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قوانين بيرو

Ley Nº 30446 - Ley que establece el marco legal complementario para las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED)

صدر في 2016-05-12 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
institution, business/industry/corporations, international trade, fiscal and market measures, sustainable development, investment, governance
الفئات
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  1. 588606 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2016 / El Peruano para la instalación de empresas que realicen actividades PODER LEGISLATIVO diferentes a las permitidas en dichas zonas, las cuales no gozarán de ningún beneficio tributario otorgado por ley para las ZED. CONGRESO DE LA REPUBLICA Artículo 7. Modificación del artículo 1 de la Ley 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna Modifícase el artículo 1 de la Ley 27688, Ley de LEY Nº 30446 Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, el que queda redactado con el texto siguiente: EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA “Artículo 1.- De la finalidad de la Ley Declárase de interés nacional y de necesidad POR CUANTO: pública el desarrollo de la Zona Franca de Tacna — ZOFRATACNA— para la realización de actividades EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios, Ha dado la Ley siguiente: y de la Zona Comercial de Tacna, con la finalidad de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible del LEY QUE ESTABLECE EL MARCO LEGAL departamento de Tacna, a través de la promoción de la inversión y el desarrollo tecnológico. COMPLEMENTARIO PARA LAS ZONAS La declaratoria de necesidad pública a que se refiere ESPECIALES DE DESARROLLO, LA ZONA el párrafo anterior no constituye el supuesto de excepción previsto en el artículo 71 de la Constitución FRANCA Y LA ZONA COMERCIAL DE TACNA Política del Perú. Cuando en la presente Ley se aluda a algún artículo Artículo 1. Cambio de denominación de los sin remitirlo a norma alguna se entenderá que se trata CETICOS de esta Ley”. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, los centros de exportación, transformación, industria, Artículo 8. Modificación del inciso a. del artículo 18 comercialización y servicios (CETICOS), se denominan de la Ley 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial zonas especiales de desarrollo (ZED). de Tacna Modifícase el inciso a. del artículo 18 de la Ley 27688, Artículo 2. Declaración de interés nacional Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, el que Declárase de interés nacional el funcionamiento de queda redactado con el texto siguiente: las zonas especiales de desarrollo (ZED), con el objeto de promover la estabilidad de las inversiones, fomentar el “Artículo 18.- Zona Comercial empleo, contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible (…) y promover la competitividad e innovación en las regiones a. Terceros países y sean ingresadas por las aduanas donde se ubican. de Ilo, Matarani, así como por el aeropuerto de Tacna, por el muelle peruano en Arica —de acuerdo Artículo 3. Ampliación de plazo de vigencia de los al Tratado de 1929, su Protocolo Complementario, beneficios, las exoneraciones y la permanencia de el Acta de Ejecución de 1999 y su reglamento, así mercancías en las ZED como los acuerdos complementarios que de ellos Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2042 el plazo de deriven— y por los puntos de ingreso aduanero vigencia de los beneficios, exoneraciones y permanencia autorizados en la frontera con Brasil y Bolivia. de mercancías en las zonas especiales de desarrollo Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, (ZED) de Ilo, Matarani y Paita. en el caso de mercancías desembarcadas en otro muelle del puerto de Arica, estas deberán Artículo 4. Constitución de las ZED como “punto ser trasladadas vía terrestre al muelle peruano de llegada” en Arica, para su control aduanero y posterior Las zonas especiales de desarrollo (ZED) constituyen transporte a la ZOFRATACNA. “punto de llegada” sin menoscabo de su condición de zona (…)”. primaria aduanera de trato especial. El ingreso de mercancías destinadas a las ZED cancelará los regímenes aduaneros Artículo 9. Modificación del artículo 19 de Ley temporales y el transporte internacional de mercancías. 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna Modifícase el artículo 19 de Ley 27688, Ley de Artículo 5. Mercancías autorizadas para ingresar a Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, el que queda las ZED redactado con el texto siguiente: A las zonas especiales de desarrollo (ZED) puede ingresar cualquier mercancía con excepción de las “Artículo 19.- Del Arancel Especial, su siguientes: distribución y lista de bienes Por decreto supremo, refrendado por los ministros a) Bienes cuya importación al país se encuentre de Economía y Finanzas, de Comercio Exterior prohibida. y Turismo y de la Producción; se establecerá el b) Armas y sus partes accesorias, repuestos o arancel especial y su distribución, conforme a la Ley municiones, explosivos o insumos conexos de uso Nº 27825. Por decreto supremo, refrendado por los civil. ministros de Economía y Finanzas, de Comercio c) Mercancías que atenten contra la salud, el medio Exterior y Turismo y de la Producción, previa opinión ambiente y la seguridad o moral públicas. del Comité de Administración de la ZOFRATACNA, se Artículo 6. Delimitación de zonas de extensión de establecerá la relación de bienes susceptibles de ser las ZED comercializados en la Zona Comercial de Tacna. Mediante decreto supremo refrendado por los De lo recaudado por el arancel especial, la ministros de Economía y Finanzas, de Comercio Exterior ZOFRATACNA deducirá un porcentaje, establecido y Turismo y de la Producción, a propuesta de las juntas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de administración de las zonas especiales de desarrollo para efecto de solventar los gastos administrativos, (ZED) correspondientes, en coordinación con el gobierno operativos y de mantenimiento en los que incurra regional al cual se encuentran adscritos, se delimitará el por la captación, recaudación y distribución del área a ser considerada como zona de extensión de las mismo. Para establecer el porcentaje de deducción, ZED. la ZOFRATACNA debe remitir al MINCETUR la Las ZED podrán implementar en las zonas de información de carácter económico, financiero y extensión hasta el 30% del terreno que tienen asignado, administrativo que resulte necesaria.

  2. El Peruano / Viernes 3 de junio de 2016 NORMAS LEGALES 588607 El arancel especial, su distribución, la relación de bienes susceptibles de ingresar a la Zona Comercial de Tacna y la franquicia de compra se actualizarán cada dos años mediante decreto supremo, teniendo como base la propuesta del Comité de Administración de la ZOFRATACNA”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y DEROGATORIAS PRIMERA. Modificación del numeral 12 del Apéndice V de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo Modifícase el numeral 12 delApéndice V “OPERACIONES CONSIDERADAS COMO EXPORTACIÓN DE SERVICIOS” del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo 055-99-EF y normas modificatorias, de acuerdo con el texto siguiente: “12. El suministro de energía eléctrica a favor de sujetos domiciliados en el exterior, siempre que sea utilizado fuera del país; así como el suministro de energía eléctrica a favor de los sujetos domiciliados en las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED). El suministro de energía eléctrica comprende todos los cargos que le son inherentes, contemplados en la legislación peruana”. SEGUNDA. Derogaciones Deróganse los artículos 1 y 2 de la Ley 29479, Ley que prorroga el plazo de las exoneraciones de los centros de exportación, transformación, industria, comercialización y servicios (CETICOS); la primera disposición modificatoria y la primera disposición complementaria, derogatoria y final de la Ley 28569, Ley que otorga autonomía a los CETICOS, así como cualquier disposición que se oponga a la presente Ley. TERCERA. Implementación de la ZED Loreto El Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en un plazo de sesenta (60) días calendario, dictarán las disposiciones necesarias para culminar la implementación de la ZED Loreto. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día diecinueve de noviembre de dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los doce días del mes de mayo de dos mil dieciséis. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1388198-1

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