Resolución Nº 041/12/AG/DGFFS - Cupo nacional de exportación de caoba para el año 2012
صدر في 2012-05-31 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- Forestry
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- forestry protection measures, timber extraction/logging, international trade, protection of species, forest management/forest conservation, biodiversity
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803373-1 Cupo Nacional de madera de la especie PODER EJEaJTI VO AGRICULTURA Aprueban el Plan Anual de Cepacltacion a Terceros Vinculados a la Inoculdad de los Allmentos Agropecuarlos Primarios y Piensos para el periodo 2012 RESOLUCl6N DIRECTORAL N" 00 57· 2012-AG-5ENASA-OIAIA 15 de junio de 2012 VISTQ: La Resolu<:ioo Je falural N" 253-2011·AG-SENASA de fech a 16 de setembre de 2Q11. Que establece el Progr ama Nacional de Cap acil aci6r1 de te lnocuidad de los alime ntas aqropeccanos prima rios y piensos: y. CQNSIDERANDO: Que . el Arti culo 16° del Decreta Legislativo N" 1062 l ey de Inocuidad de los Alimentos. estable ce qu e el Servcto Naciona l de Sanidad Agrana - SENASA es la Aut ondad Naciona l en Sanidad Agra ria y l iene competence exclusiva en el aspecto tecorcc.normenvc y de vigllancia en materi a de inocuidad de los asrrentos agr opecuarios de produccon y proce samienlo primaria ces nnaoos a! consumo huma ne y pe nscs.de producciOn naaonal 0 elctranJera,y que ejercera sus competenaas contribuyendo a la proteeciOn de ta salud de los coosumidores y prcmoveodo la competJtividad de Ia agricultura Ilacional . a naves de la inooJidad de la pfOdUCCiOn agropecuaria: Que. et Articulo 1° del oeeeic Supremo NO 004 -2011 AG . - Reglamento de .lnooJidad Agroahmentana. seeeie que eete bene como obtetlvo esretsecer dlsposlQOnes para garanblar ta inocuidad de los enrreeros agropecuarios pnmanos. asi como de los pensos. con el prop6slto de proleger Ia vida y Ia sene de las personas. recc-coercc y aseg...-aodo los derechos e etereses de los coosumidores y promoviendo Ia competibvidad de Ia agriCultura nacional: Que. el ArtiClAo 47" del Deaelo Supremo N" 004·2011 AG, - establece que el SENASAY los Gobiemos Regionales y Locales. mantendran comuniCaCiOOestrecha con olras autoridades y asociaaones de coosumidores. coordinaooo y e,el"Ciendoactividades que cooIleven a la proteco6n de la salud de los consumidores; Que . el ArtiaJlo 48" del Decreto SlJpremo N" 004 -2011 AG . - establece que el SEN ASA . los Gobiemos Regioo ales y Locales. desarrol1aran programas decapaCitaCiOn y difus iOn par a forta lece r los sistemas de vigllanaay cont rol de la inocuidad de los ahmentos agrope cuarios pnmarios y piensos, de acuerd o a la identificaciOn de necesidades en la cadena de suministro de estes alimen!os y pien sos , asi como de los oonsumidores. Los prog rama s de capac itaCi6n sanitaria para los manipuladores de ahmentos agropecuarios prima rios y piensos deben ind uir los aspectos relacionad os a los Principios Generales de Higiene y Buen as Practlca s de Prod uCCi6n y Manipulaci6n; Que . mediante Resoluci6n Jefatural NO 253-2011 AG-SENASA, se establece el Prog ram a Nacional de CapaCitaci6n a Terceros VlflCUlados a la. lnocuidad de los Ahmentos Agr0peaJ8rios Pnmarios y Piensos. eI wal se ejeartartl a fIlvet nacional en coordlnaci6n con las autOridades de los GobtemOS Regionales