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قوانين بيرو

Resolución Nº 055-2011-OS ─ Modifica la Resolución Nº 180-2007-OS, Norma sobre Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados

صدر في 2011-03-29 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, renewable energy, hydropower generation, transport/storage, authorization/permit, fees/royalties

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  1. Articulo 1~- Declarar improcedente el recurso de mediante Resoluci6n OSINERGMIN N° 025-2011-OS/ reconsideraci6n interpuesto per la empresa -Electroperu CD, en cumplimiento de lo dispuesto per el Articulo 25° SA, contra la Resolucion OSINERGMIN N° 013-2011- del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado OS/CD, en el extreme de precisar que Electroperu SA mediante Decreto Supremo N° 054-2001 -PCM. En dicha no debe participar en la remuneracion del tramo L-22088, resoluci6n se estableci6 un plazo de quince (15) dfas e infundado en todos los demas extremos que contiene, calendarios a fin que los interesados presentaran sus por las razones expuestas en el numeral 2.2 de la parte opiniones y sugerencias al proyecto de norma; considerativa de la presente resolucion. Que, los comentarios y sugerencias presentados al

  2. Articulo 2~- lncorp6rese come parte integrante de la proyecto de norma publicado, han side analizados en presente resoluci6n los lnfonrnes N° 0116-2011-GART y los lnformes N' 0110-2011-GART y N' 121-2011-GART, N° 122-2011-GART. acogiendose aquellos que contribuyen con el objetivo de

  3. Articulo 3°.- La presente Resoluci6n debera ser la norma, correspondiendo aprobar las modificaciones a publicada en el diario oficial El Peruano y consignada la Norma PNG; conjuntamente con los lnformes N° 0116-2011-GART y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, N° 122-2011 -GART en la pagina Web de OSINERGMIN: Ley Marco de los Organismos Reguladores de la lnversi6n www.osinergmin.gob.pe. Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo ALFREDO DAMMERT LIRA N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar Presidente del Consejo Directive el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en la Ley OSINERGMIN N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi come en sus normas modificatorias, complementarias 622059-2 y conexas. 45 SE RESUELVE: Articulo 2~- La presente Resoluci6n debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con los

