Decreto Supremo Nº 075-2012-PCM ─ Crea la Comisión Multisectorial Permanente para seguimiento de la minería ilegal y el desarrollo del proceso de formalización
صدر في 2012-07-16 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Mineral resources
- الكلمات المفتاحية
- institution, exploration, environmental standards, mining, soil pollution/quality, environmental impact assessment (EIA), environmental audit, classification/declassification, authorization/permit, registration, child labour, labour, standards, protection of environment, governance, pollution control
- الفئات
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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2 A rt icu lo 3.-Aplicaci6n de las normae em tttdas para En lima, a los ve inticinco eras del rnes de junio de los CETICOS dos mil occe. Son de aplicacion al CETICOS 'r umbes las siguien tes normas y dispcsiciones emitidas en reraccn a los DANIElABUGATTAS MAJlUF Presidente del Congreso de la Repub lica CETICOS en 10 que resulte aplicable : MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA EI Texto uocc oroenaoo aprobado por et Decreto Primer Vicepresiden te de! Supremo 112-97-EF ; Cong reso de ta Republica La Ley 28569 , Ley que otorga autonomia a los CETICOS; ~ ~~~~~J'~!SIDE NTE CO NST ITUC10NAl DE La Ley 29710 , Ley de Fc rtalecirmento de los Centrosde Exportacion, 'rransrormecon, Industria, PORTANTO; comercranzacron y Servlcos (CET1COS): La l ey 29014, l ey que adscnbe los CETICOS de Mando se publique y currcie. 110, Mata rani y Paita a los gobi ernos regionales de Moquegua. Arequip a y Piura; la ZOFRATACNA al Dado en la ceee de ccbernc. en lima , a los eeceers Gobierno Reg ional de Tacna: y ZEEDEPUNO at dias del mes de julio del enc dos mil dace . Gobierno Reg ional de Puno: OlLANTA HUMALA TASSO EI Decreto Supremo 019-2009-PCM, Reglamento Presidente Constitucional de la Republica de la Ley 29014, l ey que adscribe los CETICOS de nc. Matarani y Patte a los gobiernos regionales OSCAR VALDES DANCUART de Moquegua , Arequipa y Piura: la ZOFRATACNA Presidente del Consejo de Ministros al Gobierno Region al de Tacna; y ZEEDEPUNO al 815344-1 Gobierno Reg ional de Puno: EI Decreta Supremo 112-2005 -EF, por e! que se aprueba el procedimien to para la reanzaccn de actividad de maquila y ensamb laje en los PODER EJECUTI VO CETtCOS; EI Decreto Supremo 032·2007·MTC, por el que se regula er proceoimientc para la reauaaccn de la PRESIDENCIA DEL actividad de recerecon ylo reaccnciconamento de maquinaria y equipo en los CETICOS ; EI Decreto Supremo 023-96- ITINCI, por el CONSEJO DE MINISTROS que se aprueba er Reglamento de los cent res de Exportaci6 n, Transformaccn . Industria, Crean Com tston Multtsec to rtal ccmercranzacron y Servicios CETICOS , Pennanente con el objeto d e r cal taar el modificado per er Decreto Supremo 005-97- ITINCI y ra Resclucon Ministerial 063-9 7-EF,15, per er segu trruento de la s acclonesdel Goblerno que se aprueban lineamien tos para la elaboraci6n frc n te a 1a mtn ert a ilegal y el desarro llo de bases para las subastas c ubucas de ces i6n en usc de totes en los CET ICOS de 110, Matarani, d el procc so d e fonnall zac16n Paita v Tacna. DECRETO SUPREMO N° 075-2012-PCM A rtj c ulo 4,- Exclusi 6n de Ia aphca c tc n de los lit er ates a) y b ) del art ic ulo 7 del Reglam ento de los El PRES IDENTE DE LA REPUBLICA Ceticos, ap