Decreto Supremo Nº 051/10/EM - Normas complementarias al Decreto de Urgencia Nº 116/09 - Promoción del suministro del servicio público de electricidad en zonas urbano marginales
صدر في 2010-08-16 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, subsidy/incentive, transport/storage, non-governmental entity, contracts, legal proceedings/administrative proceedings
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Sistema Peruano de Informacion Jurfdica ENERGIA Y MINAS Se emiten norm as complementarias al Decreta de Urgencia N° 116-2009 DECRETO SUPREMO N° 051-201 O-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Paqha 4 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica CONSIDERANDO: Que. a traves del Decreta de Urgencia N° 116-2009 se dictaron disposiciones para promover el suministro del Servicio Publico de Electricidad en las zonas urbano marginales del pais, estableclendose que el Ministerio de Energia y Minas queda autonzado a asumir e! coeto de ta conexton. la que sera de propiedad del ueuano, y a financiar proyectos de electntlcactcn dentro de las zonas de concesi6n de empresas de distribuci6n electrica. de acuerdo con el inciso c) del articulo 83 de la Ley de Concesiones Electricas, con cargo a los recursos transferidos par el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN: Que. mediante el Decreta Supremo W 010-2010-EM. se establecieron norm as complementarias necesarias para la implementaci6n del mecanisme de financiamiento dlepuesto por el Decreto de Urqencia N° 116-2009, dlepontendose. en su articulo 7, que e! Ministerio de Energia y Minas propondra el dispositive legal referido en el numeral 3.3 del articulo 3 de dicho Decreto Supremo, mediante el cual se autorice la transferencia de fondos a las empresas concesionarfas. asi como las demas condiciones para la administraci6n y recuperaci6n de los recursos; Que, el numeral 4.1 del articulo 4 del Decreta Supremo N° 010-2010-EM Y los articulos 1 y 2 de la Resoluci6n Ministerial N° 188-2010-MEM/DM, disponen que las empresas concesionarias de distribuci6n electrica deben dirigir sus solicitudes de financiamiento a la Direcci6n General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas, quien se encarqara de la correspondiente evaluaci6n y se pronunctara sabre su procedencia: Que, con la finalidad de cumplir con los objetivos de la normative cttada. es necesano complementar 10 dispuesto par el Decreto de Urgencia W 116-2009, en el marco del articulo 7 del Decreta Supremo W 010-2010-EM, a fin de precisarse el mecanismo par el cual se efectuaran las transferencias de fondos a las empresas concesionarias; De conformidad con el Incise 8) del articulo 118 de ta Constltucton Polftica del Peru; DECRETA Articulo 1.- Disponer que la Direcci6n General de Electrificaci6n Rural del Ministerio de Energia y Minas realice mediante Resoluci6n Directoral. las transferencias de fondos a favor de las empresas concesionarias de distribuci6n electrfca cuyas solicitudes de financiamiento hayan sido aprobadae y cuenten con los convenfos de ftnanclamfento y compromtsos de devoluci6n debidamente suscritos. conforme a 10 establecido en los numerales 3.2 y 3.3 del articulo 3 del Decreto Supremo N° 010-2010-EM. Articulo 2.- EI presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicaci6n en e! Diario Oficial EI Perueno y sera refrendado per el Ministro de Enerqia y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil diez. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas Paqha 5