y Locales. Que . de acuerdo a 10 establecido en Ia Resoluci6n .lefalural NO 253-2011-AG-SENASA, son considerados terceros a capaCitar (terceros vineulados): los pfOdudores primaries. procesadores primaries. importadores, elqlOrtadores. dlstnbuidores. profeSlOflales de la pradlC3 pnvada asi como de los gobiemos reglOflales y locales que reallzaran inspec06n de alimentos agropecuanos pnmariOS y piensos, profeSlOf13Iesde los orgal'llsmos de eeruficaci6n e InspecciOn responsables de las actrvidades indicadas. profeSlOnales que reallZan de temlinaaones analibcas de alime ntos agrope<:uariOs primaries y piensos: De cooformidad coo 10dispoesto y. en ejercicio de las facult ades conferidas per el Decrelo Legislativo NO 1062 Ley de lnocuidad de los Alime ntos. Decreto Supremo NO 034 -2008 -AG - Regl ame nto de la Ley de lnocuidad de los Alimen tos , Decreto Supremo N" 004·20 11-AG y per el 1 Reglamento de Organizaci6n y s uocones del SENASA, ep robado mediante Decreto Supremo NO 008-2005-AG; Y modlficatoria; y el visadc de la Subdlr ecaOn de lnocuidad Agroalimentana y de ra oacna de Asesoria Juridica: SE RESUELVE: A rti c ulo 1°. Aprobar er Plan Anual de CapaCitati6n a Terceros Vinwlados a ta tnocuidad de los A1imenlos Agropecuarios Primarios y Piensos para er periodo2012: el que se desarrollara de acuerdo a los Ilfleam.entos establecidos en el Programa Nacional de CapaCitati6n a Teroeros Vroculados a Ia lnocuidad de los A1menlOS AgropecuariOS y Piensos. aprobado mediante Resoluei6n .lefatural N" 253-2011-AG-SENASA, Articulo ZO.- Para er penodo 2012 , las Direa:iones Ejecuhvas del SENA$A. COOIl1inaran con sus Terceros VlflCUlados a ta lnoaJidad de los A1imenlos AgropeQl8rios Primaries y Piensos para que etecu ten Ia capaCitaei6n en su resped: iva jurisdiCtiOn temtonat, segun el anexo que forma parte de la presente ResolutiOn. que sera pubticado en el portal institutional del SENASA (WNW senasa gob pel . Articulo 3°. EI presupuesto utilizado en la capaCitaci6n para el periodo 2012. sera et establedclo en el Plan Operative Anu al 2012 . en 10que correspcnde at Proyecto de Inversion Publica SNIP : 60506 ' Fortalec rmentc del Sistema de ta Inocu idad Ag roalime ntaria de Proouccen y Procesamient o pnmano". Articulo 4°, Aquellos invcloc-adcs en alquna de las etece e de la caoena aqrcanmentana pnmana y que no se enccentren dentro de l alcance de 10 toncecc en los Articulos 2" y 3° de la presente Resoluci6n, pod ran sorcnar al SENASA ser cececteoce score Inocui dad de los Alimentos Aqropecuarios Primaries y Psensos. Dich as solici tudes podran ser e,ecutad as per SENASA, aempre que no se mcorra en gastos adltiona les a 10establecido en su Plan Operativo Anu a120t2. Registrese. comonlquese y pubti quese, CARLOS CABAlLERO SOLIS Director Genefal ~ de Insumos AgropecuariOS e lnocuidad Agrolimentaria Aprueban el Exportacton de caoba 2012 RESOLUCl6N DE OlR ECCIQN G ENERA L N° 04 1-2012-AG- DG FFS lima , 31 de mayo de 2012 VIS TO : El lnforme N° 1737-2012 -AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 29 de mayo de 2012. el cual recomienda aprobar el Cupo Naei onal de Exp orta ci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla King) 20 12: CONSIDERANDO: Que , de coofonnidad con el articulo 66° de la ConstitutiOn PoIihca del PerU, los recursos naturales renovables y no renovables. son