional y oriente la toma de decisiones en materia ambiental; Que, asimismo, para la elaboración de la Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, se ha tenido en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comisión Consultiva dependiente del Ministerio de Educación, creada mediante Resolución Suprema 038-2011-ED, la cual cuenta como una de sus funciones la revisión del marco normativo e institucional del desarrollo de la ciencia, tecnología, innovación y competitividad en el país; y, por la Comisión Multisectorial encargada de diseñar y elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas, creada mediante Resolución Suprema Nº 189-2012-PCM; Que, sin perjuicio de lo señalado, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta pública, previa a su aprobación, con la fi nalidad de conocer las sugerencias y comentarios de los interesados, conforme lo establece el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley de Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Supremo N° 007 2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002 2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación de la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, para los fi nes de Consulta Pública, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM. Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultas publicas), para los fi nes de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2°.- Las sugerencias y comentarios sobre la propuesta señalada en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, Distrito de San Isidro – Lima, y/o a la dirección electrónica siguiente: agendainvestigacion@minam.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 912292-1 REAL TIME EIRL AMBIENTE Disponen publicación de la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021 en el portal web institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2013-MINAM Lima, 13 de marzo de 2013 Visto, el Informe N° 018-2013-DGIIA/VMGA/MINAM de 27 de febrero de 2013, de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental; el Memorándum N° 084-2013-MINAM-VMGA de 27 de febrero de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobada por Decreto Legislativo N° 1013, establece que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente, así como cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas; Que, el literal n) del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1013 señala como una de las funciones específi cas del Ministerio del Ambiente, promover la investigación científi ca, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios; Que, los literales a) y b) del artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, establece como funciones de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, proponer las prioridades para la investigación, innovación y desarrollo tecnológico en materia ambiental, e integrar y fortalecer las acciones en esta materia de las entidades competentes del sector público y privado, con el objeto de proporcionar apoyo científi co y técnico a los diferentes organismos y a la sociedad civil; así como fomentar la investigación, recuperación y transferencia de los conocimientos y las tecnologías tradicionales como expresión de la cultura nacional y manejo de los recursos naturales; Que, en el ejercicio de las citadas funciones la citada Dirección General ha elaborado la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021, la cual establece las REAL TIME EIRL líneas estratégicas a seguir para promover e impulsar la investigación ambiental en el país, constituyéndose en el instrumento que guie las acciones para la implementación de un sistema que promueva, de manera activa y permanente, procesos de investigación ambiental; asimismo, defi ne las áreas temáticas y líneas de investigación a priorizar de acuerdo a las necesidades de información y conocimiento, sobre los cuales deberán desarrollarse las futuras investigaciones que en materia ambiental se lleven a cabo, articulando la oferta científi ca con las necesidades del sector ambiental; Que, la Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021 ha sido objeto de un proceso participativo de coordinación y consulta con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en su calidad de organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – SINACYT, las universidades nacionales, los centros de investigación y los organismos adscritos del Ministerio del Ambiente, con el fi n de contar con un instrumento que permita articular la investigación y la innovación ambiental nacional y oriente la toma de decisiones en materia ambiental; Que, asimismo, para la elaboración de la Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, se ha tenido en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comisión Consultiva dependiente del Ministerio de Educación, creada mediante Resolución Suprema 038-2011-ED, la cual cuenta como una de sus funciones la revisión del marco normativo e institucional del desarrollo de la ciencia, tecnología, innovación y competitividad en el país; y, por la Comisión Multisectorial encargada de diseñar y elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas, creada mediante Resolución Suprema Nº 189-2012-PCM; Que, sin perjuicio de lo señalado, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta pública, previa a su aprobación, con la fi nalidad de conocer las sugerencias y comentarios de los interesados, conforme lo establece el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley de Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Supremo N° 007 2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002 2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación de la propuesta de Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, para los fi nes de Consulta Pública, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM. Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultas publicas), para los fi nes de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2°.- Las sugerencias y comentarios sobre la propuesta señalada en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, Distrito de San Isidro – Lima, y/o a la dirección electrónica siguiente: agendainvestigacion@minam.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 912292-1

Resolución Nº 057-2013-INIA ─ Norma para la producción, certificación y comercio de semilla de maíz amiláceo · Nelum