Resolución Nº 003-2011-OEFA ─ Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA)
صدر في 2011-05-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Environment
- الكلمات المفتاحية
- institution, ecosystem conservation, environmental audit, environmental impact assessment (EIA), legal proceedings/administrative proceedings, environmental planning, inspection, offences/penalties, polluter pays principle, policy/planning, governance
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SE RESUElVE: 46 RESUELVE: A rticulo (Jnico. - Designar como responsables de atenoer los pedidos de mrormacicn que se tcrmulen conforme at Texto Dnco Ordenado ta Ley N° 27806 y a su Reglamento, en el ambito de las Oficinas Regionales de l Indecopi, a las siguientes personas: Articu lo 1°. Autoruar ra pre-publicacion . en et portal electrcnico de OS INERGMIN (www.osine rgmin. qcb.pe] . del proyecto de Resolucicn de Consejo Directivo que aprueban medidas para la optimiz aci6n de los procedimientos administrativos y requisitos vinculados a la inscripci6n y modificaci6n del Registro de Hidrocarburos del OS INERGMIN, eer como a los Informes u Opiniones Tecmcas Favorables requeridos para euo. cuyo textc forma parte integrante de la presente resctuoon . Articulo 2 ~ - Establecer un plazo de Quince (15) eras calendanc, contados a partir del ore sigu iente de ta cccncecoo de ta presen te resolucicn , a fin de que los interesados remi tan par escrilo sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Fiscalizaci6n de Gas Natura l del OS INERGMI N, ubicad a en Ca lle Berna rdo Monteagudo N° 222, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de lima, Las opiniones y suge rencias podran ser remi tidas v ia fax al numerc telef6nico 2645597, 0 via Internet a ta siguiente direcci6n de correo electromcc: comentarioslegales gfgn@osinerg , ccc.ce. la recepci6n de las cpinicnes y sugerencias en medio trstco 0 efectronico, estara a cargo de ta senonta Valeria Moyano AQuije. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Direct ivo OSI NERG MIN 639896·1 onetna Regional Ancash sece Chimbote Aneash < see e Huaraz AreqUipa Cajamarea c osec I~ Junin Lambayeque La teenac Loreto Piura Puna SanMartin Tacna Responsable designado JoseCarlos Vela Vergara Jorge Luisceeer Villarroel Maria Lucia del Pilar Cornejo Gutierrez·BaMn Milagros Jacqueline Castillo Tr'9OSO MarcoAntomc Marroquin Mur'liz ElliotGianfraneo Mejia Trujillo Andr6medaBamentos Roque Ana KimenaLeyva VIIong Sergio Miguel Obregon Matos Jose Enrique Reategui Rios namer Ado~o caspar NavarroReto Juan Ever Puce Herrera Gena$olange Beatnz Chavez Rodriguez Marcos Alberto Lipa Portugal ORG'lNI SMOS TECNI COS ESPECiAU ZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECfUAL Designan responsables de atender pedidos de informacion que se formulen con forme al Texto untco Ordenado d e la Ley N° 27806 y a su Reglamento RESOLUCI6N DE LA PRESIDEN CIA DEL CONSEJO DIRE CTIVO DEL INDECOPI N° 079-2011-INDECOPI ICOD lima, 11 de mayo de 2011 CONSID ERANDO : Que , de conformidad con 10 establecido po r el articulo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a ta Informaci6n Publica, aprobado por el Decreto Supremo N" 072-2003-PCM, resulta pertinente actualizar ta retacion de tuncronarros respcnsables de atenoer los pedidos de informaci6n que se tormoen at amparo del Textc uocc Ordenado de ta Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Publica y de su Reg lamento, en el ambito de las Oficinas Region ales del tndeccpt; De confo rmidad con 10 establecido por los Iiterales f) y h) del numera l 7,3 del articulo 7" de la Ley de Organizaci6n y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto tecrsreuvc N° 1033 ; Reg istrese, comuniquese y publfquese. EDUARDO