robado po r el Decr eto Supremo 023-96- ITINCI CO NSIDERA NDO: Excluyense a los cencce de 110, Mataram, Peita v Tumbes de! 11mbito de aplicaci6n de los literales a) y b) del Que , de conrorrraoac con 10 estabieco o en el articulo articulo 7 del Decreto Supremo 023-96- ITINCI por el que 35° de ra Ley N° 29158, Ley Orpanica del Poder Ejecunvo . se aprueba er Reg lamento de los centres de Exportacion , las Comisiones del Poder Ejecutivo son 6rganos que se 'transrormaccn . Industria, Comercializaci6n v Servicios crean para cumphr con las funcicn es de secuenentc. - CETICOS , mcomcaoo par el p ee-etc Supremo 005-97- tecanzacon propue sta 0 emisi6n de mrormes. que deben ITINCI. servir de base para las decisiones de otras entidades ; Que, asmerrc. de acoerco a 10 establecido en el articulo 36° de la ley N" 29158, las ccmecnes Multised oriales de Articulo 5,_ Der oga art ic ulo 3 de la Ley 29704, naturaleza permanente son creadas con fines especificos Ley q ue crea en el departame nto de Tum bes el para cu""lir funCiones de sequimentc, nscececon 0 eneon Cent ro de Exp ortaci6 n, Transform ac l6n , Indu stria, de informes tecnccs. sa crean formalmentemediante decretc ccrnerc tenzacrcn y servierca (C ETICOS Tum bes) supremorefrendadopor el Presidentede! consejc de Ministros Dercqase e! articu lo 3 de ta Ley 2970 4 , Ley que crea y los titulares de los Seccres invoiocraoos: en er depa rtamen to de Tumb es er Centro de Expcrtacicn. Que , et Decreto Legislativo N° 1105, establece Trensformacic n. Industria, ccmerctanaecic n y Servicios disposiciones para el proceso de tc rman zaco n de las (Ceticos Tumbes), referido a las me rcancias , insumos actividade s de pequena rninerfa v minena artesanai. y bienes prohibidos y auto riza dos en at CE TtCOS y de acuerdo a su s e-ta Disposicicn Complement aria Tumbes. Fina l indica la creacion de una ccmecn Multlsectonal de naturaleza permanente, con er objeto de realizer el DISPOSICI6N COMPL EMENTARIA sequlmientcde las acciones del Gob ierno frente a lam ineria Y TRAN SITORIA ilegal y el desarrollo del proceso de formalizaci6n ; Que, en tal sentido es necesarra la creacon de la UNICA, - Li stado negativ o de mercan ci as Comisi6 n Multisectorial de naturaleza perman enta con EI Ministerio de la Produceion y el Ministerio da el objeto de realizar el seguimien to de las aceiones del Comercio Exterior y Turismo establecen un (istado Gobierno frente a la mineria ilegal; negativo de mercancias comprendidas en las subpartidas De conformidad con 10 dispu esto en el articulo 118" da nacionalas respecto de las cuales los usuarios no podfi3n la Cons titucion Politica del Peru y la ley N" 29158 , Ley desarrollar actividades al interior de los Cet icos, que sera Organica del Poder Ejecuti vo; aprobado mediante decre to supremo con refrendo de los ministros de la Produceion y de Comercio Exterior y DECR ETA: Turismo, en un plazo de sesenta dias calendario desde la A rt ic ulo 1",_ Creac io n y Obje to de la Com ision vigencia de la presente ley. Multis ecto rial Perm anente Crease la Comisi6n Multisectorial de naturaleza Comuniquese al sel'or Presidente Constitucional de la permanenle con el objeto de realizar el seguimiento de las Repub lica para su promulgaci6n. aCCiones del Gobiemo frente a la mineria i!egal y eldesarrollo