patrimonio de la NatiOn, el Estado es sobefano en su apro vech afflle nto: y. per Ley Organica se lijan .Ias condiCiOOeS para su utilizaciOn y otorgamlMto a partiaJlares. En coooordanoa con ello , se eocuentra previsto eo su artiaJlo 67" que el Estado detemlina Ia politiea naCional del ambient e y promueve el usa soslenrble de sus recursos naturales: Que. la Ley N" 29376, en su articulo 2", da luena de Ley y reslituye el teldo de la Ley N"27308. Ley Forestal y de Fauna S.vestre. sus modificatonas y derMS normas complemenlarias, y resb luye su Reglamento aprobado pol" el Decreto Supremo NO 014-2001-AG. A$lrTlIsmo en su artiaJlo 4° precisa que las funciones otorgadas par Ia Ley N" 27308, al que lue el lnsti!uto Naaonal de Reo.JrsDS Naturales (INRE NA). son ejertidas ~ el Mlnisterio de AgriaJltura y los Gobiemos Reg ionales de ntro de l marco de sus competencias: Que . med iante Decreto Ley N" 21080 del 21 de enero de 1975. el PerU aprobO la SUSOlpci6 n de la ConvenaO n REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL para er comerce Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora snvestre-crtas. cuyo cbjehvo pnncipal es ra ecoeeveconv ulihzaci6n sostenee de las especi es de fauna 'I flora savestre incluidas en los ApendiceS de dicha convenciOn contra su explolaciOn excesrva a na ves del corercc inlemaciooal: Que, el artlOJlo 120 del Reglamemo para la Implemen la06n de la Convenci6n sabre el ccmecc Intem aciona l de Especies Arrenazadas de Fa~a y Flora Silvestre (CITES) en eI Peru", aprobad o por Deaeto Supremo N" 030-2 00S-AG modificado por Deaeto Supremo NO 001 -2OO8-MINAM . estaeece que eI Mlnl$leno de AgnwttlJ"B es IaAuloricladAdminislraliva CITES · PerU para los esceerreoes de las especes de fauna 'J flora Sllvestres InclUldos en los ApendteeS I. II 0 III de la Convenci6n. que se reproducen en tierra incIuyendo toea la C1aseAnfibia 'I la flora ecoaece emergente: Que. el artiwlo 23" del rrerccoecc Reglamemo dispone que las Auloriclades Adminislr al ivas y Cienl ilicas CITES-Peril es tetseceran OJPOS anuales de expcrtacen. entencliendose como tales a ta cantidad maxima de especlmenes de las especes induiclas en los Apendices de ta Convenci6n que pueden exportarse: Que , e! literal m) del articulo 58" del Reglamento de OrganizaciOn y sunoones del Ministeli o de Agricult ura aprobad o par el Decrelo Supremo N" 031-2008- AG, establece que la DirecciOn General Forestal y de Fauna Silvestre, tene como hmc on ejercer la Autoridad Aommrstrauva de la ccnvencion score er Comerdo Interna cional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES; Que, med iante Resoluci6n Jefatueal N' 075-2008 INRENA, de fed1a 18 de marzc de 2008, se aprueba los parcentajes de rendimiento para la espeoe caoba (Swielenia macrophy lla King), siendo los siguienle i) coescente de perdida par defedos de oligen nalural del art>ol en pie a madera fOlliza en b'ozas igual al 29%: ii) Coelioenle de 2 reonmeruode madera ronza a madera ase rrada para lodo uso igual aI52%; Oue.ta Resolucien Conf . 