Resolución Nº 003/07/INRENA - Disposiciones complementarias del Programa extraordinario de regularización de deudas
صدر في 2007-04-04 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- financial agricultural measures, subsidy/incentive, irrigation, credit, court/tribunal
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
~I Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica AGRICULTURA Dictan disposiciones complementarias para el adecuado cumplimiento del Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas y del beneficio al usuario buen pagador de tarifa de uso de agua RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 003-2007-INRENA-IRH Lima, 4 de abril de 2007 VISTa Ellnforme N° 0007-2007-INRENA-IRH, mediante el cual se sustenta la necesidad de dictar disposiciones para la adecuada aplicaci6n del Decreta Supremo N° 01 0-2007-AG; y; CONSIDERANDO: Que, el16 de febrero del 2007 se public6 el Decreta Supremo N° 010-2007-AG, mediante el cual se dictaron disposiciones para el sinceramiento de deudas par concepto de Tarifa de Usa de Agua Superficial can Fines Agrarios e implementaci6n del Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas; Que, el articulo 8 del citado Decreta Supremo estableci6 que los usuarios de agua superficial can fines agrarios que a la entrada en vigencia de la norma se encuentren completamente al dla en el pago de la tarifa y que adernas la hubieran cancelado puntualmente en los ultirnos tres aries, seran beneficiados can un descuento del 20% del manto que les corresponde cancelar par concepto de tarifa de usa de agua en los pr6ximos dieciocho meses, debiendo las Juntas de Usuarios aplicar los ingresos provenientes de los convenios de regularizaci6n para cubrir Pagina 9 ~I Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica el presupuesto del ana en que perciban tales ingresos y serviran para compensar los mantas que se dejen de percibir par la aplicaci6n del beneficia al buen pagador de tarifa; Que, conforme establece el articulo 18 del Reglamento de Tarifas y Cuotas par Usa del Agua, aprobado par Decreta Supremo N° 003-90-AG, los presupuestos de las Juntas de Usuarios deben ser aprobados can anterioridad al 30 de setiembre del ana anterior a su ejecuci6n, los mismos que conforme seriala el articulo 11 del citado Reglamento se financian a traves del componente Ingreso Juntas de Usuarios de la Tarifa de Usa de Agua can Fines Agrarios; Que, al 31 de diciembre del ana 2006, las Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego de la Republica aprobaron sus planes de trabajo y respectivos presupuestos consolidados para el desarrollo de sus actividades durante el ana 2007; Que, el presupuesto de egresos de dichas organizaciones se encuentran programados para ser financiados can los ingresos que se obtengan producto de la cobranza de la tarifa de agua superficial can fines agrarios del ana 2007, y can la recuperaci6n programada de ingresos a obtener producto de la cobranza de saldos de tarifas anteriores, sin haber considerado la aplicaci6n del Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas; Que, asimismo al 31 de diciembre del ana 2006, las Administraciones Tecnicas de Distritos de Riego tienen aprobados los valores de la tarifa de usa de agua can fines agrarios correspondientes al ana 2007. Que, en tal sentido, al haber sido aprobados los presupuestos de las Juntas de Usuarios y el valor de las tarifas que corresponden al ana 2007, resulta inviable la implementaci6n del beneficia al usuario buen pagador a que se refiere el articulo 8 del Decreta Supremo N° 010-2007 AG en el presente ejercicio, toda vez que ocasionarla en algunas Organizaciones de Usuarios, un desequilibrio financiero en el presupuesto de ingresos y la consecuente inejecuci6n parcial de las actividades y tareas programadas para atender la gesti6n de los sistemas de riego a su cargo; Que, en consecuencia se deben dictar disposiciones complementarias para garantizar el adecuado cumplimiento del Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas y del beneficia al usuario buen pagador de tarifa de usa de agua; y, Que, en usa de la facultad contenida en el articulo 11 del Decreta Supremo N° 010-2007 AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Destino de los ingresos provenientes de la ejecuci6n del "Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas" Precfsese que de conformidad can 10 dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 08 del Decreta Supremo N° 010-2007-AG, las Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego de la Republica deberan destinar los ingresos que perciban durante el ana 2007 par concepto de los pagos que efectuen los usuarios que se acojan al "Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas" unica y exclusivamente para alguno de los siguientes fines: 1.1 Contribuir al financiamiento del Presupuesto del ana 2007. Para tal fin se aplicara unicarnente la parte equivalente al manto que la Junta de Usuarios program6 recaudar al momenta de elaborar el presupuesto del ana 2007 como concepto de recaudaci6n de tarifa de aries anteriores. 1.2 Compensar los ingresos que dejaran de percibir par aplicaci6n del "beneficia al usuario buen pagador de tarifa". Este es el importe adicional al manto previsto par las Juntas de Usuarios para el ana 2007 par concepto de recaudaci6n de tarifa de aries anteriores y que debera Pagina 10 ~I Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica mantenerse en una cuenta intangible a ser destinada exclusivamente para el fin sefialado en este acapite. Articulo 2.- Disposiciones para el adecuado cumplimiento del beneficio al usuario buen pagador de tarifa. Para el adecuado cumplimiento del beneficia al usuario buen pagador de tarifa a que se refiere el Articulo 08 del Decreta Supremo N° 010-2007-AG Y a fin de evitar un desequilibrio financiero en el presupuesto de las Juntas de usuarios que corresponde al ana 2008 y 2009, se debera de cumplir can las siguientes disposiciones: 2.1 Los descuentos del 20% a que tienen derecho los usuarios que se encuentren completamente al dla en el pago de la tarifa de usa de agua y que adernas la hubieran cancelado puntualmente en los tres ultirnos aries, se aplicaran a los pagos par tarifa que estos usuarios deban realizar par el usa del agua que efectuen durante el ana 2008 y primer semestre del ana 2009. 2.2 Las Juntas de Usuarios deberan considerar en la formulaci6n del presupuesto del ana 2008, los ingresos que obtengan producto de la sumatoria del importe adicional referido en el acapite 1.2 del articulo 1 de esta Resoluci6n mas los ingresos que la Junta de Usuarios proyecte recibir durante el ana 2008 par el pago de las "cuotas de los convenios de regularizaci6n de deudas" que deberan efectuar los usuarios que se acojan al Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas. 2.3 Si el resultado de la sumatoria sefialada en el acapite 2.2 fuese inferior al manto requerido par la Organizaci6n de Usuarios para compensar los ingresos que dejara de percibir durante el ana 2008 par la aplicaci6n del beneficia al usuario buen pagador de tarifa, se debera realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobara esta Intendencia. 2.4 En caso que la sumatoria sefialada en el acapite 2.2 fuese superior al manto requerido par la Organizaci6n de Usuarios para compensar los ingresos que deje de percibir durante el ana 2008 par la aplicaci6n del beneficia al usuario buen pagador de tarifa, el excedente servira para compensar los mantas que se dejen de percibir par la aplicaci6n del beneficia al usuario buen pagador de tarifa durante el primer semestre del ana 2009. De ser necesario tarnbien en la formulaci6n del presupuesto del ana 2009 se debera realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobara esta Intendencia. Articulo 3.