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قوانين بيرو

Decreto Supremo Nº 069/10/EM - Modifica el Reglamento operativo del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo

صدر في 2010-12-23 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
institution, energy conservation/energy production, oil, special fund, internal trade, international trade, legal proceedings/administrative proceedings, governance
الفئات
*, energy

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النص

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  1. Articulo 1.- Incorporaci6n al final del numeral 1 del Articulo 2 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 010-2004 Incorp6rese al final del numeral 1 del Articulo 2 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 010-2004, aprobado par Decreta Supremo N° 142-2004-EF, el siguiente texto:

  2. "Articulo 2.- Aplicaci6n del Impuesto al Rodaje, Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoci6n Municipal 1. Ventas Primarias ( ... ) EI Factor de Aportaci6n 0 Factor de Compensaclon. que debe ser incluido en el Comprobante de Pago, es el vigente a la fecha de emisi6n del Comprobante de Paqo". Pagina 66 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica

  3. Articulo 2.- Incorporaci6n de articulo Incorp6rese el Articulo 13 en el Reglamento del Decreta de Urgencia N° 010-2004, aprobado par Decreta Supremo W 142-2004-EF Y su modificatoria, con el siguiente texto:

  4. "Articulo 13.- Evaluaci6n Posterior de los Formatos de Autoliquidaci6n EI procedimiento de presentacion de los formatos de autoliquidaci6n par los Productores. tmportadores y Exportadores. recepclon par e! Administrador del Fonda, remisi6n al Fiduciario para la determinacion de los Saldos Netas y revision posterior, constituye un procedimiento de aprobaci6n automatfca y con control posterior (ex post).

  5. Articulo 3.- Biocombustibles En el marco de la Ley N° 28054, Ley de Promoci6n del Mercado de Biocombustibles que estableci6 el marco general para promover el mercada de los Biocambustibles en el pais, se lncorpora como Prcductos en e! Fondo creado mediante el Decreta de Urqencla N° 010- 2004 Y sus madificatorias, al Diesel BX y al Gasohol, conforme a las normas Reglamentarias y Complementarias de la citada ley. En cualquier caso. para los Productos incluidos en el Decreto de Urgencia N° 010-2004 Y sus modificatorias, se aplican los factores que determina el Administradar del Fonda, sin perjuicio de las atribuciones establecidas en el Decreta Supremo N° 142-2004-EF Y sus modificatorias.

  6. Articulo 4.- Refrendo y Vigencia EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economfa y Finanzas, y entrara en vigencia a partir del dfa siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial EI Peruano. Dado en la Casa de Gobiemo, en lima, a los veintitres dias del mes de diciernbre del ana dos mil diez. ALAN GARCiA PEREZ Presidents Constttuctonal de ta Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas Pagina 67

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