Resolución Nº 013/11/AG/SENASA/DSA - Requisitos sanitarios para la importación de diversas mercancías pecuarias procedentes de Argentina
صدر في 2011-10-17 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- Spanish
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- Amazon Cooperation Treaty Organization
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- بيرو
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- Livestock
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- animal health, cattle, sheep/goats, pests/diseases, international trade, animal feed/feedstuffs
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10 0394-2009-AG,de ta senoraanrcoraceeore No!i Hinoslroza v del senor Jorge Gustavo Suarez de Freitas Calmer. como representantes titular y altemo. res pecti ....amenle, de) Ministerio de Agricultura ante la Comisi6n Nacional sabre Diversroao Bioloqica- CO NAOIB. Art iculo ~. , Designar, a partir de la tecna. al senor Manuel Trinidad Leiva Castillo, Director General de fa Direcci6n General de Asunlos Ambientales y al senor Jorge Artidoro Ugaz Gomez. Director General de la Oirecci6n General Forestal y de Fauna Silvestre, como representantes titular y alterno. respectivamenle, de! Minislerio de Agricultura ante la Comisi6n Naciona! sabre raversroao Biofoqica - CONADIB. Regislrese, comuniquese y publlquese MIGUELCAILLAUX ZAZZAli Ministro de Agricult ura 704504 -2 Des tgnan Asesor de la Alta Dtrecct on d el Minlst erio RESO LUCI6N MI NISTER IAL N° 04 27-2011 -AG Lima. 17 de octubre de20 11 CO NSIDERA NDO: Que, se ha vis to par convenien te de signar a un Asesor de ra Alta mreccon del Min isterio de Agricultura: De conformidad con 10 dispuesto en la Ley NO 29158 Ley Orqanlca del Poder Ejecutivo , el Decreto Legis lativo N" 997 que aprueba!a Ley de Organizaci6 n y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizaci6n y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031 -2008 AG ; SE RESUELVE: Modtfiean la R.M. N° 0 4 12 -20 I I -AG, m ediante la eual se autorlz 6 e l vt aj e d el Vlcemtru s tro d e Agrlcultura a Ital ia RE SOLUCI6N MINISTERIA L N°0426-20 11-AG Lima , 14 de ocsubre de 2011 Arti c ulo umco.. Des ignar, al senor Ma nuel Efrain Rosemberg aarron. como Asesor de la Alta Direcci6n del Ministerio de Agricultura . Registrese, comuniquese y pubfiquese. MIGUEL CA!LLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura CONSIDERANDO : 705400·2 7054 00-1 SE RESUELVE: Reglstrese . comuniquese y publlquese. MIG UEL CAILLAUX ZAZZALI Minis tro de Agricultura A rt icu lo 1°. Modi fiquese e! articulo 1° y 2° de Ia Resoluci6n Ministerial N° 0412 -201 1-AG , en los siguientes terminos: "Artiw to 1°. Autolizar el viaje del 8ei'ior Juan Ludovico Rheineck Ptccard o. vicemotstrc de Agricu ltura , a la ciud ad de Rorna . ltalia , del 15 at 22 de octubre de 2011, para asistir al 37" periodo de sesrones del Oormte de Seq uridad Alimen taria Mundial, de la Organizaci6n de las Naciones Unidas para la Alimen taci6n y la Agricultura - FAO . Articulo 2". Los gastos que irrogue el cum plimiento de la presen te Resoluci6n Ministeri al, ser':ln con cargo a los recursos presupuestales asignad os at Plie go 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguien te detalle: JUAN LUDOVICO RHEINECK PICCARDO Establecen rcqu ts ttos santtartos e spccfftcos d e c umpltm te nto ob l1gato rJo para la fm portac16n d e d etcrrntnadas m e rcancias pecuanas segun pais de or tgen y proee den ci a Argenti na RE SOLUCI6 N Dl RECTO RAL N° 013-2011-AG-5 ENASA-DSA VISTO: Los Informes N° 502 Y 503--2011-AG -SENASA-SCA DSA, de fech a 05 de setlembre de 2011 ; v. La Molina, 17 de octu bre de 2011 CO NS1DERANDO: Que, er