DE tA PIEDRA HIGUERAS Presidente de! Consejo Directivo 639622-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALlZACION AMBIENTAL Aprueban Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluacion y Ftscalieaclon Ambiental · OEFA RESOLUCI6N DE CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2011-OEFAfCD Lima , 12 de mayo de 2011 CO NSIDERANDO : Que, med iante laSegunda Disposici6n Ccmplementana Final del Decreto legislativo N° 1013 , que aprueba ta Ley de Creacion, Organizaci6n y Funcones de! Ministerio del Ambients. se crea et Organismo de Evafvaccn y Fiscalizaci6n Ambiental - OEFA, como organismo publico tecr ucc especializado, con personeria juridica de de recho publ ico interne. constituyendose en pliego presupuestal, adscri to al Ministerio del Ambien te y encargado de la fiscalizaci6n, la supervisi6n, el control v la sanci6n en materia ambiental: Que , a treves de la Ley N" 29325 - Ley del Sistema Nacionat de Evafvacicn y Frscenzacon Ambientat, se otorga al OEFA la cencec de Ente Rector del ctaoo Sistema , er cua l tene cor finalidad asegurar er cumplimiento de ra legislaci6n ambentat per parte de todas las personas naturales 0 jundicas. asr como supervear y garantizar que las funciones de evaluaci6n, supervisi6n, fiscalizaci6n, contro l y potestad sancionadora en materia ambiental, a REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL cargo de las diversas entroaoes del Estaco . se realicen de forma indepenmente. imparcial. agil y encreote: Que, en eI incisod) del articulo 11°de Ia Ley N" 29325 , sa establece que et Organismo de Evafvaccn y Fiscalizaci6n Ambiental - OEFA nene, entre et-as. ta funci6n nscate adora y eanclcnadora. la cuat comprende la facultad de investigar fa comisi6n de pos ibles infraccion es administrativas sancicna bles y de imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones derivadas de los instrumentos de gesti6n ambiental , asi como de las normas ambiental es v de los mandates 0 disposiciones emmoas por el OEFA; Que, la Octave Disposici6n Ccmplementaria Final de la Ley N° 29325 , estabtece que el OEFA, mediante resoluci6n de su Consejo Directive. aprobara los reglamentos que requlen las funciones de supervrsrcn cn-ecta. sscauzaccn y sancion en materia ambientat que se encuentren dentro de sus compe tencies : Que mediante Resofuci6n de Presidencia del Consejo Directivo del OEFA N° 007-201D-OEFAfPCD, se dispuso !a publicaci6n del proyecto del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancio nador del OEFA, en er portal institucional, a erectos de recibir las reececevee suqereocree y correntanos de ta ciudad ania en gene ral, por er ptazo de diez (10) eras utnes contados a partir de la publicaci6n de ta oorcaoa Resoluci6n , en cumplim iento de 10 disouestc en er articulo 39° del Reglamento sobre Transparencla Acceso a ta rnrormacon Publ ica Ambiental y Participaci6n y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por et Decreto Supremo N° 002 2D09-MINAM, Que, habiendose recab ado las suge rencias , opin iones y comentarios de diversas institucio nes , corresponde apro bar eltexto defuunvc de! Reg lamento del Procedimiento Aom.nrs tranvo Sancionador del OEFA : Que, en Sesi6n Ordinaria N° 007-2011, el ccneejc mrecevc adoptc er acuerdo de aprobar et Reglamento del Procedim iento Administrativo Sancicnaoor del OEFA, conrorme a 10 oisouesto en ta octave Disposicon Complemen taria Final de la Ley N" 29325 ; por tanto, es necesa rio formalizar la aprobaci6n del citado reglamento; Contando con el visado de la Secret arfa General , la Direcci6n de EvaluaciOn, la Direcci6n de Supervision , la Oirecci6n de Fiscalizaci6n, Sanci6n y Aplicaci6n de Incentivos y de !a Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad a 10 estabJecido en la OCtava Disposici6n Complementaria Final de la Ley N° 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n y Fiscalizaci6n Ambiental , y en uso de la atribuci6n confarida por el inciso n) del articulo 8° del Reglamen to de Organizaci6n y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo NO 022-2D09-MINAM; SE RESUELVE: Art icu lo 1°, Aprobar el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluad 6n y Fiscalizaci6n Amb iental - OEFA, el mismo que consta de cinco (05) Titutos , treinta y uno (31) artlculos, una (01) Disposici6n Complementaria Final y tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, que como anexo forma parte de la presente Resoluci6n. Art icu lo 2°,- Encargar a la Secretaria General la publicaci6n de la presante resolucian en el Diario Ofidal EI Peruano y en el portal institudonal del Organismo de Evaluacian y Fiscalizaci6n Ambiental - OEFA (www oefa, gob,pel, Arti cu lo 3°,- EI Reglamento del Procedimiento Administra tivo Sancionador del Organismo de Evaluaci6n y Fiscalizaci6n Ambie ntal - OEFA, aprobado por el articulo 1° de la presente Resoluci6n , entrara en vigencia el dla siguiente de su publ icaci6n en al Diario Oficial EI Peruano. Regfstrese, comuniquese y pubHquese WALTER V. GARCIA ARATA Presidente 47 REGLAMENT O DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR TiTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art iculo 1°,- Obj eto EI presente Reg lamenlo tiene per objeto establecer el procedimiento a seguir para determinar la responsabilidad admin istra tiva por la comisi6n de mrracclones y de ser el case . proceder a la imposic i6n de sancrones. asl como para la adopci6n de medidas ceutete ree . ccrrecuvas y preventives. en el marco de com petencia del OEFA. Articulo 2~- Ambito de aphcacton de ta norm a Las disposiciones emitidas en et presente Reglamento son apficables a toda persona natura! 0 ju rfdica sujetas at cumplimiento de las obligaciones establecidas en los instrumentos de gesti6n ambienlal, ccncesicnes. tilulos habil ita ntes, nc rmas. mandatos y dispo siciones ernmoas por la autoridad competenle 0 el OEFA, cuycs mcumpnrmentos se encuen tren tcmceccs. reecectc de las ecnvoaoes sujetas at ambito de competencra de esta. Articulo 3°,- De los p rinc ipios EI OEFA ejerce su potestad sancionadora, as! como su potestad para imponer medidas administrativas, de acuerdo a los principios establecidos en la Ley del Procedimiento Administrat ivo General - Ley N" 27444: edemas de los establecidos en la Ley General del Ambiente -ley N" 28611, Y en los oemas prindpios de proteccon y cooservaccn ambiental. Art ic ulo 4°, Responsab ilidad de l Infrac to r La responsabilidad administrativa del infractor es moependiente de fa responsabihdad civil 0 penal que oudiera originarse per (as accones u cmsrones que ccnhquren la infracci6n administrativa EI tipo de responsabilidad administrativa aplicable a los proced imientos administ rativos sanciona dores es objet iva, de conformidad con 10 indicado en el articulo 18' de la Ley del Sistema Nad onal de Evaluad6n y Fiscalizaci6n Ambiental - Ley N" 29325 , 0 en la norma que 10 modifique 0 sustiluya Articulo 5°,- No subs tracc i6n de la materia sanc ionable EI cese de la conducta que conslituye infracci6n administrativa, asi como la raversi6n de sus efectos derivados, no sustrae la materia sancionable, TiTULO II PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Cap it ulo I Orga nos compete ntes Art iculo 6°,- De la autor idad instructora EI instructor del proced imiento administra tivo sancionador sera des ignado por el Directorde la Direccian de Fiscalizaci6n, Sancian yAplicaci6n de Incentivos, Articulo 7~- Funci ones de la auto rida d inst ructo