RDE N° D000271-2019-MIDAGRI-SERFOR-DE - Conformar el Equipo de Trabajo Técnico para la Mejora del Modelamiento de los Procesos del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
صدر في 2019-12-31 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Forestry
- الكلمات المفتاحية
- procedural matters, forest management/forest conservation, innovation, enforcement/compliance
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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N*2 7 |-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 31 DIC. 2019 VISTO: El Informe Técnico N*” 055-2019-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DCGPFFS de fecha 12 de diciembre de 2019, emitido por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, es un organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, creado por la Ley N? 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, constituyendo un pliego presupuestal adscrito al SOYSERA. Ministerio de Agricultura y Riego; < E pe e Cop epado Que, el artículo 13 de la citada Ley, establece que el SERFOR es la Autoridad Nacional Forestal era . / y de Fauna Silvestre y el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre — SINAFOR, constituyéndose en su autoridad técnico-normativo a nivel nacional, encargada de dictar normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, de otro lado, el artículo 3 del Decreto Legislativo N” 1319, Decreto Legislativo que establece medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre, de Fauna Silvestre — SNIFFS, como herramienta del SINAFOR, cuya conducción, incluidos sus módulos, se encuentran a cargo del SERFOR; asimismo, señala que su uso es obligatorio en o todo el territorio nacional para los fines establecidos en la Ley N” 29763, sus Reglamentos y DÉ ASES normas complementarias que expida el SERFOR; ¿ e 3 ó ¿ Que, asimismo, el artículo 21 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto 3 Generale) ¿y Supremo N* 018-2015-MINAGRI, el SNIFFS es una red articulada de información de alcance . SERFOS nacional, creado para servir eficientemente a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, vinculadas a la actividad forestal, de fauna silvestre y actividades conexas, procurando ¿Información para la mejor toma de decisiones. Dicho sistema se encuentra conformado por Í procesos, modelos lógicos, programas, componentes informáticos y múltiples repositorios de ' información, organizados en distintos módulos, como el módulo de control, de inventarios, de monitoreo de cobertura de bosques y otros que puedan ser determinados por el SERFOR; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N”* 104-2017-SERFOR-DE de fecha 2 de mayo de 2017, se delegó la conducción del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC-SNIFFS), a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre - DGGSPFFS; < Q 4 e E z Rupeño Taboada e Ge hera CIA G aa Ey, SERFOY Que, bajo ese marco y en virtud a las coordinaciones interinstitucionales, se tiene que mediante Acta de fecha 14 de junio de 2019, la Dirección de Control del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la DGGSPFFS, la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto y el Programa de Cooperación Técnica de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo (USAID, por sus siglas en inglés), se comprometieron al desarrollo de actividades vinculadas a la implementación de los aplicativos del MC-SNIFFS, entre otros, Que, de igual forma, se suscribieron Actas de Acuerdo y Compromiso, con el mismo objeto, entre los representantes de la Dirección de Control del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la DGGSPFFS, de USAID y los Gobiernos Regionales de Ucayali, con fecha 28 de junio de 2019, Madre de Dios, con fecha 14 de agosto de 2019, y San Martín, con fecha 23 de agosto de 2019; Que, en ese sentido, mediante el documento de Visto, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre —- DGGSPFFS, propone y sustenta la necesidad de conformar un equipo de trabajo que coadyuve, entre otros, a mejorar la operatividad de los procesos del MC-SNIFFS y de su aplicativo informático, con el fin de viabilizar y asegurar la implementación del SNIFFS a nivel nacional, en el marco de la Ley N?* 29763 y sus normas reglamentarias y complementarias; Que, en tal sentido, resulta necesario expedir el acto resolutivo que constituya el referido Equipo de Trabajo Técnico, conformado por representantes de la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y de las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre; sin perjuicio de que, posteriormente, de manera progresiva, se continúen incluyendo a los representantes de las demás Autoridades Regionales; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N” 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N* 018-2015 MINAGRI; el Decreto Legislativo N* 1319, Decreto Legislativo que establece medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre; y, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N* 007-2013 MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N* 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformación del Equipo de Trabajo Técnico Conformar el Equipo de Trabajo Técnico para la Mejora del Modelamiento de los Procesos del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC SNIFFS). YA 6 ¿a SE A ty ' o ve e Ruperto Tabogda Delgádo Gerent a SERFOS pe DE ASES Ss oo :3 Director A General(e) L J O o, % > €, 2 2 Artículo 2.- Integrantes El Equipo de Trabajo Técnico está integrado por: El/La Gerente/a General, en su calidad de Líder del Gobierno Digital del SERFOR. El/La Director/a General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, quien lo preside. El/La Director/a General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR. El/La Director/a General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR. El/La Director/a de la Oficina de Tecnologías de la Información del SERFOR. El/La Gerente de la Gerencia Regional de Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional del departamento de Loreto. El/La Gerente de la Gerencia Regional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional del departamento de Ucayali. El/La Gerente de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional del departamento de Madre de Dios. El/La Director/a de la Dirección Ejecutiva de Administración y Conservación de los Recursos Naturales del Gobierno Regional del departamento de San Martín. El/La Administrador/a Técnico/a de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Cusco. El/La Administrador/a Técnico/a de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Lima. El/La Administrador/a Técnico/a de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Selva Central. Los miembros del Equipo de Trabajo Técnico podrán designar a uno o más representantes, dentro de los tres (3) días hábiles de conformado el mencionado Equipo, lo cual deberá ser comunicado por escrito a la Secretaría Técnica. Posterior a ello, debe procederse con la instalación del Equipo de Trabajo Técnico. Artículo 3.- La Secretaría Técnica La Secretaría Técnica recae en la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, y tiene como función velar por el correcto funcionamiento del Equipo de Trabajo Técnico y el cumplimiento de sus fines. Artículo 4.- Funciones del Equipo de Trabajo Técnico El Equipo de Trabajo Técnico tiene las siguientes funciones: Coadyuvar en la mejora del modelamiento de los procesos del MC-SNIFFS. Apoyar en la actualización de las herramientas y mecanismos para la construcción de la solución informática y de la comunicación interinstitucional del MC-SNIFFS. "= Realizar las coordinaciones interinstitucionales para el cumplimiento de las actividades antes mencionadas, en el marco de sus respectivas competencias. = Apoyar en el diseño, conducción y realización de talleres, asistencia técnica, reuniones de trabajo, focus groups y similares mecanismos, para la mejora o actualización de procesos del MC-SNIFFS, y de su diseño de la solución informática y de comunicaciones. « Otras que les sean encomendadas en mérito al objetivo del Equipo de Trabajo Técnico, en el marco de sus respectivas competencias. Artículo 5.- Invitación a otras entidades o personas JEl Equipo de Trabajo Técnico podrá, previo acuerdo, invitar a formar parte del equipo o a 7 participar en las reuniones que convoque a otras instituciones públicas, privadas o de la sociedad civil, tales como instituciones de investigación y universidades, así como a profesionales especializados, entre otros, para que contribuyan al cumplimiento de su objeto. Er LA E rtículo 6.- Vigencia ss 5 Director E a vigencia del Equipo de Trabajo Técnico se encuentra sujeta a la presentación de la propuesta Ro de mejora del modelamiento de los Procesos del MC-SNIFFS. SERFOR “. Artículo 7.- Financiamiento fa participación de los representantes designados ante el Equipo de Trabajo Técnico es Ad Honorem y sus actividades no demandan recursos adicionales al tesoro público : ¿Artículo 8.- Notificación AL. Notificar la presente Resolución a los miembros que conforman el Equipo de Trabajo Técnico. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestales y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese y comuniquese Alberto Gonzáles-Zúñiga Director Ejecutivo SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SHVESTRE SERFOR