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قوانين بيرو

Resolución Nº 004-2014-VMI-MC ─ Instrumentos de recolección de información social y criterios para su aplicación en el marco de la identificación de los pueblos indígenas u originarios

صدر في 2014-02-25 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Land and soil, Wild species and ecosystems
الكلمات المفتاحية
Indigenous Peoples, land tenure, cultural heritage, traditional rights/customary rights, common property, access-to-information, public participation, property rights, data collection/reporting, protection of habitats, Free, Prior and Informed Consent (FPIC), biodiversity

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  1. Normas Legales del 20.03.2014 4 Un representante de la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco. Un representante de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales. Artículo 3°.- Los Directores o Jefes de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura deberán acreditar ante el Presidente de la Comisión de Programación y Formulación, a sus representantes. Artículo 4°.- La Comisión referida en el artículo 1°, inicia sus funciones al día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial y culmina sus trabajos con la presentación de la información de programación y formulación anual a la Dirección General de Presupuesto Público, conforme a los plazos establecidos en el Anexo N° 2 de la citada Directiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1064238-1 Aprueban Directiva “Lineamientos que establece instrumentos de recolección de información social y fija criterios para su aplicación en el marco de la identificación de los pueblos indígenas u originarios” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 004-2014-VMI-MC Lima, 25 de febrero de 2014 VISTO, el Informe N° 32-2013-DGPI-VMI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, el Memorando N° 024-2014-OGPP-SG/MC de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, mediante Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente; Que, con Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), precisando, entre otros, que el derecho a la consulta se realiza con el n de garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas reconocidos como tales por el Estado Peruano en la Constitución, los tratados internacionales rati cados por el Perú y las leyes; Que, para uniformizar el procedimiento de elaboración y aprobación de Directivas de este Ministerio, con Resolución Ministerial N° 129-2011-MC de fecha 14 de abril de 2011, se aprobó la Directiva N° 002-2011/MC “Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Directivas del Ministerio de Cultura”; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, publicado en el Diario O cial “El Peruano” el 20 de junio de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; regulando en el inciso 91.8 de su artículo 91, como una de las funciones de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, la de elaborar y proponer al Despacho Viceministerial de Interculturalidad, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias. Que, a través del Informe N° 32-2013-DGPI-VMI/MC, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas mani esta la necesidad de aprobar un documento de gestión que establezca un proceso técnico que permita contar con la información mínima necesaria para una adecuada identi cación de pueblos indígenas u originarios en el marco del proceso de consulta previa, y en virtud de ello, presenta el proyecto de Directiva denominada “Lineamientos que establece instrumentos de recolección de información social y ja criterios para su aplicación en el marco de la identi cación de los pueblos indígenas u originarios”; Que, con Memorando N° 024-2014-OGPP-SG/MC, la O cina General de Planeamiento y Presupuesto emite su conformidad a la propuesta de Directiva formulada, procediendo a su visado, de conformidad con lo dispuesto por el literal a) del numeral 7.2 de la Directiva N° 002-2011/ MC “Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Directivas del Ministerio de Cultura”; Que, conforme al inciso 6.1 del numeral 6 de la Directiva N° 002-2011/MC aprobada por Resolución Ministerial N° 129-2011-MC, la aprobación de las Directivas orientadas al Ministerio de Cultura, será mediante Resolución expedida, entre otros, por el Viceministerio de Interculturalidad; Con el visto del Director de la O cina de Plani cación y Presupuesto, actualmente O cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General (e) de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, y del Director General de la O cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); la Ley N° 29565, que crea el Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, la Resolución Ministerial N° 129-2011/MC que aprueba la Directiva N° 002-2011/MC “Lineamientos para la Formulación y Aprobación de Directivas del Ministerio de Cultura”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva N° 001-2014-VMI/MC “Lineamientos que establece instrumentos de recolección de información social y ja criterios para su aplicación en el marco de la identi cación de los pueblos indígenas u originarios”, la misma que en documento anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la O cina de Comunicación e Imagen Institucional publique la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese y comuníquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Viceministra de Interculturalidad 1064240-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Australia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2014-DE/MGP Lima, 19 de marzo de 2014 Visto, el O cio P.200-0554 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 28 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, con la nalidad de intercambiar experiencias en los procesos de modernización de astilleros, se ha efectuado coordinaciones con la Real Marina Australiana para que DOS (2) O ciales de la Marina de Guerra del Perú, realicen una visita o cial a los astilleros de Melbourne y Adelaide, Mancomunidad de Australia, del 23 al 24 de marzo de 2014; Que, el Jefe de la Real Marina Australiana, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y UN (1) O cial Asesor, para que participen en el Cuarto Simposio Naval del Océano Índico (IONS), a realizarse en la ciudad de Perth, Mancomunidad de Australia, del 25 al 28 de marzo de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) O cial Almirante y UN (1) O cial Superior, para que participen en las mencionadas actividades; USUARIO Rectángulo USUARIO Rectángulo

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