Resolución Nº 036/10/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de flores frescas de ranúnculo procedentes de Chile
صدر في 2010-07-27 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, floriculture, international trade, plant production
- الفئات
- *, agriculture
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
Sistema Peruano de Informacion Juridica Establecen requisitos fitosanitarios para la importaci6n de flores frescas cortadas de ranuncufo de origen y procedencia Chile RESOLUCION DIRECTORAL N° 37-2010·AG-5ENASA·DSV La Molina. 27 de julio de 2010 VISTO: EI Informe N° 032-201G-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 31 de mayo de 2010, el cual busca establecer los requisites fitosanitarios para la importaci6n de flores frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) de origen y procedencia Chile; y. CONSIDERANDO Que, conforme al Decreta Leqislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pals como Importacion. transite internacional 0 cualquier otro regimen aduenero. de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benefices, matertates de empaque, embalaje y acondlclonamfento. cualquter otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades, asi cano los medios utilizados para transportarlos. se euietaran a las dispcsiciones que establezca, en e! ambito de su competencla. la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA publicara los requisites fito y zoosanitarios en el Diario Oficial EI Peruano y se notlflcaran a la Orqanizacicn Mundial del Comercio; Que, ante el Interes en importar al pais floras frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) procedente de Chile; la Subdirecci6n de Anatlsls de Riesgo y Vigilancia Fltosanlterla de la Direcci6n de Sanidad Vegetal del SENASA, inici6 el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisites tltosanltartos para la lmportaclon del menctonado producto: Que, como resultado de dicho estudio la Subdlreccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisites fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenartas: Paqina 2 Sistema Peruano de Informacion Juridica De ccnformidad con 10 dispuesto en e! Decreta Legislativo N° 1059, e! Decreta Supremo N° 018-2008-AG, el Decreta Supremo N° 032-2003-AG, el Decreta Supremo N° 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV Y con el vista buena de la Directora General de Asesoria Juridica: SE RESUELVE Articulo umco.. Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de flares frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera: 1. Que el envto cuente con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emi1ido par el SENASA, obtenido per el importador 0 interesado, previo a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2. EI env!o debera venir acompanado de un Certificadc Fttoeanttano oflcial del pars de origen. 3. Los productos estaran contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspecci6n fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Dtreccton de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Aqraria Paqina 3