  4. Articulo 1°.• Aprobar la modificaci6n del literal b) lnforrnes N° 0110-2011-GART y N° 121 -2011-GART en la de los Articulos 5.2, 6.3 y 6.4, y del Artfculo 5.4 de la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. Norma "Precios a Nivel Generaci6n y Mecanismo de Compensaci6n entre Usuarios Regulados", aprobada con ALFREDO DAMMERT LIRA Resoluci6n OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, cuyos Presidente del Consejo Directive textos quedaran redactados de la siguiente manera: "5.2 ... EXPOSICION DE MOTIVOS El Articulo 2go de la Ley N° 28832 cre6 el Precio a Nivel b) Contratos resultantes de Licitaciones.- Por cada Generaci6n para los consumidores finales de electricidad contrato, los precios seran iguales a los Precios de Contrato localizados en el Peru, y que son sujetos a regulaci6n de resultantes de la Licitaci6n informados. El regimen de precios por la energia o potencia que consumen. Asimismo, incentives definido en el Articulo 100 de la Ley N° 28832 (sin estableci6 un mecanismo de compensaci6n entre Usuarios incluir cargos por los peajes unitarios de los sistemas de Reguladosdel SEIN, asociado a dichoprecio.Ambos, el precio transmisi6n correspondientes, ni VAD), solo sera aplicable y el mecanismo se hallan reglamentados por el "Reglamento cuando asf lo disponga la normativa legal vigente. del Mecanismo de Compensaci6n entre los Usuarios Regulados del SEIN", aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM, el cual dispone que OSINERGMIN es el 5.4 Se deterrninara el Precio a Nivel Generaci6n en la Barra encargado de administrar el mecanismo. de Referenda como el promedio ponderado de los precios Al respecto, mediante Resoluci6n OSINERGMIN N° de potencia, de energia en Heras de Punta y de energia en 180-2007-OS/CD se aprob6 la Norma "Precios a Nivel Heras Fuera de Punta, segun corresponda, obtenidos de Generaci6n y Mecanismo de Compensaci6n entre Usuarios acuerdo con el numeral 5.3. El elemento de ponderaci6n sera Regulados·, la cual establece los procedimientos necesarios la potencia y las energias en Heras Punta yen Heras Fuera de para calcular el Precio a Nivel Generaci6n y determinar el Punta facturada por cada contrato a que se refiere el numeral programa de transferencias entre empresas aportantes 5.2 multiplicado por los factores nodales o de perdidas a que y receptoras del mecanismo de compensaci6n, dando se refiere el numeral ~-1 , segun corresponda. cumplimiento a lo dispuesto por el mencionado reglamento. El Precio a Nivel Generaci6n asi obtenido se podra Como resultado del analisis de las sugerencias recibidas ajustar considerando la evoluci6n futura esperada de los de las empresas de distribuci6n electrica como resultado de Precios de los Contratos. la aplicaci6n de la Norma, efectuado en el lnforrne N° 0056- 2011-GART, se concluye en la necesidad de proponer ajustes 6.3 ... en la misma, los cuales consisten en que: i) se modifique el plazo maximo para efectuar transferencias por el Mecanismo de Compensaci6n, y (ii) se adecue el procedimiento de b) Se proyectara, sabre la base de la demanda prevista determinaci6n del monto facturado eficiente. de los Usuarios Regulados, la facturaci6n que efectuaria la Asimismo, conforme se analiza en el lnforme N° 060- Distribuidora a sus Usuarios Regulados por potencia y energia 2011 -GART, se precisa que no corresponde aplicar el factor (sin induir cargos por los peajes unitarios de los sistemas de de incentive a la contrataci6n previsto en la Ley N° 28832 transmisi6n correspondientes, ni VAD), al aplicar los Precios a los contratos firmados como resultado de la "Licilaci6n de Contrato en cada mes, debidamente corregidos de acuerdo Publica Internacional para la entrega de Concesiones con elArticulo 29.1 de la Ley 28832 cuando corresponda. de Suministro de Energia Electrica destinada al Servicio Las tarifasdeenergfa ypotencia aplicables para este calculo Publico de Electricidad" realizada por PROINVERSION seran aquellas obtenidas a partir del promedio ponderado, por en el af\o 2009. Dicha precisi6n se efectua atendiendo al la potencia y energia en Heras Punta yen Heras Fuera Punta numeral 4 del contrato de concesi6n recibido mediante facturadas por el Generador a la Distribuidora multiplicado por Oficio N° 093/2009/JP-ELEC-DAT-PROINVERSl6N. los factores nodales ode perdidas a que se refiere el numeral En ese sentido, mediante Resoluci6n OSI NERGM IN N' ~-1 , de los precios contractuales relacionados con cada 025-2011-OS/CD, se public6 en el diario oficial El Peruano sistema electrico de la distribuidora. el proyecto de resoluci6n que dispone la modificaci6n de Para determinar los cargos por energia y potencia la Norma. de cada opci6n tarifaria, se aplicaran todas las Finalmente, habiendose cumplido los requisites de consideraciones y factores utilizados en la determinaci6n transparencia establecidos en la Ley N' 27838, Ley de de los pliegos tarifarios de venta a Usuarios Regulados. Transparencia y Simplificaci6n de los Procedimientos Regulatoriosde Tarifas, corresponde disponer la publicaci6n de la resoluci6n que aprueba la modificaci6n de la Norma, 6.4 ... con la finalidad de introducir las mejoras necesarias en el proceso de determinaci6n del Precio a Nivel Generaci6n. b) Para cada mes, desde el mes t-5 hasta el mes t-3, 622059-3 se determinara sabre la base de la informaci6n hist6rica la facturaci6n que hubiera efectuado la Distribuidora a sus Usuarios Regulados por potencia y ener~ia (sin Modifican Procedimiento de Inscripci6n incluir cargos por los peajes unitarios de los s1stemas en el Registro de Profesionales Expertos de transmisi6n correspondientes, ni VAD), al aplicar los Precios de Contrato, debidamente corregidos de acuerdo en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes con el Articulo 29.1 de la Ley 28832 cuando corresponda. de Contingencia para Actividades de Las tarifas de energia y potencia aplicables para este calculo seran aquellas obtenidas a partir del promedio Hidrocarburos ponderado, por la potencia y energia en Horas Punta y en Heras Fuera Punta facturada por los Generadores a RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO la Distribuidora multiplicado por los factores nodales o de ORGANISMO SUPERV.ISOR DEL~ INVERSl6N perdidas a que se refiere el numeral 15.1, de los precios EN ENERGIA Y MINERIA contractua les relacionados con cada sistema electrico del OSINERGMIN N° 062-2011-0S/CD distribuidor en el mes correspondiente. Para determinar los cargos por energia y potencia Lima, 29 de marzo de 2011 correspondientes a cada opci6n tarifaria, se aplicarantodas aquellas consideraciones utilizadas en la elaboraci6n de VISTOS: los pliegos tarifarios aplicables a los usuarios regulados. La aplicaci6n de los cargos respectivos a las El memorando N° GFGN/ALGN-305-2011 de la cantidades fisicas agregadas de potencia y energfa Gerencia de Fiscalizaci6n de Gas Natural y el memorando de cada opci6n tarifaria dara como resu ltado el Mento N° 861 -OS-GFHUDPD de la Gerencia de Fiscalizaci6n de Facturado Eficiente." Hidrocarburos Uquidos.

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