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قوانين بيرو

Resolución Nº 019-2009-AG-SENASA-DSV ─ Requisitos fitosanitarios para la importación de raíz de abeto de Canadá

صدر في 2009-04-06 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
plant protection, international trade, standards, certification, seeds/planting material
الفئات
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  1. I.EI peruono Sistema Peruano de Informacion Juridica Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplirniento en la importaci6n de plantas sin raiz de Abeto de origen y procedencia Canada Paqlna 26 I.EI peruono Sistema Peruano de Informacion Juridica RESOLUCION DIRECTORAL N° 19-2009-AG-SENASA-DSV La Molina, 6 de abril de 2009 VISTO EI ARP W 03-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 20 de enero de 2009, el cual busea establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n de plantas sin raiz de Abeto (Abies spp.) de origen y procedencia Canada (Quebec) y, CONSIDERANDO: Que, conforrne al Decreta Legislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como importacion, transite internacional 0 cualquier afro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneftcos. materiales de ernpaque. embalaje y acondicionamiento. cualquier otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades. aSI como los medics utilizados para transportarfos. se scjetaran a las disposiciones que estabfezca en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria: Que, en el Articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo W 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisites fito y zoosanitarios en el Diario Oficial EI Peruano y se notificaran a la OMC; Que, ante el interes de la empresa QUEBEC BALSAMS de exportar al pais plantas sin ralz de Abeto (Abies spp.) procedente de Canada (Quebec) con fines ornamentales 0 decorativos; la Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fltosanitaria del SENASA, Inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisites fitosanitarios para la importacion del rnencionado producto: Que, como resultado de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisites fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias: De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo W 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, el Decreto Supremo W 032-2003-AG, el Decreto Supremo W 008 2005- AG, la Resoluci6n Directoral W 34-2007-AG-SENASA-DSV Y con el visto bueno del Director General de Asesorta Jurtdica: SE RESUELVE: Articulo umcc.. Establecer los requisites fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de plantas sin ralz de Abeto (Abies spp.) de origen y procedencia Canada (Quebec) de la siguiente manera: 1. Que el envlo cuente con el Permiso Fitosanitario de lmportacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador 0 interesado. previa a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2. EI envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del pais de ortqen. en el cual se consigne: 2.1 Declaraci6n adicional: 2.1.1 Las plantas provienen de un lugar de produccion que fue oficialmente inspeccionado por la Organizaci6n Nacional de Proteccion Fftosanitaria del pais de origen y encontrado Iibre de: Lymantria dispar Paqlna 27 I.EI peruono Sistema Peruano de Informacion Juridica 2.1.2. Producto libre de: Choristoneura fumiferana, Chionaspis pinifoliae y Melampsorella caryophyllacearum 3. EI producto debera venir sin ralz. 4. Esta prohibido el transporte del producto con 0 sabre sustrato de origen vegetal (musgo, viruta, aserrtn, turba, etc.) sustratos de origen animal, tierra y/o arena. 5. En casa de venir con envases, estos seran nuevas y de primer usa. 6. tnspeccion fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publfquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqlna 28

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