ra Ala autoridad instructora Ie corresponde: (i) Disponer el inicio del procedimien to administra tivo sancionador, asf como realtz:ar lod as las actuacion es necesaria s para el analisis de los hechos, recabando los datos , informaciones y pruebas que sean relevantes para determinar, segun sea e1 caso, la existenda de infracciones administrativas. (ii} Emitir el informe que proponga al 6rgano de resoluci6n la impos ici6n de una sanci6n y medida correct iva en su case. 0 er arcnvc del procedirnentc ante ta tana de eoecrtec on de ta inlracci6n administratlva Articulo 8°, 6 rga no de rescluclon El organo de resclucon ccoceteote para imponer sanciones es la Oirecci6n de Fiscatizaci6n, Sanci6n y Aphcaci6tt de Incentives. Articulo 9~- 6 rgano de seg un da instancla EI Trbunal de FiSCalizaci6n Ambiental es el encargado de resolver el recurso de apelaci6n interpuesto contra Is resolu06n emitida per er Organo de primera instancia Capitulo II Desarro llo del procedim iento admini strativo senctcnadcr Articulo Hlo,-Inici o del procedi m ien to EI crocecenentc administrativo sanc onecor se inicia de conformidad con er numeral 1 de l articulo 235" de ta Ley de l Proced imiento Admin istrativo General Articulo 11". Reglss apncabtes en el desa rro ll o del procedimiento Las reglas actcables en erdesarrollo del proced imiento administrativo eanconaoor son las siguientes: (i) EI instructor ncntica ra per escrito a! presunto infractor er inicio del procedimiento administrat ivo sancionador seneraoce. a los actos u omisiones que pudieran constrtuir infracciOn; b. las ncnnas que peven d ichos ados u omisiones como infracciones administrativas: c. las sanccoes que, en su case, se Ie pudiera imponer; d er Organo competente para imponer la sanci6n, asi como la norma que atnbuye tal co-ceterce: e er plazo dentro del OJal el adminiStrado podra presentar sus descargos por escoto. er mismo que no podra ser inferio r a cinco (5) d ias contados a partir del dia siguiente de realizada Ia nol lficaciOn EI plazo podra ser a~llado a solicitud fundamenlada del adffiln istrado per (mica vez. (ii) Efectuaclo el descargo 0 veeccc er plazo para nacerso. 10 que ocurra corerc. el instructor poora disponer , de ser el case. la realizaci6 n de actuaciones complementarias, suspend;endose el plazo para resolver, en tanto se aeluen, se presente 0 transcurra el plazo otorgad o para la entrega de las pruebas requeridas, (iii) EI instructor emitira un informe recomendando al Organo de resoluciOn sobre la existencia 0 no de responsabilidad del administrado, asi como el correspondlente archivo del procedimiento administrativo sancionador, de ser el caso, (iv) La resoluci6n que establezca la sanci6n ylo medida correctiva, 0 Is decisiOn de archivar el eXpediente, sera emitida dentre del plazo de ciento ochenta (180) dias habiles de presentados los descargos por el administrado 0 de veneido el plazo para hacerlo, 10 que ocurra primero. (v) EI Organo de resoluci6n podra disponer la realizaci6n de actuaciooes complementaries En estos cases, se suspendera el plazo legal pa ra resolver , en tanto se actUen, se prese nte 0 transoma el plazo Olorgado para la entrega de las pruebas requendas (vi) Emitida Is resoluci6n estab lecida en el numeral precede nte, esta sera notdicada al administrado . (vii) En cualqu ier momento de l proced ,ml8nto antes de Ia emisiOn de Is resolUCi6n senalada en el numeral (iv) se podra amphar 0 variar: (a) los actos u omisio nes imputadas, 0 (b) Ia relaci6n de disposit ivos legales que caliliquen las posib les infracciones administrabvas: otorgando al admin istrado un plazo adiCional no menor de cinco (5) dias para realizar sus desca rgos por escrito. A esle electo, se computa nuevamente el plazo eslablecido