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قوانين بيرو

Resolución Nº 030-2012-OS ─ Obtención de certificados de inspección a fin de mantener o cancelar la inscripción en el Registro de Hidrocarburos de agentes con actividades en la industria del gas natural

صدر في 2012-02-23 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
institution, registration, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, authorization/permit, offences/penalties, natural gas, non-governmental entity, governance
الفئات
energy

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  1. 13 emp resas solicitantes del servrco. lncruyeooc et pago de integrante de ta pre sen te resorucron . sustentaoo en los los veucoe: Informes No. 073-2012· MTC f12 .04 y No . 037 ·2012· Que . dichas solicitudes ha n side calificadas y MTCI12.04 . apro badas per ra Direccicn de Seguridad Aeronautrca Articul o 2,- Los gastos Que dem anden los viaje s de la Direcci6n General de Aeronauuca Civ il de l autorizados precedentemen te, han sido integ rame nte M inisterio de Transportes y Ccmumcacicnes , conforme cub iertos por las empresas Serv icios Ae reos de los Andes a 10 senata co po r et 'texto uorcc de Procedim ientos SAC. y AEROLIFT SAC., a traves de los Recibos de Aormnrstrauvos del ctacc Mmis tenc. segun se Acotaci6n que se oetanan en el anexo que forma parte de sprende de las resp ecti vas 6rdenes de In specci6n integrante de la presente resoluci6n, abonado s a la Oficina y refer idas en los lnformes No. 073-201 2-MTC f12 .04 y de Finanzas de la Oficina General de Adm inistracion del No . 037 -20 12-M TC /12 .04 de ra Dtreccron General de M inisterio de Transportes y ccrounceccnee. incluyendo Ae ronaunca Civi l; la asignaci6n por concepto de vienccs. De conformidad con 10 dispuesto par la Ley No. 27261 , Articulo 3.- Conforme a 10 dispue sto por el articu lo Ley No. 27619 . Ley No. 29812 . Decreto Supremo No. 10 del Decreto Supremo No. 047-200 2-PCM, los 047-2002-PC M y estando a 10 informado por ta Dtrecccn Inspectores mencionados en ta presente Resclucion General de Aeronaunca Civil ; M inisterial , denlro de los quince (15) dtas calendario siquientes de erectueoos los viajes. deberan presenter SE RESUE LVE: un lnrorrre al Despacho M inisterial, con ccpia a ta oncroe General de Administracion del Mini sterio de Transporles y Articul o 1.- Auto riza r los viajes de los seriores Comunicaciones, describiendo las acciones realizad as y Mauro Humberto Jose Lolli Del Cas tillo y Manuel los resultados obtenidos duran te los viajes autorizados Bernardo Salmer6n Indacochea , Inspectores de la Art icul o 4 - La presents Resoluci6n Ministerial no dara Direcci6n General de Aeronauuca Ci vil del M inister io derecho a exorerac cn 0 liberaci6nde impuestos 0 derechos de Tra nsportes y Ccmunicactones. que se efectuaran eouaneros. cuaquerafuera su erase 0 derommacon. del1 3 at 16 de marzo , a ta ciudad de Dal las , Estados Unidos de A merica y del 16 al 23 de marzo de 2012 a Registrese , comuniquese y pubuquese . la ciuda d de Rcstov, Fede raci6n de Rusi a , de acuerdo CARLOS PAREDES RODR IGUEZ con er ceteue consignado e n et anexc que form a part e Ministro de Transportes y Comun icaciones DlRECCION GENERAL DE AEIIONAUT'CA CNl. DEL PERU (()GAel Revi. i6rl: Original FliCfIlt 301)11.10

