Resolución Nº 002-2011-PRODUCE — Tablas de evaluación físico-sensorial de pescado y pota a ser utilizadas en el Programa de vigilancia y control de la pesca y desembarque en el ámbito marítimo
صدر في 2011-01-04 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- institution, marine fisheries, fishing vessel, landing, non-governmental entity, inspection, contracts, standards, fishery management and conservation, governance
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l!'I p~rUO.!! O Sistema Peruano de lnformacion Juridica PRODUCE Aprueban tablas de evaluaci6n fisico - sensorial de pescado y pota a ser utilizadas en las labores de vigilancia y control previstas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" RESOLUCION MINISTERIAL N° 002-2011-PRODUCE Lima. 4 de enero de 2011 VISTOS: Los Oficios N° 480-2010-ITP/DE del 8 de julio de 2010 y N° 545-2010-ITP/DE del 11 de agosto de 2010 del Institute Tecnol6gico Pesquero del Peru - ITP; el lnforme TE!cnico N° 023 2010-PRODUCE/DIGSECOVI del 16 de agosto de 2010 y las Memorandos N° 490-2010 PRODUCE/DIGSECOV~CP del 14 de octubre de 2010 y N° 948-2010-PRODUCE/DIGSECOV~CP del 25 de noviembre de 2010 de la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia: y, los lnformes N° 066-2010-PRODUCE/OGAJcfva del 14 de octubre de 2010 y N° 077-2010 PRODUCE/OGAJcfva del 30 de noviembre de 2010 de la Oficina General de Asesoria Juridica: y, CONSIDERANDO: Que, los articUos 2 y 78 de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, establecen que los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Naci6n, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotaci6n acional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional y que las personas naturales o juridicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la citada Ley y en las disposiciones reglamentarias se haran acreedoras seglln la gravedad de la falta a determinadas sanciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-201 0.PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2010-PRODUCE, se ampli6 el ambito de aplicaci6n del ''Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritime", creado por Decreto Supremo N° 027 2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 029-2005-PRODUCE, a los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consume humano directo y Pagina 43 l!'I p~rUO.!! O Sistema Peruano de lnformacion Juridica con plantas de harina de pescado residual, a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiol6gicos y a aquellos establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consume humane directo y con plantas de harina de pescado convencional y/o de ate contenido proteinico. Asimismo, se incluy6 coma actividad del citado Programa la evaluaci6n fisico - sensorial de recurses hidrobiol6gicos en las establecimientos industriales pesqueros y plantas citadas: Que, el articulo 3 del Decreto Supremo N° 008-2010-PRODUCE establece que el Institute Tecnol6gico Pesquero del Peru - ITP, se encargara de capacitar a las inspectores del ·'Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritime". en la metodologia de analisis fisico - sensorial de recurses hidrobiol6gicos y que mediante Resoluci6n Ministerial se aprobara la tabla de evaluaci6n fisico - sensorial para recurses hidrobiol6gicos que proponga el ITP; Que. mediante los Oficios de Vistos el Institute Tecnol6gico Pesquero del Peru - ITP. ha remitido las tablas de evaluaci6n fisico - sensorial de pescado y del recurse pota: Que. la Direcci6n General de Seguimiento. Control y Vigilancia mediante las documentos de Vistos, sefiala que la evaluaci6n fisico - sensorial permitira durante las labores de vigilancia y control previstas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritime", constatar si los recurses hidrobiol6gicos recibidos par las plantas de procesamiento de acuerdo a la licencia de operaci6 n otorgada, son aptos o no para consume humane directo, a fin de determinar el cumplimiento de la normativa pesquera vigente y en consecuencia, garantizar la conservaci6n, el aprovechamiento sostenido y responsable de las recurses hidrobiol6gicos. per lo que recomienda se aprueben las tablas de evaluaci6n fisico - sensorial de pescado y de pota, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3 del Decreto Supremo N° 008-2010-PRODUCE: De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977. su Reglamento, aprobado per Decreto Supremo N° 012-2001-PE. el Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE que crea el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritime'·, el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado per Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE: y, Con el visado de la Viceministra de Pesquerfa y de los Directores Generales de la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Oficina General de Asesoria Juridica: SE RESUELVE: Articulo Onico.- Aprobar las tablas de evaluaci6n fisico - sensorial de pescado y pota. a ser utilizadas en las labores de vigilancia y control previstas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritime". creado per Decreto Supremo N° 027-2003 PRODUCE, las queen Anexo 1 y 2 forman parte integrante de la presente Resoluci6n Ministerial. Registrese. comuniquese y publfquese JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANiBAR Ministro de la Producci6n (*) Ver grilfico publicado en el Diario Oficial "El Peruano" de la fecha. Pagina 44