Resolución Nº 033-2016-EF ─ Reglamento Operativo del Programa de Garantías en favor de las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) - PROMIPYME
صدر في 2016-02-03 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- institution, fiscal and market measures, business/industry/corporations, special fund, subsidy/incentive, credit, non-governmental entity, governance
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577132 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2016 / El Peruano y Finanzas a suscribir un contrato de fideicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE); Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 060-2015- EF, modificado por el Decreto Supremo N° 345-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME, dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión favorable previa del Ministerio de la Producción, se aprobarán los reglamentos operativos del Fondo MIPYME, así como sus modificaciones; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamento del Fondo MIPYME, antes referido, dicho fondo cuenta con un Grupo de Trabajo, denominado Comité de Dirección, que promueve y asegura el cumplimiento de las políticas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo, para lo cual ejerce las funciones de dirección, supervisión y evaluación de los instrumentos financieros y no financieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME en el país, cuya Secretaría Técnica está a cargo de COFIDE; Que, igualmente, el literal e) del artículo 7 del Reglamento del Fondo MIPYME dispone que es función del Comité de Dirección pre aprobar los reglamentos operativos de los instrumentos, propuestos por la Secretaría Técnica o por operadores de los instrumentos de servicios no financieros, los cuales deben contener los términos, condiciones, características, requisitos, niveles de riesgo, entre Aprueban Reglamento Operativo del otros; para su presentación al Ministerio de Economía Programa de Garantías en favor de las y Finanzas; en ese sentido, a través de la Carta CF- 09619-2015/GIIF, recibida el 29 de diciembre de MIPYME – PROMIPYME 2015, COFIDE, en su calidad de Secretaría Técnica del Fondo MIPYME, remite a este Ministerio el Acta RESOLUCIÓN MINISTERIAL de Sesión N° 10 del Comité de Dirección del Fondo Nº 033-2016-EF/15 MIPYME, del 23 de diciembre de 2015, que aprobó la propuesta de Reglamento Operativo del Programa de Lima, 3 de febrero de 2016 Garantía en favor de las MIPYME - PROMIPYME, que cuenta con la opinión favorable de la Dirección General VISTO: de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, El Informe N° 005-2016-EF/65.01 de la Dirección sustentada en el Informe N° 042-2015-PRODUCE/ General de Mercados Financieros y Previsional DVMYPE-I/DIGEDEPRO, del 22 de diciembre de 2015; Privado del Despacho Viceministerial de Economía del Que, de igual modo, se ha verificado que el referido Ministerio de Economía y Finanzas, del 15 de enero de Reglamento Operativo propuesto por el Comité de 2016 y el Informe N° 042-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/ Dirección del Fondo MIPYME contiene los términos, DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo condiciones, características, y requisitos, conforme lo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e exige el precitado literal e) del artículo 7 del Reglamento Industria del Ministerio de la Producción, del 22 de del Fondo MIPYME; diciembre de 2015; el Acta de Sesión N° 10 del Comité Que, por consiguiente, resulta pertinente aprobar el de Dirección del Fondo MIPYME, del 23 de diciembre de Reglamento Operativo del Programa de Garantías en 2015; y la Carta CF-09619-2015/GIIF de la Corporación favor de las MIPYME - PROMIPYME; Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), recibida el 29 de De conformidad con el Decreto Legislativo N° 183, diciembre de 2015; Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y modificatorias, la Ley N° 30230, Ley que establece CONSIDERANDO: medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión Que, el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley en el país, modificada por el Decreto Legislativo N° 1223, N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, Decreto Legislativo que fortalece el Fondo MIPYME, y simplificación de procedimientos y permisos para la el Decreto Supremo N° 060-2015-EF, modificado por promoción y dinamización de la inversión en el país, el Decreto Supremo N° 345-2015-EF, que aprueba el modificada por el Decreto Legislativo N° 1223, Decreto Reglamento del Fondo MIPYME; Legislativo que fortalece el Fondo MIPYME, creó el Fondo MIPYME por un monto de hasta S/ 600 000 000,00 SE RESUELVE: (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), de los cuales S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Operativo del 00/100 SOLES) tendrán por objeto financiar fondos de Programa de Garantías en favor de las MIPYME - garantía o afianzamiento para empresas del sistema PROMIPYME, que consta de diecinueve (19) artículos, financiero o mercado de valores, y para participar en el y una disposición complementaria final; el mismo que en financiamiento de fondos orientados a la adquisición de anexo forma parte integrante de la presente resolución facturas conformadas y negociables emitidas por las ministerial. MIPYME a través de empresas del sistema financiero o del Artículo 2.- El anexo de la presente resolución mercado de valores, a través de instrumentos de servicios ministerial se publica en los portales institucionales del financieros; y S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y Y 00/100 SOLES) serán destinados a incrementar la del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), productividad de las MIPYME a través de instrumentos en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El para difusión tecnológica, innovación empresarial y Peruano de la resolución ministerial. mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios Regístrese, comuníquese y publíquese. no financieros con entidades públicas o privadas; Que, por medio del artículo 31 de la referida Ley ALONSO SEGURA VASI N° 30230, para la administración del Fondo MIPYME Ministro de Economía y Finanzas se autorizó a la Dirección General de Tesoro Público y Endeudamiento (DGETP) del Ministerio de Economía 1341514-3