  2. RELAtIONDE VIAJES PeR CO~ N DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECC ION GE"IERAl DE AEIIONA UTlCACNl. ESTABLECIOOS ENEl TEICTO UNICO DE PROCEDIMENTOS AOIolN ISTRATrvOS DEL ~ISTERIO DE l'AA NSPORTES YCOt,llJNlCACIONES •D1RECC IONGENERAL DE AEIIO NA lITlCACNIl•COI.JIRE NOIOOS l OS OIAS ORDEN INSPECCION ~ ... DEl13Al23 DE MARZO DE ~, 2YSlISTtNTAOO EN lOS INFORI,£S ~ O3HO' 2./dTC112 Il4 Y~ 07H012-MTC/12 (M INICIO "" VIATICOS (USI) SOU:ITA NTE INSPECTO R CIUOAO DETA LlE REC IlOS DE ACOTACION th. ... So",i:>:Js LoIi 001Cado. Ct-eq""" do re1resco "o ~ ""'dor 3 72 ·~1 2 · 16,"" A;ireoo de ". >0, devuolodolequ~AS· 35/l, I .. MTC!12G4 13-""', US$ WlOO ArlIie, SAC ",oro fl\o"to"l0 SaI"",Oo '" pe~IO. f","""",, C"-quooIl<""'" In<ial"" 17OS-177~ 373-20'2· MTC!12 C>l 16·""" 23-"" "" 1,82000 AEROl FT '" l<><llcocl>Jo. ","""IBoma'do e_ RusU .....,..dorclo""'b<loI_Ml, n o "" personalaeronaut'::" 1505-1500 759696 -2 CONSIDERANDO: ORCANISMOS REGULADORES Que, de acuerdo a 10 establecdo en er literal c) del articulo 3" de ta Ley N° 27332 . Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversi6n Privada en los ORGANISMO SUPERVISOR Services Pcbncos. la funcionnormsuva de los Organismos Requladcres. entre enos. OSINERGMIN, comprende ta DE IA INVERSION EN facultad exclusive de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su competencia , los reglamentos de los proceoimientos a su cargo y otras normas de caracter ENERGIA Y MINERIA genera l; Que, sequn 10 dispuesto en el articulo 22" del Dictan disposiciones para la obtencicn Reglamento General de OSINE RGMIN aprobado mediante nee-ere Supremo N° 054-2001-PC M. ra funci6n pertodica 0 a1 termino de actividades. normat iva de ceracter ge neral es ejercida de manera de Certificados de Inspeccion 0 exclusiva par el Consejo Directivo de OSINERG MIN a Supervision. por parte de agentes que traves de reecroccoes: Que. el articulo 1° del Decreta Supremo N° 004-201 Q. desanollan actividades en la industria EM a traves del cual se transnere a OSI NERGMIN el del gas natural. a fin de mantener 0 Registro de Hidrocarbu rcs , senaia que etctaoo organismo es el encarg ado de administrar, regular y simplificar er cancelar su Inscrtpcten en el Registro Regislro de Hdrocarburcs: de Hidrocarburos Que. at respecto . mediante Resclucion de RESOLU CI6N DE CONSEJO DIRE CTIVO cerencre General N° 136-2011-0SIGG se aprob6 ta ORGANISMD SUPERVISOR DE LA ' Estrateqia para 1a Implementaci6n de Mejoras en los INVER SI6N EN ENERGi A Y M1NERiA proced imientos vinculados al Registro de Hidrocarburos OSINERGM IN N° 030-2012-0 S-eD del OS INERGM IN" ta coer fue dividida en tres etapas ta primera de elias estuvo dirigida a cesarroua r propuest as lima, 23 de rebrero de 2012 para la optimizaci6n de los requisitos establecidos en los proceoimientos administra tivos vqentes destinados a ta VISTO: inscripcion y modificaci6n del Regislro de Hidrccarburos EI Memorando NO GFGNIALG N-109-201 2 de ra del OSINERGM IN, asi como a la obtenci6n de los Informes Gerencia de Fiscaliz aci6n de Gas Nalural. 'recmcos Favorables u Opiniones 'r ecmcas Favorables

  3. 14 requeroos para ere: ta segunda etapa estuvo dirigida a Gene ral de OSINERGMI N, aprobado pot Dec-etc optimiza r los procedimientos administrativos vinculados Sup remo N° 054·2001 ·PC M, el 22 de enero de 2012 el al Registr o de Hid rocarburos del OSINERGMIN y OSI NERGMIN prepublic6, el proyecto de resoluci6n de los mtormes u opiniones tecnrcas que correspondan . Consejo Directivo que aprueba las ' Disposiciones para y per ultimo, como tercera etapa de la estrategia, se la presentacicn de certificado s para el mantenimiento y estableci6 regular la permanencia y salida del Registro cancelaci6n del Registro de Hidrocarburos de los agentes de Hdrcca rburos. qarantizando que los agentes inscritos que oeserrouan actividades vinculadas a la industria cumptan con los requisite s necesarros para conunuar 0 del gas natural", con el objeto de recbir los aportes y cesar sus operacion es: comentarios del publico en general, los mismos que han