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قوانين بيرو

Resolución Nº 024/10/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de haba procedentes de Chile

صدر في 2010-04-27 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, vegetables/legumes, international trade, certification, plant production
الفئات
*, agriculture

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  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de semillas de haba de origen y procedencia Chile RESOLUCION DIRECTORAL N° 24-2010·AG-5ENASA·DSV La Molina, 27 de abril de 2010 VISTO EI ARP N° 05-2008-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 16 de enero de 2008, el cual busea establecer los requisitas fitosanitarios para la importaci6n de semillas de haba (Vicia faba) de oriqen y procedencla Chile: y, CONSIDERANDO Que, conforme al Decreta Leqislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como tmportacton. transite internacional 0 cualquier a1ro regimen aduanero. de plantas y productos veqetalee, animales y productos de oriqen animal, insumas agrarios, organismos beneftcos, materiales de empaque. embalaje y acondicionamiento, ctalquler otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades. as! como los medios utilizados para traneportarlos. Paqina 7 Sistema Peruano de Informacion Juridica 58 suietaran a las disposiciones que establezca. en el ambito de su competencla la Autoridad Naclona! en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreta Supremo N° 018-200B-AG, establece que el SENASA publtcara los requisitos fito Y zoosanttarlos en 81 Diario Oficial EI Peruano y se notificaran a la OMC; Que, ante el lnteres de la empresa Semillas Seminis Peru SA en importar semillas de haba (Vida faba) de origen y procedencia Chile; la Subdirecci6n de Anallsls de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inici6 el respective estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n del mencionado producto: Que, como resultado de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenartas: De ccnformidad con 10 dlspuesto en e! Decreto Legislativo N° 1059, e! Decreto Supremo N° 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 34-2007-AG-SENASA-DSV Ycon el visto bueno del Director General de Asesoria Jurtdica: SE RESUELVE Articulo untco.. Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de semillas de haba (Vicia faba) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera: 1, Que el envto cuente con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido por el SENASA, obtenidc por e! importador 0 tnteresado. previa a la certiflcacion y embarque en e! pais de oriqen 0 procedencia. 2, EI envio debera venir acompatiado de un Certificado Fitosanitario oficial del pais de origen, en el cual se consigne: 2,1 Declaraclon adicional: 2,1,1 Las semillas provienen de semilleros oficialmente inspeccionados por la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria durante el periodo de crecimiento activo y se ha encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. syringae, Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Xanthomonas axonopodis pv. phaseoli. 2,1.2 Producto libre de: Alternaria brassicicola y Ascochyta tabae. 2,2 Tratamiento de desinfecci6n pre embarque con: captan (5 gr/kg semilla) 0 benomyl (2grlkg de semilla) 0 cualquier otro producto de acci6n equivalente. 3, EI producto estara ccntenidc en envases nuevos y de primer usa, 4, Inspecci6n fitosanitaria en el punta de ingreso al pais, 5, EI Inspector de Cuarentena Vegetal, tomara una muestra de las semillas para su remisi6n a la Unidad del Centro de Diagn6stico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fin de descartar la presencia de plaqas enunctadas en la declaraclon adicicnal. EI envro quedara retenfdo haste la obtenci6n de los resultados del anallsis. EI costa del diagn6stico sera asumido por el importador. Paqina 8 Sistema Peruano de Informacion Juridica Registrese, comuniquese y publiquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servlclo Naclona! de Sanidad Agraria Paqina 9

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