Ley Nº 30309 - Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica
صدر في 2015-03-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
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البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- General
- الكلمات المفتاحية
- sustainable development, research, fiscal and market measures, innovation
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Artículo 1. Beneficio tributario aplicable a los el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e gastos en proyectos de investigación científica, Innovación Tecnológica (Concytec), así como desarrollo tecnológico e innovación tecnológica con materiales dedicados al proyecto, que Los contribuyentes que efectúen gastos en proyectos cumplan los requisitos mínimos que establezca de investigación científica, desarrollo tecnológico e el reglamento. innovación tecnológica, vinculados o no al giro de negocio La autorización deberá efectuarse en un plazo de la empresa, que cumplan con los requisitos establecidos de 30 días hábiles. en el artículo 3 de la presente Ley, podrán acceder a las c) Los contribuyentes que accedan a este beneficio siguientes deducciones: tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar 175% Si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o debidamente sustentadas. mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico d) El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país. o innovación tecnológica debe ser registrado en el 150% Si el proyecto es realizado mediante centros de investigación científica, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica no domiciliados y de la Protección de la Propiedad Intelectual en el país. (Indecopi), de corresponder.
Artículo 2. Ámbito de aplicación del beneficio Artículo 4. Fiscalización de los proyectos de tributario investigación científica, desarrollo tecnológico e Tendrán derecho a las deducciones a que se refiere el innovación tecnológica artículo 1 de la presente Ley, los contribuyentes respecto Las entidades públicas o privadas que otorguen la de los proyectos de investigación científica, desarrollo calificación del proyecto y autoricen al contribuyente o a tecnológico e innovación tecnológica que se inicien a los referidos centros deben fiscalizar la ejecución de los partir del 2016, siempre que sobre aquellos no se realicen proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico deducciones al amparo del inciso a.3) del artículo 37 de la e innovación tecnológica, así como informar los resultados Ley del Impuesto a la Renta. de dicha fiscalización a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), en la forma,
Artículo 3. Requisitos para tener derecho a la plazo y condiciones de acuerdo a lo que establezca el deducción adicional reglamento. Para que el contribuyente tenga derecho a la deducción adicional de 75% o 50% a que hace referencia el artículo 1 de la presente Ley, debe cumplir con los siguientes requisitos: Artículo 5. Deducción de los gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e a) Los proyectos de investigación científica, desarrollo innovación tecnológica tecnológico e innovación tecnológica deben ser La deducción de los gastos en proyectos de calificados como tales, por las entidades públicas investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación Normas Legales del 13.03.2015 3 tecnológica se efectuará a partir del ejercicio en el que se o servicio y los cambios tecnológicos obtenga la calificación, conforme se vayan produciendo, significativos de los mismos. Se considerarán de acuerdo a lo que se establezca en el reglamento. nuevos aquellos productos o procesos cuyas No obstante, los gastos incurridos antes de la características o aplicaciones, desde el punto calificación del proyecto, se deducirán en el ejercicio en de vista tecnológico, difieran sustancialmente que se obtenga la referida calificación. En ningún caso de las existentes con anterioridad. Consideran podrán deducirse los desembolsos que formen parte del la innovación de producto y la de proceso. valor de intangibles de duración ilimitada. En ningún caso podrán deducirse, los desembolsos que formen parte del valor de intangibles de duración
Artículo 6. Límites aplicables a la deducción ilimitada.” adicional La deducción adicional del 75% y 50% no podrá exceder Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la en cada caso del límite anual de mil trescientos treinta y República para su promulgación. cinco Unidades Impositivas Tributarias (1335 UIT). Adicionalmente, mediante decreto supremo refrendado En Lima, a los cinco días del mes de marzo de dos por el ministro de Economía y Finanzas se establecerá mil quince. anualmente el monto máximo total que las empresas que se acojan a este beneficio podrán deducir en conjunto en ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES cada ejercicio, en función al tamaño de empresa. Presidenta del Congreso de la República
Artículo 7. Vigencia de la deducción adicional MODESTO JULCA JARA Este beneficio será aplicable a los proyectos Primer Vicepresidente del Congreso de la República de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica que inicien a partir de la entrada AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE en vigencia de la presente Ley y estará vigente hasta el LA REPÚBLICA ejercicio gravable 2019. POR TANTO:
Artículo 8. Cuentas de control de los centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o Mando se publique y cumpla. de innovación tecnológica Los centros de investigación científica, de desarrollo Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce tecnológico o de innovación tecnológica que realicen días del mes de marzo del año dos mil quince. los proyectos a que se refiere este artículo, deben llevar cuentas de control por cada proyecto. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ANA JARA VELÁSQUEZ ÚNICA. Deducción de gastos de investigación Presidenta del Consejo de Ministros científica, tecnológica e innovación tecnológica Los gastos de investigación científica, tecnológica 1211074-1 e innovación tecnológica a que se refiere el inciso a.3) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, antes de la modificación efectuada por la presente Ley, que hayan devengado en los ejercicios 2014 o 2015, y que PODER EJECUTIVO correspondan a proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica iniciados antes del 2016 pueden ser deducidos en el ejercicio 2016,siempre PRESIDENCIA DEL que estos no hayan sido calificados por el Concytec. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA CONSEJO DE MINISTROS ÚNICA. Deducción de los gastos de investigación Decreto Supremo que modifica el Decreto científica, desarrollo tecnológico e innovación Supremo Nº 075-2012-PCM que crea tecnológica Modifícase el inciso a.3) del artículo 37 de la Ley del la Comisión Multisectorial Permanente Impuesto a la Renta, conforme al siguiente texto: con el objeto de realizar el seguimiento
“Artículo 37. de las acciones del Gobierno frente a la (…) minería ilegal y el desarrollo del proceso de formalización, modificado por Decreto a.3) Los gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación Supremo Nº 076-2013-PCM tecnológica, vinculados o no al giro de negocio de la empresa. DECRETO SUPREMO Para efecto de lo dispuesto en este inciso, se entiende N° 014-2015-PCM por proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, lo siguiente: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA i. Investigación científica: Es todo aquel estudio CONSIDERANDO: original y planificado que tiene como finalidad Que, de conformidad con lo establecido en el artículo obtener nuevos conocimientos científicos o 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, tecnológicos, la que puede ser básica o aplicada. las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se ii. Desarrollo tecnológico: Es la aplicación de los crean para cumplir con las funciones de seguimiento, resultados de la investigación o de cualquier fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben otro tipo de conocimiento científico, a un plan servir de base para las decisiones de otras entidades; o diseño en particular para la producción de Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la materiales, productos, métodos, procesos o Ley Nº 29158, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados, permanente son creadas con fines específicos para cumplir antes del comienzo de su producción o funciones de seguimiento, fiscalización o emisión de informes utilización comercial. técnicos. Se crean formalmente mediante decreto supremo iii. Innovación tecnológica: Es la interacción refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los entre las oportunidades del mercado y el titulares de los Sectores involucrados; conocimiento base de la empresa y sus Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2012- capacidades, implica la creación, desarrollo, PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza uso y difusión de un nuevo producto, proceso permanente con el objeto de realizar el seguimiento de