en el numeral (iv), 48 TITULO III DE LA S SANCIONES ADMINISTRATlVAS Art ic ulo 12", TIpos de sa nc iones Los bpos de saoccoes adminiStratillas que imponga el OEFA son los senataocs en el literal b) del numeral 1 de La Segunda Oisp0sici6n Complementaria Final de Ia Ley de Creaci6n, Organizaci6tt y Funccnes de l Ministerio del ArrtIiente · Deaeto Leg iSlativo N"1 Q13 y en er articulo 136" de Ia Ley General del Ambl6nte. 0 las normas que las modiliquen 0 sustrtuyan. Articulo 13~- Criterios para grad uar la sanci6n Para graduar Is eencon. se ceoera eeservar los crilerios estableodos en er articulo 230" de Is Ley del Proced imiento Admmlstrativo Gener al. Art iculo 14~- lncumplimiento de la obligaci 6n La imposici6n de una seoccn. no exime de l cumplimiento de las obligaciones que han dado origen at reececnvc proced imiento administrativo sancionador: debiendo en todo caso el administrado, evear 0 cesar de inmediato las accoees u omisiones que dieron lugar a ta sa nc cn. TITULO IV MEOIOAS AOMINISTRATIVAS Cap itulo I Oispos ic iones generales Arti culo 15~- caraeter de las medidas admin istrativas No se cons ideran sanciones las medidas cautelares, correctivas y prevenl ivas que er OEFA emrta al ampare de las normas Sl.lJE!tas a su coepetenoa. Art iculo 16".- Com unicaci6n previ a La adopci6n de una medid a cautelar 0 preventiva no reocere de una comunicaci6n previa al adminiStrado . Articulo 1r. - Acci ones complementarias a las medidas administrat ivas Sinpef)uiciOde10 dispuesloen Iamedida administrat iva, el OEFA podra dispol"Ier 0 ejecutar adiciOnalmente las siguienle s acccnes: a) Instalaci6n de distintivos , pancartas 0 avisos que identifiquen la medida dispuesta , b) Colocaci On de precintos, disposi tivos 0 mecanismos que impidan , restrinjan 0 limiten el desarrollo de la actividad 0 la cont inuaciOn de la construcci6n . c) Sistemas 0 mecanismos de monitoreo y/o vigilancia d} Mecanismos 0 acciones de verificaciOn peri6dica, e) Obligaci6n de realizar reportes de situac iOn 0 estado per los administrados, f) Demas mecaniSmos 0 acciones necesa nos. Art ic ulo 18", PrOCedi mien to pa ra la aplicaci6n de med idas administrat ivas El proced imiento para Ia aplicaci6n de las medidas administrativas , sera el siguiente: (i) EI Organo <::ompetente ordena ra la medid a adminisl ratilla a traves de una resoiuci6 n. (ii ) En e l caso de medidas preve nt ivas y cau tel ares, el organo com petente de l OEFA pod ra deslgnar a un rep resentan te a fin que se notifique a la pe rsona con qu ien se entienda la diligencia , s i su ejecuci6n fuera inmediala En el caso de medidas correctlvas se aplica ra 10 antes indicado, previa notiflcaci6 n al adminislrado. (iii) A fin de realizar lodas las acciones para el cumptimiento de las medidas administ rativas y acciones complementarias, el personal designado por el OEFA portara ra deb ida acreouaccn para acceder a las instalaciones sobre las que reeaen las medidas adoptadas. EI personal designado, en funccn a eada caso particular, determinara el orden de prioridad en que se oara cumplimiento a 10 ordenado en la medida admmistrativa. (iv) EI personal des ignado por erOEFA para ejecutar las medidas administrativas podra solicitar , en el marco de ta leqislacicn vigente, la oartcipacon del Ministerio Publico '110 de la Fuerza Publica , Pccra tan-ben necer uso de rreooes como el descerraje 0 similares, previa mandate jud icial. (v) cutmmaoa la dil igencia de ejecuci6n 0 de verificaci6n del cumplimiento de ta medida admtnlstrativa , et personal designado para ejecutarla levantara un Acta de Ejecuci6n de Medida Administraliva , que de cuen la , como minimo, de 10 siquiente: a) fa ldenttncactcn de ta persona designada por el OEFA 'I de las personas