Resolución Ministerial Nº 301-2013-MINSA - Conforman Comisión Sectorial encargada de elaborar proyecto de Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes
صدر في 2013-05-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- nutrition, consumer protection, institution, governance
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495544 V NORMAS LEGALES BPel'Uil"IO Dorringo 26 do mayo do 2013 la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y el Memorandum N° 165--2013-DST-ET/MINSA, de la Defensoria de la Salud y Transparencia del M1msteno de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Pliblica se establecen los principios, deberes y prohibiciones eticas que rigen para los servidores pubhcos de las entIdades de la Administracion Pliblica; Que, por Decreto Supremo N° 033-2005--PC M, se aprob6 el Reglamento de la Ley N° 27815, cuyo ~mb1l0 de aplicacion comprende a los empleados pubhcos que desempeiien sus funciones en las Entidades de la Administracion Pliblica a los que se refieren I~ art1culos 1° y 4° de la Ley N° 27815, Ley del C6digo de Etica de la Funcion Pliblica; Que el Ministerio de Salud - Nivel Central - con sus organos desconcenlrados y sus organismo~ pliblicos adscritos cuentan con personal suJe!o al Regimen de Bases de la Carrera Administrativa, regulado por el Decreto Legislativo N° 276, al Regime!'! Laboral de la Actividad Privada, regulado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 - Ley de Product1v1dad y Competitividad Laboral, asi como co!1 personal suJeto al Regimen Especial de ContratacIon AdmImstrativ~ de Servicios, regulado por el Decreto LegIslabvo -~ 1057, que regula el Regimen Espeaal de Contratac1on Administrativa de Servicios; Que, independientemente del regimen la~ral aplicable a dichos trabajadores, lodos e l\os desempenan funcion pliblica y, por tanto, su actuaaon se encuentra enmarcada por las normas que rigen el desempeiio de la funcion pliblica y el empleo pliblico; . Que, en virtud al ejercicio de la potestad ad~Imstrativa de la que goza la autoridad admImslrativa, est~ debe sujelarse no solo a las normas propias de cada regimen laboral sino tambien a las d1spos1c1ones legales vinculadas al ejercicio de la funcion pliblica Y, ademas, a la Ley N° 27 444, Ley del Procedimiento Adm1rnstrativo Gen eral, que es la que establece el regimen de los actos ad m1mstrat1 vos en general, ya que toda sancion a func1ona~o o servidor pliblico se materializa, precisamente, a !raves de un acto administrativo; Que el numeral 5 del articulo 3° de la Ley N° 27444, establece como uno de los requisilos de validez de un acto administrativo, que dicho acto sea consecuencia de un procedimiento administrativo previo; Que, en ese senlido, la Defensoria de la ?alud y Transparencia y la Oficina General de Gesllon de Recursos Humanos en el marco de sus competenc1as funcionales asi como de los enunciados precedentes, han formulado una propuest~ de Directiva Administrativa para la lmplem~ntacIon de los Principios, Deberes y Prohibiciones Elicas en el Minislerio de Salud, a efecto de fortalecer y eslablecer los principios eticos y pautas de cond ucta que deben seguir los empleados pliblicos del Mm1steno de Salud, sus organos desconcentrados y sus orgarnsmos pliblicos adscritos; . Con el visado del Director General de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, de la Directora General de la Defensoria de la Salud y Transparencia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 195-MINSNDST-OGGRH-V.01- Directiva para la lmplement~cion de los Principios, Deberes y Prohibiciones Eticas en el MImsteno de Salud, que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolucion MinisteriaL Articulo 2°.- Encargar a la Defensoria de la Salud y Transparencia y a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos para que en el marco de sus competencias funcionales difundan la presente Directiva Administrativa. Articulo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/portal/06lransparencia/normas.asp del Portal lnstitucional del Ministerio de Salud Registrese, comuniquese y publiquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 942047-5 Conform.an Comision Sectorial encargada de elaborar proyecto de Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promocion de laAlimentacion Saludable para Ninos, Niiias y Adolescentes RESOLUCION MINISTERIAL N° 301-2013/MINSA Lima, 24 de mayo del 2013 CONSIDERANDO Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Minislerio de Salud, seiiala que el M1msteno de Salud, es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finahdad de lograr el desarrollo de la persona -~umana, a trav~s de la promocion, proteccion, recuperacIon y rehabIlItacIon de su salud y del desarrollo de un entomo saludable, con pleno respeto de los derechos fundamenlales de la persona humana; Que, la Ley N° 30021, Ley de Promocion de la Alimentacion Saludable para Ninos, Niiias y Adolescentes, tiene como objeto la promocion y proteccion efectiva del derecho a la salud pliblica al crecimiento y desarrollo adecuado de las personas, a !raves de las acciones de educacion el fortalecimiento y fomento de la act1V1dad fisica, la ' implementacion de kioscos y ~m8<!ores saludables en las instituciones de educaaon basIca regular y la supervision de la publicidad y otras pra~cas relacionadas con los alimentos, bebidas no alcohohcas dirigidas a niiios, niiias y adolescentes para reducir y eliminar las enferrnedades vinculadas con el sobrepeso, la obesidad y las enferrnedades cronicas conocidas como no transmisibles; Que la precitada Ley establece en su Pnmera Disposicion Complementaria Final que los para~e tros tecnicos sobre los alimentos y las bebIdas no alcohohcas referentes al alto contenido de azlicar, sodio y grasas saturadas son elaborados por el Minislerio de Salud via reglamento en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contado a part1r de la vIgencIa