14.7 (Rev . CoP 1S) refend a a ta e esucn de Cupos de Exportacicn Esta blecidos Nacicne fmente. se enu meran vanes plincipio s generales scbre er establec imiento y la ges ti6n de los cupcs aooeies de exportaciOn a escera nacional en el marco de Ia CITES. En los numerales 9 y 10 de la menconaea ResoluCiOn indican que el penccc de vigenCia del cupo de exportaci6n . en ta med icla de 10 pos ible , deberia ser un allo Civil tee decir . de l 1 de enero al 31 de diciembre), asimismo senaran que su estatsecrwent c debe ser resultad o de un dictamen score extracciones no perjudiCiales del med ia sev estre lorm ulado por una AutOOdad Cientifica . de conlorm idad con er parrafo 2 a) del Articulo III 0 el panafo 2 a) del Art iculo IV de la Convenci6n. de manera que se garantice que la eecece se manl iene en tOOa su area de distriboCi6n a un nivel compatibl e con su fun CiOn en er ecos eiema en que ocerre . en virtu d del parraro 3 del Articulo IV: Que , roeoente Decreto Supremo N"019-2010-AG. se define las acciones y rcrteece los meeanismos de artiw laciOneoue la AUloridad Administrahva CITES-Peru y ta AUloridad crentmca CITES-Peru para ta determinaciOn e implementaciOn del Cupo Naciona l de ExportaciOn de 18 especie Swietenia macrophylla KillQ (caoba), comprendida en e! Apendi ce II de la CITES; Que, mediante los infonnes de tecocos N" 2964-2011 AG-DGFF5-DGEFFS, 2963-2011-AG--DGFF5-DGEFFS, 2704-2011-AG-DGFF5-DGEFFS, 2755-2Ql1-AG--DGFFS DGEFFS, 2678-2Ql1-AG-DGFF5-DGEFFS, 2753-AG DGFFs.oGEFFS y 2754-2011-AG-.DGFF5-DGEFFS, se dan a conooer los resultados de las verificacionesde campo reaszaoas par la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre en calidad de Autoridad Administrabva CITE5-Pen.i para coroecer la existencia de los arboles de Swletenia macrophy1la Kng (caoba) dedarados en los POA.: 3 Que. mediante Oficios W 765-20 11-AG DGFFS(OGEFFS), 790-2011-AG-DGFFS-DGEFFS, 815-2011-AG-DGFF S(DGEFFS) v 866-2011-AG DGFFS(OGE FFS), ra Direcci6 n General Forestal y de Fauna Silves tre en cauoao de Autoridad Admin istrativa CITES-Peril remite 105 informes de vermcacon de campo senaraoas en er considerando anteri or a ta eutonoao Cienlifica CITES·Peru en cumplim ienlo al arti culo 3° del Decreto Supremo N° 0 1 9~2010-AG . Que. mediante Oficio N"04 1-2012-0GDB-OVMOERNI MINAM, de fecha 15 de febrero de 2012 , la Autoridad Cientifica CITES-Peru remmc a ta Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre de! M inisle rio de Agr icul lu ra e! Dictamen de Exlracci6n No Perjudicial de las pobtacones de S.....e tema macrophylla King (caobaj para e\ cuoo naconatde exportaci6n 201 2 . Que, en dicho documento se senate que cespues de reveeoe y anauzaoa ra informacion pmporconada cor la mreccon General Forestal y de Fauna Silvestre respecto a las 06 concesiones forestales maderables, que se encuentran propuestos para er cupo naccnal de exportacicn anuatde caoba2012. se concluye. entre enos. que el numerc de arboles aprovechab1es en los planes operat ivos anuaes de los utcra res de aprcvecnamiento forestal es de 104 arboles, esta can tidad estar ta por debajo de los rangos recomendados en el esludio de las pcblacones de cecce (Swietenia macrophylla King) en el Peru : astmlsmo recomienda entre ctros. que er cope nacional de exportaci6n de cecba (Swietenia macrophylla King ) 2012 se establezca considerando basta 104 arboles aprovecnables: Que, el lnforme N° 1737-2012-AG-OGFFS-DGEFFS de fecha 29 de mayo de 2012 , reccrraenda : i) Ccnsiderar para e! establecmiento del c oco Nacional de Exportaci6n de caoba 2012105 07 Planes Operativos Anuales que han side verificados por la Oirecci6 n General