Resolución Nº 013/10/AG - Crea el Consejo Nacional de la Tara (CONATARA)
صدر في 2010-09-10 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- institution, fruits/edible nuts, governance, agricultural commodities
- الفئات
- agriculture
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Sistema Peruano de Informacion Jurfdica AGRICULIURA Constituyen el Consejo Naclcnel de la Tara • CONATARA RESOLUCION SUPREMA N° 013-2010-AG lima. 10 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que. es misi6n del sector agrario promover el desarrollo de los productores agrarios organizados en cadenas productivas para lograr una agricultura desarrollada en terminos de sostenibilidad economica, social y ambiental. estableciendo como uno de sus obietivos institucionales el fortalecimiento de las organizaciones de productores y la promoci6n de su integraci6n bajo los enfoques de cadenas produclivas; Que. el Plan Nacional de Competitividad aprobado par Decreta Supremo N° 057-2005 PCM. tiene como uno de sus objetivos estrateqicos el fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados para promover el desarrollo regional y local, a cuyo efecto ha establecido como estrategias i) la articulacion de politicas de desarrollo de cadenas productivas y conglomerados, sentando mecanismos para la identiticacion, sietematizacion y evaluacion continua con potencial de desarrollo; ii) la promoclon de ta Institucionalidad de agentes publicos y privados onentados a desarrollar cadenas productlvas y conglomerados; iii) la promocton de cooperacion a! interior de las cadenas productivas: y IV) e! impulse a ta vinculacion con cadenas qlobalee de valor yean el mercado que tavorezca el aprandizaje dlnamlco, la transterencla de innovaciones tecnoloqicas y la modermzacton de productos. procesos y funciones de las empresas: Que, la Ley N° 28846, establece el marco institucional y normativo para el fortalecimiento y desarrollo de las cadenas productivas y los conglomerados, promoviendo el dialcqo, la cooperacion y la orqanizacion empresarial, entre actores economfcos e institucional publicas, privadas y academicas. en beneficio de la competitividad; Que, el Peru produce el 80% de la tara a nivel mundial. sin embargo, ro ha alcanzado todavia un nivel de competitividad que Ie permita insertarse de manera sostenible en el mercado internacional, siendo indispensable fortalecer esta cadena productive. a fin de generar las condiciones que permitan la Incorporacton de valor agregado, el aumento de productividad y la dtversittcacion de su uso; Que, el Plan Estrateqico del Sector Agrario reconoce a la tara como uno de los nuevos productos que se ha incorporado a la canasta exportadora tradicional, por 10 que resulta necesario apoyar a los agentes economicos integrantes de la cadena productive. con mecanismos de financiamiento y nuevas tecnologias para su acceso a los mercados internacionales; Que mediante Ley N° 28852, se ha declarado de interes nacional la promocion de la inversion privada en agroforesteria: Sistema Peruano de Informacion Jurfdica De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118 de la Constituci6n Polltica del Peru: el numeral 4 del Articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orqanica del Poder Ejecutivo; el Decreta Legislativo N° 997, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura: y su Reglamento aprobado par Decreta Supremo N° 031-2008-AG: SE RESUELVE Articulo 1.- EI Ccneejc Naclonel de la Tara Constituyase e! Consejo Naclona! de la Tara (CONATARA), como un espaclo de concertaclon e institucionalizaci6n del dialcqo y cooperaclon entre 10$ aqentes, publicos y pnvados. inmersos en los clclos del proceso productive de ta cadena agricola. Articulo 2.- Objetivo La constltuclon del CONATARA, y su reconoctmlento par el Estado, ttene como objetivo primordial generar compromisos espedficos de competitividad, para darle mayor valor agregado a la tara, y promover su inserci6n en los mercados nacionales e internacionales. Articulo 3.- Naturaleza Juridica EI Consejo Nacional de la Tara es un 6rgano de concertaci6n y coordinaci6n sin personeria juridica. Articulo 4.- Composici6n EI Consejo Nacional de la Tara estara conformado por representantes de las siguientes entidades: a) EI Ministerio de Agricultura. quien la presidira. b) EI Ministerio de la Producci6n. c) EI Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un representante de cada uno de los Consejos Regionales de la tara (CORETARA). e) Un representante de la Asociaci6n de Exportadores - ADEX. 1) Un representante de los productores de tara. Articulo 5.- Funclonee del Consejo Neclonat de la Tara EI Consejo tlene las siguientes funclones: 1) Constituir un espaclo de representaclon a nivel nacional, tenlendo como base a los consejos regionales de tara. 2) Promover la f1exibilizaci6n y adecuaci6n del marco normativo. 3) Impulsar programas de investigaci6n de alto nivel para identificar nuevos usos de la tara y desarrollar tecnologias para mejorar la productividad de la tara. 4) Promover y proponer el diseno y gesti6n de rormas tecnicas en manejo agron6mico, cosecha y poscosecha. transformaci6n. harina y goma, para mejorar la competitividad de la cadena. 5) Articular iniciativas y emprendimientos a favor de la cadena de la tara. desarrollando modelos asociativos empresariales entre el sector publico, privado y sociedad civil. 6) Orientar a los consejos regionales, productores. comercializadores y exportadores de tara. Articulo 6.- Refrendo La presente Resoluci6n Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura, el Ministro de la Producci6n y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Reqlstrese, comunfquese y publtquese. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica ADOLFO DE CORDOVA VELEZ Minis1ro de Agricultura JOSE GONZALES QUIJANO Ministro de la Producclon MARTIN PEREZ MONTEVERDE Minis1ro de Comerclo Exterior y Turismo