Que, en dicha linea , en cumplimien to de la primera side evaluados para la elaboraci6n de la presente norma; etapa, mediante Resctucic n de Consejo Directivo N° Que, de acuerdo a 10 dispuestc en e! articulo 3° 126·2011·0StCD se dispuso modificar los requisitos del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por selia lados en el considerando precedente. para 10 cual Decreto Supremo N° 004-2008-PCM , las entidades de se tuvo en consioeracion . entre enos. er exigir requisites la Acmnrstraccn Publica se encuentran obligadas a que guarden reracron directa con la normativa tecnce y de publicar en er Portal del Estado Peruano y en sus Portales seguridad materia de supervision porel OSINERGMIN; Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que Que, astmismo, en cumplimiento de ta segunda aprueben duectivas . lineamientos 0 reglamentos tecmcos etapa antes indicaoa. a traves de ra Reseluci6n de score procedim ientos administrativos contenidos en et Consejo Directivo NO 191·2011·0SICD se aprob6 el TUPA de la entidad, 0 relacionados con la apticaci6n de nuevo Reglamento del Registro de Hidrocarburos, el sanciones administrativas; mismo que en er Anexo N° 3 regula ra parte escecmce Que, de ctrc lade. erarticulo 9" del nee-etc Supremo N° ccrrespondiente a la cereocre de Fiscahzacicn de Gas 001-2009- JUS, estaoece que en er caso de ta cccncecon Natura!, depomendose que para la inscripci6n en el de normae legales que tengan anexos, se publicara en referido Reqistro. las Plantas de Prccesamiento de Gas er Diario Oficial EI Peruano solamente ra correspcndente Natural, Plantas de Petroquimica aesce . as! como de las norma aprobatoria. dispcmen dose en la misma que er instalaciones y establecimiento s de Gas Natural Vehicular Anexo se pubucara median te el Portal Electr6n ico de - G NV, Gas Natural Compr imido - GNC Y Gas Natural la entidad emisora en la misma fecha de la publicaci6n ucuetactaoo - GNL y menos de r renecote de GNC oficiaf: y GNL ce oeran presentar cernececcs de Inspecci6n De conrormoad con 10 eetemecoc en el literal c) y Certificados de Supervisi6n emitidos por Empresas del articulo 3° de la Ley N° 27332 - Ley Marco de los Supervisoras de Nivel A o B, 0 por Empresas socervtscree Organismos Reguladores de ta Inversion Privada en de lnstatacones de GNV, GNC y GNL (ESI), sequn los Servicios Pcoucos y en los artrcnos 22° y 25° del correspo nda; Reg lamento General de OSINERGM IN aprobado por Que, dichos Certificados de Supervisi6n y de Decreto Supremo N° 054-2001- PCM; lnsce cclon ccnstituyen mstrumentcs comp lementarios a Con ra opini6n favorable de la Gerencia Genera l, de la supervisi6n que realiza nuestro organismo que permiten la Gerencia legal y de fa Gerencia de Fiscahzacicn de acreditar que las instalaciones, establecimientos y medios Gas Natural. de transporte e n los cuales se desarrollan actividades vincuraoas a la industria del gas natural, que tienen como SE RESUELVE: requisito para operar la inscr ipci6n en el Regist ro de Hidrocarburos, cumplen con la normauvoao tecmca y de Arti cul o 1°._ Disponer que los titulares de Plantas de seguridad vc ente: Procesamiento de Gas Natural y Plantas de Petrcqulmica Que, en ese orden de ideas, teniendo en cuenta Baaica. los titularesde las instalaciones a establecimientos que a la tecna. dichos certificados son requeridos para en los cuales se desarrollan actividades de Gas Natural acceder at Registro de Ho rocarburos : y que, durante la Vehicular - G NV, Gas Natural Comprimido - GNC, Gas operaci6n y cese de acnvtcaoes no exrste un instrume nto Natural ucoerecteoc - GNL. as! como los titulares de que perrnita acreditar et cumplimiento de los dispositvos Medios de