Foresta l y de Fauna Silves tre en caudae de Autoridad Administ rativa CITES~ Peru v aprobad os per el Programa Regional de Manej o Forestal v de Fauna Silvestre del Gobiemo Regional de Madre de nee : ii) e! cupo nacicnsrde exoortacicn de caoba (Swie tema macrophylla) 2012 se encuentre consunaoo per 104 arboles de corocron aprovecnabie. provenientes de los siete (07) Planes Opera tivos Anuales consignados en et cuaorc N° 4 Y 5 del informe en mencco: iii) segun la Resclucon Conf 14.7 (Rev. CoP15), el cer tcdc de vigencia para el cupo naciona\ de exportecic n de caoba 2012 debe ser de unaro:y, Iv) los porceraejesde reronra eoto utnzaoos para erestabiecmeruc de! cuoo nacionatde expcrtacion de caoba 2012, son los establec dos en la Resoluci6n Jefatural W 075-200B~INRENA (Factor de Peroioa por Defecto igual a 29% y ccenceme de Rendsmentc igual a 52%): En usc de las facultades conferidas por el lile ral m) del art iculo 58° del Reglam ento de Organizaci6n vPuocores del Ministe rio deAgricultura, aoronacc por nee-etc Supremo N° 031-2008- AG, SE RESUELVE: Articulo 1°, Aprobar el Cupo Naclonat de Exportaci6n de made ra de ta espece caooa (S.....ietenia macrophylla) 2012, el cual esta compuesto por un total de 104 arboles provenientes de los planes operatives anuales delallados en e! An-exo N° 1 de la presente Rescluc on. Articulo 2°. Los coeficientes de rendimiento de made ra rolliza a made ra aserrada utilizados para la gesl i6n de! presente cupo son las establecidas en ta Resolu ci6n Jefatural N° 075-2008-INRENA de techa 18 de marzo de 2008. Art iculo 3°,· EI prazo de vigencia para la exporta c on de! cupo a que se renere et articulo 1° de la presente Resolucion. sera de un anc calendario conlado a partir del era siguien te de au publicaci6n en et Diane Oficial EI Peruan o. Registrese, comuniquese y publfquese. SILVIA VELASQUEZ SILVA Directora General Forestal y de Fauna Silvestre ( e) ., , I Cupo Nacional de Exportation de Caoba 2012 II T ~ ~. . r .. ~ ~ I I ~ . • Vol"", .n ."11I' Vol...... ":" .":''' IprtlftCMbI.s do (rlClabl • .,. vor...n Fu.. III' (rl tlobi mJ (11Id"1.... I I ~ Titular N' ell ConIrIlO ~"" ... Clob.(...... lnlotm, d, Clobll (11% do COIl., ...1\dI",1f1llO dol .."B....dOnIII compo .. rtiklci<lnlID" II III ...... onlrou) mid. Roll!.. I m.d. do" DGFFSI "''' "'",dll 52'ItEmpte'. l / -TNiiC-J-O.I G-W, C"",oM.d<> 11·1AHK:-J-O.I1;J2 t 2OO!J.2010 s l U l l 31LJ1I 16916 C~"I1>cnaq"1 1 7-T,t,HiC-J-O'~2sc Empr",. l/-TAHiC-J4lo-<:l;/, Con ,oM•.., 1I·1,t,HK:-J4l1-lJ2 • 20 1(l.2U' 1 , 4O .T~9 28.513 1' .821ClRJllochaQui 17·T,t,H,c -J-O's.<l2 ~. Em pre,a . 1 , Proo , 1/ ·T"" iC-J-02s.<J' • 2011 201, • 85.1:163 1;1)00 3 31 /0 1Fo,." . I• • Ibe';" ~ Emp".. mad, ,"ra, """"''''01 11·T,t,H(:-J-O I~:/ , .011-;'(1 1, , 68660 ~ .I S ) 2~. )'2 "at>.~ta Si\C (,"'-INI S/<CI Emp""a MaooreraR,o, .~ ' 1·1AHK:-J.OO1 '{]2 '" 2011·201, " 20S.t3lJ 1 ~5 .991 15916(M'DER.I>I:; RE ~ Emp'... Mod.",,, Rio • Ya",," ja SJC 17·TAtliC.J-004-2 • 2011·2(11, " 657.32' '66100 2' 2.66-4lW{)cRYJA ~ 1/.TAHiC-J-04 1-lJ:/ Emp" .. 1/ ·1Ni/C.j.Q' M2, Co",oIklodo lI·TAH/C.J.I)«..o, , ,O l l ~ l , " "'( .81)l1 16(;11( 8669 1ObrorHJ DSJIC " 11 1.o.HIC-J.Ql1..o, 11-T.o.HIC-J-009..QJ ,~, 10' 1).(l.6SI 9~.O17 (9US9 " """""" w !M<e" "'""""" Ov.JIo<!>lq.>SRl, f<>' ..... 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