3 del proceso de rcnrececon. Esta Comisi6n dependera de por et Ministro del Ambie nte. por el Minislro de culture. la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM per er Ministro ceun tertor y per er Ministro de Detensa. Arti cul o 2°._De la confonn aci6n y tun ctonamrentc Dado en la ceee de Gobiemo. en lima , a lOS oeceee d e la Com is i6n Multisect orial Permanente dlas del mes de ju lio ce r ano des mil ecce . 2.1 La Com isi6n Mullisectori al de nalur aleza OLLA NTA HUMA LA TASSO permanenle estara conformada por un repre senlant e Presidente Co nstitucional de la Republica titular y anemc de: OSCA R VALDES DANCUART - La Presicenca del ccoeejc de Ministros, quien ta Presidente del Consejo de Ministros preeidira : • El Ministerio de Ene rgia y Minas; LU IS M IGUEL CASTILLA RUBIO - EI Ministerio del Ambiente: Ministro de Economia y Finanzas - El Ministerio de Cullura: • El Minisle rio del lnle rior; JORGE MERINO TAFUR - EI Ministerio de Deter-sa: Ministro de Energia y Minas - La Superinlendencia Nacional de Aduanas y de MANUEL PULG AR VIDA L AdministraciOn 'rrbctana • SU NAT; y, Ministro del Ambiente -La Asamblea Nacionalde occernce Regionales. LUIS ALBERTO PEIRAN O FALCONi 2,2 La designaci6n de los rep resenlan les de !a Cornisi6n Ministro de Cult ura Multisectorial Permanente se eectuara mediante resolucco W ILVERALFREDO CA LLE GIRON ministerial 0 resoluci6n del titular de la entidad a la que Ministro del Interior oenenecen dentro de los tres (3) dias calendario, conraoos a partir de ia vigencia del presente Decreto Supremo JOSE ANTONIO URQU IZO MAGGIA 2,3 La Comisi6n Multisectorial podra invitar a Ministro de Defensa partiCipar en sus ses iones a otras entidades pubtcas con competencras vinculadas a fa prob ematica de min eria 815345-1 ilegal y en pequena escala 2.4 La Comisi6n Multi sectori al se mstarara en eJ plazo maximo de cinco (5) eras habiles. contaoo s a partir de la Autortz an v iaje de functo nar to d e Ia vigencia del presente Decreto Sup remo , Agencia Peruana d e Notlcias An d ina a 2,5 Los miem bros de fa Comisi6n Mul tisecto rial Boltvta para pa rtt c tpar e n Ia re uni on eje rceran su cargo ad honorem La Comisi6n Multisectorial Permanente no irrogara gastos al Estado. d el Con sejo Ej ccuttvo de ULAN Arti culo 3°._ De las funcicnes de la comrsren RESQLU CIQN SUPREMA La Comisi6n Multisectorial de naturaleza Permanente N° 211-2012-PCM oeeerrcuera las siguientes funciones: Lima, 16 de julio de 201 2 a) Establecer ta Estrateqia Nacional para ta InterdicCi 6n de ta Mine ria lIegaL VISTA: La comunicaci6n de fecha 25 de junia de 2012, b) Dar seguimiento al Proceso de Fo rmalizaCi6n enviada cor er senor Juan Manuel Fonrouge, Presidente de eetececcc en er Decreto Legisl ativo W 1105, la Union Latinoamericana de Agencias de Noticias (ULAN), c) Elabora r inrorrres seme strares sobre er avance mediante la cual se invita a un representanle de Ia Agencia y resultado de la implementaci6n de las acciones Peruana de Noticias Andina a particpar en la reunion del establecidas en los Decretos Leqis tativos em rtidos en er ccnsejc Ejecutivo de ULAN, a realizarse en Ia ciudad de La marco de la Ley N° 29815, en sus aspectos productivos, Paz (Bolivia) del 19 al20 de julio del ana en curse. eccnorrucos, sociales y ambientates. d) Recomendar ajustes y meicras a ta Estrateqia CONSI DERANDO: Nadona t para la Interdicclo n de ra Mineria Ilegal y al Proceso de Formalizaci6n eslablecido