Ley Nº 29683 - Precisa el alcance del Decreto Legislativo Nº 85, Ley General de Cooperativas. Texto Único Ordenado
صدر في 2011-05-11 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- agricultural development, institution, cooperative/producer organization, capacity building, legal proceedings/administrative proceedings, subsidy/incentive, governance
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النص
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Articulo 1.- Actos cooperatlvos Prectsase que, de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 3 del Decreta Leqtslativo 85. Ley General de Cooperatives. cuyo Tex10 Unico Ordenado fue aprcbado par Decreta Supremo 074-90-TR, las cooperativas. par su naturaleza. efectuan aetas cooperatives. los cuales se definen como los que se realizan internamente entre las cooperativas y sus sodas en cumplimiento de su objeto social. Los aetas cooperatives son actos propios de su mandato con representaci6n, estos no tienen fines de lucre.
Articulo 2.- Inafectaci6n al Impuesto General a las Ventas (IGV) Precisase que, de conforrnidad con 10 dispuesto en el articulo 3 del Decreto Leqislativo 85. Ley General de Cooperatives. cuyo Texto Unico Ordenado fue aprcbado per Decreto Supremo 074-90-TR, las cooperativas estan inafectas al Impuesto General a las Ventas (IGV) por las operaciones que realicen con sus sodos.
Articulo 3.- Inafectaci6n al Impuesto a la Renta Precisase que, de conformidad con 10 dispuesto en el numeral 1 del articulo 66 del Decreto legislativo 85, Ley General de Cooperatives. cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreta Supremo 074-90-TR, las cooperatlvas eetan tnafectas a! Impuesta a la Renta por los ingresos netos provenientes de las operaciones que realicen con sus socios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Sltuaclcn de las resoluciones de determinacion y de multa Las resoluciones de determinacion y las resoluciones de multa que se hubieran emitido como consecuencia de fiscalizaciones a las cooperatives, par Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas (IGV) par los ingresos obtenidos par operaciones con sus socios seran dejadas sin etecto, cuafqutera sea su eetado. ya sea en sede administrative a en sede judicial. SEGUNDA.- No compensaci6n nl devoluclon Las cooperatives y los socios de las cooperatives que esten comprendidas dentro de los alcances de las inafectaciones a que se refiere la presente norma, y que hubieran pagado el Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas (IGV). no pod ran solicitar compensaci6n ni devoluci6n de los mismos. TERCERA. - Normas sobre documentce Internee La Superintendencia Nacional de Administraci6n Tributaria (Sunat) dicta. mediante resoluci6n, en un plazo de sesenta dias calendario, las norm as sobre los documentos internes Paqha 1 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica que las cooperativas deban emitir par las operaciones que realicen con sus sodas 0 cuando los sodas realicen con su cooperative. de acuerdo a 10 establecido en la presente Ley. CUARTA.- Convalidacion de documentce de ecpcrte En 1an10 la Supenntendencla Nactona! de Admtntetracton Tributaria (Sunat) no apruebe los documentos internos que deban utilizar las cooperativas en sus operaciones con sus sodas y los sccios con $U cooperative, quedan convalidados los documentos de soporte que haven utilizado 0 esten utilizando las cooperativas, cualquiera sea su naturaleza, defecto 0 irregularidad que estas tuvieran. POR TANTO: Habiendo side reconsiderada la ley par el Congreso de la Republica, inststiendo en el texto aprobado en sesi6n del Plena realizada el dia catorce de octubre de dos mil diez, de conformidad can 10 dispuesto por el articulo 108 de la Constituci6n Politica del Peru, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los once dias del mes de mayo de dos mil once. CESAR ZUMAETA FLORES Presidents del Congreso de la Republica EDUARDO ESPINOZA RAMOS Tercer Vicepresidertte del Conqreeo de la Republica Paqha 2