articulo 12° del Decreto Leqislativo N° 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agrari a, expresa que el ingreso al pais , como importaci6n, tra nsito internacional 0 cua lquier otro regim en aduanero, de plantas y proooctos vege taies . ammales y prco uctos de origen animal. insumos apranos. organ ismos benefices. materiales de empaque . emb alaje y acondidonamiento, cualquier otro materi al capaz de introducir 0 propagar plagas y enrermecaoes. asr como los medics utitizacos para transportanos. se suietara n a las drsposicores que esta blezca en el ambito de su ccrn oetencia el Servicio Nacional de SanidadAgraria - SENASA: Que , as! tamben er articulo 9" de ra ctaca ley , esta blece que la Autorid ad Nacional en Sanidad Agraria didara las med idas fIIo y zoosanitarias pa ra la prevenci6n, el con trol 0 la erradicaci6n de ptagas y enfenne dades. Dichas medidas seran de cum plimiento obligatorio porparte de los prop ietarios u ocu pantes, bajo cu alqu ier tit ulo, del predio 0 establecimiento respectivo, y de los propietarios 0 transportistas de los prod uctos de que se trate: Que, de confonnidad con el articulo 12° de! Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria. apro bado media nte el Decreto Supremo 018 -2008-AG , los requisitos fIIo y zoosanitarios se pub lican en el Diario Oficial EI Peru ano y se notifican a la Organizaci6n Mundial del Comercio-OMC : Que , el articulo 28° del Regl amento de Organizaci6n y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Ag raria, aprobado por el Decreto Supremo N° 008 -2005-AG establece que la Direcci6n de Sanidad Animal tiene entre sus funCiones el establecer, conduci r y coord inar un sis tema de con trol y supervision zoosanitaria tanto al camercio nacionat como internacional de prod uctos y subproductos pecuarios: USS 3,916 .20 USS 1,820.00 USS 5,736.20 Pasaj es aereos y tarifa CORPAC Via ticos Total Que, median te Resoluci6n Ministe rial N° 0412-2011 AG se autoriz6 et viaje del senor Juan Ludovico Rheineck Piccarco. Viceministro de Agricultura, a la ciuda d de Roma. ltalia . del 15 al 24 de octubre de 2011, para asis tir al 37" oenodo de sesione s del ccrrate de Seq uridad Alim ent aria Mundiat, de ta Orqanizacon de las Naciones Unidas para la Alimentaci6n y ra Agria.l1lura - FAO : Que , por nece sidad de eervcro es indispensable ta pre sencia del senor Viceministro en Lima para e\ dla 24 de octuore de! 2011 , para atenoer a una de legaci6n de l Gobiemo de Ia Republica Popular Chi na , encabezada por el senor Vicemi nistro de dicho pa is: Que , en ese sentido, es necesaeo mod ificar la Resolucion Ministerial N° 0412 -2011-AG, en 10 rererente ai retorno del vraje del senor vrcemorstrc y a! co sto de los pasa jes y vaucos: De con fonnidad con to dispuesto en la Ley N° 29626 Ley de Presupue sto para et Sector Publico para elAi'io Fisca l 2011, e! Decreto Leqislativc NO 997 - Ley de Organizaci6n y Funciones del Minis terio de Agricultura , la Ley NO 276 19 Ley que regul a ta autorizaci6n de viajes al exterior de servioores y funcicnarios ccoscce y su Reglamento , apro bado por Decreto Supremo N° 047 -200 2-PCM: REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL Que. erarticulo 210 de Ia Decision 515 de ta Comunidad Andina de Nacicnes (CAN) prescribe que los Parses Miembros que realicen importaciones desde lerceros paises se asepuraran que las medidas sani tarias y filosan itarias que se exijan a tales «n portacones no imptquen un nivel de prolecei6n inferior at determinado por los requisrtos que se establezca en las normas comunitarias; Que. mediante Resoluci6n 1339 de la Secretaria General de ta CAN ee aprueba la Norma Sanitaria Andina para er comercioy