Resolución Nº 011/12/AG/SENASA/DSA - Establece zonas enzoóticas a ántrax en el país
صدر في 2012-06-19 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Livestock
- الكلمات المفتاحية
- hygiene/sanitary procedures, pests/diseases, cattle, sheep/goats, vaccination, early warning system, animal health
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
Agricultura , per et Ministro de sene. y por er Ministro del Ambiente . Registrese, comunlquese Vpubliquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Const ituciona! de la Republica 6SCAR VALDtS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RENt CORNEJO DiAl Ministro de vrvenca, ccosnucceo y Saneamiento LUIS GINOCCHIO BALCAzAR Ministro de Agricultura CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud MANUEL PULGAR VIDAL Ministro del Ambiente 80766 9-4 AGRICULTURA Establecen zonas enzootlcas a antrax en el pais 5 ERVICIO NACIONAL DE 5ANIDA D AGRARIA RESOLU CI6N DIRECTORAL N° 0011·2 012·A G·5ENA5A·D5A 19 de [unio de 2012 VISTO : EI lnforme N° 0007-2012·AG·SENASA-DSA-SARVE · V'lVALDERRAMA. de lecha 2 de marzo de 2012 y: CONSIDERANDQ: Que , el art iculo 4° del Decreto Legislativo N" 1059, Lev Genera! de Sarudad Agraria establece que la Autoridad Naconat en Sanidad Agraria ccora delegar 0 autonzar er eiercco de sus funciones a personas natura les 0 [uridicas. de los sectores publico V privado. para la prestaci6n de servicios en ios aspectos de sanidad agraria que ella determine , a fin de asegurar e! cumplimiento de ra presente Ley, sus reqtamentos y dispos iciones corrolementanas: Que . el articulo 100de la Lev General de Sanidad Agraria establece que ra Autoridad Nacional en Sanidad Agraria tenora a su cargo directarnente. 0 a naves de terceros . la orqanuacon. coordinacion. promoci6n, supervision y ejecuci6n de cempanae filo y zocsaru tanas de importancia Valcance nacional; Que . er articulo 10° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo N°018· 2008-AG , establece que el objetivo de las campailas filo V zoosanuanas oficiales es la prevenci6n , establecimiento de niveles de baja prevalencia 0 erradicaci6n de plagas y enfermedades que alectan a los vegetales y animales . Asimismo, dice que. el SENASA establecera los procedimientos Vcriterios para la priorizaci6ny oflcializaci6n de las camparias oficiales fito y zoosanitarias: Que. COfIlorme a 10 normado en el articulo 4° del Reglamentode Ofganizaci6n yFuncionesdelServicio Nacional de Sanidad Agraria. aprobado por Decreto Supremo N" 008· 2005·AG y mooil icatoria,el SENASA tiene per finalidad reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enlermedades presentes en la producci6n agraria. asi como proteger el patrimonio agrosanilario del ingreso 0 dispersi6n de plagas y enlermedades reglamenladas y del incremento de plagas y enlermedades de importancia econ6mica: asimismo. el inciso i)del articulo 5°del Reglamento antes cilado establece entre las fundooes del SENASA, el pmmover la suscripci6n y asegurar eI cumplimiento de coovenkls con instiluciones nacklflales y extTanjeras. de KlS sectores publico V plivado. destinados a la promoci6n de la sanidad agraria; Que. de acuerdo a 10 establecido en el articulo 5° del Reglamento para la Prevenci6n y Control de Antrax, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003·2007-AG, el SENASA previa informe epidemiol6gico. establecera 2 mediante Resolucion del 6rgano competente las Areas ereooucas a esta enlermedad en el pais : Que . mediante el Inlorme 0OO7-2012-AG-SENASA DSA-SARVE-V'NALDERRAMA, de lecha 2 de matzo de 2012 , la subnreccon de Analisis de Riesgo y Vigilancia Epidemioi6gica de la Dneccion de Sanidad Animal, bzc lIegar a la Subdirecci6n de Control y Erradicaci6n de Enlermedades de la Direcci6n de Sanidad Animal er inlorme epidemiol6gico de la enlermedad de Oarbunco Bacterid iano indicando que las regiones de Ia costa : Tumbes, Piura. Lambayeque, La Libertad. Aneash. Lima . lea, Moquegua , y Tacna, por los easos pos itivos V el alto numero de rouncaccnes teases em connrmacon por er laboratorio) deben ser consceraoas cornc de alto riesgo y como zonas de endemismo permanente a entrex: Que , el SENASA, a naves de la Direcci6n de Sanidad Animal . viene ejecoteooc acoones en ta UBG Prevenccn y Control de Antra)( a nivel de las regiones con antecedentes de la enlermedad, inc!uyendo dentro de sus actividades la educaci6n sanitaria de los orcductores V la vacunaci6n del ganado suscept ible a taentermecao: Que , en consecuenca se hace necesario establecer las zonas enzocticas a antrax en el pais , a fin de otorgar un marco sanitaria oficial con relaci6n a esta actividad y proteger a las eececee suscepubies a esta enlermedad: De conformidad con 10 estableodo en e! Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 008-200S-AG V roonncetone. el Decreto Supremo N" 018-2008-AG, et Decreto Supremo NO 003-2007-AG y con er visaco de ra Subdirecci6n de Contro l y Erradicaci6n de Enlermedades de la Direcci6n de Sanidad Animal y de la OIicina de Asesorla Jurtd'ce: SE RESUELVE: Articulo 1°,- Estab lecer las zonas ereooucas a antrax en er pais Que comprence las areas costenas de las regiones de Tumbes , Piura. Lambayeque, La Libertad . Ancash, Lima , Ica, Moquequa y Tacna, Articu lo 2°,- Las Direceiones Ejecutivas del SENASA estaoeceran er plan de vscunacon contra amrax . as! como las prcvmcias y distritos que seran atendidos en ta campana . de acuerdo a res antecedentes epioemioroqtccs de ta enlermedad en sus ambitos de ccrnpetencia. A rti culo 3°,- Las Direceiones E/'ecutivas del SENASA coordmaran con los ejecu tores de a acnvoad pnvada , a fin de realize r la campeaa de vecunacon contra amrex . para 10 cual podran suscnbir convenios para la ejecuci6n de esta actividad , en los que se establecera e! compromiso de la acnvcao privada de cumplir con la normative vigente reraconaoa at tema . A rt icu lo 4°,- Dejar sin etecic la Resoluci6n Directora l N° 09-2009-AG-SENASA-DSA. Registrese, comuniquese y pubuquese . GLEN HALZE HODGSON Director Gene ral Drreccon de Sanidad Animal 8067 14·1 AMHIENTE Autor lzan vlaJe de profesional a EE.Uu., en comlsion de scrvic10s RESOLU CI6N MINISTERIAL W 160-2012-MINA M Lima, 26 de junlo de 2012 Visto , el Memorando N° 163-2012-0CNI-SGiMINAM Y la Ficha de Autorizaci6n de Viaje , ambos del de 11 de junio de 2012. de la Ol icina de Cooperaci6n y Negociaciones Intemacionales, asi Como el Memorando NO 416·2012 OPP-SGIMINAM de 18 de junio de 2012 . de fa Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente ; y CONSIDERANDO: Que , mediante Facsimil N" 036-2012-MINCETURI VMCE de 23 de mayo de 2012 , el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Ederior y REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL