Resolución Administrativa Nº 000423-2022-CE-PJ - Medidas administrativas en el Distrito Judicial de Madre de Dios y otras disposiciones (delitos ambientales)
صدر في 2022-12-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Environment
- الكلمات المفتاحية
- offences/penalties, court/tribunal, liability/compensation
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Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial de Madre de Dios y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA N° 000423-2022-CE-PJ Lima, 8 de diciembre del 2022 VISTOS: El Oficio N° 001335-2022-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por encargo de la señora Presidenta de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y el Informe N° 000192-2022-MYE-ST-UETI CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios mediante Oficio N° 00258 2022-P-CSJMD-PJ, remite propuesta de ampliación de competencia funcional a los órganos jurisdiccionales especializados en delitos ambientales, para el conocimiento de procesos comunes. Segundo. Que, primigeniamente la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal emitió el Informe N° 00117-2022- MYE-ST-UETI-CPP-PJ en el cual arribó a las siguientes conclusiones: a) Considerar para el 4º Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, aperturar el turno ordinario por el plazo de 2 meses para el conocimiento de procesos comunes con la misma competencia territorial que el 1º, 2º y 3º Juzgados de Investigación Preparatoria del mismo distrito y Corte Superior de Justicia; b) cerrar el turno ordinario para procesos comunes por el plazo de 2 meses al 1º, 2º y 3º Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; y, c) Aperturar el turno al 4º Juzgado Penal Unipersonal especializado en Delitos Ambientales del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para el conocimiento de procesos comunes con la misma competencia territorial que el 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. Tercero. Que, al respecto, la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial concluyó en lo siguiente: a) La ampliación de competencia de procesos comunes a los órganos jurisdiccionales especializados en delitos ambientales, generaría la falta de desempeño de la especialización y atraería un mayor incremento de la criminalidad; razón de que no se atendería los procesos de manera célere, eficaz; debido a que la labor del juez estaría enfocada en otros procesos; b) Teniendo conocimiento que el 4° Juzgado de Investigación Preparatoria tiene mayor porcentaje en la carga procesal pasiva, permite deducir que los procesos podrían ser parte de la carga activa; y por consiguiente superar el estándar de descarga establecido por la institución. Asimismo, el 4° Juzgado Penal Unipersonal, al tener como único proveedor al 4° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en materia ambiental, podría tener el mismo destino; y, c) Recomendar que no se prorrogue la ampliación de competencia y que se retome la especialización en materia ambiental una vez concluido el ciclo de apertura del turno ordinario en el 4° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales y del 4° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos ambientales, ya que permitirá la sostenibilidad ambiental conectándola con los derechos y obligaciones fundamentales. 17/05/2024 22:55 Dan por concluida la designación de Viceministro de Gobernanza Territorial https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2133565-4 1/3 Cuarto. Que, en atención al análisis realizado por el referido componente y la no respuesta del Administrador del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, pese a las reiteradas solicitudes de información, corresponde reafirmar la postura de la Unidad dispuesta en el Informe Nº 00117-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, toda vez que las cifras estadísticas de las fuentes oficiales de información del Poder Judicial no reflejan la posibilidad plasmada en el Informe Nº 010-2022-STCNGA PJ de la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial. Asimismo, precisar que las medidas propuestas que plantea la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal son objeto de monitoreo y evaluación posterior; por lo que, de existir algún retraso en la tramitación de los procesos de la especialidad ambiental, se recomendará en coordinación con la ETI Distrital de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, medidas que permitan revertir tal situación. Quinto. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es el órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que tiene entre sus funciones, emitir opinión técnica respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el Nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del anterior modelo. Sexto. Que, por lo expuesto en el Informe N° 000192-2022-MYE-ST-UETI- CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sétimo. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; y, en mérito al Acuerdo N° 1452-2022 de la quincuagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 30 de noviembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial del Bicentenario “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Madre de Dios: a) Aperturar el turno ordinario por el plazo de 2 meses al 4º Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para el conocimiento de procesos comunes con la misma competencia territorial que el 1º, 2º y 3º Juzgados de Investigación Preparatoria del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. b) Cerrar el turno ordinario para procesos comunes por el plazo de 2 meses al 1º, 2º y 3º Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. c) Aperturar el turno ordinario al 4º Juzgado Penal Unipersonal especializado en Delitos Ambientales del distrito de Tambopata y Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para el conocimiento de procesos comunes con la misma competencia territorial que el 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Unipersonales del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especificado. 17/05/2024 22:55 Dan por concluida la designación de Viceministro de Gobernanza Territorial https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2133565-4 2/3 Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios informe mensualmente a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, el avance de producción de la especialidad ambiental de los Juzgados de Investigación Preparatoria y Penal Unipersonal en un comparativo con el nivel alcanzado antes de la ejecución de las medidas que anteceden. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, en cuanto sea de su competencia, tome las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado, garantizando la celeridad de los procesos judiciales. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2133565-4 17/05/2024 22:55 Dan por concluida la designación de Viceministro de Gobernanza Territorial https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2133565-4 3/3