Transporte de GNC y GNLYde Unidades M6viles tecmcos y de seg uridad vigentes ; en cumplim iento de la de GNC-GNL, deberan obtener de manera peri6dica un terce ra etapa de ra "Estrateqia para la Imp1ementaci6n cernncecc de Inspecci6n a Cert ificado de Supervision de Mejoras en los procedimi entos vinculados al Registro que acredite que dichas instalaciones, establecimientos de Hidrocarburos del OSINERGMIN", se ha considerado a medias de transporte cumplen con la normativ a tecnica necesario regular la permanencia y salida del Registro y de seguridad vigente en el subsector hkirocarburos, de Hidrocarburos de OSINERGMIN de los agentes que de acue rdo al cronograma que establezca la Gerencia desarrollan actividades en la industria del gas natural, Gene ral a propuesta de la Gerencia de Fiscalizaci6n de para de esta manera garantizar que estos cumplan con Gas Natural: ello, a flO de mantener vigente su inscripci6n los requisitos necesarios para continuar yto cesar sus en el Registro de Hidrocarburos, operaciones ; Arti cul o :ZO.- Disponer que los titulares de Plantas de Que, en ese sentido , con la fmalidad de veriflcar que Procesamiento de Gas Natural y Plantas de Petroquimica las instalaciones, establec imientos y medios de transporte Basica, los titulares de las instalaciones a establecimientos en los cuales se desarrollan las citadas actividades en los cuales se desarrollan actividades de Gas Natural mant ienen las condiciones tecnicas y de seg uridad por Vehicular - G NV, Gas Natural Comprimido - GNC, Gas las que se les otorgaron los correspondientes Certificados Natural licuefactado - GNL, asl como los titulares de de Supervision e Inspeccion, resulta necesar io requeri rles Medio s de Transporte de GNC y GNL Y de Unidades la presentacion periOdica de! correspondiente Certificado M6viles de GNC-GNL, que deseen dar par terminadas de Inspecci6n 0 Certifrcado de Supervisi6n , de acuerdo sus actividades y cancelar su inscripci6 n en el Registro al cronograma que estable zca la Gerencia General de Hidrocarburos, deberan obtener un Certificado de a propuesta de la Gerencia de Fiscal izaci6n de Gas Inspecci6n 0 Cerliflcado de Supervisi6n que acredite Natura!; que el termino de actividades en dichas instalaciones , Que asi mismo, los titulares de las actividades establecimientos 0 medios de transporte no genera vinculadas a la industria del gas natural ser'laladas en riesgos en aspectos de seguridad que puedan caus ar el considerando precedente , que vayan a realizar el dafios a la propiedad propia 0 de terceros , asi como a la cese definitivo de actividades y la posterior cancelaci6n vida y salud de las personas . del Registro de Hidrocarburos, deberan obtener el A rt icul o 3°._ Los Certiflcados de Supervisi6n y correspondi ente Certificado de lnspeccion 0 Certificado Certificados de Inspecci6n antes indicados seran emitidos de Superv isi6n que acredite que el cese de actividades por Empresas Superviseras de Instalaciones de G NV, en sus instalaciones, estab1ecimie ntos 0 medios de GNC Y GNL (ESI), Empresas Supervisoras de Nivel A transporte no generan riesgos de seguridad que puedan ylo B, 0 por Empresas Inspectoras de Actividades de causar dalios a la propiedad propia 0 de terceros , asi Comercializaci6n de Gas Natural, segun correspond a, como a la vida y salud de las personas: debidamente inscritas en los Registros que administra el Que, en cumplimiento de 10 dispuesto en el articulo 14° OSINERGM IN. del Decreto Supremo NO 001·2009-JUS , en concordanc ia En caso no se cuente con dichas empresas, los con 10 establecido en los articulos 8° y 25° del Reglamen to cert ificados seran reemplazados por informes emitidos

