Resolución Nº 048/99/CONAM - Crea Grupo Técnico de Bioseguridad
صدر في 1999-07-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- institution, biotechnology, inspection, governance
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Pag.176356 <El'Pttuano Lima, jueves 29 de julio de 1999 Crean Grupo Tecnico de Bioseguridad RESOLUCIONPRESIDENCIAL N" 048·99·CONAM·PCD Lima, 13 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2°de la Ley N° 26410 expresa que el Consejo Nacional del Ambiente tiene porfinalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la Nacion; pag.176357aDJm!!D ~(ptt uan o Lima,jueves 29 de julio de 1999 Que, el Articulo 5°de la Ley N" 27104 de prevencion de los riesgos derivados del uso de la biotecnologia, senala que el Conam, como instancia de coordinacion intersectorial en mate ria de diversidad biologica, promueve a traves del Marco Estruc tural de Gestion Ambiental (MEGA) la coordinacion entre las autoridades sectoriales competentes en asuntos referidos a la seguridad de la biotecnologia; Que, el Articulo 19° del Decreto del Consejo Directivo N° 001-97-CD/CONAM, establece que el Consejo Directivo del Conam podra crear Grupos Tecnicos para la discusion, ana !isis y biisqueda de acuerdos tecnicos y mecanismos que se requieran para hacer operativos los instrumentos de ges tion ambiental; Que, el Articulo 22° inciso a) del Decreto del Consejo Direc tivo N°001-97 -CD/CONAM, establece como mandato del grupo tecnico la elaboracion de propuestas para establecimiento de politicas, planes, programas y actividades intersectoriales; Que, la Resolucion Presidencial N" 021-97 -PCD-CONAM del 12 de mayo, conformo un Subgrupo de Bioseguridad en la Comision Nacional de Diversidad Biologica que se encar go de desarrollar los elementos y criterios cientificos de la leyaprobada; Que, en el marco de 10 antedicho es necesaria la creacion del Grupo Tecnico de Seguridad de la Biotecnologia; Con la visacion del Secretario Ejecutivo; y, De conformidad con 10dispuestoen los Articulos 4°y 6°de la Ley N" 26410; SE RESUELVE: Articulo 1°. Crear el Grupo Tecnico de Bioseguridad con el siguiente mandato: a) Elaborar el Reglamento de la Ley N° 27014 y los regla mentos sectoriales correspondientes. b) Apoyar al Comite Tecnico de Normalizacion del Indecopi en la elaboracion de normas intemas en bioseguridad para empresas, universidades y otras organizaciones involucradas. c) Elaborar la posicion peruana de negociacion para el Protocolo de Bioseguridad. Articulo 2°. Este Grupo Tecnico estara integrado por un representante de las siguientes instituciones: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana HAP, quien actuara como Secretario Tecnico, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia-Concytec. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Instituto del Mar del Peru-Imarpe, Consejo Nacional del Ambiente-Conam, Direccion General de Salud-Digesa, Instituto Nacional de Recursos Naturales-Inrena, Servicio Nacional de Sanidad Agraria-Senasa, Instituto Nacional de Investigacion Agraria-Inia, Universidad Nacional Agraria La Molina, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Federico Villarreal, Sociedad Peruana de Derecho Ambiental; y, Dos representantes de la empresa privada designados por Confederacion de Empresarios e Industriales del Peru-Confiep y la Sociedad Nacional de Industrias-SNI. Podra convocar a instituciones y personas naturales desig nadas por sus cualidades profesionales y personales para mejor cumplimiento de su mandato. Registrese y comuniquese. GONZALO GALDOS JIMENEZ Presidente del Consejo Directivo Consejo Naciona! del Ambiente 9887