- Distribuci6n de los ingresos entre los componentes de la tarifa. Precfsese que los ingresos que perciban las Juntas de Usuarios par aplicaci6n del "Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas", incluyendo los intereses de los "Convenios de Regularizaci6n de Deudas", deberan ser distribuidos entre los componentes que conforman la tarifa de usa de agua can fines agrarios, siendo los ingresos del componente "Ingreso Junta de Usuarios" los que se ernplearan para contribuir al financiamiento del presupuesto del ana 2007 y compensar los ingresos que dejaran de percibir par aplicaci6n del "beneficia al usuario buen pagador de tarifa". Articulo 4.- Formulario de convenios de regularizaci6n de deudas. Apruebese el formulario oficial de los convenios de regularizaci6n de deudas a que se refiere el articulo 5 del Decreta Supremo N° 010-2007-AG, el mismo que forma parte integrante de la presente resoluci6n. Registrese, comuniquese y publfquese, ENRIQUE SALAZAR SALAZAR Intendente de Recursos Hldricos Pagina 11 ~I Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS DE TARIFA DE usa DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS CONVENIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS DECRETO SUPREMO N° 010-2007-AG. Conste par el presente documento el CONVENIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS, que celebran de una parte la Junta de Usuarios , can RUC. , representado par su Presidente Sr. --,---- y Tesorero Sr. identificados can DNI N° Y respectivamente, reconocidos ambos mediante Resoluci6n Administrativa N° ,---,---- ----,- ,---- -,---- yean domicilio legal en --,----,------,---- ' a quien en adelante se Ie denominara "LA JUNTA", Y de otra parte el Sr(a). ,---- identificado can DNI N° can domicilio en a quien en adelante se Ie denorninara "EL USUARIO"; en terrninos y condiciones siguientes: CLAuSULA PRIMERA ANTECEDENTES 1.1 EL USUARIO tiene una deuda pendiente de pago a favor de LA JUNTA proveniente de la Tarifa de Usa de Agua can Fines Agrarios conforme al siguiente detalle: Tarifa/afio Manto Deuda 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 Total Deuda 1.2 Mediante Decreta Supremo N° 010-2007-AG se aprob6 el Programa Extraordinario de Regularizaci6n de Deudas que consiste en el otorgamiento excepcional y par unica vez de facilidades de pago de las deudas provenientes de la tarifa de usa de agua can fines agrarios. Asimismo tal norma dispuso que los usuarios que se acojan al citado Programa, sean exonerados del pago de los intereses y de las multas correspondientes. CLAuSULA SEGUNDA - OBJETO DEL CONVENIO Par el presente convenio las partes acuerdan que la deuda sefialada en el parrafo precedente sera cancelada de acuerdo a una de las siguientes modalidades contempladas en el Articulo 5 del Decreta Supremo N° 010-2007-AG: AI contado a en forma fraccionada. Marcar can una "x" y completar el cuadra sequn la modalidad a que se acoja el usuario ( ) AI Contado Tarifa Manto Deuda Total Deuda (-) Descuento 40% Total a Pagar () En forma Fraccionada Tarifa Manto Deuda Total Deuda Cuota de pago Inicial If20%) Saldo a Fraccionar N° de Cuotas Monto de Cada Cuota lnteres sabre la Cuota Pagina 12 ~I Pcruono Sistema Peruano de Informacion Juridica (1%) Total a Pagar por Cuota CLAuSULA TERCERA - RESOLUCION DEL CONVENIO En cumplimiento a 10 dispuesto en el articulo 6 del Decreta Supremo N° 010-2007-AG, tratandose de los convenios celebrados en forma fraccionada, el incumplimiento de pago de par 10 menos una de las cuotas pactadas ocasionara la resoluci6n autornatica del convenio y la consecuente perdida de todos los beneficios otorgados AL USUARIO. CLAuSULA CUARTA - CONSTANCIA DE PAGO Can la suscripci6n del presente convenio LA JUNTA deja constancia de haber recibido el importe consignado en la clausula segunda de este convenio sequn la modalidad del convenio, par 10 que otorga todos los beneficios que en tal virtud corresponde AL USUARIO conforme a 10 establecido en el Decreta Supremo N° 010-2007-AG En serial de conformidad can los terrninos del presente convenio, las partes 10 suscriben en tres (03) ejemplares, en a los dlas del mes de del ana 2007 LA JUNTA Pagina 13 EL USUARIO