  4. 15 sobre la base de ta supervision operatwa realizada por Que, de conformklad con er articulo 5" de Ia ley las Empresas Supervisoras Persona Juridica y Persona Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Natural a las cuales se hace referenda en el literal a) OS INERGMI N, Ley N" 27699 , OSINERGM IN ejerce de del numeral 14.1 yen et numeral 14.2 del Reglamento manera exclusive ra facultad de control de calidad de de Supervision de Actividades Ener peticas y Mineras combust ibles liquidos y otros productos derivados de los de OS INERGM IN aprobado por Resoluci6n de Consejo hidrocartluros en lasactivoades que se encuentren bajo Directivo N" 205 -2009-0S/CD Ysus normas moomcatonas er ambito del Texto Unico oroenaoo de ra ley oraantce o sustitutcrias. de Hiorocarburos. Ley N" 26221 . ecrcceoc por Decreto En los casos descritos en el pa rrato que antecede , Supremo N" 042-2005---EM; los titulares de Plantas de Procesam iento de Gas Que, en ese sentido , a traves de la Resoluci6n de Natural y Plantas de Petroquimica aeece. los titulares Consejo Directivo N" 382-2008-0SICD y sus modificatorias de las instalaciones 0 establecimientos en los cuales se se aprob6 el Procedim iento de Control de Calidad del GlP desarrollan actividades de Gas Natural Vehicular - GNV, con el objetc de verificar en las visitas de superv isi6n y Gas Natural Comprimido-GNC, Gas Natural Licuefactado fiscalizaocn si er combust ible en menci6n cumple con las - GNL, asr como los utcra res de Medios de Transporte de normas tecnrcas de cenoec vqentes; GNC y GNL y de Unidades Movues de GNC·GNL, podran Que, el articulo 2" del Procedimiento antes acreditar et cumplimiento de 10 dispuesto en los artrcuios menconadc establece una sene de denniciones tales 1° y 2" preceden tes con \a cbtencon de los citados como, Consumidor Directo de GLP, Distribuidor de GlP infcrmes. en Cilindros , Gas Licuado de Petr61eo (GlP). Locales de A rt ic ulo 4",· Autorizar a la Gerencia General de vente . Medios de Transporte . Planta de Abastecimiento, OSlNERGMIN para que . a propues ta de la oereoce Redes de Distribuci6n de GlP y Tanque sstaconartc de de nsceneecon de Gas Natural, dicte las oeccstcrcoes GlP que ya se encuentran contemoas en el Reqtamento tecmco-operativas y medidas complementarias que sean para la Comercializaci6n del GlP aprobado per Decreto recesanas para ra ecsceccn de la presente resorucron Supremo N" 01-94-EM ; Artic ulo 5" ,· Disponer que la presen te norma entrara Que, en ese sennoo. con er propositc de brindar en vigencia una vez que la Gerencia General emita las instrumentos normativos de facil manejo que permitan a disposiciones a que se hace referenda en er articulo 4" los agentes cumplir con su respectiva obligaci6 n y a fin que precedente er OSINERGMI N cuente con las herrarmentas necesanas Artic ulo 6",· Autorizar la pubncacicn de la presente para er desarrollo de sus funcicnes de supervision y resoluci6n en el Diario Dficial EI Peruano . La Exposici6n fiscaliz aci6n , se ha consider ado pertinente modificar el de Motivos que en Anexo I forma parte integrante de ra articulo 2" del Anexo I del Procedimiento de Contro l de presents resotcccn . sera pubhcada en el portal eiectrcnlco cenceo del GlP aprobado por Resoluci6n de Consejo de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en eI Portal Directivo N" 382·2008-0S/CD Y sus modificatorias del Estado Peruano (www.peru .gob ,oe). eliminando del mismo las definiciones contenidas en los numerales 2.1, 23, 2.8, 2.9. 