en e\ Decreto Que . mediant e carta de fe cha 25 de junio de 20 12, la Legislativo N° 1105, u nion Latinoamericana de Agencias de Noticias (ULA N) e) Elaborar propuestas de desarro llo at em auvo y invit6 a un representante de ta Agencia Peruana de remedtacton en las zonas afect adas por la m ineria ileqal. Noticias Andina a la reunion del Consejo Ejecutivo de f) Desarrollar programa s soc aes para ta erreocecon ULA N. a realizarse del 19 al 20 de julio de 2012 en Ia del trabajo infantil y prostituci6n de menores en las zonas ciudad de La Paz, Bolivia: donde sa realiza actividades m ineras . Que, este evento esta organizado par la Un ion g) Otras que sean determinadas por fa ccmecn. Lalinoamericana de Agencias de Noticias (ULAN) y ma rca er inicio del orocescde inccrporacicn de la Agencia Peruana Articulo 4°._ De la Secretaria 'r ecnrca de Noticias A ndina a dicho organismo tntemaccnef: EI Minislerio de Energia y Minas actuara como Que,en Iareuni6ndel Consejo Ejecutivode ULAN discutira, Secretaria Tecnica de la crtada Comisi6n, como 6rgano edemas de Ia posible incorporaci6n de IaAgencia Peruana de de apoyo y eslara a cargo de coordinar las aceiones NoticiasAndina, el informe de la Presidenda de ULAN , el rol necesa rias a fin de coadyuvar al cumplimiento de la de las agendas de notidas de America Latina y los nuevos funci6n encomendada a la Comisi6n Sus funciones se desafios del periodismo en la regi6n y aprobara la agenda de especificaran y detalta ran en el Reglamento Interno de la la pr6xima Asamblea General de dicho organisrno; Comisi6n. Que, las func iones de la Agenci a Peruana de Nolicias Andina se insertan dentro de los objetivos del citado Arti culo 5°._ De la colaborac i6n, asesorami ento y evento y de la Un iOn Latinoame ricana de Agencias de ap oyo de pr ofesi onal es Noticias (ULA N), y coincid en con la agend a prioritaria La Comisi6n Mull isedorial Perman ente podra convocar de ese medio de comunicaci6n , orientada a informar a profesionale s especializ ados en la maleria , asi como a debidame nte y promover la integracion regiona l; otros represenl anles de instituCiones publicas 0 privadas, Que, en ese sentido, resulta necesaria la part icipaciOn cuya participaci6n se estime neces aria para la consecuci6n de Andina, representada por el sellor Jose l uis Bravo de sus fines, sin que elto genere gastos af Esl ado, Russo, Subdirector encargado de la agenCia, a fin de propiciar la incorporaci6n asi como el interc ambio de Arti culo 6°._ Disposi ci one s Com plementa rias informaci6n y experiencias relativas al desarrollo de dicha La Presidencia del Cons ejo de Ministros podr<i emit ir agencia de notici as a nivel internacional; las disposiciones complementarias que sean nece sarias Que , los gaslos de viaje , hospedaje , TUUA y viaticos para la aplicacion de! present e Decreto Supremo . seran cubiertos por la Empresa Editora Peru, de la cual dep ende la Agencia Peruana de NOlicias Andina, con Arti cul o 7°._ Refr endo cargo a su presu pue slo inslitucional; EI presenle Decreto Supremo sera refren dado por el Deconformidad con 10 establecido per la Ley N' 27619,l ey Presidenle del Consejo de Mini stros, por el Minislro de que i"e9ula la autorizaci6n de viaJ9S al exterior de funcionarios Economia y Finan zas, por el M inistro de Energia y Minas , y servidores pliblicos del Poder Ejecutivo; y su regiamento,