de la presente Ley y estaran basados en el conJ unto de recomendaciones emitidas por el orgamsmo intergubernamental en salud: Organizacion Mundial de la Salud - Organizacion Panamericana de la Salud OMS - OPS. Asimismo dispone que en cuanto a los alimentos con contenido de grasas trans, el reglamento establecera un proceso gradual d~ reducci~n hasta su eliminacion, conforme a los parametros tecmcos y plazos que establezca; Que, conforme al numeral 1) del articu lo 36° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder E1ecut1vo; las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines especificos para cumplir fines de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnIcos Asimismo, seiiala que estas comisiones se crean BF'eNino Domingo 26 de mayo de 2013 V NORMAS LEGALES 495545 fonnalmente por resolucion ministerial del Titular del sector correspondiente; Que en !al sentido, resulta necesario proceder a constituir la Comision Sectorial que se encargue de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promocion de la Alimentacion Saludable para Ninos, Ninas y Adolescentes; Con el visado del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De confonnidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica def Poder Ejecutivo y el literal I) def articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley def Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Conformaci6n de la Comisi6n Sectorial Conformar la Comision Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promocion de la Alimentacion Saludable para Ninos, Ninas y Adolescentes, la cual estara integrada por: • Un representante de la Alta Direccion, quien la presidira; • Un representante de la Direccion General de Promocion de la Salud quien actuara como Secretario Tecnico • Un representante del lnstituto Nacional de Salud • Un representante de la Direccion General de Salud de las Personas • Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental • Un representante de Direccion General de Epidemiologia; Y, • Un representante de la Oficina General de Asesoria Juridica Articulo '1!'.-lnstalaci6n La Comision Sectorial debera instalarse en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Plazo La Comision Sectorial tendra un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4°.- Del asesoramiento y colaboraci6n La Comision Sectorial podra convocar la participacion de otros profesionales, entidades publicas y privadas expertas, asi como otras relacionadas en el tema para que brinden asesoramiento, colaboracion y opinion especializada. Los organos del Ministerio de Salud estan obligados a brindar la infonnacion y el apoyo tecnico que requiera la Comision Sectorial. Articulo 5°.- De los gastos La instalacion y el desarrollo de las actividades de la Comision Sectorial no generaran gastos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 6°.- De la publicaci6n Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en el Portal lnstitucional del Ministerio de Salud en la direccion: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/dge nonnas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 942047-6 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de Viceministra de Trabajo y de funcionario del Ministerio a Chile, en comision de servicios RESOLUCION SUPREMA N° 009-2013-TR Lima, 25 de mayo de 2013 VISTOS: Los Oficios N°s. 693 y 715-2013-MlPE/4/11 del Jefe de la Oficina General de Administracion; el Oficio N° 499-2013-MTPE/4/10 y el lnforme N° 34-2013 MTPE/4/1 O del Jefe de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos lntemacionales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el documento OF.RE (DGA-SUD CHI) 2-11/05 del Ministro de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO Que, el Consejo de lntegracion Social Peruano Chileno (CIS) se instalo en Santiago de Chile en el ano 2006, con la participacion de los Cancilleres de ambos paises y conforrnado por los ministros de Relaciones Exteriores, de Trabajo y Promocion del Empleo, de Salud, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y de Educacion, por parte del Estado Peruano; Que, mediante documento OF.RE (DGA-SUD-CHI) 2-11/05 el Ministro de Relaciones Exteriores comunica a la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, que se realizara la I Reunion Ministerial del Consejo de lntegracion Social Peru - Chile (CIS); asimismo, previo a ello se llevara a cabo la reunion tecnica binacional, razon por la cual debera designar a funcionarios de su Sector quienes participaran de la citada reunion, dichos eventos se realizaran en la ciudad de Santiago de Chile, Republica de Chile, los dias 27 y 28 de mayo de 2013; Que, el citado evento tiene como objetivo fortalecer la cooperacion horizontal entre los ministerios del area social de ambas naciones, asimismo, coordinar politicas que beneficiaran a los emigrantes; Que, en consideracion a lo expuesto y dada la relevancia e importancia de la citada reunion para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje en mision oficial, de la senora Sylvia Elizabeth Caceres Pizarro, Viceministra de Trabajo y del senor Rafael Enrique Gonzalez Angulo, Director (e) de la Direccion de Migracion Laboral de la Direccion General de Promocion del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el numeral 4) del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N" 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE Articulo 1°.- Autorizar el viaje en mision oficial, de la senora SYLVIA ELIZABETH CACERES PIZARRO, Viceministra de Trabajo y del senor RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ ANGULO, Director (e) de la Direccion de Migracion Laboral de la Direccion General de Promocion def Empleo def Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a la ciudad de Santiago de Chile, Republica de Chile, def 26 al 29 de mayo de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con recursos