2.11, 2.14, 2.17 Y 220 las ALFREDO DAMMERT LIRA cuales se encuentran reguladas en el Glosario , Siglas y Presidente del Consejo Directivo Abreviaturas del Subsector Hidrocartluros, aprobado por OSINERGM IN Decreto Supremo N" 032-2002-EM Y en er Reglamento para la comerclanzaccn de GlP aprobado por Decreto 759686-1 Supremo N" 01·94-EM; Que, a tal etecto. se precise que para cualquier referencia a las definiciones no comprendidas en el Modifiean la Res. N° 382 -2 0 0 8 · 0 8/ articulo 2" del Anexo I del Proced imiento mencionado en CD m ediante el ella! s e aprob6 el el considerando peecedente seran de aphcac'cn , en to Proeedimiento de Control d e Calidad que ccrresponda. las contenidas en er mosano. Siglas y Abreviaturas del Subsecto r Hrorocarburos. aprobado del GLP mediante Decreto Supremo N" 032-2002-EM, asi como las disposiciones contenidas en el Reglamen to para Ia RESOLUCI6N DE CONSEJO Dl RECTIVO ccrnerceueeccn de GLP aprobado por Decreto Supremo QRG A NISMO SUPERVISOR DE LA N° 01·94-EM; INVER SI6N EN ENERGi A Y MINERi A Que, en cumplimiento de 10 dispuesto en e! articulo 1 4~ OSINERGMIN N" 031·2 012 ·OSleD del Decreto Supremo N" 001-2009-JUS. en concoroanca con 10 estabecoc en los artrcuios 8" y 25" del Reqfamento Lima, 23 de rebrero de 2012 General de OSINERGMIN . aprobado por Decreto Supremo N" 054-2001-PCM, er 13 de enerc de 2012 et VISTO : OS INERGMI N prepubtic6 . el proyecto de resclucon de Consejo Directivo que aprueba la mccmcaccn del Anexo EI Memorando N" GFHlIDPD-310-2012 de ta cerencre 1 de la Resolud 6n de Consejo Directivo N~ 382-2008-051 de Fiscalizaci6n de Hidrocarburos Uquidos. CD que aprueba er "Procedimiento de Control de caudae de GLP "; CO NSIDERANDO: Que, de acuerdo a 10 dispuesto en el articulo 3" del Reglamento de ra Ley N" 29091 , aprobado por Que , de acuerdo a 10 estaciecoo en er literal c) Decreto Supremo N° 004-2008-PCM . las ennoedes de del art iculo 3" de la Ley N" 27332 , Ley Marco de los fa Administraci6n Publica se encuentran obligadas a Organismos Reguladores de la inversion Privada en publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales los Servkios Pubticos. la tuncicn normawa de los tnstituc onales . entre ctras . las disoosicicnes legales que Organ ismos Requladores. entre ellos OSINERGM IN, aprueben direct ivas, !ineamientos 0 reglamen los tecnicos comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en sobre proced imientos adm inistrat ivos contenidos en el ef ambito y materia de su competencia, los reg lamentos TUPA de la entidad . 0 relacionados con la aplicaci6n de de los procedimien tos a su cargo y otras normas de sanciones administrativas; caracter general ; Que, de otro lado, el articulo 9"del Decreto Supremo N° Que , segun 10 dispuesto por el articulo 22" del 001-2009-JUS, estab~ce que en el caso de la publicaci6n Reglamento Genera l de OS INERG MIN aprobado de normas lega les que tengan anexos , se publicartl en med iante Decreto Supremo N" 054-2001-PCM, la funci6n el Oiario Oficial EI Peruano solamente la correspondiente normativa de ca racter general es ejercida de manera norma aprobatoria, disponiendose en la m isma que el exclusrva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a Anexo se publicara mediante el Portal Electr6nico de traves de resoluciones ; fa entklad emisora en la misma fecha de la publicaci6n Que, el articulo 3° de la ley N° 27699 , Ley oficial; Complement arla de Fortalecim iento Instituclonal de De conformidad con 10 establecido en el literal c) OSINERGMIN , establece que el Consejo Directivo esta del articulo 3" de !a Ley N" 27332 - Ley Marco de los facultado para aprobar procedimientos adm inistrat ivos Organismos Reguladores de la Inversi6n Privada en vinculados . entre otres. a la Funci6n Supervisora ; los Servicios Publicos y en los articulos 22" y 25" del

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