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قوانين بيرو

Resolución Nº 005/11/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de flores frescas de peonia procedentes de Chile

صدر في 2011-01-28 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, floriculture, international trade, plant production
الفئات
*, agriculture

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النص

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  1. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Lunes, 07 de febrero de 2011 AGRICULTURA Eetablecen requleltce fitosanitarios de neceeerfc cumplimiento en la importancia de flares frescas ccrtadae de peonia de origen y procedencla Chile RESOLUCION DIRECTORAL Nt' 05-2011-AG-SENASA-DSV La Molina, 28 de enero de 2011 VISTO: EI Informe ARP N° 036-2010-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 19 de julio de 2010, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n de flores frescas cortadas de peonia (Paeonia spp.) de origen y procedencia Chile; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreta Leqislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais como importaci6n, transite internacional 0 cualquier otro regimen aduanero. de plantas y productoe veqetales. animates y productos de origen animal, insumos aqrarios. organismos benefices. materiales de empaque. embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportartos. se sujetaran a las dteposlclones que eetablezca. en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria: Que, el Articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, eetablece que el Servicio Naclona! de Sanidad Aqraria - SENASA publicara los requisites fito y zoosanitarios en e! Diario Oficial EI Peruano y se notiftcaran a la Organizaci6n Mundial del Comercio: Que, el articulo 38 del Decreto Supremo N° 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importaci6n al pais de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1 de la Resoluci6n Directoral W 09-2010-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fltosanttarto. donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interes de la empresa Floridea SAC. en importar al pais flores frescas cortadas de peonia (Paeonia spp.) procedente de Chile; la Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direcci6n de Sanidad Vegetal del SENASA, inici6 el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n del mencionado producto: Que, como reeuftado de dfcho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo W 1059, el Decreto Supremo W 018-2008-AG, el Decreto Supremo N" 032-2003-AG, el Decreto Supremo W 008­ 2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno de la Directora General de Asesorta Juridica; SE RESUELVE: Paqha 1 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Articulo untcc.. Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de flores frescas cortadas de peonia (Paeonia spp.) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido par el SENASA, obtenido par el importador otnteresado. previa ala certificacion y embarque en e! pais de origen 0 procedencta. 2. EI envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario ofidaI del pais de origen, en el cual S8 consigne: 2.1 Declaraci6n adicional: 2.1 1 Producto fibre: Frankliniella australis. 3. los productos estaran contenidos en envases nuevas y de primer usa. 4. Inspecci6n tltosanltarta en e! punta de ingresa al pais. Reqlstrese, camuniquese y publlquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqha 2

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