movilizad6fl intrasubregionaly con terceroa parses de ovinos y caprinos domesticosy sus produdos . Que , el Jnforme N" 502 -2011-AG-SENASA-SCA -DSA de recna 05 de senerrore de 2011 recormenda que se publiquen los requisuos sanitarios para fa tmportacon de "I ripas saladas comest ibles de la especie ovma". siendo su origen y orocedenda Argentina; Que, ellnfonne NO 503-2011-AG-SENASA-5CA-DSA de fecna 05 de seterrore de 2011 reccrruenda que se publiquen los requisites sanitarios para la importaci6nde "Harina de Came y Hueso Ovino", serco su origen y prooedencia Argentina: De conformidad con 10 oecoeetc en er Decreta Leqtstanvc NO 1059 , e! Dec-etc Supremo N° 0 18-2008-AG, el Dec-etc Supremo NO 008~2005 ·AG, la Decision 515 de la Comunidad Andina de Nacores, la Resoluci6n 1339 de la CAN ; y con et visadc de la oncna de Asesorra Juddica: SE RESUELVE: A rticulo 1°. Establecer los requis itos san itarios eececmcce de cumptimiento obl igatorio para la importaci6n de determinadas mercancas peccaries sequn pa is de origen y procedencia, de acuerdo a los sigu ientes Anexos que forman parte integrante de ta presente Resoluci6n: a. ANEXO I : 'trees saadas comestibles de la esoece ovoa", senoc soorigen yprocecenca Argentina. b.ANEXO II : "HannadeCameyHueso Ovino", senocsuongen yprcceosroaArgentina A rticu lo 2°, Los anexos senataoos en el articulo precedente eeran pubTicados en et portal institutional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Articulo 3",- Disponer la ernisi6n de los Permisos Zoosanitarios de Irnportaci6n a partir de la fedla de publicaci6n de la presente Resoluci6n. Articu lo 4°, 8 SENASA, atraves de la Direcci6nde Sanidad Jlnirna!. podra adoptar las rnedidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el rumplimierlto de la presente norma. Registrese , comuniquese y publiquese, MIGUEL QUEVEDO VALLE Director General (e) de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 704762"1 Disponen levan ta r medl das fitosanJ tarias de suspensi6 n para 1a em isi6 n de Perm isos Fitosanitarios de Im p or taci6n de fib ra de algod6n sin peinar ni cardar de origeny procedencia la Ind ia RESOLUCI6N DIRECTDRAL N° 34-2011-AG-SENASA -OSV La Molina , 17 de octubre de 2011 VISTO: Ellnforme Tecnico N" 20-2011-AG-SENASA-DSV-SCVI SARVF de fecna 12 de octubre de 2011 , y. CONSIDERANDO: Que . conforme al Decreto Legisla tivo NO 1059 - Ley General de Sanidad Agraria , el ingreso al pais como importation, l ransito internacional 0 cua lquier otro re~ imen aduanero, de planlas y productos vegela les, anlmales y productos de origen animal , insumos agrarios. organ ismos beneficos, materia les de empaque. emba laje y acondicionamiento, cualquier otro malerial capaz de 11 int roducir 0 propagar plagas y en ferrnedades. eer como los medics unuzacos pa ra transportarlos. se suie taran a las dispos iciones que establezca , en el amb ito de su comoetencla, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria ; Que , er articulo 47" del Regtamento de Cuarenta Vegetal , aprobado por Decreto Supremo N° 032-2oo3-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA puede estebiecer medidas de emergencia, como rasuspension de los permisos fitosanitanos de importaci6n o los requisrtos fitosanitarios viqentes. basta que se establezcan las medidas litosanilarias que aseguren al pais manlener un adecuado nivel de protecci6n ntosannane: Que, mediante s esciocoo Diredoral NO 26-2011-AG SENASA-DSV, se rescivio suspender temporameote ta importaci6n de libra sin peinar n! cardar de algOO6n e hilados de algod6n considerados en las sub partidas arancelarias 5205 .12.00.00; 520513.0000; 520522.00.00: 520523.00.00: 5205.24,00.00; 5205.2£.00.00 de orqeny proceoenca India: Que, a ueves de la mendonada Resolud6ll , se dispuso que en un plazo maximo de 120 dias calendario, contados a partir de lapubficaccnde la Resolud6n Deectoral NO 26-2011 AG-5ENASA-DSV, las areas competentes de la DirecciOn de Sanidad Vegetal del SENASAefedOen la reevaluaci6n de los riesgos fitosanilarios asociados a los croouctos indicados en los Articulos 1° Y2"de dicna Resoucon Que , dentro del plazo contemplado en la Resclucon Directoral NO 26-2011 -AG-SENASA-DSV, las areas competentes de la Direcci6n de Sanidad Vegelal del SENASA. han proced ido a ta evafuacion correspondieme. emmenoc et Informe Tecmco del veto. conciuyenco que : (i) no se identifica ninguna plaga con potencial cuarentenario que pudiese seguir la via de entrada en fibra sin peinar ni career del aiqcoon en los bnaoos de alqodon procedente de ta India a! Peru: v. (ii) exrste un riesgo de mtrcouccen de pfagas reglamentadas en envies importados que ingresarian como ecompenentes del material de acondicionamiento 0 mala limpieza y oocaccnservacon de los contenedores que lransportan los envies: por 10 que, establecen las med idas litosanitarias necesarias para garanlizar un nivel adecuado de protecci6n al pais; Que , el Articulo 12" del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decre to Supremo N° 018-2008"AG , establece que el SENASA publicara los requis itos lito y zoosanitarios en e( Diario Ofidal EI Peruano y se notificaran a la Organizaci6n Mund ial de Comercio: Que , et Articulo 38°del Decrelo Supremo N"032-2003 AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal , establece que los requisitos litosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importaci6n al pais de planlas, productos vegelales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resoluti6n del Organo de Linea Competente ; Que , es importante precisar que , entre las med idas fitosanitarias dietaminadas por la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal se encuentra la de continuar con el procedimiento de inspecciOn fitosanitaria de los envios considerados en las sub partidas arancelarias 5205,12, 5205 .13,5205.22,00,5205.23.00 ,5205.24.00 ,5205.26.00. de origen y procedentia de la India, incluidas en el Anexo I de fa ResoluciOn Diredoral N° 09-2010-AG-5ENASA-DSV, hasta el cumplimiento del plazo estipulado en la ResolutiOn Oirectoral N° 026-20 11-AG-SENASA-DSV ; De conlormklad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decre to Supremo NO 018-2008-AG, el Decre to Supremo NO 032·2003·AG , el Decrelo Supremo N° 008-2005 -AG, la Resoluti6n Directoral NO 09-2010 AG-SENASA-DSV r con el visado de la Subd irecci6n de Cuarentena Vegeta y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articu lo 1°, Levantar la medida fitosan ilaria de suspensi6n para la emis ion de Permisos Fitosanitarios de Importaci6n de fibra de algod6n sin peinar ni cardar de origen y procedentia la India Articu lo 2",- Levantar la medida fitosanrtaria de suspensi6n de fas importaciones de los productos considerados en el Articulo 2° de la ResoluciOn Directoral N° 26-20 11-AG-SENASA-DSV. Articulo 3°, Disponer se realicen las inspecciones litosanitarias obligatorias a los envios considerados en el Articulo 2" de la Resoluci6n Diredoral NO 26 -2011-AG SENASA-DSV, hasla la culminaciOn del plazo estipulado en el articul04"de laResolutiOn, luegodel cual, de no deteClarse problemas litosanrtarios, los productos contemplados en las partidas sef\aladas seran considerados como Categoria de Riesgo Fitosanitaria (CRF) 1 de acuerdo a la Resoluti6n Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV. REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL