Ley Nº 29811 - Ley que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados
صدر في 2011-12-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Environment, Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- institution, capacity building, legal proceedings/administrative proceedings, ecosystem conservation, registration, non-governmental entity, environmental impact assessment (EIA), hazards, environmental audit, genetically modified organism (GMO), research, biological control agents, pollution control, biotechnology, governance, standards, biodiversity, international trade
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PODER l£GlSlATI VO CONGRESO DE lA REPUBliCA LEY N' 29811 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EI Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguienle: El CONGRESO DE LA REPUBLICA ; Ha dado la Ley siguiente: LEYQUEESTABLECE LA MORATORIAAL INGRESOYPRODUCCION DE ORGANISMOS VIVOS MDDIFICADOS ALTERRITORIO NACIONAL POR UN PERioDO DE 10 ANOS Articulo 1. Objeto de la Ley Estaorecese ta moratoria de orez (10) enos que impida el ingreso y prod uccicn en e! territorio nacional de organismos vivos modificados (DVM) COf1 fines de cullivo o crianza , incluidos los acuattcos, a ser liberados en el ercrente. Articulo 2. Finali dad de la Ley La presente Ley uene por finalidad rortaiecer las capacidades nacionales, desarrollar la infraeslructura y generar las lineas de base respecto de ra biodiversidad nattva. que permila una adecua da evaioacton de las acnvtdaoes de nceracon al ambiente de OVM . Artic yl o 3. Excl usi6n de la Ley Se excluyen de la aplicaci 6!1 de esta Ley: 1. Los organismos vivos mod ificados (DVM) cesuoaoos at usc en espaco connoaoo para fines de investigaci6n. 2. Los organismos vivos modificados (DV M) usados como productos tarmaceuucos y veterina rios que 1 se rigen por los trataoos rotemeccoeree de los cua les el pais es parte y normas especiales. 3. Los organismos vivos monncaoos (DVM) ylo sus productos derivados importados, para fines de al imentaci6n directa humana y animal 0 para su procesamiento. Los organismos vivos modi ficados (OVM) excnnoos de ramoratoria, eetensujetcsal anansis de riesgos creve a ta autorizaci6n de su usa y a ta aplicaci6n de medidas para la everceccn. gesli6n y comunicaci6n de riesgo, de conformidad con el Protocolo de Cartagena sabre Seguridad de raBictecnoloqia del COB (c onvene scorera Diversidad BiolOgica), el Code x Al imenta rius relacionados a los "Alimenlos ootenioos por medios octecooeccce modemos", la Ley 27 104, Ley de Prevenci6n de Riesgos Derivados de! Uso de ra Biotecnologia, su Reqtamento v oemas reglam entos sectoriales correspondientes. Articulo 4. Acredita c i6n Toclomaterial cereucc que ingrese aI territorio nacional , salvo 10 excepmedo en el articulo 3 de la presente Ley, debe ecreotersu condici60 de no ser organismo vivomo::Iificado (OVM}. De comprobarse que el material analizado es DVM , laAutoridad Nacorw corceteote precede a su oecomso v oesmccon y a la aplicaci6n de ta sanci6n correspoodfente. Articu lo 5. Centro Fo cal Nacional EI Ministerio del Ambiente es el centro Focal Nacional, conforme 10dispone el articulo 19 del Protocolo de Cartagena scoreSeguridad de ra Biotecnooqia cuyafinalidad, edemas, es ta de generar las capacidades que permitan cumpl ir con los requeornientos de bioseguridad en forma eficaz y lransparente y con los mecanismos de prolecci6n y fomento ala bicdive-sidad native. en e! periodo de diezeros. Articylo 6. A utoridad Naci onal Competente EI Ministerio del Ambiente es la Autorid ad Nacional Cornpetente y se enca rga de propcner y aprobar las medidas necesarias para el cumplimiento del objetivo senataco en er articulo 1 de la presents Ley. EI Minis terio del Ambie nte establece e! ordenamiento terntoriat ambiental que garanlice ra conservacon de los centros de origen y la biodiversidad. Articulo Z. Vig ilancia y ejecuc i6n d e las politicas de c onservac i6 n Corresponde a los ministerios de AgtiaJltura, de Salud y de la Producci60 y a los organismos pjblicos adscritos al Ministerio del Ambieflte, en coordinad6n con er MinisteriO PUblico y con los gobiemos regionales y locales, vigilar y ejecotarlas poIiticas de conservad6n de los ceoece de origen y la biodiversidad, asi cerrocontrolar eIcorrercotransfronterizo, para k:l cuaI adecuan sus normas y proced imientos sectorees. regionales y locales rescecnvoe. Artic ulo 8. Promoci 6n d e la investigaci6n erenunce EI Minislerio del Ambiente , en coorenacon con el Consejo Nadonal de ceoce. Tecnooqia e Innovaci6n Tecnol6gica (Concytec), promueve el fortaledmienlo de las capacidades ceonncas y tecnol6gicas de las oeunccree nadonales encargadas de difundir las tecucas QUe aplica tabiotecnologfa modema y tabioseguridad. con tannenceo de conlribuir a la toma de dedson de los proveedores v coosumdores. en retacon a los orga nisrnos vivos mod ificados (DVM) y fomenta la biolecnologfa con base a los recursos cereuccenatives. para k:>grarsu conservacco y desarrollo co-opettnvo en 10ecororaco. sodal y cientifico . A rt ic ulo 9. Co misi6n Multisectorial de A seso ram iento Crease la comrs'on Multisectorial de Asesoramienlo para et desarrollo de las capacdades e instrumentos que permilan una adecuada qesfion de la brotecnoloqfa modema. ra biosequndad v la cceuce. Lad eperdencatnsntuconaf.coenposlccn,nom bramiento de sus rep-esentantes.designaci6n de la secretete recoce y otras virculeoas al fundooamienlo de la Comi siOn se estabtecen en el reglamento de ta presente Ley. Artic y lo 10. Regl amentaci6n de la Ley EI Poder Ejecutivo, en et plazo de sesenta (60) eras cootaoos a partir de ra vigenda de la presente Ley. prom ulga el Reglamenlo de la oresente Ley, el mismo que com prende. entre ones. el estsbiec-raento de las infracdones y sanciones . 2 LEY N2 2981 2 EL PRESi DENTE DE LA REPUBLICA POR CU ANTD: EI Co ng reso de ta Republica; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA: Ha dado ta Ley siquente: LEYDE PRESUPUESTD DEL SECTORPUBLICO PARA EL AND FISCAL 201 2 CAP iTULO I APRog:E~ENc~~~~~~I~l~ESTO A rticy lo 1. Presu pu esto Anual de Gastos pa ra el A no Fi scal 20 12 1.1 Apruebase e! Presupuesto Anua l de Gastos para elAi'lo Fisca l 2012 porel monto de Sf. 95 534 635 146.0 0 (NOVE NTA Y CINCO M IL QUINIENTOS TREi NTA Y CUAT RO MILLONES SEIS CIENTOS TRElNTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/ 100 NUEVOS SOLES) que comprende los creoitos presupuestarios rnaxlrros correspondientes a los priecos peesepuesteros del Gobierno Nacionat, los ocoemce regiona les y los gobiernos locates, agrupados en Gobierno Central e instan cias descentralizad as, cooforme a ra Constitud6n Pouuca del Peru y de acueroo con el detalie sigu iente: D1SPOSICI6N COMPLEMENTARIA Y FINAL UNICA. -Infornle al Co ngreso de la Republic a EI Ministerio del Arnbiente informa anualmente at Congreso de la Republica sobre los avances y resultados de ta labor encomendada a diello sector. como Centro Focal Nacional y Autoridad Nacional Competente. DISPO SICI6N DEROGATO RIA GOBIERNO CENTRAL Correspondienle aI Gobiemo Naconet Gaslos corrientes Gastos decaptat Servicio de la ceooe INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS nuevossoles 64!:172 875130,00 41 13126326!:1,OO 15110572271.00 8 731039590,00 nuevos soles 1.2 Los creonos oeesupuestartos correspcndlentes al Gobierno Nacional , los gobiemos regionales y los gobiernos loca les se oetenan en los anexos que forman parte de la presente Ley de acue roc con 10siguiente : Descripcion ArleXO Distribucoo del gaslo del prescpuesto del sector publico percalegoria y generica001 gaslo. o;slribudon del gaslo del pescpuesto del sector 2 publico pornivel degobiemoy generica delgaslo. Distribllc!ondel gaslo del presupuesto del sector 3 publicopernivel degobiemo y funciones. Distribucoo del gaslo del presupueslo del sector 4 publico perniveles 00 gobiemo, pliegos y ftJentes de financiamienlo. • Dislribuckin del gaslo del presupueslo del sector 5 publico perpliegos del Gobiemo Naeional a Nivel de productos,proyedosy actividades. UNICA.- Derog a y de ja sin efe cto las norma s Der6ganse las reyes que se opongan a la presente Ley vdejase sin erecto e! Decreto Supremo 003-2011-AG. Comuniquese at senor Prescente Constitucional de ra Republica para su promulgaci6n. En Lima, a los diecisiete d ias del mes de no viembre de dos mit once. DANIELABUGATTAs MAJLUF Presidente del Cong reso de la Republica YEHUDE SIMO N MUN ARO Segundo vicepresidente del Cong reso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTiTUCIONAL DE LA REPUBLICA PQR TANTO: Mando se publique y cum pla. Dado en la Casa de Gobi erno , en Lima , a los ocno eras del mes de oclemore del ana oos mit once . OLLANTA HUMALATASSO Presidente Consliluciooal de fa RepUblica SALOMON LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 726670-1 Correspond ienle a losgooiemos regionales Gaslos corrientes Gastosdecaptat Servicio de la eeooe Correspcndeme alosgooiemos locales Gastosconeotes castesdecaptat sevcc de la deooa TOTAL 14 789 300997.00 11272491969,00 3 513703074,00 3105954.00 15n2 459 019,00 8 302300732,00 7 211 415392,00 258742895.00 ============ $1. 95 534 635146,00 ================ REAL TIME EIRL