con quenes se entendi6 la dili gencia ; b) lugar, lecha y nora de la tntervenctcn : c } determinacion de los bienes score los que recae la medida acmtnrstranva : d) descripci6n de las acciones realizadas en cumplim iento de ta medida administrativa ; y e) observaciones de la persona con quien se entendre la diligencia , de ser er caeo . (vi) La persona des ignada para ejecutar la medida administrativa debe entregar copia del Acta de Ejecucion de Medida Administrativa , a fa persona con quten se entendi61a dil igenaa , (vii) De no habe rse podido ejecutar la medida eorrsnetreuve. ra persona designada tevantara et acta indicando, entre otros puntos, los molivos que impidieron la ejecucon de fa mencionada medida . (viii) Para garantizar ra ejecuci6n de las meoroes administra tivas, la persona designada pcdra volver a realizar la diligencia sin necesidad de que se emita otra resorucon de manera tal que se asegure su cumplmiento. Para ello, ceoera levantar et acta correspo ndiente de acuerdo a los requ isitos establecidos en el presente procedsraento. (ix) Una vez ejecutada la medida preventiva 0 cautelar e centmcaoc eradministrado , de serel case. se procedera a ncuncareeie ocoee meoioas en un plazo de cinco (5) dias despues de ejecutada. (x) los gas tos para el cumpl imiento de la medida administrativa 'I de las acciones complementarias seran de cargo del admin ist rado cuando se disponga que la medida administrat iva sea ejecutad a por este . Cap itulo II Med idas c autere res Articu lo 19',- Medidas cauteta res Las rnecroas cautelares se adoptaran iniciado un procedimiento administrativo sancionador de conformidad con 10 dispuesto en los articulos 146" y 236° de la Ley del Procedimiento Administra tivo General , en el articulo 21° de fa Ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n y Fiscalizacion Ambiental y en el articulo 137" de la Ley General del Ambiente, 0 las normas que las modifiquen o sustituyan , Antes del inia o del procedimiento administrat ivo sancionador se pOOra adoptar medidas preventivas, de conformidad con 10 previsto en el Capitulo IV del presente Ti tulo, Art ic u lo 20".- 6 rga no competente para emilir medidas cautelares EI6rgano competente para adopta rmedidas cautelares es la Presidencia del Consejo Directivo, Articul o 21",- Caduc idad las medidas eautelares eaducan de pleno derecho en los supues tos indicados en el articulo 146G de la Ley del Proced imiento Adm inistrat ivo General , 0 fa norma que 10 sustituya 0 modifique, 49 Capitulo III Medidas correcnvas Articulo 22~- Medidas cor recnvas Ademas de la sancionque sa imponga por la comisi6 n de una infraccion , el organa competenle puede dictar medidas correctives. Las medidas correctivas se adoptaran de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 22° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n y Fiscalizaci6n Ambiental, en el articulo 232° de la Ley del Proced imiento Administra tivo General 'I en el articulo 136° de la Ley General del Ambente. 0 las normas que las sustituyan 0 mcditiquen. Art iculo 23G. 6 rga no com peten te para amit ir medi das correctivas EI 6rgano competente para imponer medidas correctivas es la rnreccron de Fiscalizacien. Sanci6n y Aotcacicn de Incentives Capitulo IV Medi das Preventivas Articulo 24~ - Medidas preventlvas Las medidas preventfvas se imponen umcamente cuanoo se evidencia un inminente pelig ro 0 alto riesgo de producirse un dar'.o grave at ambente, los recursos natura les 0 derivado de ellos , a la salud de las personas , asi como para mit igar las causas que generan la oeqradacicn 0 el dane ambien tal. Sa entendera que existe peligro 0 riesgo cuando la Direcci6n de Supervision considere que pueda malerializarse en el futuro inmediato 