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Resolución de Dirección Ejecutiva RDE N⁰ D000033-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE – Aprueba el Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre”

صدر في 2021-03-04 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
forest management/forest conservation, traceability, procedural matters, data collection/reporting, inspection, offences/penalties, protection forest

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  1. RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna SIlvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: SX3HEGY VISTOS: El Informe Técnico N° D000010-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando N° D000077-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico N° D000024-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación; el Memorando N° D000054-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y, el Informe Legal N° D000067-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI; Que, el artículo 21 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, define al Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (SNIFFS), como una red articulada de información de alcance nacional, creado para servir eficientemente a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, vinculadas a la actividad forestal, de fauna silvestre y actividades conexas, procurando información para la mejor toma de decisiones; el mismo que está conformado por procesos, modelos lógicos, programas, componentes informáticos y múltiples repositorios de información, organizados en distintos módulos, como el módulo de control, de inventarios, de monitoreo de cobertura de bosques y otros que puedan ser determinados por el SERFOR; Que, la mencionada definición es concordante con establecido en el artículo 12 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019 2015-MINAGRI, el artículo 15 del Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2015 MINAGRI, y el artículo 18 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI; Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1220, Decreto Legislativo que establece medidas para la lucha contra la tala ilegal, declara de interés nacional la implementación del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC-SNIFFS), precisando que este se encuentra a cargo del SERFOR, del mismo modo, refiere que las entidades que generen información relacionada a la materia forestal y de fauna silvestre están obligadas, bajo RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna SIlvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: SX3HEGY responsabilidad, a ingresar su información en el SNIFFS en el momento en que la generan, conforme las disposiciones que para tal efecto apruebe el SERFOR, o de asegurar la interoperabilidad de las bases de datos e información espacial, de acuerdo a las directivas de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú y las disposiciones del SERFOR; Que, en esa línea, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1319, Decreto Legislativo que establece medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre de origen legal, declara de interés nacional la implementación del SNIFFS, como herramienta del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre SINAFOR, y cuya conducción, incluidos sus módulos, se encuentra a cargo del SERFOR; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 104-2017 SERFOR-DE, se delega la conducción del SNIFFS a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, quedando facultada a ejecutar todas las acciones necesarias para su implementación; así como, a coordinar con los responsables de los módulos (y componentes) que constituyen el SNIFFS; asimismo, a través del artículo 2 de la citada Resolución, se delega la conducción del Módulo de Control del SNIFFS a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 044-2020-SERFOR-DE, se determinan los módulos adicionales y componentes del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SNIFFS, delegando a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la implementación del MC SNIFFS; Que, con Memorando N° D000077-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre da su conformidad al Informe Técnico N° D000010-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS DCGPFFS a través del cual la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre sustenta la propuesta del Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre”, señalando que el mismo tiene naturaleza técnica considerando su contenido, y que al SNIFFS se incorporan de manera obligatoria la información de las bases de datos, libros de operaciones, registros, informes, planes de manejo forestal y de fauna silvestre, inventarios y evaluaciones forestales y de fauna silvestre, informes de supervisión y control y demás documentos señalados en el Reglamento para la Gestión Forestal; así como los responsables de conducir los módulos y componentes de dicho sistema; Que, asimismo, la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre señala en el citado Informe, que al existir una data dispersa que pone en riesgo la sostenibilidad de los recursos forestales y de fauna silvestre, es importante sistematizar la información que permita tomar decisiones adecuadas y oportunas, y siendo que el MC-SNIFFS comprende los procesos de la gestión de los recursos forestales y de fauna silvestre, con el objeto de coadyuvar a asegurar el aprovechamiento sostenible y el origen legal de los productos y subproductos forestales y de fauna silvestre gestionados por entidades públicas, personas naturales y jurídicas; resulta necesario para el desarrollo e implementación del MC-SNIFFS contar con un RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna SIlvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: SX3HEGY documento de carácter técnico que establezca el marco general del alcance, estructuras y relaciones entre sus elementos; Que, con Memorando N° D000054-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre da su conformidad al Informe Técnico N° D000024-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR mediante el cual la Dirección de Política y Regulación señala respecto al Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre”, que recibe tal denominación por cuanto integra aspectos informáticos y de procedimientos en el aprovechamiento forestal; Que, asimismo, la Dirección de Política y Regulación señala en el citado Informe, que en el Documento Técnico en mención, se indica que este constituye una herramienta para la gestión sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, lo que resulta razonable en función de la propia definición de sistema que tiene el SNIFFS; asimismo, precisa que contiene información que hace referencia al aprovechamiento maderable, no maderable y de fauna silvestre; y en este contexto concluye que la referida propuesta se encuentra alineada a las disposiciones contenidas en la legislación forestal y de fauna silvestre en torno a lo relacionado al SNIFFS y su Módulo de Control; Que, mediante el Informe Legal N° D000067-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, indica que, en atención a lo propuesto y señalado por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, y la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y el marco de la normativa vigente referida al MC - SNIFFS, se advierte que existe la necesidad de contar con un instrumento que contenga la definición, alcance y estructura del MC - SNIFFS, y que permita sistematizar la información que se genere en la gestión de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala en el citado Informe, que encontrándose el SERFOR a cargo de la implementación del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC-SNIFFS), resulta legalmente viable que en mérito a lo dispuesto en el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria, el Director Ejecutivo del SERFOR en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional emita el acto resolutivo que apruebe el Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre”; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI; el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI: el Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI; el RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna SIlvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: SX3HEGY Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI; y el Reglamento de Organizaciones y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014 MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Delegar a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la conducción del proceso de desarrollo e implementación del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como también la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese Documento firmado digitalmente José Alberto Muro Ventura Director Ejecutivo (e) SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE SERFOR http://www.serfor.gob.pe/ RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Servicio Forestal y de Fauna SIlvestre, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: Url: https://sgd.serfor.gob.pe/validadorDocumental/ Clave: SX3HEGY

Resolución de Dirección Ejecutiva RDE N⁰ D000033-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE – Aprueba el Documento Técnico denominado “Contenido, Alcances y Generalidades del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre” · Nelum