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قوانين بيرو

Resolución Nº 001-2009-AG-DGFFS ─ Modifica la Resolución Nº 097-2008-INRENA, que modifica el cupo nacional de exportación de caoba

صدر في 2009-05-13 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
forestry protection measures, timber extraction/logging, international trade, protection of species, forest management/forest conservation, biodiversity
الفئات
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  1. \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica AGRICULTURA Modifican cuadra anexo de la R.J. ND 097-2008-INRENA Y precisan saldo del cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba del alia 2008 RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL ND 01-2009-AG-DGFFS Lima, 13 de mayo de 2009 VISTOS Los Informes N° a02-2009-AG-DGFFS-DGEFFS del 12 de marzo de 2009, N° 050-2009 AG-DGFFSDGEFFS del 6 de abril de 2009, y el N° 0263-2009-AG-DGFFS-DGEFFS del 5 de mayo. emitidos par la Direcci6n de Gesticn Forestal y de Fauna Silvestre, los cuales recomiendan modificar el cuadra anexo a la Resoluci6n Jefatural N° 097-20D8-INRENA que modifie6 la Resoluci6n Jefatural N° 023-2008-INRENA que aprobo el Cupo Nacional de Exportaci6n de Caoba 2008 y establecer el saldo actualizado del rnenclonado cupo de exportaclon, y ampliar su ingerencia hasta el31 de diciembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreta Ley ND 21080 del 21 de enero de 1975, el Peru aprob6 la suscripci6n de la Convenci6n para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre - CITES, cuyo obietivo principal es la conservacton y utilizacion sostenible de las especies de fauna y flora silvestre induidas en los Apendices de dicha convenci6n contra su explotaci6n excesiva a traves del comercio internacional; Que, el articulo 12 del Reglamento para la Implementaci6n de la Convenci6n sabre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) en el Peru aprobado por Decreto Supremo N° 030-2005-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 001 2008-MINAM, establece que el Ministerio de Agricultura es ta Autoridad Administrativa CITES Paqina 23 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Peru para los especimenes de las especies de fauna y flora silvestres incluidos en los Apendices I, II 0 III de ta Convenclon. que se reproducen en tierra incluyendo toda la erase Anfibia y la flora acuatica emerqente: Que, el articulo 23 del mencionado Reglamento dispone que las Autoridades Administrativas y Cientfficas CITES-Peru estableceran cupos anuales de exportaci6n. entendtendose como tales a la cantidad maxima de especlmenes de las especies incluidas en los Apendices de la Convenci6n que pueden exportarse; Que. elliteral m) del articulo 58 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura. aprobado par el Decreta Supremo N° 031-200B-AG, establece que la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre tlene como funci6n ejercer ta Autoridad Administrative de ta Convenci6n sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres CITES; Que, el articulo 5 del Decreto Supremo N° 010-2009-AG senala que la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre ejerce las funciones y atribuciones como Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre en el marco de 10 dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1090 Y sus modifieatorias; Que, mediante Resoluci6n Jefatural N° 023-2008-INRENA del 18 de enero de 2008, se aprob6 el Cupo Nacional de Exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para e! ano 2008, en un numero maximo de setectentos clncuenta y cinco (755) arboles considerando un coeficiente de perdida por defectos de origen natural del arbol en pie a madera rolliza en trozas igual al veintinueve por ciento (29%) y el coeficiente de rendimiento de madera rolliza a madera aserrada para todo uso igual al sesenta y siete por ciento (67%) (cineuenta y dos por ciento (52%) de madera comercial y quince por ciento (15%) de madera largo angosta de acuerdo a las series hist6ricas de exportacion): Que, e! articulo 3 de la