0 mediato un dane grave para el amceote. recursos naturales, 0 oervaoo de enos. a ta saiuc de las personas , de ccntnuarse con tas condiciones existentes Para disponer una medida preventiva no se requiere necesanamente eriniciode unprocedimiento acmrnetrauvc sancronacor. Dicha medida se ejecutara sin pequicic de fa sanccn administrativa a que hubiera lugaL Los tipos de medidas preventivas que se pueden adoptar son los conlemplados en e) numeral 21.2 del articulo 21° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacicn y Fiscalizaci6n Ambien tal, sin perjuicio de ctrcs necesarios para er cumplimiento de su Iinalidad . La vigencia de la medida preventive se extiende haste que se naya venncaoo su cumplimiento 0 que nayan ceseoereccc las condiciones que ta monvaron . Arti culo 2S~- 6rgano competente para emitir medi das prevenlivas EI 6rgano competente para imponer medidas preventivas es la rnreccron de Supervision , Art ic ulo 26·,- Adopclcn de medidas preventivas s in toenuncecren de l responsabl e En salvaguarda del ambiente, los recarsos naturales o oenvaoc de eios. a Ia salud de las personas, las medidas preverevae sa daponen y ejecutan independientemente de Ia identifieaci6n del responsable, poseedor 0 propietario de los bienes0 actividades sabrelos cuales recaendichasmedidas. riTULO V o r RAS DISPOSICIONES Cap it ulo I Recursos Administrati vos Articulo 27~· lmpugnaci6n de actos administrati vos Los actos administrat ivos emitidos de conformidad con el presen te Reglamento, son recurr ibles en vIa de reconsideraci6n 0 apelaci6n . Los recursos de apelacion interpuestos conlra actos emilidos por la Direccion de Superv ision, la Direccion de Fiscalizaci6n, Sanci6n y Aplicaci6n de Incent ivos y pOf la Presidencia del Consejo Directivo , son resueltos por el Tribunal de Fiscajzacion Ambiental, cuyo pronunciamiento pone fin a tavra acnumstranva. Articulo 28°. Actuaci6n de medi os probatorios EI Tribunal de stscanzacron Ambientat y er 6rgano de resofucicn se encuentran facultados para ordenar la actuaci6n de medios probatorios , a fin de resolver los recurscs de apelacrcn 'I reccnaoeracicn . respectivamente, de considerarlo pertinente . Capit ulo II Mu ltas c cercmvas Articulo 29°. Multas cce rcmvas Las multas ccercmvas ccnstituyen un meoto de ejecucion toraosa de las resolucicnes que imponen medidas cautelares 0 correctivas. siendo independiente de estas 'I no liene caracter sancionador. EI organa de rescnrccn y fa PresidencJa de consejc Directivo podran apnca r multas coercitivas . Para tal efecto , fa resoluci6n que imponga medidas cautelares o correc uvas debe eetemecer como epercttnrmento ta imposicion de una multa coercnve. oorcanoose el ptazo para el cumphmento de ta obligaci6 n 'I el monto a ser ecucecc en caso de oersistiret incumplimiento. La impos ici6n de multas coercmvas se regiran de conrorrnoao con 10 dispuestcen los articulcs 21° 'I 22 ° de la Ley del Sistema NacJonal de Evaluacicn 'I stscanzacrcn Ambiental Capit ulo III Regist ro de ac tce adm inist rativos Art iculo 30°,· Regi st ro de act os administ rat ivos EI OEFA maotenora un registro permanente en er coer se Incluyan los actos adrmmstratrvos que dispongan las sanciones. medidas adrmrustratrvas impuestas 'I los que resue'ven los recursos adrmmstratrvos interpuestos En este registro se debe consigna r como informacion minima : (i) el mlmero de expediente: (ii) el nombre 0 raz6n social del administrado ; (iii) la disposicicn incumplida '110 la infracci6n ccmeuce. (iv) ta sancicn impuesta '110 la medida acmrmstranva adoptada: (v) er nurrerc y fecha de rotmcaccn del acto acmrmstranvo que lmoone la sancion 0 ta medida administrativa: (vi) el tipo de recurso administrativo tnterpcesto: 'I (vii) el