Resoluclon Jefatura! N° 075-2008-INRENA del 23 de matzo de 2008 estableci6 como coeficientes de rendimiento de la especie caoba los siguientes: i) Coeficiente de perdida por defectos de origen natural del arbol en pie a madera rolliza en trozas igual al veintinueve por ciento (29%), y ii) Coeftclente de rendimlento de madera rolliza a madera aserrada para todo uso igual al cincuenta y dos por ciento (52%); Que, la Resoluci6n Jefatural N° 097-2008-INRENA del 14 de abril de 2008 modifie6 la Reeotucton Jefatura! N° 023-2008-INRENA, vanando e! numero de arboles de seteclentos cincuenta y cinco (755) a setecientos quince (715) y el coeficiente de rendimiento de madera roliiza a madera aserrada para todo uso de sesenta y siete por ciento (67%) a cincuenta y dos por ciento (52%), sequn 10 dispuesto por la Resoluei6n Jefatural N° 0075-2008-INRENA; Que, mediante Memorandum N" 663-2008-INRENA-OAJ, de fecha 8 de mayo de 2008, la Oficina de Asesoria Juridica del INRENA senala que antes de la vigencia de la Resoluci6n Jefatural N° 097-2008-INRENA correspondla aplicar un rendimiento del sesenta y stete per ciento (67%) de madera rolliza a madera aserrada. por 10 que la implementaci6n del rendimiento de cincuenta y dos por ciento (52%) debe de efectuarse al saldo exportable de cada POA resultante de las exportaciones realizadas durante el periodo de vigencia de la Resoluci6n Jefatural N° 023 2008-INRENA; Que, el Informe N° 002-2009-AG/DGFFS(DGEFFS) senala que durante el periodo de vigencia de la Resoluci6n Jefatural N° 023-2008-INRENA del 18 de enero al14 de abril de 2008, se presentaron solicitudes de expedientes para el otorgamiento de permiso de exportaci6n CITES conteniendo guias de transporte forestal de cinco (05) planes operativos anuales. emitiendose hasta el 27 de marzo de 2008, nueve (9) permisos de exportaci6n CITES por un volumen total de Paqina 24 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica mil cuatrocientos quince y 9073/10000 metros cubicos (1.415,9073 m3) aserrados de madera de la especte caoba: Que, asimismo seriala que los volumenes de los mencionados planes operatives que estaban incluidos dentro del cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el ano 2008, habrian side afectados debido a la aplicaci6n retroactiva de los coeficientes aprobados par la Resoluci6n Jefatural N° 075-2008-INRENA; Que, en ese sentldo. e! antedlcho lnforrne recomienda modificar e! cuadro anexo a ta Resoluci6n Jefatural N° 097-2008-INRENA, con la finalidad de rectificar los saldos exportables: Que, e! lnforme N° 050-2009-AGfDGFFS(DGEFFS), da cuenta del saldo del cupo nactona! de exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) del ana 2008, tomando en consideraci6n las modificaciones recomendadas en el Informe N° 002-2009-AG/DGFFS(DGEFFS). luego de 10 cual se advierte que existe un total de mil trescientos cincuenta y cinco y 6761/10000 metros cubicos (1.355.6761 m 3 ) aserrados de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) que aun no han side exportadas; Que. asimismo. el referido informe indica que existe un total de setecientos quince y 4169/10000 metros cublcos (715.4169 m 3 ) aeerrados de madera de la especle caoba que no fueron inciuidos dentro del cupo nacional de exportaci6n 2008 debido a una err6nea interpretaci6n de la vigencia y aplicaci6n de la septima disposici6n complementaria transitoria de la Ley N° 27308; Que, el mencionado informe conciuye que es procedente autorizar la incorporaci6n de los volumenes de madera serialados en el considerando precedente. asi como la ampliaci6n del plazo para la exportaci6n de los volumenes aprobados como parte del cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba del ana 2008; Que. el Informe N° 263-2009-AG/DGFFS(DGEFFS) conciuye que debe incorporarse un total maximo de ciento tretnta y seis (136) arboles de ta especte caoba a! menclonado cupo nacional, con 10 cual el numero de individuos no sera mayor de ochocientos cincuenta y uno (851): Que. de acuerdo a la Resoluclon Conf. 14,7 emitida en e! marco de ta Decimo Cuarta Reuni6n de la Conferencia de las Partes