eumerc 'I fecha de ncttncaccn del acto que resuefve cada recurso administrativo. EI registro de aetos administrativos sera implementado fisica v virtualmente por la Dueccicn de FiscaiizaciOn, seocoo vAphcacion de Incentives. Art iculo 31°,· Acceso al reg istro a tra ves de l po rta l web instituci onal Los actos administrativos consignados en er registro at que se tenere er articulo preceden te seran publ icados en el portal web instilucJonal. Para tal efecto , sa debera observar 10 dispuesto en el Texto Unico Ordenado de fa Ley de TransparencJa 'I Acceso a la Informacion Publica 'I su Reglamento . DlSPOSICI6N COMPLEMENTARIA FINAL UNICA,- Reglas de supletor iedad En todo 10 no previsto de manera expresa en el presente Reglamen to, se aplicara sup letofiamente las disposiciones contenidas en la Ley del Sistema NacJonal de Evaluaci6n 'I Fiscahzacion Ambiental y las disposiciones contenidas en la Ley de l Procedim iento Administrativo General , sin pe~u icJo de 10 dispuesto en el articulo 229.2 de fa cilada Ley, 50 OISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Procedimientos administ rativos sa nc ionadores en tremne Los procedimien tos administrativos sancionadores en trarmte que sean conocidos porel OEFA en el marco de los procesos de transferencia de funciones , ccntmuaran sus actuaciones segun las dispcsicones del regiamenlo bajo el coerse orig inaron 'I sus ccrrespondientes reg imenes de infracccnes 'I sancones Segunda.- Cuadro de tipifi cac i6n de inf racciones 'I sancicnes Mientras no se apruebe el Cuadro de Tipificacion de lnfracciones y Sanciones del OEFA , se aplicara el regimen de infracciones 'I sanciones vigen te de cada una de las entidades cuyas funciones se transfieran al OEFA, 're rcera- Procedimien to de decomiso de bieres En un plazc no mayor a los cua reota 'I cinco (45) etas de ta cocucecroo del presents Reglamento ra tnrecccn de Supervision oebera etaborar er Reglamento del Proced imiento de Decom iso de Benes. ya sea para efectos de la adopciOn de medidas administrativas 0 de la impos ici6n de sanclones. 6398 28-1, 639826-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban realizaci6n y dan caracter oflclal al Seminario Intemaeional de Dereeho Registral "La Fonnalizaei6n de la Propiedad, Pilar del Creeimiento Eeon6mieo. Experiencias Iberoamertcanas", a realizarse en la ciu dad de Arequipa RESOLUCION OEL SUPERINTENOENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLlCOS N° 132·2011·SUNARPfSN Lima, 13 de mayo de 2011 VISTO: EI Oficio N" 311-2011-Z.R.N"XII-JEF del Jete de ra Zona Reqistra! N° xu - 5ede Arequipa , referido a ta aprobaci6n y onctanzaccn del Semina rio Intemacicnat de oerecno Registral "La scrmauzacon de la Propiedad, Pilar del Crecim iento Econ6mico. Experiencias lberoamericanas"; CONSIDERANDO: Que,son funcionesyatribucionesdelaSuperinlendencia Nacional de los Registros Pcbjcos - SUNARP ejecutar actividades de formaci6n , capacitacicn yentrenamiento de los Registradores Publicos 'I demas personal que integran el Sistema : asl como la difusi6n e intercambio de conocimientos con demas instituciones a efectos de preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la funclon registral , orientado pri ncipalmente a su especial izaci6n , conforme 10 estabfece la Ley N° 26366 - Ley que crea el Sistema Nacional de los Regis tros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ; Que , mediante documento de vistos, el Jefe de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa , ha solicitado sa otorgue la aprobaci6n y oflcial izacian del evento academico denominado: Seminario Internacional de Derecho Registral "La Formalizaci6n de la Propiedad , Pilar del Crecimiento Econom ico. Experiencias Iberoamericanas·, REAL TIME EIRL