de la Convenci6n CITES realizada en La Haya entre el 3 al 15 de junio de 2007, cualquier parte puede decidir excepcionalmente autorizar la exportaci6n en un ana de especimenes obtenidos en un ana anterior con arreglo al cupo correspondiente, siempre que el cupo para e! ano en curse no aumente para incluir los espectmenes del ano precedents: Que. ante la existencia de saldos del cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) del ano 2008, corresponde otorgar un plaza adicional para su exportaclon, dentro del marco de la Resotucton cltada en el constderando precedente: Que. asimismo. en cumplimiento de la normatividad sobre cupos de exportaci6n emitida por ta Convenclon CITES, corresponde tncorporar en el menclonado cupo nactona! del ano 2008, aquellos votumenes de madera provenfentes de planes operatives anuales ubicados centro del ambito qeoqrafico a que se refiere la septima disposici6n complementaria transitoria de la Ley N° 27308; v. En uso de las facultades conferidas por el literal m) del articulo 58 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura. aprobado por Decreto Supremo N° 031 2008-AG, Y el articulo 5 del Decreto Supremo N° 010-2009-AG, SE RESUELVE: Paqina 25 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Articulo 1.- Modificar el cuadra anexo de la Resoluci6n Jefatural N° 097-200B-INRENA con la flnalidad de rectlftcar 10$ saldos exportables conforme a 10 senalado en la parte considerativa y de acuerdo al detalle a que se refiere el Anexo N° 1 de la presente Resoluci6n. Articulo 2.- Precisar que el saldo del cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) del ana 2008, asciende a mil trescientos cincuenta y cinco y 6761110000 metros cubtcos (1.355.6761 m 3 ) aserrados de acuerdo a 10 sei'ialado en la presente Resoluci6n. Articulo 3.- Incorporar al cupo nacional de exportaci6n de madera de la especie caoba (Swietenia macrophylla) del ana 2008 ciento treinta y seis (136) arboles correspondientes a los planes operatives anuales sefialados en e! Anexo N° 2 de ta presents Resoluci6n. Articulo 4.- Autorizar la exportaci6n del saldo a que se refiere el articulo 2 de la presente Resoluci6n hasta el 31 de diciembre de 2009, Dicha fecha limite sera de aplicaci6n a los volumenes a ser autorizados en virtud del articulo 3 de la presente Resoluci6n. Regfstrese. comunfquese y publfquese. GUSTAVO SUAREZ DE FREITAS CALMET Director General Forestal y de Fauna Silvestre (e) ANEXO N° 1 .' "~ N' Cootrato P.",,',o "tul" M Vol"men VoInmen Vo",men Vo",men Saldo ..~ S,ldo Expo"adofu," lusto m' (R) de Caoba p... ,emado e',,"rtable oxportable e,,,"rtable ,.", ,on RJ ""'ori,,,"o ,m m'{S)"" en GTF de m'(S)al m'{R)al m'(S)al N' "", 2Il.' m'(R) mode,. .xpod'""to' "Ok ,,% 52% enm'(S) Coob. ..e",da m'(S), CCNN 2O PUC,'P MAD-A El DORADO ,-, " 2087.14"" I'5JO.OO34 109'.1<20 715 5D1O "'5.641' '02 1514 "2.J187 102.0860 016 D5 a c 17 TAfi'C HHll Ol MADERACRE SAC " "" "'00 17,,8,ll 110 '0CK! 96 "" eo "8~ " ~9J' 15 S4'~ IS ~7~0, " " Tft.,....C J (){)4 02 MADERYJASACn " "18.5J(){) 1078.4180 722.540' 5'58.9750 15'.5'5" 2292D1'5 119.1848 "-"'0, " 17 TAfi'C J 0l,,"l COCA'.'AEIRL (EXP A! " ,",ll40 " 87"" 1\ 'loa 10 10,0 ,16'0 7,7074 4 CI076 l.4aBO, " 1' Tft.,....C J 026 02 ASERR"DERO ESPINOZA SA " '0'-'630 116.3427 "-'"'''''' J'-'520 44.0"6 65.8174 34.225D 1J.D050, " 17 TAfi'C J 017 0l EMPRESA FORESTAL " 1097400 779154 52l0" 00000 " l03J 77 01\' 40,100 7,6100,, T~""C J 042 02 PORTILLO sAc ,:EXP ~I 17 TAfi'C J 043 0l EMPRESA FORESTAL 17 TAfi'C J 044 0l OTORONGO SAC (AI Y 16! 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Coo,;o", '-6£90 m' '0"''''' .1 71% d, m,d", d, "m" Paqina 26 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica ANEXO W'2 N° Tipo N° Contrato Permiso Titular POA 1 CCNN 25-PUC/P-MAD-A-048-05 EL TRIUNFO 2' 2 CCNN 25-PUC/P-MAD-A 045-05 SANTA REY 2' 3 CCNN 25-PUC/P-MAD-A-Oa 1-07 SAN MARCOS l' 4 CCNN 25-PUCIP-MAD-A-006-07 SAN FRANCISCO PIKINIKI BUFEO l' 5 CCNN 25-PUC/P-MAD-A-022-03 CURANJILLO 4' 6 CCNN 25-PUCIP-MAD-A-023-03 COLOMBIANA 4' Paqina 27

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